Picture taken form a press French article entittled: "Japon: les "femmes de réconfort" réclament justice"
Authorities of Japan and South Korea have announced that they have finally reached an "agreement" to settle the issue of "comfort women", forced to work in Japanese brothels during World WarTwo. However the full text of the "agreement" is not available, and only are public declarations made by both top MFA officials.
In an investigation made in 2007 (see thesis entitled: Comfort Women: Human Rights of Women from
Then to Present" it is written that:"From 1931 to 1945, comfort stations were established in many places where the Japanese
army combated or occupied, including China, Taiwan, Borneo, the Philippines, the pacific
islands, Singapore, Malaya, Burma, Indonesia as well as Japan. Due to the concealment of the
relevant documents by the Japanese government and a long lapse of time after World War II, it is
impossible to estimate the exact number of the comfort women. In accordance with “the
Japanese military plan devised in July 1941, 20,000 comfort women were required for every 700,000 Japanese soldiers, or 1 woman for every 35 soldiers.” As approximately 3.5 million
soldiers were mainly sent to the pacific islands, the estimated number of the comfort women
becomes 100,000. Nearly 80% of these women were the Korean women, and others were
taken from China, Taiwan, Malaysia, Burma, the Philippines and the Dutch East Indies. Most
of the comfort women were also young. According to interviews of surviving women, many of
the women were teenagers, even including an 11-year-old child. Regrettably, it seemed that
the younger women were preferred".
According to press notes, the "agreement" reached includes Japan´s official apologises and a compensation of 1 billion yens (US$ 8.3 millions) to fund victims. However, the text of the formal agreement continues to be unknown.
This issue has been an extremely sensitive issue in bilateral relations between both States. BBC note indicates that "only 46 former "comfort women" are still alive in South Korea". In an article of El Pais (Spain) of 1992 referring to a very first recognition by Japan authorities, 390 "comfort women" in South Korea were reported.
In a communiqué posted by Republic of Korea´s Foreign Affairs Ministry, we read that:
Remarks at the Joint Press Availability
December 28, 2015
Minister Yun:
Good afternoon. Today, I had in-depth consultations with Minister
Kishida on matters of mutual interest, including the “comfort women”
issue.
First of all, I would like to thank Minister Kishida for taking the time
out of his busy schedule to attend this meeting today.
As you are well aware, this year marks the 50th anniversary of the
normalization of diplomatic ties between Korea and Japan. My
government has been sparing no efforts to work out an early resolution
of the “comfort women” issue, the most crucial history-related issue
between Korea and Japan, in this historic year.
In particular, thanks to the political decision made by President Park and
Prime Minister Abe at the November 2nd summit to “accelerate
consultations to settle the ‘comfort women’ issue at the earliest possible
date, bearing in mind that this year marks a turning point in the relations
between the two countries as we celebrate the 50th anniversary of the
normalization of diplomatic ties,” bilateral consultations have been
further expedited centering around the Director-General level meetings as
a major channel.
Minister Kishida and I held an intensive round of consultations today,
based on the results of the consultations held through various
channels, including yesterday’s 12th Director-General level meeting.
As a result, we have been able to reach an agreement acceptable to
both sides. So, here today, we would like to announce the results of
our meeting today.
First, Minister Kishida will state the position of the Government of
Japan on today’s agreement on behalf of the Government of Japan,
and then, I will share with you the position of the Government of the
Republic of Korea.
Minister Kishida:
The issue of “comfort women” has been intensively discussed so far
between Japan and Korea, including through the Director-General
level meetings. Based on those outcomes, the Government of Japan
states the following.
The issue of “comfort women” was a matter which, with the
involvement of the military authorities of the day, severely injured the
honor and dignity of many women. In this regard, the Government of
Japan painfully acknowledges its responsibility.
Prime Minister Abe, in his capacity as Prime Minister of Japan,
expresses anew sincere apologies and remorse from the bottom of his
heart to all those who suffered immeasurable pain and incurable
physical and psychological wounds as “comfort women.”
The Government of Japan has been seriously dealing with this issue,
and on the basis of such experience, will take measures with its own
budget to heal the psychological wounds of all the former “comfort
women.”
More specifically, the Government of the Republic of Korea will
establish a foundation for the purpose of providing assistance to the
former “comfort women.” The Government of Japan will contribute
from its budget a lump sum funding to this foundation. The
Governments of Korea and Japan will cooperate to implement
programs to restore the honor and dignity and to heal the
psychological wounds of all the former “comfort women.”
Along with what was stated above, the Government of Japan confirms
that through today’s statement, this issue will be finally and
irreversibly resolved on the condition that the above-mentioned
measures are faithfully implemented. Also, the Government of Japan,
along with the Government of the Republic of Korea, will refrain
from mutual reprobation and criticism in international forums,
including at the United Nations in the future.
Regarding the above-mentioned budgetary measure, the expected
amount will be around 1 billion Yen. What I have stated is the
outcome of consultations held under the instruction of the leaders of
both countries, and I am confident that Japan-Korea relations will
thereby enter a new era.
Minister Yun:
Now, I would like to state the position of the Government of the
Republic of Korea on today’s agreement.
The issue of “comfort women” has been intensively discussed so far
between Korea and Japan, including through the Director-General
level meetings. Based on those outcomes, the Government of Korea
states the following.
The Government of the Republic of Korea takes note of the statement
by the Government of Japan and the measures leading up to the
statement, and, along with the Government of Japan, confirms that
through today’s statement, this issue will be finally and irreversibly
resolved on the condition that the above-mentioned measures stated
by the Government of Japan are faithfully implemented. The
Government of the Republic of Korea will cooperate in the measures
to be taken by the Government of Japan.
The Government of the Republic of Korea is aware of the concern of
the Government of Japan over the memorial statue placed in front of
the Embassy of Japan in Seoul with respect to the maintenance of the
peacefulness and respectability of its mission, and will make efforts to
appropriately address the concern, including through consultations
with relevant groups on possible responses.
The Government of the Republic of Korea, along with the
Government of Japan, will refrain from mutual reprobation and
criticism in international forums, including at the United Nations in
the future, on the condition that the measures stated by the
Government of Japan are faithfully implemented.
This concludes the position of the Government of the Republic of
Korea.
I am very pleased to announce here today that, working together,
Minister Kishida and I have finally wound up the long and difficult
negotiations on this issue before the end of this year, the 50th
anniversary of the normalization of diplomatic ties between Korea
and Japan.
I sincerely hope that the measures to follow up on today’s agreement
will be faithfully implemented and thereby restore the honor and
dignity and heal the psychological wounds of the victims who have
had to endure so many years of agony.
It is also my sincere desire that, with the conclusion of the
negotiations on the “comfort women” issue, the most challenging and
difficult issue over history between Korea and Japan, we will be able
to open a new chapter in the Korea-Japan relations in the new year
with a new spirit of cooperation.
Thank you. /END/
In a communiqué posted by Japan´s Foreign Affairs Ministry, we read that:
Japan-ROK Foreign Ministers’ Meeting
December 28, 2015
On December 28, commencing from around 2:00 p.m. to 3:20 p.m., Mr Fumio Kishida, Minister for Foreign Affairs of Japan, held a Japan-ROK Foreign Ministers’ Meeting with Mr Yun Byung-se, Minister of Foreign Affairs of the Republic of Korea (ROK), and announced about the issue of comfort women at the press occasion held after the Foreign Ministers’ Meeting as follows.
1.
(1) Foreign Minister Kishida announced as follows.
The Government of Japan and the Government of the Republic of Korea (ROK) have intensively discussed the issue of comfort women between Japan and the ROK at bilateral meetings including the Director-General consultations. Based on the result of such discussions, I, on behalf of the Government of Japan, state the following:
(i) The issue of comfort women, with an involvement of the Japanese military authorities at that time, was a grave affront to the honor and dignity of large numbers of women, and the Government of Japan is painfully aware of responsibilities from this perspective. As Prime Minister of Japan, Prime Minister Abe expresses anew his most sincere apologies and remorse to all the women who underwent immeasurable and painful experiences and suffered incurable physical and psychological wounds as comfort women.
(ii) The Government of Japan has been sincerely dealing with this issue. Building on such experience, the Government of Japan will now take measures to heal psychological wounds of all former comfort women through its budget. To be more specific, it has been decided that the Government of the ROK establish a foundation for the purpose of providing support for the former comfort women, that its funds be contributed by the Government of Japan as a one-time contribution through its budget, and that projects for recovering the honor and dignity and healing the psychological wounds of all former comfort women be carried out under the cooperation between the Government of Japan and the Government of the ROK.
(iii) While stating the above, the Government of Japan confirms that this issue is resolved finally and irreversibly with this announcement, on the premise that the Government will steadily implement the measures specified in (ii) above. In addition, together with the Government of the ROK, the Government of Japan will refrain from accusing or criticizing each other regarding this issue in the international community, including at the United Nations.
(2) Foreign Minister Yun announced as follows.
The Government of the Republic of Korea (ROK) and the Government of Japan have intensively discussed the issue of comfort women between the ROK and Japan at bilateral meetings including the Director-General consultations. Based on the result of such discussions, I, on behalf of the Government of the ROK, state the following:
(i) The Government of the ROK values the GOJ’s announcement and efforts made by the Government of Japan in the lead-up to the issuance of the announcement and confirms, together with the GOJ, that the issue is resolved finally and irreversibly with this announcement, on the premise that the Government of Japan will steadily implement the measures specified in 1. (1) (ii)above. The Government of the ROK will cooperate in the implementation of the Government of Japan’s measures.
(ii) The Government of the ROK acknowledges the fact that the Government of Japan is concerned about the statue built in front of the Embassy of Japan in Seoul from the viewpoint of preventing any disturbance of the peace of the mission or impairment of its dignity, and will strive to solve this issue in an appropriate manner through taking measures such as consulting with related organizations about possible ways of addressing this issue.
(iii) The Government of the ROK, together with the Government of Japan, will refrain from accusing or criticizing each other regarding this issue in the international community, including at the United Nations, on the premise that the Government of Japan will steadily implement the measures it announced.
2. Furthermore, Foreign Minister Kishida announced that the amount of budget contributed to the foundation would be approximately one billion yen.
3. In addition, both sides exchanged views briefly about the Japan-ROK cooperation in the fields of security and other various issues between the two countries.
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lunes, 28 de diciembre de 2015
sábado, 26 de diciembre de 2015
COREA DEL SUR Y JAPON: HACIA UN ACUERDO BASE SOBRE REPARACIONES POR EL CASO DE LAS "MUJERES DE CONFORT"
Foto extraída de artículo de prensa titulado: "Japon: les "femmes de réconfort" réclament justice"
En estos días, la prensa (ver nota del Japan Times) ha reportado de gestiones entre las autoridades de Japón y de Corea del Sur para lograr que Japón reconozca públicamente su responsabilidad y proceda a indemnizar a las denominadas "mujeres de confort", reclutadas por el Ejército nipon durante la IIa Guerra Mundial para servir de esclavas sexuales, y cuyo número exacto varía según los historiadores y las fuentes. Por parte del jefe de la diplomacia nipona, se ha leído que: "We have been trying to realise the agreement ... to accelerate talks and seek an early settlement. This is part of this effort", segun reporta una nota del Times of India). En otra nota de Europa Press, se lee que la diplomacia japonesa está dispuesta a hacer su "máximo esfuerzo" para lograr un acuerdo con Corea del Sur. Un miembro del equipo negociador coreano citado por la prensa de su país ha dejado a entender que las negociaciones están por llegar a feliz término (ver nota de The Telegraph): "In a diplomatic negotiation, there can never be a 100-0 win,” a South Korean government official told the Joonang Daily newspaper. “The goal is keeping the score 51-49, but making each side think it has won 51”. En un artículo publicado en Corea del Sur (ver nota del Korean Joongang Daily), se lee que: "A historical record of a Japanese state leader’s apology is needed,” said a Foreign Ministry official. “If Japan agrees to this, we can negotiate on the format and specific wordings.”.
BREVES ANTECEDENTES. En julio de 1992, Japón oficialmente reconoció haber procedido a establecer una red conformada por mujeres asiáticas para su Ejército durante la IIa Guerra Mundial, indicando no obstante no contar con elementos que permitan probar que este reclutamiento fuese forzado. En esta nota de El Pais (España) se lee que: "Japón reconoció ayer oficialmente que el Gobierno establecido durante la II Guerra Mundial participó en la organización de una amplia red de prostitución con mujeres asiáticas, pero que no se han encontrado pruebas, de que en el reclutamiento se hubiera empleado la fuerza. Koichi Kato, jefe de gabinete del primer ministro Kiichi Miyazawa, declaró que ésta es la conclusión fundamental de las investigaciones hechas por varios departamentos sobre un episodio histórico, que dificulta la normalización en las relaciones con Corea, China y otros países del continente". En diciembre del año 2000, un tribunal internacional ficticio compuesto por juristas y expertos de renombre mundial dictaminó en su sentencia de 265 páginas que Japón debía indemnizar a cada una de las víctimas pertenecientes a la red de "mujeres de confort" (ver nota de prensa del New York Times): el tribunal ficticio estuvo conformado por Carmen Argibay, Christine Chinkin, Gabrielle Kirk MacDonald (Presidente) y Willy Mutunga. En abril del 2014, se había anunciado un primer acercamiento entre los mandatarios de ambos Estados para negociar un acuerdo sobre este preciso tema (ver nota del Wall Street Journal). En agosto del 2014, un grupo de "mujeres de confort" se reunieron en Seúl con el Papa Francisco en visita oficial (ver nota de El Economista). Desde entonces, se han realizado 11 rondas de negociaciones entre ambos equipos diplomáticos, según la nota del Korean Joongang Daily precitada. El anuncio reciente sobre nuevas gestiones entre ambos Estados se da luego de que la Corte de Constitucionalidad de Corea del Sur se rehusara a examinar, el pasado 23 de diciembre, la constitucionalidad del acuerdo suscrito entre Japón y Corea del Sur en el año 1965 (ver nota del Japan Times). El acuerdo de 1965 (ver texto) no incluye ninguna disposición sobre el tema de las víctimas o de las reparaciones de guerra. En el 2011, el mismo juez constitucional surcoreano había indicado en una sentencia histórica para las víctimas y sus familiares que: "the South Korean government's failure to seek a solution with Japan on compensating the former comfort women "constitutes infringement on the basic human rights of the victims and a violation of the Constitution". (ver nota de prensa). Sobre la decisión del pasado 23 de diciembre del 2015, se leyó por parte de Japón lo siguiente durante una conferencia de prensa a la que partició el jefe de su diplomacia, realizada el 22 de diciembre (ver texto): "Fukai, TBS: Tomorrow the constitutional court of the ROK will issue its verdict in a trial challenging the constitutionality of the Japan-ROK Claims Settlement Agreement. Could you once again explain the Government of Japan’s position, and what your views are on the impact this will have on the Japan-ROK relationship in the future? Mr. Fumio Kishida, Minister for Foreign Affairs: Firstly, I am aware of the matter that you raise, and since it involves a ruling by the court, I intend to keep a close eye on the judgment. In any event, issues of property and claim rights between Japan and the ROK have been settled completely and finally by the Claims Settlement and Economic Co-operation Agreement between Japan and the ROK. That is the Government of Japan’s position"
Como se recordará, el acuerdo sobre las relaciones entre Corea del Sur y Japón suscrito en 1965 cumplió 50 años, siendo objeto de varios actos protocolarios, reseñados con precisión por parte de Corea del Sur en un reciente comunicado de prensa de su Ministerio de Relaciones Exteriores. En cuanto al acuerdo bilateral más específico sobre bienes, reclamaciones y cooperación económica, firmado en junio de 1965 (ver texto ), fue objeto de una acción ante el juez constitucional coreano. No incluye ninguna disposición relativa a las víctimas de la guerra. Su artículo II considera todo reclamo pendiente resuelto con las compensaciones de Japón, y se lee como sigue: “Article II. 1) The High Contracting Parties confirm that the problems concerning property, rights, and interests of the two High Contracting Parties and their peoples (including juridical persons) and the claims between the High Contracting Parties and between their peoples, including those stipulated in Article IV(a) of the Peace Treaty with Japan signed at the city of San Francisco on September 8, 1951, have been settled completely and finally”.
