Acuerdo de Escazú: Granada Estado Parte número 15
Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto: nboeglin@gmail.com
El pasado 20 de marzo, Granada se convirtió en el Estado Parte número 15 al Acuerdo de Escazú, precedido por Belice que lo había hecho el 7 de marzo: véase carta formal con relación a Granada y carta formal con relación a Belice del Secretario General de Naciones Unidas, actuando como depositario de dicho tratado.
Belice había firmado el Acuerdo de Escazú el 24 de setiembre del 2020, siendo su firma una de las más recientes registradas, conjuntamente con la de Dominica, mientras Granada lo había firmado el 26 de setiembre del 2019.
En la región centroamericana, Nicaragua y Panamá ratificaron ambos este mismo tratado en el mes de marzo del 2020.
La línea de tiempo de las ratificaciones reunidas en breve
A la fecha, el estado oficial de firmas y ratificaciones de este emblemático tratado regional adoptado en Costa Rica en el 2018, registra un total de 24 firmas y de 15 Estados Parte, con Granada y Belice. Anterior a estods dos Estados, Chile (junio del 2022), Argentina y México (enero del 2021) procedieron de igual forma, siendo estos dos últimos Estados los que permitieron de manera conjunta su entrada en vigor, el 22 de abril del 2021, Día de la Tierra.
Cabe recordar que el primer Estado en ratificar el Acuerdo de Escazú fue Guyana (abril del 2019), seguido por Bolivia, Santa Lucía, San Vicente y la Granadinas, y Uruguay, Estados que depositaron su respectivo instrumento de ratificación en la misma fecha del 26 de setiembre del 2019, la cual coïncide con el primer año desde que fue abierto a la firma este tratado regional en la sede de Naciones Unidas.
Se considera que, en América Latina, Colombia debería proceder a una pronta ratificación, luego de la aprobación por parte de las dos cámaras de su Poder Legislativo de dicho acuerdo en el mes de noviembre del 2022 (véase nuestra nota al respecto). En lo que respecta al trámite de aprobación del Acuerdo de Escazú, aún está pendiente una consulta a la Corte de Constitucionalidad colombiana cuya resolución es esperada en los próximos meses.
La desconcertante ausencia de Costa Rica
En el caso de Costa Rica, tuvimos la oportunidad de analizar el archivo por parte de la Asamblea Legislativa, el 1ero de febrero del 2023, del expediente legislativo sobre la aprobación del Acuerdo de Escazú (véase nuestra nota): se trata de una situación bastante anómala en la práctica convencional internacional, y que sigue planteando interrogantes muy válidas sobre el nivel de compromiso de Costa Rica con el ambiente y los derechos humanos, dos ámbitos considerados tradicionalmente como pilares de su política exterior.
El pasado 4 de marzo, el Acuerdo de Escazú cumplió exactamente 5 años desde du adopción en Costa Rica en el 2018: una fecha que pasó totalmente desapercibida, al menos en lo que refiere a las autoridades de Costa Rica. Es de notar que en una reciente sentencia que condena a Chile por violar la libertad de expresión de un abogado ambientalista, la Corte Interamericana de Derechos Humanos refiere al Acuerdo de Escazú de manera sumamente sostenida, concluyendo luego de citar varias de sus disposiciones, que:
"..., la Corte considera que el respeto y garantía de la libertad de expresión en asuntos ambientales es un elemento esencial para asegurar la participación de la ciudadanía en los procesos relativos a dichos asuntos y, con ella, el fortalecimiento del sistema democrático a través de la vigencia del principio de democracia ambiental" (Nota 1).
Un reciente foro realizado en febrero del 2022 con dos eminentes especialistas costarricenses del derecho ambiental y auspiciado por La Revista.cr (véase enlace) explicó los alcances del archivo por parte de la Asamblea Legislativa, reiterando de paso, la poca solidez de los supuestos "argumentos" difundidos en contra del Acuerdo de Escazú por varias cámaras empresariales.
En el 2022, habíamos tenido la oportunidad de externar públicamente una cuantas preguntas en la misma fecha del 4 de marzo a algunos sectores empresariales costarricenses (véase nuestro artículo publicado en Delfino.cr y titulado "Acuerdo de Escazú: preCOP este 4 de marzo... sin Costa Rica"): a más de un año de publicadas, ninguna de estas preguntas han sido contestadas. Intentos previos para debatir públicamente los supuestos "argumentos" en contra del Acuerdo de Escazú no lograron materializarse (Nota 2).
A modo de conclusión
Más allá de la forma bastante peculiar que tienen algunos sectores en Costa Rica de debatir sus supuestos "argumentos" en contra del Acuerdo de Escazú, el precitado estado oficial de 24 firmas y 15 ratificaciones evidencia que a la fecha, en América Latina, varias ausencias persisten.
En efecto, se mantienen sin tan siquiera haber firmado el Acuerdo de Escazú los siguientes Estados: Cuba, El Salvador, Honduras y Venezuela. El proceso de ratificación no tiene cómo iniciarse en estos Estados hasta tanto el Poder Ejecutivo no firme el texto. Al tiempo que, conjuntamente con una desconcertante Costa Rica, persisten en no aprobarlo en sus respectivos congresos los siguientes Estados: Brasil, Guatemala, Haití, Paraguay, Perú y República Dominicana.
Es muy probable que la ausencia de Costa Rica, a cinco años de aprobado el Acuerdo de Escazú, constituya un argumento inesperado que resultará de gran utilidad para sectores políticos y económicos del hemisferio opuestos al reconocimiento de los derechos de quienes defienden el ambiente en la región.
No está de más recordar que en el pasado, en el caso de otro emblemático instrumento regional que fue también adoptado en el territorio costarricense, Costa Rica sí se ajustó a lo que se espera siempre de un Estado que hospeda la ronda final de negociación de un futuro tratado: en efecto, Costa Rica fue el primer Estado en ratificar en 1970 (véase el estado oficial de firmas y ratificaciones de dicho instrumento) la Convención Americana sobre Derechos Humanos, conocida también como "Pacto de San José" .
Nota 1: Véase sentencia Barahona Bray contra Chile, sentencia del 24 de noviembre del 2022. Texto completo disponible aquí.
Nota 2: Diversos intentos en aras de debatir públicamente estos supuestos "argumentos" difundidos por cámaras empresariales con académicos y especialistas en materia ambiental fracasaron: primero en el mes de abril del 2021 con un espacio auspiciado por el medio digital costarricense Delfino.cr, luego en mayo del 2021 con un debate organizado desde la UCR (véase también comunicado oficial de la UCR), así como en junio del 2021 desde el Colegio de Biólogos de Costa Rica. Al tratarse de foros virtuales en los que se solicitaba a la UCCAEP conectar a sus representantes a una hora determinada en una fecha fijada con antelación, las razones esgrimidas para no asistir plantean interrogantes muy válidas. Al parecer, enviar comunicados a los congresistas contra el Acuerdo de Escazú (como por ejemplo esta carta de febrero del 2022 suscrita por varias importantes corporaciones del sector privado costarricense) y rehuir constantemente el debate público sobre sus supuestos "argumentos" fue la tónica de algunos en Costa Rica.
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