lunes, 21 de julio de 2025

"El monaguillo, el cura y el jardinero": breves apuntes sobre este documental desde la perspectiva internacional


"El monaguillo, el cura y el jardinero": breves apuntes sobre este documental desde la perspectiva internacional


Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho internacional público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto: nboeglin(a)gmail.com


El pasado 21 de julio, el programa mañanero de Desayunos de Radio Universidad de la UCR dedicó la emisión al recién estrenado documental costarricense titulado "El monaguillo, el cura y el jardinero" (véase enlace): en este caso pudo contar con la presencia de su director y de uno de los protagonistas de este documental así como de una reconocida activista desde México. Esta nota de ElPais (España) del 3 de julio del 2025 fue publicada días después de su primera proyección en un sala de cine en Costa Rica. 

Se trata de un esfuerzo muy valioso y valiente, desde la técnica del documental, en aras de visibilizar la denuncia hecha por dos jóvenes costarricenses, Anthony Venegas y Josué Alvarado, con relación a los abusos sexuales que sufrieron de niños por parte de un sacerdote en la parroquia católica de la localidad de Patarrá. 

En esta nota del medio digital Delfino.cr se pueden conocer los horarios de proyección previstos durante esta cuarta y última semana del mes de julio del 2025.

En las líneas que siguen, nos abocaremos a algunas experiencias observadas en el exterior sobre este mismo tipo de denuncias, así como a las obligaciones internacionales que el Estado del Vaticano ha asumido con respecto a los derechos de los niños, y a la necesidad de dotarse en Costa Rica de figuras, mecanismos, y medidas de carácter preventivo observados en otras latitudes.


Una Iglesia Católica ante sus obligaciones éticas y ...

Si bien la Iglesia Católica se ha mostrado históricamente resistente a escuchar a las víctimas de este tipo de abusos, y a abrir sus archivos sobre las denuncias no atendidas así como como sobre casos de sacerdotes "rotados" hacia otras parroquias (a raíz de denuncias en sus comunidades de feligreses por abusar sexualmente a menores), desde la asunción del Papa Francisco, las máximas autoridades en Roma han instruido a sus obispos en todo el mundo a cambiar de actitud: véase mensaje muy reciente de marzo del 2025 de su Santidad el Papa Francisco, disponible en castellano, así como varias regulaciones relacionadas a la tramitación de denuncias por abusos sexuales contenidas en este enlace oficial del mismo Vaticano, todas bastante recientes.

Como observado en otros ámbitos - denuncia de las exacciones de Israel contra la población  civil palestina en Gaza, protección internacional del ambiente, minería y actividades extractivas contaminantes y derechos de las comunidades aledañas, o bien ratificación del Acuerdo de Escazú en América Latina (Nota 1) - , las posiciones de la máxima autoridad de la Iglesia Católica en Roma no son siempre seguidas de efecto, y mucho menos de pronunciamientos por parte de los obispos costarricenses.


 ... sus obligaciones jurídicas internacionales

En el caso específico de las denuncias por abuso sexual contra menores de edad, desde el punto de vista internacional, no está de más recordar que, en derecho internacional público, la Santa Sede es considerada como un Estado: y que encontramos precisamente a la Santa Sede, al igual que Costa Rica, España, Francia, Italia, o Irlanda como Estado Parte a la Convención sobre los Derechos del Niño de 1990 (véase estado actual oficial de firmas y ratificaciones). 

En las observaciones al informe oficial remitido por el Estado del Vaticano al Comité de Derechos del Niño (véase documento CRC/VA/CO/2, documento de febrero del 2014), se lee que:

"8. El Comité tiene presente la doble naturaleza de la ratificación por la Santa Sede de la Convención sobre los Derechos del Niño como Gobierno del Estado de la Ciudad del Vaticano y también como sujeto soberano de derecho internacional, poseedor de una personalidad jurídica original, autónoma e independiente de cualquier autoridad o jurisdicción. Aunque el Comité tiene plena conciencia de que los obispos y los principales directivos de los institutos religiosos no actúan como representantes o delegados del Romano Pontífice, observa que los subordinados en las órdenes religiosas católicas deben obediencia al Papa, de conformidad con los cánones 331 y 590 del Código de Derecho Canónico. Por consiguiente, el Comité recuerda a la Santa Sede que, al ratificar la Convención, asumió el compromiso de aplicarla no solo dentro del territorio del Estado de la Ciudad del Vaticano, sino también en su calidad de poder supremo de la Iglesia Católica en todo el mundo, por los particulares y las instituciones sujetos a su autoridad".