BREVES DATOS SOBRE LAS "MUJERES DE CONFORT" o "MUJERES DE SOLAZ". Corea del Sur no es el único Estado concerñido por esta red de mujeres asiáticas forzadas por el Ejercito japonés a servir como esclavas sexuales, y en realidad, son varios Estados los afectados por esta práctica. En una investigación del año 2007 (ver tésis titulada: Comfort Women: Human Rights of Women from Then to Present" se precisa cuáles son las características de esta práctica del Ejército imperial, en términos que nos ha parecido oportuno reproducir textualmente: "From 1931 to 1945, comfort stations were established in many places where the Japanese army combated or occupied, including China, Taiwan, Borneo, the Philippines, the pacific islands, Singapore, Malaya, Burma, Indonesia as well as Japan. Due to the concealment of the relevant documents by the Japanese government and a long lapse of time after World War II, it is impossible to estimate the exact number of the comfort women. In accordance with “the Japanese military plan devised in July 1941, 20,000 comfort women were required for every 700,000 Japanese soldiers, or 1 woman for every 35 soldiers.” As approximately 3.5 million soldiers were mainly sent to the pacific islands, the estimated number of the comfort women becomes 100,000. Nearly 80% of these women were the Korean women, and others were taken from China, Taiwan, Malaysia, Burma, the Philippines and the Dutch East Indies. Most of the comfort women were also young. According to interviews of surviving women, many of the women were teenagers, even including an 11-year-old child. Regrettably, it seemed that the younger women were preferred".
Mapa extraído de artículo de prensa titulado "Las mujeres de confort luchan por escuchar un perdon".
En un informe de una Relatora Especial de Naciones Unidas titulado "La violación sistemática, la esclavitud sexual y las prácticas análogas a la esclavitud en tiempo de conflicto armado", Documento E/CN.4/Sub.2/1998/13 de junio de 1998, se precisa una cifra de 200.000 mujeres (Apéndice 1, p. 44) al señalarse que: " "1. Entre 1932 y el final de la segunda guerra mundial, el Gobierno del Japón y el ejército imperial del Japón forzaron a más de 200.000 mujeres a someterse a la esclavitud sexual en centros de violación en buena parte de Asia. A estos centros de violación se ha solido aludir con el eufemismo inaceptable de "centros de solaz". La mayoría de esas "mujeres de solaz" 1 procedían de Corea, pero también las hubo de China, Indonesia, Filipinas y otros países de Asia dominados por el Japón. A lo largo del último decenio, cada vez más mujeres supervivientes de esas atrocidades se han manifestado en público, tratando de obtener la reparación de esos delitos. El presente apéndice se ha redactado a partir exclusivamente de los hechos comprobados en el examen realizado por el propio Gobierno del Japón de la participación de oficiales del ejército japonés en el establecimiento, la supervisión y el mantenimiento de centros de violación durante la segunda guerra mundial. Sobre la base de lo admitido por el Gobierno del Japón, en el apéndice se trata de evaluar la responsabilidad jurídica de dicho Gobierno por la esclavitud y violación de las mujeres en los "centros de solaz" durante la segunda guerra mundial. Aunque las responsabilidades pueden ser de muy diversa índole, en el presente informe se trata específicamente de la responsabilidad por los crímenes internacionales más notorios de esclavitud, crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra. En el apéndice también se expone el contexto jurídico del derecho penal internacional y se examinan las demandas de indemnización que pueden presentar las supervivientes". Remitimos al lector a esta exposición de fotografías puesta en línea por El Pais (España) en agosto del 2014 que describe el sufrimiento de estas mujeres sobre las que se sabe poco, recogiendo parcelas de sus vivencias cotidianas, en un intento por mantener viva la memoria de las víctimas de este drama.
LA POSICIÓN DE JAPÓN A LA LUZ DEL DERECHO INTERNACIONAL. El precitado informe de Naciones Unidas de 1998, en las conclusiones del apéndice 1, indica (página 64) que: "En el presente informe se llega a la conclusión de que el Gobierno del Japón sigue siendo responsable por graves violaciones de los derechos humanos y del derecho humanitario, que en conjunto constituyen crímenes de lesa humanidad. Los argumentos de descargo del Gobierno del Japón, incluidos los argumentos contra el fundamento jurídico, la norma del derecho humanitario que prohíbe la esclavitud y la violación, siguen siendo tan poco convincentes hoy en día como lo fueron cuando se invocaron por primera vez ante el tribunal de los crímenes de guerra de Nuremberg, hace más de 50 años. Tampoco es convincente el argumento del Gobierno japonés de que el Japón ya ha liquidado todas las reclamaciones por la segunda guerra mundial mediante los tratados de paz y acuerdos de reparaciones posteriores a la guerra".
Al no estar disponile el texto del acuerdo, sino únicamente las declaraciones de ambos cancilleres al respecto, muchas dudas permanecen. El monto exacto del fondo de indemnización acordado entre Japón y Corea del Sur es de 1 billón de yenes japoneses (aproximádamente 8,3 millones de US$). No se conoce cuáles serán las modalidades de atención a las sobrevivientes y a sus familiares (ver nota del South China Morning Post). No se sabe si el reconocimiento formal de la responsabilidad de Japón fue incluída, y bajo que tipo de formulación. Para las víctimas, sería muy dificil aceptar que, a cambio de un monto simbólico de dinero a favor de Corea del Sur y de un reconocimiento parcial de responsabilidad por parte de Japón, ambos Estados se limiten a un "acuerdo" informal intercambiando declaraciones oficiales. Se trata de un álgido tema que ha afectado gravemente y desde muchos años las relaciones entre Japón y Corea del Sur, debido a la negativa de Japón de asumir plenamente las responsabilidades de este drama humano vivido por miles de mujeres de varios países de Asia, que se vieron obligadas a trabajar como esclavas sexuales en las denominadas "estaciones de confort" del Ejército imperial nipón durante la IIa Guerra Mundial. No obstante, y pese al tiempo transcurrido, el ejercicio al que se están librando los equipos negociadores de Corea del Sur y de Japón en estos últimos días del año 2015 bien podría culminar en un primer precedente para muchas víctimas de violaciones graves a los derechos humanos ocurridas en el pasado y que se mantienen impunes.
En el 2014, la diplomacia de Japón sorprendió a algunos, al solicitar que un informe de una relatora de las Naciones Unidas sobre Derechos Humanos de 1996 fuera objeto de una revisión por parte de su autora (ver nota del New York Times). Rechazada la petición japonesa, Corea del Sur manifestó que: "However hard the Japanese government tries to distort the true nature of the comfort women issue and play down or hide the past wrongdoings, it will never be able to whitewash history" (ver nota publicada en The Diplomat). Este tipo de solicitudes, además de ser usualmente desestimadas, constituyen una clara evidencia del temor de un Estado ante cuestionamientos hechos por órganos internacionales de derechos humanos. Varias ONG han hecho ver, desde el punto de vista jurídico, la total inconsistencia de la posición de Japón en años recientes con relación a las obligaciones internacionales contenidas en un sin numero de tratados de derechos humanos ratificados por Japón (ver nota titulada "Japan The “Comfort Women” Issue" del 2009).
UN RECONOCIMIENTO PÚBLICO ANHELADO POR LAS VICTIMAS Y SUS FAMILIARES. Desde varios años, la estatua de una niña colocada frente a la Embajada de Japón en Seúl espera pacientemente sentada en una banca (ver nota de EuroWon). Su mirada es impasible. En el 2012, una exposición fotográfica a realizarse en Tokyo fue abruptamente suspendida por la empresa patrocinadora Nikon: en días recientes, el fotógrafo surcoreano obtuvo una sentencia a su favor en los tribunales de Japón, condenando al fabricante Nikon (ver nota de Japan Today). Estas y muchas otras humillaciones son las que han tenido que enfrentar las víctimas, sus familiares y las organizaciones que las apoyan desde muchos años. En su entrevista realizada en Francia por Radio France Internationale (RFI) en el 2013 a Kim Bok-dong, de 87 años de edad, la mujer enfatiza en la importancia que reviste para las víctimas surcoreanas el hecho que Japón ofrezca sus disculpas públicas e indemnice a las víctimas: "C'est très simple : il faut que le gouvernement japonais présente ses excuses officielles, mais aussi accorde des indemnisations juridiques. Les Japonais doivent reconnaître leurs crimes historiques. Je ne ressens aucune haine envers les Japonais, je veux juste cette reconnaissance de la vérité historique". En otra entrevista a otra sobreviviente, Lee Hok-sun, de 88 años de edad, publicada en La Tercera de Chile (ver nota), se lee que: "Los soldados insisten en que las mujeres lo hicieron voluntariamente para ganar dinero. Si fuera por ello no pediríamos que Japón pida perdón”, explica. Pero Lee aclara el foco de su lucha. “No pienso que todo el pueblo japonés es culpable, sólo el gobierno”, señala".
La presente nota fue publicada en una versión mas extensa el 4/01/2016 en Alainet. En una versión más recogida, el 29/12/2015 en Pressenza, y el 28/12/2015 en Periodistas-es.com. Una primera versión extensa fue publicada en Elpais.cr y en Cambio Político el mismo 28/12/2015.
En estos días, la prensa (ver nota del Japan Times) ha reportado de gestiones entre las autoridades de Japón y de Corea del Sur para lograr que Japón reconozca públicamente su responsabilidad y proceda a indemnizar a las denominadas "mujeres de confort", reclutadas por el Ejército nipon durante la IIa Guerra Mundial para servir de esclavas sexuales, y cuyo número exacto varía según los historiadores y las fuentes. Por parte del jefe de la diplomacia nipona, se ha leído que: "We have been trying to realise the agreement ... to accelerate talks and seek an early settlement. This is part of this effort", segun reporta una nota del Times of India). En otra nota de Europa Press, se lee que la diplomacia japonesa está dispuesta a hacer su "máximo esfuerzo" para lograr un acuerdo con Corea del Sur. Un miembro del equipo negociador coreano citado por la prensa de su país ha dejado a entender que las negociaciones están por llegar a feliz término (ver nota de The Telegraph): "In a diplomatic negotiation, there can never be a 100-0 win,” a South Korean government official told the Joonang Daily newspaper. “The goal is keeping the score 51-49, but making each side think it has won 51”. En un artículo publicado en Corea del Sur (ver nota del Korean Joongang Daily), se lee que: "A historical record of a Japanese state leader’s apology is needed,” said a Foreign Ministry official. “If Japan agrees to this, we can negotiate on the format and specific wordings.”.
BREVES ANTECEDENTES. En julio de 1992, Japón oficialmente reconoció haber procedido a establecer una red conformada por mujeres asiáticas para su Ejército durante la IIa Guerra Mundial, indicando no obstante no contar con elementos que permitan probar que este reclutamiento fuese forzado. En esta nota de El Pais (España) se lee que: "Japón reconoció ayer oficialmente que el Gobierno establecido durante la II Guerra Mundial participó en la organización de una amplia red de prostitución con mujeres asiáticas, pero que no se han encontrado pruebas, de que en el reclutamiento se hubiera empleado la fuerza. Koichi Kato, jefe de gabinete del primer ministro Kiichi Miyazawa, declaró que ésta es la conclusión fundamental de las investigaciones hechas por varios departamentos sobre un episodio histórico, que dificulta la normalización en las relaciones con Corea, China y otros países del continente". En diciembre del año 2000, un tribunal internacional ficticio compuesto por juristas y expertos de renombre mundial dictaminó en su sentencia de 265 páginas que Japón debía indemnizar a cada una de las víctimas pertenecientes a la red de "mujeres de confort" (ver nota de prensa del New York Times): el tribunal ficticio estuvo conformado por Carmen Argibay, Christine Chinkin, Gabrielle Kirk MacDonald (Presidente) y Willy Mutunga. En abril del 2014, se había anunciado un primer acercamiento entre los mandatarios de ambos Estados para negociar un acuerdo sobre este preciso tema (ver nota del Wall Street Journal). En agosto del 2014, un grupo de "mujeres de confort" se reunieron en Seúl con el Papa Francisco en visita oficial (ver nota de El Economista). Desde entonces, se han realizado 11 rondas de negociaciones entre ambos equipos diplomáticos, según la nota del Korean Joongang Daily precitada. El anuncio reciente sobre nuevas gestiones entre ambos Estados se da luego de que la Corte de Constitucionalidad de Corea del Sur se rehusara a examinar, el pasado 23 de diciembre, la constitucionalidad del acuerdo suscrito entre Japón y Corea del Sur en el año 1965 (ver nota del Japan Times). El acuerdo de 1965 (ver texto) no incluye ninguna disposición sobre el tema de las víctimas o de las reparaciones de guerra. En el 2011, el mismo juez constitucional surcoreano había indicado en una sentencia histórica para las víctimas y sus familiares que: "the South Korean government's failure to seek a solution with Japan on compensating the former comfort women "constitutes infringement on the basic human rights of the victims and a violation of the Constitution". (ver nota de prensa). Sobre la decisión del pasado 23 de diciembre del 2015, se leyó por parte de Japón lo siguiente durante una conferencia de prensa a la que partició el jefe de su diplomacia, realizada el 22 de diciembre (ver texto): "Fukai, TBS: Tomorrow the constitutional court of the ROK will issue its verdict in a trial challenging the constitutionality of the Japan-ROK Claims Settlement Agreement. Could you once again explain the Government of Japan’s position, and what your views are on the impact this will have on the Japan-ROK relationship in the future? Mr. Fumio Kishida, Minister for Foreign Affairs: Firstly, I am aware of the matter that you raise, and since it involves a ruling by the court, I intend to keep a close eye on the judgment. In any event, issues of property and claim rights between Japan and the ROK have been settled completely and finally by the Claims Settlement and Economic Co-operation Agreement between Japan and the ROK. That is the Government of Japan’s position"
Como se recordará, el acuerdo sobre las relaciones entre Corea del Sur y Japón suscrito en 1965 cumplió 50 años, siendo objeto de varios actos protocolarios, reseñados con precisión por parte de Corea del Sur en un reciente comunicado de prensa de su Ministerio de Relaciones Exteriores. En cuanto al acuerdo bilateral más específico sobre bienes, reclamaciones y cooperación económica, firmado en junio de 1965 (ver texto ), fue objeto de una acción ante el juez constitucional coreano. No incluye ninguna disposición relativa a las víctimas de la guerra. Su artículo II considera todo reclamo pendiente resuelto con las compensaciones de Japón, y se lee como sigue: “Article II. 1) The High Contracting Parties confirm that the problems concerning property, rights, and interests of the two High Contracting Parties and their peoples (including juridical persons) and the claims between the High Contracting Parties and between their peoples, including those stipulated in Article IV(a) of the Peace Treaty with Japan signed at the city of San Francisco on September 8, 1951, have been settled completely and finally”.
BREVES DATOS SOBRE LAS "MUJERES DE CONFORT" o "MUJERES DE SOLAZ". Corea del Sur no es el único Estado concerñido por esta red de mujeres asiáticas forzadas por el Ejercito japonés a servir como esclavas sexuales, y en realidad, son varios Estados los afectados por esta práctica. En una investigación del año 2007 (ver tésis titulada: Comfort Women: Human Rights of Women from Then to Present" se precisa cuáles son las características de esta práctica del Ejército imperial, en términos que nos ha parecido oportuno reproducir textualmente: "From 1931 to 1945, comfort stations were established in many places where the Japanese army combated or occupied, including China, Taiwan, Borneo, the Philippines, the pacific islands, Singapore, Malaya, Burma, Indonesia as well as Japan. Due to the concealment of the relevant documents by the Japanese government and a long lapse of time after World War II, it is impossible to estimate the exact number of the comfort women. In accordance with “the Japanese military plan devised in July 1941, 20,000 comfort women were required for every 700,000 Japanese soldiers, or 1 woman for every 35 soldiers.” As approximately 3.5 million soldiers were mainly sent to the pacific islands, the estimated number of the comfort women becomes 100,000. Nearly 80% of these women were the Korean women, and others were taken from China, Taiwan, Malaysia, Burma, the Philippines and the Dutch East Indies. Most of the comfort women were also young. According to interviews of surviving women, many of the women were teenagers, even including an 11-year-old child. Regrettably, it seemed that the younger women were preferred".
Mapa extraído de artículo de prensa titulado "Las mujeres de confort luchan por escuchar un perdon".
