lunes, 10 de febrero de 2014

EMPRESA MINERA INFINITO GOLD ANUNCIA NUEVAMENTE QUE DEMANDARA A COSTA RICA ANTE EL CIADI POR PROYECTO MINERO DE CRUCITAS



Foto de manifestación contra el proyecto minero Crucitas de la empresa canadiense Infinito Golds en San José, Costa Rica (extraída de una nota del rotativo Tico Times).

En el día de hoy, la empresa minera canadiense Industrias Infinito anunció nuevamente que demandará a Costa Rica ante el CIADI (Centro Internacional de Arreglo de Disputas entre Inversionista Extranjero y Estado, también conocido por sus siglas ICSID en inglés o CIRDI en francés), un órgano adscrito al Banco Mundial.El monto indemnizatorio exigido es esta vez por 94 millones de dólares, según notas en medios de prensa. En el mes de enero del 2014, una nota de prensa publicada en Costa Rica Hoy indicaba que la empresa minera Infinito Gold mantenía la idea de un arbitraje internacional contra Costa Rica por la suspensión del proyecto minero ubicado en Las Crucitas. El monto indemnizatorio pretendido por la empresa minera contra Costa Rica era entonces de 1.092 millones de US$

La amenaza de recurrir a este arbitraje ante el CIADI fue anunciada, como bien se sabe, en el mes de abril del 2013 durante una conferencia de prensa en Costa Rica (ver nota de La Nación). El pasado 4 de octubre del 2013 se cumplieron los 6 meses de preaviso que estipula el tratado bilateral de inversiones entre Costa Rica y Canadá que la empresa minera menciona en su carta enviada a las autoridades de Comercio Exterior en abril pasado (ver texto completo).

Cabe recordar que en una histórica decisión dictada el 24 de noviembre del 2010 (ver texto completo de la sentencia del TCA), el Tribunal Contencioso Administrativo de Costa Rica anuló todos los actos jurídicos sobre los que se sustentaba dicho proyecto minero y recomendó una investigación por parte de la Fiscalía a altos responsables políticos (incluyendo al Presidente Oscar Arias Sánchez) y a funcionarios de entidades a cargo del ambiente. En relación al inversionista extranjero canadiense, el Tribunal dictaminó que: “Además, todo empresario o inversionista, nacional o extranjero, tiene la certeza de que si cumple con los requisitos normativos, podrá llevar adelante su actividad, pero que, si no los cumple, no podrá desarrollarla. En ese sentido, esta sentencia sólo viene a reforzar la certeza de los empresarios e inversionistas sobre a qué deben atenerse. No puede invocarse la seguridad jurídica o la inversión extranjera para pretender mantener vigente conductas administrativas completamente ilegales” (párrafo XXX). Dicha sentencia fue confirmada por la Sala Primera de Costa Rica en noviembre del 2011 en todos su extremos por voto unánime de sus integrantes.

A inicios del 2013 una decisión del CIADI a favor de Venezuela en relación a una demanda similar por un monto similar de la empresa minera canadiense anteriormente a cargo de este proyecto minero en Costa Rica arrojó algunas dudas sobre las posiciones oficiales defendidas por autoridades de Costa Rica en el mes de julio del 2010 (ver breve artículo publicado en Costa Rica Hoy).

En enero pasado se publicó en Embassy News (Canadá) un extenso artículo (ver texto) que da cuenta de la intensa labor de varias ONGs de Canadá en la colecta de firmas contra este arbitraje, así como de las serias limitaciones que estipula el tratado bilateral de inversiones (TBI por sus siglas en español o FIPA por sus siglas en inglés) para el inversionista en este preciso caso.

2 comentarios:

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