En un informe de una Relatora Especial de Naciones Unidas titulado "La violación sistemática, la esclavitud sexual y las prácticas análogas a la esclavitud en tiempo de conflicto armado", Documento E/CN.4/Sub.2/1998/13 de junio de 1998, se precisa una cifra de 200.000 mujeres (Apéndice 1, p. 44) al señalarse que: " "1. Entre 1932 y el final de la segunda guerra mundial, el Gobierno del Japón y el ejército imperial del Japón forzaron a más de 200.000 mujeres a someterse a la esclavitud sexual en centros de violación en buena parte de Asia. A estos centros de violación se ha solido aludir con el eufemismo inaceptable de "centros de solaz". La mayoría de esas "mujeres de solaz" 1 procedían de Corea, pero también las hubo de China, Indonesia, Filipinas y otros países de Asia dominados por el Japón. A lo largo del último decenio, cada vez más mujeres supervivientes de esas atrocidades se han manifestado en público, tratando de obtener la reparación de esos delitos. El presente apéndice se ha redactado a partir exclusivamente de los hechos comprobados en el examen realizado por el propio Gobierno del Japón de la participación de oficiales del ejército japonés en el establecimiento, la supervisión y el mantenimiento de centros de violación durante la segunda guerra mundial. Sobre la base de lo admitido por el Gobierno del Japón, en el apéndice se trata de evaluar la responsabilidad jurídica de dicho Gobierno por la esclavitud y violación de las mujeres en los "centros de solaz" durante la segunda guerra mundial. Aunque las responsabilidades pueden ser de muy diversa índole, en el presente informe se trata específicamente de la responsabilidad por los crímenes internacionales más notorios de esclavitud, crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra. En el apéndice también se expone el contexto jurídico del derecho penal internacional y se examinan las demandas de indemnización que pueden presentar las supervivientes". Remitimos al lector a esta exposición de fotografías puesta en línea por El Pais (España) en agosto del 2014 que describe el sufrimiento de estas mujeres sobre las que se sabe poco, recogiendo parcelas de sus vivencias cotidianas, en un intento por mantener viva la memoria de las víctimas de este drama.
LA POSICIÓN DE JAPÓN A LA LUZ DEL DERECHO INTERNACIONAL. El precitado informe de Naciones Unidas de 1998, en las conclusiones del apéndice 1, indica (página 64) que: "En el presente informe se llega a la conclusión de que el Gobierno del Japón sigue siendo responsable por graves violaciones de los derechos humanos y del derecho humanitario, que en conjunto constituyen crímenes de lesa humanidad. Los argumentos de descargo del Gobierno del Japón, incluidos los argumentos contra el fundamento jurídico, la norma del derecho humanitario que prohíbe la esclavitud y la violación, siguen siendo tan poco convincentes hoy en día como lo fueron cuando se invocaron por primera vez ante el tribunal de los crímenes de guerra de Nuremberg, hace más de 50 años. Tampoco es convincente el argumento del Gobierno japonés de que el Japón ya ha liquidado todas las reclamaciones por la segunda guerra mundial mediante los tratados de paz y acuerdos de reparaciones posteriores a la guerra".
Al no estar disponile el texto del acuerdo, sino únicamente las declaraciones de ambos cancilleres al respecto, muchas dudas permanecen. El monto exacto del fondo de indemnización acordado entre Japón y Corea del Sur es de 1 billón de yenes japoneses (aproximádamente 8,3 millones de US$). No se conoce cuáles serán las modalidades de atención a las sobrevivientes y a sus familiares (ver nota del South China Morning Post). No se sabe si el reconocimiento formal de la responsabilidad de Japón fue incluída, y bajo que tipo de formulación. Para las víctimas, sería muy dificil aceptar que, a cambio de un monto simbólico de dinero a favor de Corea del Sur y de un reconocimiento parcial de responsabilidad por parte de Japón, ambos Estados se limiten a un "acuerdo" informal intercambiando declaraciones oficiales. Se trata de un álgido tema que ha afectado gravemente y desde muchos años las relaciones entre Japón y Corea del Sur, debido a la negativa de Japón de asumir plenamente las responsabilidades de este drama humano vivido por miles de mujeres de varios países de Asia, que se vieron obligadas a trabajar como esclavas sexuales en las denominadas "estaciones de confort" del Ejército imperial nipón durante la IIa Guerra Mundial. No obstante, y pese al tiempo transcurrido, el ejercicio al que se están librando los equipos negociadores de Corea del Sur y de Japón en estos últimos días del año 2015 bien podría culminar en un primer precedente para muchas víctimas de violaciones graves a los derechos humanos ocurridas en el pasado y que se mantienen impunes.
En el 2014, la diplomacia de Japón sorprendió a algunos, al solicitar que un informe de una relatora de las Naciones Unidas sobre Derechos Humanos de 1996 fuera objeto de una revisión por parte de su autora (ver nota del New York Times). Rechazada la petición japonesa, Corea del Sur manifestó que: "However hard the Japanese government tries to distort the true nature of the comfort women issue and play down or hide the past wrongdoings, it will never be able to whitewash history" (ver nota publicada en The Diplomat). Este tipo de solicitudes, además de ser usualmente desestimadas, constituyen una clara evidencia del temor de un Estado ante cuestionamientos hechos por órganos internacionales de derechos humanos. Varias ONG han hecho ver, desde el punto de vista jurídico, la total inconsistencia de la posición de Japón en años recientes con relación a las obligaciones internacionales contenidas en un sin numero de tratados de derechos humanos ratificados por Japón (ver nota titulada "Japan The “Comfort Women” Issue" del 2009).
UN RECONOCIMIENTO PÚBLICO ANHELADO POR LAS VICTIMAS Y SUS FAMILIARES. Desde varios años, la estatua de una niña colocada frente a la Embajada de Japón en Seúl espera pacientemente sentada en una banca (ver nota de EuroWon). Su mirada es impasible. En el 2012, una exposición fotográfica a realizarse en Tokyo fue abruptamente suspendida por la empresa patrocinadora Nikon: en días recientes, el fotógrafo surcoreano obtuvo una sentencia a su favor en los tribunales de Japón, condenando al fabricante Nikon (ver nota de Japan Today). Estas y muchas otras humillaciones son las que han tenido que enfrentar las víctimas, sus familiares y las organizaciones que las apoyan desde muchos años. En su entrevista realizada en Francia por Radio France Internationale (RFI) en el 2013 a Kim Bok-dong, de 87 años de edad, la mujer enfatiza en la importancia que reviste para las víctimas surcoreanas el hecho que Japón ofrezca sus disculpas públicas e indemnice a las víctimas: "C'est très simple : il faut que le gouvernement japonais présente ses excuses officielles, mais aussi accorde des indemnisations juridiques. Les Japonais doivent reconnaître leurs crimes historiques. Je ne ressens aucune haine envers les Japonais, je veux juste cette reconnaissance de la vérité historique". En otra entrevista a otra sobreviviente, Lee Hok-sun, de 88 años de edad, publicada en La Tercera de Chile (ver nota), se lee que: "Los soldados insisten en que las mujeres lo hicieron voluntariamente para ganar dinero. Si fuera por ello no pediríamos que Japón pida perdón”, explica. Pero Lee aclara el foco de su lucha. “No pienso que todo el pueblo japonés es culpable, sólo el gobierno”, señala".
La presente nota fue publicada en una versión mas extensa el 4/01/2016 en Alainet. En una versión más recogida, el 29/12/2015 en Pressenza, y el 28/12/2015 en Periodistas-es.com. Una primera versión extensa fue publicada en Elpais.cr y en Cambio Político el mismo 28/12/2015.
martes, 22 de diciembre de 2015
COMUNICADO DE PRENSA DE MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES DE COSTA RICA CON RELACIÓN A FALLO DE LA CIJ
De manera a contar con el primer comunicado de prensa distribuido por Costa Rica a pocos minutos de concluir la lectura del fallo de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) el pasado 16 de diciembre del 2015, se reproduce en su integralidad el texto emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Costa Rica, el cual sirvió de base para varias notas en la prensa, artículos de opinión y otras manifestaciones escritas publicadas en horas de la mañana de ese día en Costa Rica. Como es previsible, cada Estado presenta ante su opinión la decisión de la CIJ de manera a proyectar la mejor imagen posible, omitiendo algunas partes de la sentencia que no le son tan favorables. No se ha logrado conocer algun comunicado oficial por parte de Nicaragua e invitamos a nuestros lectores a remitirnos a algun enlace oficial de Nicaragua que lo contenga. Con base en el contenido de ambos comunicados por un lado y el texto de la CIJ por otro, así como la revisión minuciosa del tipo de vocabulario usado en cada comunicado oficial, se puede proceder a un ejercicio de comparación extremadamente útil de manera a apreciar si ambos ribereños del San Juan están dispuestos a enviarse señales en aras de intentar relanzar sus deterioradas relaciones bilaterales, o solo uno de ellos, o ninguno de ellos.
Corte Internacional de Justicia da la razón a Costa Rica al ratificar soberanía sobre Isla Portillos y afirmar que no se generó ningún daño ambiental al río San Juan
16/12/2015 10:23 AM
1 / 2 · Corte Internacional de Justicia también revalida derechos de navegación de Costa Rica en río San Juan.
16 de diciembre 2015. La Corte Internacional de Justicia (CIJ) dictó hoy un histórico fallo, en el cual reconoció que el territorio de Isla Portillos en la zona de Calero, es indisputable territorio soberano de la República de Costa Rica.
La CIJ declaró que Nicaragua ha violado la soberanía de Costa Rica y que infringió las medidas cautelares, al establecer presencia militar y abrir dos caños en el territorio en disputa, durante el 2013. Además, confirmó que Nicaragua ha violado los derechos de navegación de Costa Rica y dictó la obligación de Nicaragua de indemnizar a Costa Rica por los daños causados en territorio costarricense.
Tanto el Presidente de la República, Luis Guillermo Solís, como el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz, recibieron con beneplácito el fallo.
“Considero que la resolución de la Corte Internacional de Justicia es muy satisfactoria para Costa Rica, los derechos soberanos han sido reconocidos y ratificados”, aseguró el Presidente de la República Luis Guillermo Solís Rivera.
“Como Canciller y como costarricense estoy muy complacido con el resultado de este caso. El fallo es contundente a nuestro favor, es muy significativo en el tanto reconoce nuestra soberanía sobre el territorio ilegalmente disputado por Nicaragua, sino que reafirma la importancia del derecho internacional como un mecanismo eficaz para la resolución de disputas internacionales de forma pacífica”, aseguró el ministro González Sanz.
Durante la lectura de este caso, también se resolvió el caso por la construcción de un camino fronterizo en Costa Rica. La CIJ determinó que la construcción del camino no le generó daño a Nicaragua, como esta había alegado falazmente.
La CIJ concluye con toda claridad que no se demostró un daño ambiental al río San Juan, por parte de Costa Rica.
El Canciller señaló que Costa Rica ha tomado nota de la sentencia, y que la respetará íntegramente. “Se demostró que Costa Rica no produjo un daño ambiental al Río San Juan, que Costa Rica no actuo demala fe, que era una estrategia de distracción lanzada por Nicaragua para disimular sus graves actos en Isla Portillos. La Corte nos ha dado la razón en ello. Hemos estado siempre de acuerdo con la CIJ, al determinar que ese tipo de proyectos requieren un estudio ambiental transfronterizo, lo cual cumpliremos a cabalidad”, afirmó.
La CIJ también confirma, nuevamente, el derecho de Costa Rica a navegar en el río San Juan y reconoció el incumplimiento de esos derechos, por parte de Nicaragua, quien los ha violentado al impedir que los costarricenses transiten en el río fronterizo.
Además, la sentencia dictó que Costa Rica tiene derecho a recibir una indemnización por daños materiales causados por Nicaragua. Se determinará ese monto, a partir de futuros alegatos escritos y en un proceso por separado.
Costa Rica nunca disputó la soberanía de la Laguna Portillos ni el derecho que tiene Nicaragua para dragar en el río San Juan.
Finalmente, el Canciller agradeció a todas las instituciones y personas que participaron en la defensa nacional, en particular a los integrantes del equipo jurídico, así como a todos los costarricenses que unieron fuerza y apoyo a esta gesta de defensa nacional.
El equipo jurídico nacional estuvo integrado por el ex Embajador Edgar Ugalde, como Agente; el Embajador ante Países Bajos, Sergio Ugalde, como Co-Agente y Abogado; y los abogados Marcelo Kohen, Samuel Wordsworth, Arnoldo Brenes, Kate Parlett, Katherine del Mar, Simon Olleson y Ricardo Otárola, con la asistencia de un grupo de distinguidos diplomáticos del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, de personal de otras instituciones del Estado, y de científicos.
Antecedentes
Costa Rica presentó el caso el 18 de noviembre de 2010, luego de que el ejército de Nicaragua invadiera el territorio nacional con ocasión de acciones de dragado sobre el Río San Juan. Nicaragua devastó unas 4 hectáreas de bosque primario, en un humedal protegido internacionalmente por la Convención Ramsar sobre Humedales, y construyó un caño artificial, con el objeto de desviar las aguas del Río San Juan al Mar Caribe a través del territorio costarricense.
A pesar de que la Corte emitió medidas cautelares el 8 de marzo de 2011, Nicaragua las incumplió al enviar a miles de sus ciudadanos al territorio entonces disputado, y luego, instaló un campamento militar con el propósito de facilitar la construcción ilegal de dos nuevos caños. La Corte emitió nuevas medidas cautelares el 22 de noviembre de 2013, expulsando al ejército nicaragüense nuevamente, y suspendiendo la construcción de los nuevos caños.
Corte Internacional de Justicia da la razón a Costa Rica al ratificar soberanía sobre Isla Portillos y afirmar que no se generó ningún daño ambiental al río San Juan
16/12/2015 10:23 AM
1 / 2 · Corte Internacional de Justicia también revalida derechos de navegación de Costa Rica en río San Juan.
16 de diciembre 2015. La Corte Internacional de Justicia (CIJ) dictó hoy un histórico fallo, en el cual reconoció que el territorio de Isla Portillos en la zona de Calero, es indisputable territorio soberano de la República de Costa Rica.
La CIJ declaró que Nicaragua ha violado la soberanía de Costa Rica y que infringió las medidas cautelares, al establecer presencia militar y abrir dos caños en el territorio en disputa, durante el 2013. Además, confirmó que Nicaragua ha violado los derechos de navegación de Costa Rica y dictó la obligación de Nicaragua de indemnizar a Costa Rica por los daños causados en territorio costarricense.
Tanto el Presidente de la República, Luis Guillermo Solís, como el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz, recibieron con beneplácito el fallo.
“Considero que la resolución de la Corte Internacional de Justicia es muy satisfactoria para Costa Rica, los derechos soberanos han sido reconocidos y ratificados”, aseguró el Presidente de la República Luis Guillermo Solís Rivera.
“Como Canciller y como costarricense estoy muy complacido con el resultado de este caso. El fallo es contundente a nuestro favor, es muy significativo en el tanto reconoce nuestra soberanía sobre el territorio ilegalmente disputado por Nicaragua, sino que reafirma la importancia del derecho internacional como un mecanismo eficaz para la resolución de disputas internacionales de forma pacífica”, aseguró el ministro González Sanz.
Durante la lectura de este caso, también se resolvió el caso por la construcción de un camino fronterizo en Costa Rica. La CIJ determinó que la construcción del camino no le generó daño a Nicaragua, como esta había alegado falazmente.
La CIJ concluye con toda claridad que no se demostró un daño ambiental al río San Juan, por parte de Costa Rica.
El Canciller señaló que Costa Rica ha tomado nota de la sentencia, y que la respetará íntegramente. “Se demostró que Costa Rica no produjo un daño ambiental al Río San Juan, que Costa Rica no actuo demala fe, que era una estrategia de distracción lanzada por Nicaragua para disimular sus graves actos en Isla Portillos. La Corte nos ha dado la razón en ello. Hemos estado siempre de acuerdo con la CIJ, al determinar que ese tipo de proyectos requieren un estudio ambiental transfronterizo, lo cual cumpliremos a cabalidad”, afirmó.
La CIJ también confirma, nuevamente, el derecho de Costa Rica a navegar en el río San Juan y reconoció el incumplimiento de esos derechos, por parte de Nicaragua, quien los ha violentado al impedir que los costarricenses transiten en el río fronterizo.
Además, la sentencia dictó que Costa Rica tiene derecho a recibir una indemnización por daños materiales causados por Nicaragua. Se determinará ese monto, a partir de futuros alegatos escritos y en un proceso por separado.
Costa Rica nunca disputó la soberanía de la Laguna Portillos ni el derecho que tiene Nicaragua para dragar en el río San Juan.
Finalmente, el Canciller agradeció a todas las instituciones y personas que participaron en la defensa nacional, en particular a los integrantes del equipo jurídico, así como a todos los costarricenses que unieron fuerza y apoyo a esta gesta de defensa nacional.
El equipo jurídico nacional estuvo integrado por el ex Embajador Edgar Ugalde, como Agente; el Embajador ante Países Bajos, Sergio Ugalde, como Co-Agente y Abogado; y los abogados Marcelo Kohen, Samuel Wordsworth, Arnoldo Brenes, Kate Parlett, Katherine del Mar, Simon Olleson y Ricardo Otárola, con la asistencia de un grupo de distinguidos diplomáticos del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, de personal de otras instituciones del Estado, y de científicos.
Antecedentes
Costa Rica presentó el caso el 18 de noviembre de 2010, luego de que el ejército de Nicaragua invadiera el territorio nacional con ocasión de acciones de dragado sobre el Río San Juan. Nicaragua devastó unas 4 hectáreas de bosque primario, en un humedal protegido internacionalmente por la Convención Ramsar sobre Humedales, y construyó un caño artificial, con el objeto de desviar las aguas del Río San Juan al Mar Caribe a través del territorio costarricense.
A pesar de que la Corte emitió medidas cautelares el 8 de marzo de 2011, Nicaragua las incumplió al enviar a miles de sus ciudadanos al territorio entonces disputado, y luego, instaló un campamento militar con el propósito de facilitar la construcción ilegal de dos nuevos caños. La Corte emitió nuevas medidas cautelares el 22 de noviembre de 2013, expulsando al ejército nicaragüense nuevamente, y suspendiendo la construcción de los nuevos caños.
miércoles, 16 de diciembre de 2015
FALLO DE LA CIJ ENTRE COSTA RICA Y NICARAGUA
Mapa de la frontera entre Costa Rica y Nicaragua de Google Earth usado por Eden Pastora para ubicarse en Isla Portillos en octubre del 2010. A la izquierda, mapa usado que contiene un error, a la derecha, el mapa rectificado por Google Earth a inicios de noviembre del 2010 (ver nota de prensa). Imagen extraída de artículo de prensa.
Mapa de la "trocha fronteriza" y rutas de acceso al río San Juan habilitados por Costa Rica en respuesta a la ocupación ilegal de Isla Portillos por parte de Nicaragua. Documento oficial presentado en Casa Presidencial (Costa Rica). Arriba al extremo derecho, Isla Portillos (circulo en rojo realizado por el autor ya que no se distingue mayormente en razón de la escala usada)
Este 16 de diciembre, como anunciado, la Corte Internacional de Justicia (CIJ) dió lectura al fallo entre Costa Rica y Nicaragua relacionado a dos demandas, al que nos referimos en una nota anterior. Si contabilizamos los puntos solicitados a la CIJ en sus conclusiones finales, fueron un total de 31 peticiones hechas al juez internacional por parte de Costa Rica, y fueron 9 las presentadas por parte de Nicaragua.
TEXTO DEL FALLO. El texto del fallo ya está disponible en los dos únicos idiomas oficiales de la CIJ, en francés y en inglés. No existe versión en otro idioma y se recomienda la mayor cautela con traducciones en otros idiomas, en la medida en que cada término usado por la CIJ es el resultado de meses de laborioso trabajo de redacción, fruto de una larga reflexión colegial entre sus integrantes. Referimos también al lector a los comunicados de prensa en inglés y en francés divulgados al concluir la lectura del fallo por parte del Presidente de la CIJ, el francés Ronny Abraham. Se puede nuevamente apreciar la rápidez con la que la CIJ pone a disposición del público, casi en tiempo real, el texto completo de sus fallos.
En su sentencia, la CIJ atribuyo la "zona en disputa" (declarada como tal en marzo del 2011 por ella misma) a Costa Rica, tal y como se consignaba en los mapas oficiales cartográficos de ambos Estados desde 1900. A este respecto vale la pena recordar que en octubre del 2010, Nicaragua procedió a retirar sus mapas digitales (y a editarlos con un cambio en Isla Portillos al iniciar el mes de febrero del 2011), mientras los encargados del dragado refirieron insistentemente a un mapa de Google Earth para justificar su localización en Isla Portillos en octubre del 2010: la empresa Google Earth reconoció de forma inmediata el error contenido en sus mapas, haciendo no obstante ver que nunca recibió una solicitud formal de parte de Costa Rica antes del 2010 para proceder a rectificarlo.
Figura indicando ubicación del caño "Google" o Caño "Pastora" excavado por Nicaragua en Isla Portillos en octubre del 2010 en azul a partir del error de Google Earth y en rojo el territorio declarado "en litigio" según la CIJ el 8 de marzo del 2011 (figura elaborada por el Dr. Allan Astorga).
Por otro lado, la CIJ condenó a Costa Rica por no proceder a realizar un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) al ordenar la construcción de la denominada "trocha fronteriza" iniciada en diciembre del 2010. Se trata de una ruta de 154 kilómetros que bordea el río San Juan y que se ha justificado oficialmente como una "respuesta" a la "invasión" y a la "agresión" sufridas por Costa Rica en Isla Portillos: las comillas usadas obedecen al hecho que lo ocurrido en Isla Portillos no califica, desde la perspectiva del derecho internacional, como una "invasión" o una "agresión", sino como una incursión y ocupación ilegal del territorio costarricense. Un funcionario de la cancillería de Costa Rica reconoció en una de las primeras preguntas realizadas en agosto del 2013 en un programa televisivo (ver video del Sobre la Mesa, agosto 2013, Canal 15 UCR) la diferencia entre estos diversos términos, y justificó el uso de la palabra "invasión", según sus propios términos "para que la gente entienda" (Min 7:23). En una nota de prensa sobre esta interesante aseveración hecha pública tan sólo en agosto del 2013 por parte de un representante estatal, se lee que: "existió un engaño para el pueblo" y que: "sin proponérselo, viene ahora a revelar la existencia de una conducta cínica e irresponsable del gobierno de Costa Rica, que exagera y deforma los hechos con fines patrioteros y demagógicos".
DETALLE PASADO DESAPERCIBIDO Notemos que en junio del 2012, la Sala Constitucional de Costa Rica rechazó "ad portas" un recurso de inconstitucionalidad contra el "Decreto de emergencia" (ver texto del voto 8420-2012) que consagra una "emergencia" que la CIJ en su fallo considera no haber nunca existido como tal. En el párrafo 158 de la sentencia del 16 /12/2015, se lee que para la CIJ: "the Court considers that, in the circumstances of this case, Costa Rica has not shown the existence of an emergency that justified constructing the road without undertaking an environmental impact assessment. In fact, completion of the project was going to take, and is indeed taking, several years. In addition, when Costa Rica embarked upon the construction of the road, the situation in the disputed territory was before the Court, which shortly thereafter issued provisional measures. Although Costa Rica maintains that the construction of the road was meant to facilitate the evacuation of the area of Costa Rican territory adjoining the San Juan River, the Court notes that the road provides access to only part of that area and thus could constitute a response to the alleged emergency only to a limited extent. Moreover, Costa Rica has not shown an imminent threat of military confrontation in the regions crossed by the road. Finally, the Court notes that the Executive Decree proclaiming an emergency was issued by Costa Rica on 21 February 2011, after the works on the road had begun .../... la Cour estime que, dans les circonstances de l’espèce, le Costa Rica n’a pas démontré l’existence d’une urgence justifiant de construire la route sans entreprendre d’évaluation de l’impact sur l’environnement. En effet, l’exécution des travaux était prévue dès le départ pour durer plusieurs années, ce qui s’est confirmé par la suite. De plus, lorsque le Costa Rica a entrepris la construction de la route, la situation dont le territoire litigieux était le théâtre avait déjà été portée devant la Cour, laquelle a, peu de temps après, indiqué des mesures conservatoires. Si le Costa Rica soutient que la route était destinée à faciliter l’évacuation de la portion de territoire costa-ricien adjacente au fleuve San Juan, la Cour constate que la route ne donne accès qu’à une partie de cette région et ne pouvait donc constituer une réponse à l’urgence alléguée que dans une mesure limitée. Par ailleurs, le Costa Rica n’a pas démontré l’existence d’une menace imminente d’affrontement militaire dans les régions traversées par la route. Enfin, il est rappelé que le décret proclamant l’état d’urgence a été pris par le Costa Rica le 21 février 2011, soit après le début des travaux routiers. ".
Estamos por lo tanto en presencia de un fallo de la CIJ que contradice lo dispuesto en una decisión de la Sala Constitucional (notemos que la Magistrada y Presidenta Ana Virginia Calzada y el Magistrado Fernando Cruz salvaron ambos su voto): ello ahora pone en entredicho gran parte de la retórica discursiva usada para justificar la denominada "trocha fronteriza" por parte de las autoridades entre el 2010 y el 2012. Remitimos a un debate reciente, previo al fallo de la CIJ, con el señor Carlos Roverssi, ex Vice Canciller (2010-2014) en RTN realizado el 15/12/2015 (ver video) y a una reacción del jurista Alvaro Sagot, quién interpuso el recurso ante la Sala (ver nota con audio del 17/12/2015 en el Programa Nuestra Voz, de Amelia Rueda). Ambos aspectos son analizados en el Programa Sobre la Mesa (canal 15 UCR) que será retransmitido este fin de semana en Canal 15 UCR.
INDEMNIZACION A COSTA RICA En varias partes de la sentencia, la CIJ llama a ambos Estados a cooperar de manera conjunta, tal y como lo hizo desde la primera ordenanza dictaminada en marzo del 2011 con relación a la demanda relacionada a Isla Protillos. Con relación a los daños causados por Nicaragua en Isla Portillos (tanto en el 2010 con el caño "Google" o caño "Pastora" como en el 2013 con dos nuevos "caños" detectados gracias a las imágenes satelitales proprocionadas por Colombia a Costa Rica), la CIJ ordena a Nicaragua compensar a Costa Rica por los daños ocurridos en este territorio, y fijó un plazo de 12 meses para que ambos Estados acuerden el monto indemnizatorio de forma conjunta.
Para llegar a estas conclusiones, el debate interno en la CIJ parece haber sido álgido, en la medida en que 10 jueces titulares de los 15 externaron algun desacuerdo con alguna parte del texto acordado por la CIJ (ver listado de declaraciones indivuales y conjuntas), así como los dos jueces ad hoc, John Dugart (sudafricano, juez ad hoc de Costa Rica) y Gilbert Guillaume (francés, juez ad hoc de Nicaragua).
La presente nota fue publicada en CRHoy el 24/12/2015 y en Página Abierta del Diario la Extra el pasado 22 /12/2015.
Una versión mucho más extensa, con mayores detalles y una decena de notas de pié de página fue publicada en el sitio del OPALC el 18/1/2016 así como en Ius360 el 26/12/2015, en Tribuglobal el 23/12/2015. El 23/12/2015 también se editó una primera versión ampliada en DerechoalDia, en Alainet y en el sitio de Global Research.
Mapa de la "trocha fronteriza" y rutas de acceso al río San Juan habilitados por Costa Rica en respuesta a la ocupación ilegal de Isla Portillos por parte de Nicaragua. Documento oficial presentado en Casa Presidencial (Costa Rica). Arriba al extremo derecho, Isla Portillos (circulo en rojo realizado por el autor ya que no se distingue mayormente en razón de la escala usada)
Este 16 de diciembre, como anunciado, la Corte Internacional de Justicia (CIJ) dió lectura al fallo entre Costa Rica y Nicaragua relacionado a dos demandas, al que nos referimos en una nota anterior. Si contabilizamos los puntos solicitados a la CIJ en sus conclusiones finales, fueron un total de 31 peticiones hechas al juez internacional por parte de Costa Rica, y fueron 9 las presentadas por parte de Nicaragua.
TEXTO DEL FALLO. El texto del fallo ya está disponible en los dos únicos idiomas oficiales de la CIJ, en francés y en inglés. No existe versión en otro idioma y se recomienda la mayor cautela con traducciones en otros idiomas, en la medida en que cada término usado por la CIJ es el resultado de meses de laborioso trabajo de redacción, fruto de una larga reflexión colegial entre sus integrantes. Referimos también al lector a los comunicados de prensa en inglés y en francés divulgados al concluir la lectura del fallo por parte del Presidente de la CIJ, el francés Ronny Abraham. Se puede nuevamente apreciar la rápidez con la que la CIJ pone a disposición del público, casi en tiempo real, el texto completo de sus fallos.
En su sentencia, la CIJ atribuyo la "zona en disputa" (declarada como tal en marzo del 2011 por ella misma) a Costa Rica, tal y como se consignaba en los mapas oficiales cartográficos de ambos Estados desde 1900. A este respecto vale la pena recordar que en octubre del 2010, Nicaragua procedió a retirar sus mapas digitales (y a editarlos con un cambio en Isla Portillos al iniciar el mes de febrero del 2011), mientras los encargados del dragado refirieron insistentemente a un mapa de Google Earth para justificar su localización en Isla Portillos en octubre del 2010: la empresa Google Earth reconoció de forma inmediata el error contenido en sus mapas, haciendo no obstante ver que nunca recibió una solicitud formal de parte de Costa Rica antes del 2010 para proceder a rectificarlo.
Figura indicando ubicación del caño "Google" o Caño "Pastora" excavado por Nicaragua en Isla Portillos en octubre del 2010 en azul a partir del error de Google Earth y en rojo el territorio declarado "en litigio" según la CIJ el 8 de marzo del 2011 (figura elaborada por el Dr. Allan Astorga).
Por otro lado, la CIJ condenó a Costa Rica por no proceder a realizar un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) al ordenar la construcción de la denominada "trocha fronteriza" iniciada en diciembre del 2010. Se trata de una ruta de 154 kilómetros que bordea el río San Juan y que se ha justificado oficialmente como una "respuesta" a la "invasión" y a la "agresión" sufridas por Costa Rica en Isla Portillos: las comillas usadas obedecen al hecho que lo ocurrido en Isla Portillos no califica, desde la perspectiva del derecho internacional, como una "invasión" o una "agresión", sino como una incursión y ocupación ilegal del territorio costarricense. Un funcionario de la cancillería de Costa Rica reconoció en una de las primeras preguntas realizadas en agosto del 2013 en un programa televisivo (ver video del Sobre la Mesa, agosto 2013, Canal 15 UCR) la diferencia entre estos diversos términos, y justificó el uso de la palabra "invasión", según sus propios términos "para que la gente entienda" (Min 7:23). En una nota de prensa sobre esta interesante aseveración hecha pública tan sólo en agosto del 2013 por parte de un representante estatal, se lee que: "existió un engaño para el pueblo" y que: "sin proponérselo, viene ahora a revelar la existencia de una conducta cínica e irresponsable del gobierno de Costa Rica, que exagera y deforma los hechos con fines patrioteros y demagógicos".
DETALLE PASADO DESAPERCIBIDO Notemos que en junio del 2012, la Sala Constitucional de Costa Rica rechazó "ad portas" un recurso de inconstitucionalidad contra el "Decreto de emergencia" (ver texto del voto 8420-2012) que consagra una "emergencia" que la CIJ en su fallo considera no haber nunca existido como tal. En el párrafo 158 de la sentencia del 16 /12/2015, se lee que para la CIJ: "the Court considers that, in the circumstances of this case, Costa Rica has not shown the existence of an emergency that justified constructing the road without undertaking an environmental impact assessment. In fact, completion of the project was going to take, and is indeed taking, several years. In addition, when Costa Rica embarked upon the construction of the road, the situation in the disputed territory was before the Court, which shortly thereafter issued provisional measures. Although Costa Rica maintains that the construction of the road was meant to facilitate the evacuation of the area of Costa Rican territory adjoining the San Juan River, the Court notes that the road provides access to only part of that area and thus could constitute a response to the alleged emergency only to a limited extent. Moreover, Costa Rica has not shown an imminent threat of military confrontation in the regions crossed by the road. Finally, the Court notes that the Executive Decree proclaiming an emergency was issued by Costa Rica on 21 February 2011, after the works on the road had begun .../... la Cour estime que, dans les circonstances de l’espèce, le Costa Rica n’a pas démontré l’existence d’une urgence justifiant de construire la route sans entreprendre d’évaluation de l’impact sur l’environnement. En effet, l’exécution des travaux était prévue dès le départ pour durer plusieurs années, ce qui s’est confirmé par la suite. De plus, lorsque le Costa Rica a entrepris la construction de la route, la situation dont le territoire litigieux était le théâtre avait déjà été portée devant la Cour, laquelle a, peu de temps après, indiqué des mesures conservatoires. Si le Costa Rica soutient que la route était destinée à faciliter l’évacuation de la portion de territoire costa-ricien adjacente au fleuve San Juan, la Cour constate que la route ne donne accès qu’à une partie de cette région et ne pouvait donc constituer une réponse à l’urgence alléguée que dans une mesure limitée. Par ailleurs, le Costa Rica n’a pas démontré l’existence d’une menace imminente d’affrontement militaire dans les régions traversées par la route. Enfin, il est rappelé que le décret proclamant l’état d’urgence a été pris par le Costa Rica le 21 février 2011, soit après le début des travaux routiers. ".
Estamos por lo tanto en presencia de un fallo de la CIJ que contradice lo dispuesto en una decisión de la Sala Constitucional (notemos que la Magistrada y Presidenta Ana Virginia Calzada y el Magistrado Fernando Cruz salvaron ambos su voto): ello ahora pone en entredicho gran parte de la retórica discursiva usada para justificar la denominada "trocha fronteriza" por parte de las autoridades entre el 2010 y el 2012. Remitimos a un debate reciente, previo al fallo de la CIJ, con el señor Carlos Roverssi, ex Vice Canciller (2010-2014) en RTN realizado el 15/12/2015 (ver video) y a una reacción del jurista Alvaro Sagot, quién interpuso el recurso ante la Sala (ver nota con audio del 17/12/2015 en el Programa Nuestra Voz, de Amelia Rueda). Ambos aspectos son analizados en el Programa Sobre la Mesa (canal 15 UCR) que será retransmitido este fin de semana en Canal 15 UCR.
INDEMNIZACION A COSTA RICA En varias partes de la sentencia, la CIJ llama a ambos Estados a cooperar de manera conjunta, tal y como lo hizo desde la primera ordenanza dictaminada en marzo del 2011 con relación a la demanda relacionada a Isla Protillos. Con relación a los daños causados por Nicaragua en Isla Portillos (tanto en el 2010 con el caño "Google" o caño "Pastora" como en el 2013 con dos nuevos "caños" detectados gracias a las imágenes satelitales proprocionadas por Colombia a Costa Rica), la CIJ ordena a Nicaragua compensar a Costa Rica por los daños ocurridos en este territorio, y fijó un plazo de 12 meses para que ambos Estados acuerden el monto indemnizatorio de forma conjunta.
Para llegar a estas conclusiones, el debate interno en la CIJ parece haber sido álgido, en la medida en que 10 jueces titulares de los 15 externaron algun desacuerdo con alguna parte del texto acordado por la CIJ (ver listado de declaraciones indivuales y conjuntas), así como los dos jueces ad hoc, John Dugart (sudafricano, juez ad hoc de Costa Rica) y Gilbert Guillaume (francés, juez ad hoc de Nicaragua).
La presente nota fue publicada en CRHoy el 24/12/2015 y en Página Abierta del Diario la Extra el pasado 22 /12/2015.
Una versión mucho más extensa, con mayores detalles y una decena de notas de pié de página fue publicada en el sitio del OPALC el 18/1/2016 así como en Ius360 el 26/12/2015, en Tribuglobal el 23/12/2015. El 23/12/2015 también se editó una primera versión ampliada en DerechoalDia, en Alainet y en el sitio de Global Research.
sábado, 12 de diciembre de 2015
COP21 DE PARIS: ACUERDO JURÍDICAMENTE OBLIGATORIO (VINCULANTE) FINALMENTE ALCANZADO
Este 12 de diciembre, se anunció que finalmente se dió por aprobado el texto negociado durante la Conferencia de Estados Partes a la Convención sobre el Cambio CLimático (COP-21) celebrada en París.
Se lee (ver nota) que: "El ministro de Exteriores francés Laurent Fabius dio el martillazo "verde" (y lo volvió a dar para las cámaras) poco antes de las 7.30 de la tarde, después de preguntar en voz alta si había objeciones, y que ninguno de los delegados -ni siquiera los de Arabia Saudita, que tanto entorpecieran las negociaciones- se atrevieran a levantar la mano".
El texto jurídicamente vinculante (ver versión en inglés) consta de 29 artículos y deberá ahora ser ratificado por todos los Estados participantes a estas negociaciones. Según su artículo 27, el texto no admite reserva alguna.Se lee (artículo 21) que: "This Agreement shall enter into force on the thirtieth day after the date on which at least 55 Parties to the Convention accounting in total for at least an estimated 55 percent of the total global greenhouse gas emissions have deposited their instruments of ratification, acceptance, approval or accession".
Francia fue designada oficialmente país anfitrión de la 21ª conferencia sobre el clima en 2015 (Paris Climat 2015) durante la 19ª Conferencia de las Partes de la Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático de Varsovia (COP19).
La COP21, también conocida como París 2015, se constituyó en una de las mayores conferencias internacionales jamás organizadas en territorio francés. Como Estado anfitrión que ostentó la presidencia de la COP21, Francia debió por un lado asegurar todas las comodidades a las delegaciones, y ello en un clima de alerta máxima posterior a los atentados ocurridos en París el pasado 13 de noviembre; por otro lado, los delegados de Francia desempeñaron un papel de concliador y de facilitador en las negociaciones de manera a acercar posiciones antagónicas y permitir, finalmente que se adoptara un acuerdo vinculante por unanimidad: es decir, sin objección alguna.
Desde un inicio Francia advirtió que el acuerdo de Paris debía necesariamente ser vinculante, ante posturas levemente distintas como la de Estados Unidos (ver nota publicada en Sentinelle, SFDI sobre discusión con relación a la naturaleza jurídica del futuro acuerdo entre Francia y Estados Unidos).
viernes, 4 de diciembre de 2015
COSTA RICA / NICARAGUA: CIJ ANUNCIA LECTURA DEL FALLO PARA EL 16 DE DICIEMBRE DEL 2015
Mapa de la frontera entre Costa Rica y Nicaragua de Google Earth usado por Eden Pastora para ubicarse en Isla Portillos en octubre del 2010. A la izquierda, mapa usado que contiene un error, a la derecha, el mapa rectificado por Google Earth a inicios de noviembre del 2010 (ver nota de prensa). Imagen extraída de artículo de prensa.
Figura indicando ubicación del caño "Google" o Caño "Pastora" excavado por Nicaragua en Isla Portillos en octubre del 2010 en azul a partir del error de Google Earth y en rojo el territorio declarado "en litigio" según la CIJ el 8 de marzo del 2011 (figura elaborada por el Dr. Allan Astorga).
Mapa de la "trocha fronteriza" y rutas de acceso al río San Juan habilitados por Costa Rica en respuesta a la ocupación ilegal de Isla Portillos por parte de Nicaragua. Documento oficial presentado en Casa Presidencial (Costa Rica). Arriba al extremo derecho, Isla Portillos (circulo en rojo realizado por el autor ya que no se distingue mayormente en razón de la escala usada)
En días recientes se anunció (ver nota de prensa) que la Corte Internacional de Justicia (CIJ) dará a conocer su veredicto el próximo 16 de diciembre entre Costa Rica y Nicaragua (ver comunicado oficial de la CIJ en inglés).
Se trata de un único fallo con relación a dos demandas distintas: la demanda interpuesta por Costa Rica contra Nicaragua (en noviembre del 2010) y la de Nicaragua contra Costa Rica (presentada en diciembre del 2011). La primera demanda encuentra su origen en un error de posicionamiento de Nicaragua en Isla Portillos, el cual nunca fue asumido como tal por parte de Nicaragua, pese a la inmediata rectificación de Google Map al percatarse de un trazado equivocado del último segmento de la frontera: es la primera vez que un error cartográfico de Google Map desata una crisis diplomática entre dos Estados, y la primera vez en la historia de la justicia internacional que un incidente fronterizo de esta naturaleza termina en manos de la CIJ, siendo examinado por esta última como una clásica controversia territorial entre dos Estados vecinos. La segunda demanda, interpuesta por Nicaragua, se relaciona con la denominada "trocha fornteriza" de más de 154 kilómetros construida por Costa Rica a aprtir de medidados del 2011 sin estudios de ningun tipo, y que bordea el río San Juan a escazos metros. Como es sábido, a petición de Nicaragua, y pese a las objecciones de Costa Rica, la CIJ decidió de forma unánime unir ambos procedimientos contenciosos en uno solo (ver nuestra modesta nota sobre esta extraña decisión de la CIJ publicada en el Boletín Sentinelle de la SFDI). En algun momento de la intensa batalla procesal librada por Costa Rica y Nicaragua en el 2012/2013, el juez internacional dejó ver indisposición y hasta externó - a su manera- su enojo ante la conducta de ambos Estados (ver nota).
No existen criterios claros para explicar la duración del plazo de tiempo entre el final de las audiencias orales y de la lectura del fallo de la CIJ. Podemos inferir que depende en alguna medida del grado de dificultad del fallo a elaborar, del nivel de acuerdo (o de desacuerdo) imperante entre los tres miembros del Comité de Redacción de la decisión, y de la capacidad de este Comité de Redacción de recoger las opiniones de los 15 jueces de la CIJ (cuyo número aumenta a 17 en caso de ser designados 2 jueces ad hoc por cada una de las partes como es el caso de las demandas pendientes de resolución entre Costa Rica y Nicaragua). La discordia interna del órgano colegial se deja entrever en las declaraciones y opiniones disidentes de los jueces, que vienen adjuntos al fallo de la CIJ. En algunas pocas ocasiones, el fallo de la CIJ solo dió lugar al voto disidente o separado de los dos jueces ad hoc nombrados por cada Estado.
Una breve lista de casos relativos a la región latinoamericana permite arrojar algunas luces sobre la delicada labor que significa redactar un texto en un órgano colegial tan complejo como la CIJ. Por ejemplo, la regla de los 6 meses para elaborar, discutir y acordar una versión definitiva del fallo se dio para el fallo del 19 de noviembre del 2012 entre Nicaragua y Colombia (último día de audiencias el 4 de mayo del 2012), el fallo del 20 de abril del 2010 entre Argentina y Uruguay (último día de audiencias el 1 de octubre del 2009), el fallo entre Nicaragua y Honduras del 8 de octubre del 2007 (último día de audiencias el 23 de marzo del 2007). Al contrario, y por razones poco claras, la Corte recortó el plazo a 4 meses para dar a conocer su decisión en el caso del fallo del 13 de julio del 2009 entre Costa Rica y Nicaragua (audiencias últimas celebradas el 12 de marzo del 2009). En algunos casos, con un nivel de complejidad mucho mayor, este plazo se extendió a 15 meses como en el caso del fallo de la CIJ entre Honduras y El Salvador del 11 de septiembre de 1992 (últimas audiencias celebradas el 14 de junio de 1991): cabe recordar que se trató de un fallo dictaminado por una Sala Ad Hoc de la CIJ compuesta por 3 jueces titulares y 2 jueces ad hoc. O bien, el plazo de 9 meses para redactar el fallo del 27 de junio de 1986 entre Nicaragua y Estados Unidos (último día de audiencias celebrado el 20 de septiembre de 1985)
Las audiencias orales que constituyen la última etapa procesal entre Costa Rica y Nicaragua se celebraron entre el 14 de abril y el 1ero de mayo del 2015 (ver nota al respecto publicada en el OPALC), por lo que el plazo usado esta vez por la CIJ es un plazo de más de 7 meses. Con relación a la primera demanda, las pretensiones finales de Costa Rica se encuentran en las páginas 64 y subsiguientes del acta de la penúltima audiencia, las de Nicaragua se encuentran en las páginas 59 y subsiguientes de la última acta de audiencias. Con relación a la segunda demanda, las pretensiones finales Nicaragua figuran en las páginas 64 y siguientes del acta del 30/04/2915 y las de Costa Rica figuran en páginas 47 y subsiguientes del acta de la audiencia celebrada el 1/05/2015. En su decisión, cada uno de los distintos requerimientos hechos por ambos Estados en sus conclusiones finales debería encontrar alguna respuesta por parte de la CIJ, a menos que esta no los considere pertinentes por alguna razón (y en ese caso explique porqué los descartó).
Con relación al contenido mismo del fallo a dictaminarse, la CIJ usualmente busca siempre la manera de atenuar los efectos de su decisión, de manera a que ambos contendores puedan ante sus opiniones declararse "victoriosos". Ahora bien, esta decisión se toma con base en lo leído y lo escuchado por parte de cada uno de los dos Estados y de sus equipos de asesores. Como lo indicábamos en las conclusiones de la nota editada en el OPALC, "..., la mecánica propia de la CIJ obliga a los Estados a un esfuerzo mucho mayor, que incluye no solamente el reunir argumentos legales sólidos, sino el constituir un equipo de asesores internacionales de renombre capaces de transmitir y de convencer a los jueces de la CIJ. Parte de la labor de estos asesores consiste también en detectar inconsistencias del contrincante: puede tratarse de inconsistencias entre las distintas posiciones defendidas durante el mismo procedimiento; o bien entre los argumentos jurídicos defendidos antes los jueces por los asesores legales y las declaraciones oficiales de las autoridades del Estado; o bien de contradicciones por parte de los peritos presentados a los jueces por el adversario; o bien de simples descuidos del contrincante que suelen ser aprovechados. A mayor inconsistencia detectada, mayor es la posibilidad de generar una duda y convencer a los jueces de la debilidad del argumento esgrimido por la otra parte".
En declaraciones dadas a la prensa sobre este fallo, el Ministro de Relaciones Exteriores de Costa Rica indicó el pasado 10 de Noviembre del 2015 (ver nota) que: "Aquí vamos a tener una situación que si nosotros ganamos, frente a ellos perdemos, porque van a estar ‘majados’, pero si perdemos evidentemente va a ser negativo. Lo importante será como reaccionemos nosotros: tampoco tenemos una disposición de agarrar la sentencia y restregársela en la cara, tenemos que ser cautos pero también muy firmes". Unos pocos días después de ser publicadas estas declaraciones, Nicaragua decidió cerrar el paso a migrantes cubanos en tránsito por Costa Rica en el puesto fronterizo de Peñas Blancas (ver nota de prensa), situación que, a la fecha, se mantiene como tal.El 14 de noviembre se registraban 1770 personas de nacionalidad cubana y según los últimos reportes (ver nota de prensa), la cantidad de migrantes cubanos en Costa Rica asciende a 4900.
Una versión ampliada de esta nota fue publicada el 14/12/2015 en Global Research, en Cambio Político el 13/12/2015 y en Derechoaldia el 12/12/2015.
Material:
1. Maestría en Derecho Ambiental,Facultad de Derecho 2015: Artículo sobre audiencias entre Costa Rica y Nicaragua celebradas en abril del 2015, disponible aquí
2. Revista UCR, 2012: Artículo sobre la denominada "trocha fronteriza", disponible aquí.
3. Revista Ambientico (UNA), Num 209, 2011, varias notas sobre el dragado y la ocupación ilegal en Isla Portillos, disponible aquí.
Figura indicando ubicación del caño "Google" o Caño "Pastora" excavado por Nicaragua en Isla Portillos en octubre del 2010 en azul a partir del error de Google Earth y en rojo el territorio declarado "en litigio" según la CIJ el 8 de marzo del 2011 (figura elaborada por el Dr. Allan Astorga).
Mapa de la "trocha fronteriza" y rutas de acceso al río San Juan habilitados por Costa Rica en respuesta a la ocupación ilegal de Isla Portillos por parte de Nicaragua. Documento oficial presentado en Casa Presidencial (Costa Rica). Arriba al extremo derecho, Isla Portillos (circulo en rojo realizado por el autor ya que no se distingue mayormente en razón de la escala usada)
En días recientes se anunció (ver nota de prensa) que la Corte Internacional de Justicia (CIJ) dará a conocer su veredicto el próximo 16 de diciembre entre Costa Rica y Nicaragua (ver comunicado oficial de la CIJ en inglés).
Se trata de un único fallo con relación a dos demandas distintas: la demanda interpuesta por Costa Rica contra Nicaragua (en noviembre del 2010) y la de Nicaragua contra Costa Rica (presentada en diciembre del 2011). La primera demanda encuentra su origen en un error de posicionamiento de Nicaragua en Isla Portillos, el cual nunca fue asumido como tal por parte de Nicaragua, pese a la inmediata rectificación de Google Map al percatarse de un trazado equivocado del último segmento de la frontera: es la primera vez que un error cartográfico de Google Map desata una crisis diplomática entre dos Estados, y la primera vez en la historia de la justicia internacional que un incidente fronterizo de esta naturaleza termina en manos de la CIJ, siendo examinado por esta última como una clásica controversia territorial entre dos Estados vecinos. La segunda demanda, interpuesta por Nicaragua, se relaciona con la denominada "trocha fornteriza" de más de 154 kilómetros construida por Costa Rica a aprtir de medidados del 2011 sin estudios de ningun tipo, y que bordea el río San Juan a escazos metros. Como es sábido, a petición de Nicaragua, y pese a las objecciones de Costa Rica, la CIJ decidió de forma unánime unir ambos procedimientos contenciosos en uno solo (ver nuestra modesta nota sobre esta extraña decisión de la CIJ publicada en el Boletín Sentinelle de la SFDI). En algun momento de la intensa batalla procesal librada por Costa Rica y Nicaragua en el 2012/2013, el juez internacional dejó ver indisposición y hasta externó - a su manera- su enojo ante la conducta de ambos Estados (ver nota).
No existen criterios claros para explicar la duración del plazo de tiempo entre el final de las audiencias orales y de la lectura del fallo de la CIJ. Podemos inferir que depende en alguna medida del grado de dificultad del fallo a elaborar, del nivel de acuerdo (o de desacuerdo) imperante entre los tres miembros del Comité de Redacción de la decisión, y de la capacidad de este Comité de Redacción de recoger las opiniones de los 15 jueces de la CIJ (cuyo número aumenta a 17 en caso de ser designados 2 jueces ad hoc por cada una de las partes como es el caso de las demandas pendientes de resolución entre Costa Rica y Nicaragua). La discordia interna del órgano colegial se deja entrever en las declaraciones y opiniones disidentes de los jueces, que vienen adjuntos al fallo de la CIJ. En algunas pocas ocasiones, el fallo de la CIJ solo dió lugar al voto disidente o separado de los dos jueces ad hoc nombrados por cada Estado.
Una breve lista de casos relativos a la región latinoamericana permite arrojar algunas luces sobre la delicada labor que significa redactar un texto en un órgano colegial tan complejo como la CIJ. Por ejemplo, la regla de los 6 meses para elaborar, discutir y acordar una versión definitiva del fallo se dio para el fallo del 19 de noviembre del 2012 entre Nicaragua y Colombia (último día de audiencias el 4 de mayo del 2012), el fallo del 20 de abril del 2010 entre Argentina y Uruguay (último día de audiencias el 1 de octubre del 2009), el fallo entre Nicaragua y Honduras del 8 de octubre del 2007 (último día de audiencias el 23 de marzo del 2007). Al contrario, y por razones poco claras, la Corte recortó el plazo a 4 meses para dar a conocer su decisión en el caso del fallo del 13 de julio del 2009 entre Costa Rica y Nicaragua (audiencias últimas celebradas el 12 de marzo del 2009). En algunos casos, con un nivel de complejidad mucho mayor, este plazo se extendió a 15 meses como en el caso del fallo de la CIJ entre Honduras y El Salvador del 11 de septiembre de 1992 (últimas audiencias celebradas el 14 de junio de 1991): cabe recordar que se trató de un fallo dictaminado por una Sala Ad Hoc de la CIJ compuesta por 3 jueces titulares y 2 jueces ad hoc. O bien, el plazo de 9 meses para redactar el fallo del 27 de junio de 1986 entre Nicaragua y Estados Unidos (último día de audiencias celebrado el 20 de septiembre de 1985)
Las audiencias orales que constituyen la última etapa procesal entre Costa Rica y Nicaragua se celebraron entre el 14 de abril y el 1ero de mayo del 2015 (ver nota al respecto publicada en el OPALC), por lo que el plazo usado esta vez por la CIJ es un plazo de más de 7 meses. Con relación a la primera demanda, las pretensiones finales de Costa Rica se encuentran en las páginas 64 y subsiguientes del acta de la penúltima audiencia, las de Nicaragua se encuentran en las páginas 59 y subsiguientes de la última acta de audiencias. Con relación a la segunda demanda, las pretensiones finales Nicaragua figuran en las páginas 64 y siguientes del acta del 30/04/2915 y las de Costa Rica figuran en páginas 47 y subsiguientes del acta de la audiencia celebrada el 1/05/2015. En su decisión, cada uno de los distintos requerimientos hechos por ambos Estados en sus conclusiones finales debería encontrar alguna respuesta por parte de la CIJ, a menos que esta no los considere pertinentes por alguna razón (y en ese caso explique porqué los descartó).
Con relación al contenido mismo del fallo a dictaminarse, la CIJ usualmente busca siempre la manera de atenuar los efectos de su decisión, de manera a que ambos contendores puedan ante sus opiniones declararse "victoriosos". Ahora bien, esta decisión se toma con base en lo leído y lo escuchado por parte de cada uno de los dos Estados y de sus equipos de asesores. Como lo indicábamos en las conclusiones de la nota editada en el OPALC, "..., la mecánica propia de la CIJ obliga a los Estados a un esfuerzo mucho mayor, que incluye no solamente el reunir argumentos legales sólidos, sino el constituir un equipo de asesores internacionales de renombre capaces de transmitir y de convencer a los jueces de la CIJ. Parte de la labor de estos asesores consiste también en detectar inconsistencias del contrincante: puede tratarse de inconsistencias entre las distintas posiciones defendidas durante el mismo procedimiento; o bien entre los argumentos jurídicos defendidos antes los jueces por los asesores legales y las declaraciones oficiales de las autoridades del Estado; o bien de contradicciones por parte de los peritos presentados a los jueces por el adversario; o bien de simples descuidos del contrincante que suelen ser aprovechados. A mayor inconsistencia detectada, mayor es la posibilidad de generar una duda y convencer a los jueces de la debilidad del argumento esgrimido por la otra parte".
En declaraciones dadas a la prensa sobre este fallo, el Ministro de Relaciones Exteriores de Costa Rica indicó el pasado 10 de Noviembre del 2015 (ver nota) que: "Aquí vamos a tener una situación que si nosotros ganamos, frente a ellos perdemos, porque van a estar ‘majados’, pero si perdemos evidentemente va a ser negativo. Lo importante será como reaccionemos nosotros: tampoco tenemos una disposición de agarrar la sentencia y restregársela en la cara, tenemos que ser cautos pero también muy firmes". Unos pocos días después de ser publicadas estas declaraciones, Nicaragua decidió cerrar el paso a migrantes cubanos en tránsito por Costa Rica en el puesto fronterizo de Peñas Blancas (ver nota de prensa), situación que, a la fecha, se mantiene como tal.El 14 de noviembre se registraban 1770 personas de nacionalidad cubana y según los últimos reportes (ver nota de prensa), la cantidad de migrantes cubanos en Costa Rica asciende a 4900.
Una versión ampliada de esta nota fue publicada el 14/12/2015 en Global Research, en Cambio Político el 13/12/2015 y en Derechoaldia el 12/12/2015.
Material:
1. Maestría en Derecho Ambiental,Facultad de Derecho 2015: Artículo sobre audiencias entre Costa Rica y Nicaragua celebradas en abril del 2015, disponible aquí
2. Revista UCR, 2012: Artículo sobre la denominada "trocha fronteriza", disponible aquí.
3. Revista Ambientico (UNA), Num 209, 2011, varias notas sobre el dragado y la ocupación ilegal en Isla Portillos, disponible aquí.
miércoles, 2 de diciembre de 2015
ARGUMENTS BASED ON UN RESOLUTION 2249 IN PRIME MINISTER DAVID CAMERON REPORT ON AIRSTRIKES IN SYRIA: A NEED OF CLARIFICATION
Graphic on the proportion between airstrikes in Syria launched by United States (blue color) and "Arab allies and Canada" (in red) from December 2014 to August 2015, published in this report of Airwars.org entitled: "First year of Coalition airstrikes helped stall Islamic State – but at a cost"
Picture taken from this article published in The Independent "Thousands protest against Syria air strikes as stop the war coalition marches on London"
A few hours after the vote that took place in United Kindgom ´s Parliament last December 2, Royal Air Force (RAF) initiated its first airstrikes in Syria (see note of France24). During the discussion, Prime Minister David Cameron appealed to Parliament Members to vote in favour RAF strikes against Islamic State (ISIS) in Syria, in order to "keep the British people safe" from the threat of terrorism. United Kindgom´s Executive seemed to be extremely "urged", as reported by press (see note), and time seemed short for more debate and examination of further details. As very well known, "urgency" is sometimes extremely usefull, mainly when arguments presented are simple. In a recent article entitled, "Voting on Military Action in Syria", it is written that Prime Minister seems quite clear on one particular point: "In his address to Parliament, David Cameron insisted that the UN SC Resolution provides a legal basis for military action". On the other hand, France Executive was expecting with some urgency too the decision to be taken in United Kingdom (see note), as it appears quite isolated in Europe Union concerning airstrikes in Syria practice (and its previsible consequences).
It must be recalled that:
- first official French airstrikes in Syria against ISIS positions took place last September 27 (see note of Le Monde of this very same day): 24 hours after, France President took the floor at the United Nations General Assembly. Before France, the following information circulated concerning other first airstrikes in Syria
: - on September 16, 2015, Australia initiated its airstrkes in Syria (see BBC note);
- Turquey launched its first airstrsikes in Syria on August 29, 2015 as member of the Coalition (see CNN note).
- on April 9, 2015, Canada launched its first airstrikes in Syria (see BBC note) and became the 2ond member of NATO (after United States) to do so in Syria. At this time, Canada was governed by a Prime Minister extremely close to United States positions.
Grafic on airstrikes in Iraq and in Syria from August 2014 to August 2015, published in this report of Airwars.org entitled: "First year of Coalition airstrikes helped stall Islamic State – but at a cost"
In August 30, 2013, a similar vote took place in United Kingdom´s Parliament with a short negative result for the executive concerning airstrikes in Syria (see note of BBC): the government motion was rejected by 285-272. In BBC note above referred, it can be read that "On Friday French President Francois Hollande told the newspaper Le Monde that he would still be willing to take action without Britain's involvement. He said he supported taking "firm" punitive action over an attack he said had caused "irreparable" harm to the Syrian people".
At the opening of a 10-hour Commons debate today, the Prime Minister said the country had no other choice. In the report presented to the Parliament (see full text) he stressed that: "I believe that the UK should now join Coalition airstrikes against ISIL in Syria" (p. 7) and that "On 20 November 2015, the UN Security Council unanimously called on Member States to use all necessary measures to prevent and suppress terrorist acts committed specifically by ISIL, and to deny them safe haven in Syria and Iraq" (p. 8).
Concerning the first point, the expression "Coalition airstrikes against ISIL in Syria" seems to be a new one. As known, a coalition has been created in September 2014 by United States and its allies: State Department includes an official list with more than 60 Members of this Coalition called "The Global Coalition to Counter ISIL" : it must be noted that Panama appears as the only State from Latin America, while, concerning Africa, Morrocos, Nigeria, Somalia and Tunisia are included in this official list. Prime Minister David Cameron seems to refer to another coalition, or at least, to a branch of "The Global Coalition to Counter ISIL". In a recent report of the Foreign Affairs Committee of the House of Commons entitled "The extension of offensive British military operations to Syria", precise information is provided on which are the States involved in airtrikes in Syria (and in Irak): "Airstrikes in Iraq: US, UK, Australia, Belgium (withdrawn), Canada (expected to withdraw), Denmark (withdrawn), France, Jordan, The Netherlands (9). Airstrikes in Syria: US, Australia, Bahrain, Canada (expected to withdraw), France, Jordan, Saudi Arabia, Turkey, UAE (9). Total of 13 states overall”(note 22, page 9). In its presentation at the Sénat in France, last November 25, French Minister of Foreign Affairs declares publicly (see compte-rendu analytique) that:"Une trentaine d'État sont engagés militairement dans la coalition". On Nov. 30, The Washington Times (see note) informed that "One Pentagon official directly involved in the counter-Islamic State fight told The Washington Times that the Saudis haven’t flown a mission against the group in nearly three months. The official, who spoke on condition of anonymity, said that Bahrain is still involved, but confirmed that Jordan stopped flying sorties against the extremists in August and the UAE hasn’t flown one since March". As briefly presented, "The Global Coalition to Counter ISIL" is quite different from "Coalition airstrikes against ISIL in Syria" and numbers referred by France´s head of diplomacy seem to be extremely approximative if compared with the exact number of States involved in military operations in Syria and Irak. It must be recalled that France has been the first EU member to bomb ISIS positions in Irak. During the last days of September 2014, Belgium, Denmark and United Kingdom acceed also to participate in these airstrikes in Irak (see note of Temps Réels).
Chart elaborated by Airwars.org on the distribution of airstrikes launched on Iraq territory among members of the "Coalition" published in this article of BBC
Concerning the second point, the content of the Resolution 2249 has been made public since November 13, and assertions made by Primer Minister Cameron require some clarifications. As known, Security Council 2249 (see text) resolution does not provide any legal basis for airstrikes in Syria. A carefull reading of the text (see at the end of this note the full resolution reproduced) shows that Resolution 2249 does not mention Article 42 of the UN Charter, which allows Security Council to authorise States to the use of force, or even Chapter VII generally. Resolution 2249 nor does use the verb "decide", used when Security Council adopts a resolution on the use of force. A note published by Royal Institute on International Affairs and entitled "Assessing the Legal Basis for UK Military Action in Syria" is quite clear on this very particular point of Resolution 2249 adopted last November 20: "In order to provide legal authority for the use of force against ISIS under international law, a Security Council resolution would need to constitute a decision, taken under Chapter VII of the UN Charter, that states could use all necessary measures in their action against ISIS. Although resolution 2249 determines that ISIS is a ‘global and unprecedented threat to international peace and security’ and refers to ‘all necessary measures’, the language used in the operative part of the resolution is merely hortatory (‘calls upon’) and does not refer to Chapter VII. For those who are looking for specific UN authorisation for the use of force, this is not it".
Recently, international lawyers entitled their analysis of this resolution (see article): "The Constructive Ambiguity of the Security Council’s ISIS Resolution". For the authors of this article, "Resolution 2249, on the other hand, is constructed in such a way that it can be used to provide political support for military action, without actually endorsing any particular legal theory on which such action can be based or providing legal authority from the Council itself. The creative ambiguity in this resolution lies not only in the fact that it does not legally endorse military action, while appearing to give Council support to action being taken, but also that it allows for continuing disagreement as to the legality of those actions".
It must be recalled that references to United Nations Charter in operative part of the resolution are the result of Russia insistance, and were note included in the original dradt presented by France to the members of the Security Council. In this note entitled "Adoption of a Resolution on Counter Terrorism", we read that, concerning modifications to the original draft presented: " "Russia insisted that a reference to the UN Charter be inserted and France agreed". Despite public declarations made by France ´s delegates after the vote of Resolution 2249, this resolution does not justify the legality of France´s airstrikes in Syria. On this and others French contradictions, and the very first "premiere" offered by France diplomacy at the United Nations in order to avoid a reference to the Charter in operative paragraphs of a draft resolution, we refer to a recent article entitled "La Résolution 2249 n’autorise pas à bombarder en Syrie" and a note published in the Bulletin "Sentinelle" of the Société Francaise pour le Droit International entitled "Attentats à Paris: remarques critiques au sujet de la résolution 2249 du Conseil de Sécurité des Nations Unies". In a recent article on the intervention of Russia in Syria from the legal perspective, entitled "Russia´sintervention in Syria", France justification to intervene in Mali´s civil war at the request of national autorities are mentionned. The author concluded that: "On the basis of the reasoning of the Court and the responses of states to the recent interventions in Mali by France and in Syria by Russia, it is argued here that there is no such rule that prohibits an intervention in a civil war if the invitation comes from the government. It is thus submitted that the Russian intervention in Syria is in accordance with international law".
In another recent article on this extremely confused resolution adopted by Security Council one week after Paris attacks of November 13, (see article) we read that. "This declaration represents a very important, albeit risky, application by the Council of its powers even when acting outside of Chapter VII of the Charter. It affects the application of the right to self-defence of states wishing to rely on their own right to self-defence, rather than a right derived from Iraq or from Syrian consent". In his conlcusion, the author emphasizes the fact that "In reality, this reluctance has opened up a pandora’s box of potential claims to the use of force in Syria and possibly Iraq. This is because the resolution offers an authoritative interpretation of the facts in relation to international law and the Charter, in particular the right to self-defence".
Last October 21, Canadian new elected authorities decided to suspend airstrikes in Syria as well as in Irak. In a recent note of the Parliament in United Kingdom, it is said that "Belgium and Denmark have recently withdrawn their combat aircraft". Concerning Canada, in an article published in 2015 on aistrikes in Syria by Canadian Air Force, entitled "Canada’s Military Operations against ISIS in Iraq and Syria and the Law of Armed Conflict" the author concludes that: "However, there is a further legal hurdle for Canada to overcome. Unless Canada can attribute ISIS’ attacks in Iraq to Syria, then the question becomes whether Canada may lawfully target ISIS, as a nonstate actor in Syria’s sovereign territory, using the ‘unwilling or unable’ doctrine to prevent ISIS’ extraterritoriality attacks against Iraq. This justification moves significantly away from the Nicaragua, Congo and Israeli Wall cases’ requirement for attribution". The authors ends his article with the following sentence: "There is no escaping the conclusion that Canada’s air strikes on Syria are on shaky, or at least shifting, legal ground"
Text of the Security Council Resolution 2249 (2015) Resolution 2249 (2015) Adopted by the Security Council at its 7565th meeting, on 20 November 2015
The Security Council,
Reaffirming its resolutions 1267 (1999), 1368 (2001), 1373 (2001), 1618 (2005), 1624 (2005), 2083 (2012), 2129 (2013), 2133 (2014), 2161 (2014), 2170 (2014), 2178 (2014), 2195 (2014), 2199 (2015), 2214 (2015) and its relevant presidential statements,
Reaffirming the principles and purposes of the Charter of the United Nations, Reaffirming its respect for the sovereignty, territorial integrity, independence and unity of all States in accordance with purposes and principles of the United Nations Charter,
Reaffirming that terrorism in all forms and manifestations constitutes one of the most serious threats to international peace and security and that any acts of terrorism are criminal and unjustifiable regardless of their motivations, whenever and by whomsoever committed,
Determining that, by its violent extremist ideology, its terrorist acts, its continued gross systematic and widespread attacks directed against civilians, abuses of human rights and violations of international humanitarian law, including those driven on religious or ethnic ground, its eradication of cultural heritage and trafficking of cultural property, but also its control over significant parts and natural resources across Iraq and Syria and its recruitment and training of forei gn terrorist fighters whose threat affects all regions and Member States, even those far from conflict zones, the Islamic State in Iraq and the Levant (ISIL, also known as Da’esh), constitutes a global and unprecedented threat to international peace and security,
Recalling that the Al-Nusrah Front (ANF) and all other individuals, groups, undertakings and entities associated with Al-Qaida also constitute a threat to international peace and security,
Determined to combat by all means this unprecedented threat to international peace and security,
Noting the letters dated 25 June 2014 and 20 September 2014 from the Iraqi authorities which state that Da’esh has established a safe haven outside Iraq’s borders that is a direct threat to the security of the Iraqi people and territory,
Reaffirming that Member States must ensure that any measures taken to combat terrorism comply with all their obligations under international law, in particular international human rights, refugee and humanitarian law,
Reiterating that the situation will continue to deteriorate further in the absence of a political solution to the Syria conflict and emphasizing the need to implement the Geneva Communiqué of 30 June 2012 endorsed as Annex II of its resolution 2118 (2013), the Joint Statement on the outcome of the multilateral talks on Syria in Vienna of 30 October 2015 and the Statement of the International Syria Support Group (ISSG) of 14 November 2015,
1. Unequivocally condemns in the strongest terms the horrifying terrorist attacks perpetrated by ISIL also known as Da’esh which took place on 26 June 2015 in Sousse, on 10 October 2015 in Ankara, on 31 October 2015 over Sinaï, on 12 November 2015 in Beirut and on 13 November 2015 in Paris, and all other attacks perpetrated by ISIL also known as Da’esh, including hostage -taking and killing, and notes it has the capability and intention to carry out further attacks and regards all such acts of terrorism as a threat to peace and security;
2. Expresses its deepest sympathy and condolences to the victims and their families and to the people and Governments of Tunisia, Turkey, Russian Federation, Lebanon and France, and to all Governments whose citizens were targeted in the above-mentioned attacks and all other victims of terrorism;
3. Condemns also in the strongest terms the continued gross, systematic and widespread abuses of human rights and violations of humanitarian law, as well as barbaric acts of destruction and looting of cultural heritage carried out by ISIL also known as Da’esh;
4. Reaffirms that those responsible for committing or otherwise responsible for terrorist acts, violations of international humanitarian law or violations or abuses of human rights must be held accountable;
5. Calls upon Member States that have the capacity to do so to take all necessary measures, in compliance with international law, in particular with the United Nations Charter, as well as international human rights, refugee and humanitarian law, on the territory under the control of ISIL also known as Da’esh, in Syria and Iraq, to redouble and coordinate their efforts to prevent and suppress terrorist acts committed specifically by ISIL also known as Da’esh as well as ANF, and all other individuals, groups, undertakings, and entities associated with Al Qaeda, and other terrorist groups, as designated by the United Nations Security Council, and as may further be agreed by the International Syria Support Group (ISSG) and endorsed by the UN Security Council, pursuant to the Statement of the International Syria Support Group (ISSG) of 14 November, and to eradicate the safe haven they have established over significant parts of Iraq and Syria;
6. Urges Member States to intensify their efforts to stem the flow of foreign terrorist fighters to Iraq and Syria and to prevent and suppress the financing of terrorism, and urges all Member States to continue to fully implement the abovementioned resolutions;
7. Expresses its intention to swiftly update the 1267 committee sanctions list in order to better reflect the threat posed by ISIL also known as Da’esh;
8. Decides to remain seized of the matter.
This note has been published in HumanRightsInvestigations on December 4, as well as in Globalresearch and in Alainet on December 3, 2015; a shorter version has been published in Middle East Monitor on December 3, 2015.
Picture taken from this article published in The Independent "Thousands protest against Syria air strikes as stop the war coalition marches on London"
A few hours after the vote that took place in United Kindgom ´s Parliament last December 2, Royal Air Force (RAF) initiated its first airstrikes in Syria (see note of France24). During the discussion, Prime Minister David Cameron appealed to Parliament Members to vote in favour RAF strikes against Islamic State (ISIS) in Syria, in order to "keep the British people safe" from the threat of terrorism. United Kindgom´s Executive seemed to be extremely "urged", as reported by press (see note), and time seemed short for more debate and examination of further details. As very well known, "urgency" is sometimes extremely usefull, mainly when arguments presented are simple. In a recent article entitled, "Voting on Military Action in Syria", it is written that Prime Minister seems quite clear on one particular point: "In his address to Parliament, David Cameron insisted that the UN SC Resolution provides a legal basis for military action". On the other hand, France Executive was expecting with some urgency too the decision to be taken in United Kingdom (see note), as it appears quite isolated in Europe Union concerning airstrikes in Syria practice (and its previsible consequences).
It must be recalled that:
- first official French airstrikes in Syria against ISIS positions took place last September 27 (see note of Le Monde of this very same day): 24 hours after, France President took the floor at the United Nations General Assembly. Before France, the following information circulated concerning other first airstrikes in Syria
: - on September 16, 2015, Australia initiated its airstrkes in Syria (see BBC note);
- Turquey launched its first airstrsikes in Syria on August 29, 2015 as member of the Coalition (see CNN note).
- on April 9, 2015, Canada launched its first airstrikes in Syria (see BBC note) and became the 2ond member of NATO (after United States) to do so in Syria. At this time, Canada was governed by a Prime Minister extremely close to United States positions.
Grafic on airstrikes in Iraq and in Syria from August 2014 to August 2015, published in this report of Airwars.org entitled: "First year of Coalition airstrikes helped stall Islamic State – but at a cost"
In August 30, 2013, a similar vote took place in United Kingdom´s Parliament with a short negative result for the executive concerning airstrikes in Syria (see note of BBC): the government motion was rejected by 285-272. In BBC note above referred, it can be read that "On Friday French President Francois Hollande told the newspaper Le Monde that he would still be willing to take action without Britain's involvement. He said he supported taking "firm" punitive action over an attack he said had caused "irreparable" harm to the Syrian people".
At the opening of a 10-hour Commons debate today, the Prime Minister said the country had no other choice. In the report presented to the Parliament (see full text) he stressed that: "I believe that the UK should now join Coalition airstrikes against ISIL in Syria" (p. 7) and that "On 20 November 2015, the UN Security Council unanimously called on Member States to use all necessary measures to prevent and suppress terrorist acts committed specifically by ISIL, and to deny them safe haven in Syria and Iraq" (p. 8).
Concerning the first point, the expression "Coalition airstrikes against ISIL in Syria" seems to be a new one. As known, a coalition has been created in September 2014 by United States and its allies: State Department includes an official list with more than 60 Members of this Coalition called "The Global Coalition to Counter ISIL" : it must be noted that Panama appears as the only State from Latin America, while, concerning Africa, Morrocos, Nigeria, Somalia and Tunisia are included in this official list. Prime Minister David Cameron seems to refer to another coalition, or at least, to a branch of "The Global Coalition to Counter ISIL". In a recent report of the Foreign Affairs Committee of the House of Commons entitled "The extension of offensive British military operations to Syria", precise information is provided on which are the States involved in airtrikes in Syria (and in Irak): "Airstrikes in Iraq: US, UK, Australia, Belgium (withdrawn), Canada (expected to withdraw), Denmark (withdrawn), France, Jordan, The Netherlands (9). Airstrikes in Syria: US, Australia, Bahrain, Canada (expected to withdraw), France, Jordan, Saudi Arabia, Turkey, UAE (9). Total of 13 states overall”(note 22, page 9). In its presentation at the Sénat in France, last November 25, French Minister of Foreign Affairs declares publicly (see compte-rendu analytique) that:"Une trentaine d'État sont engagés militairement dans la coalition". On Nov. 30, The Washington Times (see note) informed that "One Pentagon official directly involved in the counter-Islamic State fight told The Washington Times that the Saudis haven’t flown a mission against the group in nearly three months. The official, who spoke on condition of anonymity, said that Bahrain is still involved, but confirmed that Jordan stopped flying sorties against the extremists in August and the UAE hasn’t flown one since March". As briefly presented, "The Global Coalition to Counter ISIL" is quite different from "Coalition airstrikes against ISIL in Syria" and numbers referred by France´s head of diplomacy seem to be extremely approximative if compared with the exact number of States involved in military operations in Syria and Irak. It must be recalled that France has been the first EU member to bomb ISIS positions in Irak. During the last days of September 2014, Belgium, Denmark and United Kingdom acceed also to participate in these airstrikes in Irak (see note of Temps Réels).
Chart elaborated by Airwars.org on the distribution of airstrikes launched on Iraq territory among members of the "Coalition" published in this article of BBC
Concerning the second point, the content of the Resolution 2249 has been made public since November 13, and assertions made by Primer Minister Cameron require some clarifications. As known, Security Council 2249 (see text) resolution does not provide any legal basis for airstrikes in Syria. A carefull reading of the text (see at the end of this note the full resolution reproduced) shows that Resolution 2249 does not mention Article 42 of the UN Charter, which allows Security Council to authorise States to the use of force, or even Chapter VII generally. Resolution 2249 nor does use the verb "decide", used when Security Council adopts a resolution on the use of force. A note published by Royal Institute on International Affairs and entitled "Assessing the Legal Basis for UK Military Action in Syria" is quite clear on this very particular point of Resolution 2249 adopted last November 20: "In order to provide legal authority for the use of force against ISIS under international law, a Security Council resolution would need to constitute a decision, taken under Chapter VII of the UN Charter, that states could use all necessary measures in their action against ISIS. Although resolution 2249 determines that ISIS is a ‘global and unprecedented threat to international peace and security’ and refers to ‘all necessary measures’, the language used in the operative part of the resolution is merely hortatory (‘calls upon’) and does not refer to Chapter VII. For those who are looking for specific UN authorisation for the use of force, this is not it".
Recently, international lawyers entitled their analysis of this resolution (see article): "The Constructive Ambiguity of the Security Council’s ISIS Resolution". For the authors of this article, "Resolution 2249, on the other hand, is constructed in such a way that it can be used to provide political support for military action, without actually endorsing any particular legal theory on which such action can be based or providing legal authority from the Council itself. The creative ambiguity in this resolution lies not only in the fact that it does not legally endorse military action, while appearing to give Council support to action being taken, but also that it allows for continuing disagreement as to the legality of those actions".
It must be recalled that references to United Nations Charter in operative part of the resolution are the result of Russia insistance, and were note included in the original dradt presented by France to the members of the Security Council. In this note entitled "Adoption of a Resolution on Counter Terrorism", we read that, concerning modifications to the original draft presented: " "Russia insisted that a reference to the UN Charter be inserted and France agreed". Despite public declarations made by France ´s delegates after the vote of Resolution 2249, this resolution does not justify the legality of France´s airstrikes in Syria. On this and others French contradictions, and the very first "premiere" offered by France diplomacy at the United Nations in order to avoid a reference to the Charter in operative paragraphs of a draft resolution, we refer to a recent article entitled "La Résolution 2249 n’autorise pas à bombarder en Syrie" and a note published in the Bulletin "Sentinelle" of the Société Francaise pour le Droit International entitled "Attentats à Paris: remarques critiques au sujet de la résolution 2249 du Conseil de Sécurité des Nations Unies". In a recent article on the intervention of Russia in Syria from the legal perspective, entitled "Russia´sintervention in Syria", France justification to intervene in Mali´s civil war at the request of national autorities are mentionned. The author concluded that: "On the basis of the reasoning of the Court and the responses of states to the recent interventions in Mali by France and in Syria by Russia, it is argued here that there is no such rule that prohibits an intervention in a civil war if the invitation comes from the government. It is thus submitted that the Russian intervention in Syria is in accordance with international law".
In another recent article on this extremely confused resolution adopted by Security Council one week after Paris attacks of November 13, (see article) we read that. "This declaration represents a very important, albeit risky, application by the Council of its powers even when acting outside of Chapter VII of the Charter. It affects the application of the right to self-defence of states wishing to rely on their own right to self-defence, rather than a right derived from Iraq or from Syrian consent". In his conlcusion, the author emphasizes the fact that "In reality, this reluctance has opened up a pandora’s box of potential claims to the use of force in Syria and possibly Iraq. This is because the resolution offers an authoritative interpretation of the facts in relation to international law and the Charter, in particular the right to self-defence".
Last October 21, Canadian new elected authorities decided to suspend airstrikes in Syria as well as in Irak. In a recent note of the Parliament in United Kingdom, it is said that "Belgium and Denmark have recently withdrawn their combat aircraft". Concerning Canada, in an article published in 2015 on aistrikes in Syria by Canadian Air Force, entitled "Canada’s Military Operations against ISIS in Iraq and Syria and the Law of Armed Conflict" the author concludes that: "However, there is a further legal hurdle for Canada to overcome. Unless Canada can attribute ISIS’ attacks in Iraq to Syria, then the question becomes whether Canada may lawfully target ISIS, as a nonstate actor in Syria’s sovereign territory, using the ‘unwilling or unable’ doctrine to prevent ISIS’ extraterritoriality attacks against Iraq. This justification moves significantly away from the Nicaragua, Congo and Israeli Wall cases’ requirement for attribution". The authors ends his article with the following sentence: "There is no escaping the conclusion that Canada’s air strikes on Syria are on shaky, or at least shifting, legal ground"
Text of the Security Council Resolution 2249 (2015) Resolution 2249 (2015) Adopted by the Security Council at its 7565th meeting, on 20 November 2015
The Security Council,
Reaffirming its resolutions 1267 (1999), 1368 (2001), 1373 (2001), 1618 (2005), 1624 (2005), 2083 (2012), 2129 (2013), 2133 (2014), 2161 (2014), 2170 (2014), 2178 (2014), 2195 (2014), 2199 (2015), 2214 (2015) and its relevant presidential statements,
Reaffirming the principles and purposes of the Charter of the United Nations, Reaffirming its respect for the sovereignty, territorial integrity, independence and unity of all States in accordance with purposes and principles of the United Nations Charter,
Reaffirming that terrorism in all forms and manifestations constitutes one of the most serious threats to international peace and security and that any acts of terrorism are criminal and unjustifiable regardless of their motivations, whenever and by whomsoever committed,
Determining that, by its violent extremist ideology, its terrorist acts, its continued gross systematic and widespread attacks directed against civilians, abuses of human rights and violations of international humanitarian law, including those driven on religious or ethnic ground, its eradication of cultural heritage and trafficking of cultural property, but also its control over significant parts and natural resources across Iraq and Syria and its recruitment and training of forei gn terrorist fighters whose threat affects all regions and Member States, even those far from conflict zones, the Islamic State in Iraq and the Levant (ISIL, also known as Da’esh), constitutes a global and unprecedented threat to international peace and security,
Recalling that the Al-Nusrah Front (ANF) and all other individuals, groups, undertakings and entities associated with Al-Qaida also constitute a threat to international peace and security,
Determined to combat by all means this unprecedented threat to international peace and security,
Noting the letters dated 25 June 2014 and 20 September 2014 from the Iraqi authorities which state that Da’esh has established a safe haven outside Iraq’s borders that is a direct threat to the security of the Iraqi people and territory,
Reaffirming that Member States must ensure that any measures taken to combat terrorism comply with all their obligations under international law, in particular international human rights, refugee and humanitarian law,
Reiterating that the situation will continue to deteriorate further in the absence of a political solution to the Syria conflict and emphasizing the need to implement the Geneva Communiqué of 30 June 2012 endorsed as Annex II of its resolution 2118 (2013), the Joint Statement on the outcome of the multilateral talks on Syria in Vienna of 30 October 2015 and the Statement of the International Syria Support Group (ISSG) of 14 November 2015,
1. Unequivocally condemns in the strongest terms the horrifying terrorist attacks perpetrated by ISIL also known as Da’esh which took place on 26 June 2015 in Sousse, on 10 October 2015 in Ankara, on 31 October 2015 over Sinaï, on 12 November 2015 in Beirut and on 13 November 2015 in Paris, and all other attacks perpetrated by ISIL also known as Da’esh, including hostage -taking and killing, and notes it has the capability and intention to carry out further attacks and regards all such acts of terrorism as a threat to peace and security;
2. Expresses its deepest sympathy and condolences to the victims and their families and to the people and Governments of Tunisia, Turkey, Russian Federation, Lebanon and France, and to all Governments whose citizens were targeted in the above-mentioned attacks and all other victims of terrorism;
3. Condemns also in the strongest terms the continued gross, systematic and widespread abuses of human rights and violations of humanitarian law, as well as barbaric acts of destruction and looting of cultural heritage carried out by ISIL also known as Da’esh;
4. Reaffirms that those responsible for committing or otherwise responsible for terrorist acts, violations of international humanitarian law or violations or abuses of human rights must be held accountable;
5. Calls upon Member States that have the capacity to do so to take all necessary measures, in compliance with international law, in particular with the United Nations Charter, as well as international human rights, refugee and humanitarian law, on the territory under the control of ISIL also known as Da’esh, in Syria and Iraq, to redouble and coordinate their efforts to prevent and suppress terrorist acts committed specifically by ISIL also known as Da’esh as well as ANF, and all other individuals, groups, undertakings, and entities associated with Al Qaeda, and other terrorist groups, as designated by the United Nations Security Council, and as may further be agreed by the International Syria Support Group (ISSG) and endorsed by the UN Security Council, pursuant to the Statement of the International Syria Support Group (ISSG) of 14 November, and to eradicate the safe haven they have established over significant parts of Iraq and Syria;
6. Urges Member States to intensify their efforts to stem the flow of foreign terrorist fighters to Iraq and Syria and to prevent and suppress the financing of terrorism, and urges all Member States to continue to fully implement the abovementioned resolutions;
7. Expresses its intention to swiftly update the 1267 committee sanctions list in order to better reflect the threat posed by ISIL also known as Da’esh;
8. Decides to remain seized of the matter.
This note has been published in HumanRightsInvestigations on December 4, as well as in Globalresearch and in Alainet on December 3, 2015; a shorter version has been published in Middle East Monitor on December 3, 2015.
viernes, 27 de noviembre de 2015
FRANCIA SOLICITA DEROGAR APLICACION DE CONVENCION EUROPEA DE DERECHOS HUMANOS
Foto extraída de artículo de prensa
Debido a las medidas de emergencia aprobadas por la Asamblea y por el Senado en esta semana en Francia, como parte de la denominada "guerra" declarada por Francia a ISIS (o Estado Islámico) a raiz de los atentados de Paris del 13 de noviembre, se anunció que Francia ha solicitado la derogación temporal de la Convención Europea de Derechos Humanos, según se informa en el día de hoy (ver nota de Elpais).
Pese a lo inédito que resulta que Francia se declare en "guerra" ante actos atribuibles a una entidad no estatal y que considere, desde el punto de vista jurídico, como un "acto de agresión" un acto terrorista (similar en cuanto a su naturaleza a los sufridos por Francia y por otros Estados en años anteriores), Francia ahora opta por aplicar una medida exepcional en todo su territorio. En un reciente análisis titulado "Francia en guerra: breves apuntes desde la perspectiva del derecho internacional" (ver nota publicada en Derechoaldia), se precisó el riesgo que conlleva este tipo de interpretaciones para algunas principios básicos del derecho internacional y la interpretación antojadiza que hace Francia con relación a las consecuenicas jurídicas de la Resolución 2249 adoptada por el Consejo de Seguridad el pasado 20 de noviembre del 2015 (texto rpeoducido al final de la misma nota publicada en Derechoaldia). El 25 de noviembre, en su comparacencia ante los miembros del Sénat en Francia, el jefe de la diplomacia fue explícito con relación a las intenciones de Francia (ver acta de la sesión del 25/11/2015): «Le 13 novembre a changé la donne : nous n'avons d'autre choix que d'anéantir Daech».
El mismo día 16 de noviembre en el que el Presidente de Francia se declaraba en “guerra”, el sindicato de la magistratura francesa externaba su preocupación con relación a las medidas de excepción solicitadas por el Poder Ejecutivo: en su comunicado del 16/11/2015 (ver texto ), precisa que: “Mais les mesures tant judiciaires qu’administratives qui seront prises ne feront qu’ajouter le mal au mal si elles s’écartent de nos principes démocratiques. C’est pourquoi le discours martial repris par l’exécutif et sa déclinaison juridique dans l’état d’urgence, décrété sur la base de la loi du 3 avril 1955, ne peuvent qu’inquiéter ». En el transcurso de la semana pasada, Amnistía Internacional también denunció la peligrosa deriva de las autoridades francesas al declarar medidas de excepción de todo tipo en su lucha contra el terrorismo, y al extenderlas por varios meses. En su comunicado del 19/11/2015 (ver texto ), leemos que: ”A medida que pasen los días y que los cuerpos encargados de hacer cumplir la ley tanto en Francia como en toda la región trabajen con diligencia para llevar a los responsables ante la justicia y evitar amenazas inminentes, será preciso reevaluar cuidadosamente la necesidad de unos poderes de emergencia que se apartan del derecho ordinario y conculcan derechos humanos. Resulta paradójico suspender derechos humanos para defenderlos”.
La decisión de Francia con relación a la Convención Europea de Derechos Humanos (CEDH) se enmarca dentro de los mismos términos de este intrumento regional de protección de los derechos humanos. El artículo 15 de la CEDH (ver texto completo) establece en efecto que:" 1. En caso de guerra o de otro peligro público que amenace la vida de la nación, cualquier Alta Parte Contratante podrá tomar medidas que deroguen las obligaciones previstas en el presente Convenio en la estricta medida en que lo exija la situación, y a condición de que tales medidas no estén en contradicción con las restantes obligaciones que dimanan del derecho internacional. 2. La disposición precedente no autoriza ninguna derogación del artículo 2, salvo para el caso de muertes resultantes de actos lícitos de guerra, ni de los artículos 3, 4 (párrafo 1) y 7. 3. Toda Alta Parte Contratante que ejerza este derecho de derogación tendrá plenamente informado al Secretario General del Consejo de Europa de las medidas tomadas y de los motivos que las han inspirado. Deberá igualmente informar al Secretario General del Consejo de Europa de la fecha en que esas medidas hayan dejado de estar en vigor y las disposiciones del Convenio vuelvan a tener plena aplicación".
En un comunicado de prensa, el Consejo de Ministro del Consejo de Europa había precisado en un comunicado con fecha del 17 de noviembre del 2015 que: "Face à ces évènements tragiques et aux attentats commis contre d’autres Etats membres, le Conseil de l’Europe est déterminé à poursuivre résolument la lutte contre le terrorisme dans le respect des principes de liberté, de démocratie, de droits de l’Homme et d’Etat de droit qui unissent les Etats membres et qui constituent le meilleur rempart contre l’engrenage de la haine. Il réaffirme sa détermination à lutter contre tous les amalgames, toutes les formes d’intolérance et de discrimination ainsi que tous les actes de violence fondés sur la religion ou sur toute autre motivation. Il continuera à donner la plus haute priorité à la mise en œuvre du Plan d’action sur la lutte contre l’extrémisme violent et la radicalisation conduisant au terrorisme adopté en mai 2015".
La lucha antiterrorista ha dado lugar a una extensa jurisprudencia de la Corte Europea de Derechos Humanos (ver documento preparado por el COnsejo de Europa) exigiendo, entre otros, que se resguarde el derecho a la vida y a la integridad física de las personas, y reafirmando que la prohibición de la tortura no admite excepción alguna, tal y como insinuado por algunos decisores políticos en Estados Unidos después del 11/S. En lo que concierne a acciones aéreas militares francesas cuyo objetivo es la eliminación física de franceses sospechosos de pertenecer a ISIS en Siria, tal como las que parecen haber tenido lugar el pasado mes de octubre (ver nota de Le Monde), se lee en este artículo reciente publicado en Libération que se aparentan a ejecuciones extrajudiciales: «Cibler spécifiquement des Français, au lieu de combattre la menace globale que représente l’Etat islamique, s’apparenterait à des exécutions extrajudiciaires».
Pese a las reacciones que puedan suscitarse por parte de diversos sectores en Francia a raiz de este anuncio con relación a la CEDH, es muy probable que Francia recurra a solicitudes similares con relación a otros instrumentos internacionales a vocación universal que contengan una cláusula similar a la del Artículo 15 de la CEDH.
Debido a las medidas de emergencia aprobadas por la Asamblea y por el Senado en esta semana en Francia, como parte de la denominada "guerra" declarada por Francia a ISIS (o Estado Islámico) a raiz de los atentados de Paris del 13 de noviembre, se anunció que Francia ha solicitado la derogación temporal de la Convención Europea de Derechos Humanos, según se informa en el día de hoy (ver nota de Elpais).
Pese a lo inédito que resulta que Francia se declare en "guerra" ante actos atribuibles a una entidad no estatal y que considere, desde el punto de vista jurídico, como un "acto de agresión" un acto terrorista (similar en cuanto a su naturaleza a los sufridos por Francia y por otros Estados en años anteriores), Francia ahora opta por aplicar una medida exepcional en todo su territorio. En un reciente análisis titulado "Francia en guerra: breves apuntes desde la perspectiva del derecho internacional" (ver nota publicada en Derechoaldia), se precisó el riesgo que conlleva este tipo de interpretaciones para algunas principios básicos del derecho internacional y la interpretación antojadiza que hace Francia con relación a las consecuenicas jurídicas de la Resolución 2249 adoptada por el Consejo de Seguridad el pasado 20 de noviembre del 2015 (texto rpeoducido al final de la misma nota publicada en Derechoaldia). El 25 de noviembre, en su comparacencia ante los miembros del Sénat en Francia, el jefe de la diplomacia fue explícito con relación a las intenciones de Francia (ver acta de la sesión del 25/11/2015): «Le 13 novembre a changé la donne : nous n'avons d'autre choix que d'anéantir Daech».
El mismo día 16 de noviembre en el que el Presidente de Francia se declaraba en “guerra”, el sindicato de la magistratura francesa externaba su preocupación con relación a las medidas de excepción solicitadas por el Poder Ejecutivo: en su comunicado del 16/11/2015 (ver texto ), precisa que: “Mais les mesures tant judiciaires qu’administratives qui seront prises ne feront qu’ajouter le mal au mal si elles s’écartent de nos principes démocratiques. C’est pourquoi le discours martial repris par l’exécutif et sa déclinaison juridique dans l’état d’urgence, décrété sur la base de la loi du 3 avril 1955, ne peuvent qu’inquiéter ». En el transcurso de la semana pasada, Amnistía Internacional también denunció la peligrosa deriva de las autoridades francesas al declarar medidas de excepción de todo tipo en su lucha contra el terrorismo, y al extenderlas por varios meses. En su comunicado del 19/11/2015 (ver texto ), leemos que: ”A medida que pasen los días y que los cuerpos encargados de hacer cumplir la ley tanto en Francia como en toda la región trabajen con diligencia para llevar a los responsables ante la justicia y evitar amenazas inminentes, será preciso reevaluar cuidadosamente la necesidad de unos poderes de emergencia que se apartan del derecho ordinario y conculcan derechos humanos. Resulta paradójico suspender derechos humanos para defenderlos”.
La decisión de Francia con relación a la Convención Europea de Derechos Humanos (CEDH) se enmarca dentro de los mismos términos de este intrumento regional de protección de los derechos humanos. El artículo 15 de la CEDH (ver texto completo) establece en efecto que:" 1. En caso de guerra o de otro peligro público que amenace la vida de la nación, cualquier Alta Parte Contratante podrá tomar medidas que deroguen las obligaciones previstas en el presente Convenio en la estricta medida en que lo exija la situación, y a condición de que tales medidas no estén en contradicción con las restantes obligaciones que dimanan del derecho internacional. 2. La disposición precedente no autoriza ninguna derogación del artículo 2, salvo para el caso de muertes resultantes de actos lícitos de guerra, ni de los artículos 3, 4 (párrafo 1) y 7. 3. Toda Alta Parte Contratante que ejerza este derecho de derogación tendrá plenamente informado al Secretario General del Consejo de Europa de las medidas tomadas y de los motivos que las han inspirado. Deberá igualmente informar al Secretario General del Consejo de Europa de la fecha en que esas medidas hayan dejado de estar en vigor y las disposiciones del Convenio vuelvan a tener plena aplicación".
En un comunicado de prensa, el Consejo de Ministro del Consejo de Europa había precisado en un comunicado con fecha del 17 de noviembre del 2015 que: "Face à ces évènements tragiques et aux attentats commis contre d’autres Etats membres, le Conseil de l’Europe est déterminé à poursuivre résolument la lutte contre le terrorisme dans le respect des principes de liberté, de démocratie, de droits de l’Homme et d’Etat de droit qui unissent les Etats membres et qui constituent le meilleur rempart contre l’engrenage de la haine. Il réaffirme sa détermination à lutter contre tous les amalgames, toutes les formes d’intolérance et de discrimination ainsi que tous les actes de violence fondés sur la religion ou sur toute autre motivation. Il continuera à donner la plus haute priorité à la mise en œuvre du Plan d’action sur la lutte contre l’extrémisme violent et la radicalisation conduisant au terrorisme adopté en mai 2015".
La lucha antiterrorista ha dado lugar a una extensa jurisprudencia de la Corte Europea de Derechos Humanos (ver documento preparado por el COnsejo de Europa) exigiendo, entre otros, que se resguarde el derecho a la vida y a la integridad física de las personas, y reafirmando que la prohibición de la tortura no admite excepción alguna, tal y como insinuado por algunos decisores políticos en Estados Unidos después del 11/S. En lo que concierne a acciones aéreas militares francesas cuyo objetivo es la eliminación física de franceses sospechosos de pertenecer a ISIS en Siria, tal como las que parecen haber tenido lugar el pasado mes de octubre (ver nota de Le Monde), se lee en este artículo reciente publicado en Libération que se aparentan a ejecuciones extrajudiciales: «Cibler spécifiquement des Français, au lieu de combattre la menace globale que représente l’Etat islamique, s’apparenterait à des exécutions extrajudiciaires».
Pese a las reacciones que puedan suscitarse por parte de diversos sectores en Francia a raiz de este anuncio con relación a la CEDH, es muy probable que Francia recurra a solicitudes similares con relación a otros instrumentos internacionales a vocación universal que contengan una cláusula similar a la del Artículo 15 de la CEDH.