La Convención sobre Derechos de los Niños contempla mecanismos para que las víctimas puedan llevar las violaciones a las disposiciones de esta convención multilateral al conocimiento del órgano de tratado, a saber, el Comité de los Derechos del Niño (Nota 2). 

Ahora bien, si  se considera que:

- desde el 2012, a nivel europeo, existe un tratado regional que contiene regulaciones que deben de adoptar los Estados contra el abuso sexual de menores (véase texto), una convención en la que no encontramos a la Santa Sede como Estado Parte (véase enlace), y; 

- si desde 1990 (fecha en que la Santa Sede aprobó la Convención de los Derechos del Niño como Estado), la Iglesia Católica sigue acumulando denuncias, revelaciones y escándalos a repetición en diversas partes del mundo por abuso sexual de menores que involucran a sus máximas autoridades, 

es también hora de pensar en recurrir ante los mecanismos internacionales de denuncia existentes a disposición de las víctimas de estos abusos contra el Estado del Vaticano como tal. 

Los católicos de muchas partes del mundo no deberían conformarse con una Iglesia Católica sumida una y otra vez en escándalos a repetición por proteger y no encontrar la manera de sancionar a sacerdotes pederastas.

En este sentido, el Comité de Derechos del Niño de Naciones Unidas ya le había hecho una excitativa a Italia en el 2019 para que se creara un mecanismo que investigara lo que ocurre en materia de abuso sexual a menores en el seno de la Iglesia Católica (véase y nota de la prensa italiana del 2019). Es de notar que el informe remitido por Italia en el 2022 fue considerado ... como una verdadera "burla" por las asociaciones de víctimas y sus familiares (véase nota de The Guardian del 2022). 


Algunos esfuerzos más recientes

Este informe anterior del 2020 sobre abusos sexuales en Irlanda (véase versión en español) indicaba pistas a ser seguidas, que no lo fueron, o de manera muy aproximativa, en el caso de Italia.  En Bélgica, en parte a raíz de la aprobación del convenio regional del 2012 antes mencionado en el marco europeo, se creó un "Centre d’arbitrage en matière d’abus sexuels", órgano a cargo de conocer y de examinar hechos prescritos por la legislación penal de abusos sexuales contra menores de edad por parte de sacerdotes, con 168 víctimas identificadas y objeto de una indemnización cada una (véase nota encontrada en el sitio Cath.ch en Suiza del 2013): muy pocamente conocido y difundido, por razones que sería de sumo interés conocer, el mecanismo creado por Bélgica a raíz de recomendaciones hechas por una comisión de investigación del Parlamento belga y de la Iglesia Católica belga, merecería ser analizado y replicado (Nota 3). Una acción presentada ante la Corte Europea de Derechos Humanos contra Bélgica por varias víctimas belgas (véase enlace)  fue finalmente desechada por la Corte Europea de Derechos Humanos (véase sentencia) en el 2021, con un voto disidente de uno de sus integrantes cuya lectura se recomienda). En el 2023 se informó que la Fundación Dignity entregó a varias víctimas en Bélgica una suma superior a los 6 millones de Euros (véase nota de RTBF /Actus). La combinación belga comisión de arbitraje - fondo de reparación  a partir de un mecanismo instituido por una comisión mixta parlamentarios/Iglesia Católica ha inspirado en Suiza la creación del CECAR en el 2016 (véase enlace oficial), aún menos conocido: su último informe de actividades (2024) da cuenta de las reparaciones acordadas a las víctimas en Suiza a partir de reglas muy claras concertadas en el marco de su comisión de indemnización (véase enlace). El informe del CECAR titulado"Rapport concernant le projet pilote sur l’histoire des abus sexuels dans le contexte de l’Église catholique romaine en Suisse depuis le milieu du 20ème siècle" (2023) constituye un valioso esfuerzo.  

Después de la cuestionable manera de investigar este tipo de denuncias en Italia en el 2022, se han observado investigaciones mucho más integrales por parte de la misma Iglesia Católica, que ameritarían ser replicadas y mejoradas en diversas partes de mundo, Costa Rica incluida: es así como en Francia, luego de 2 años y medio de investigaciones internas dentro y fuera de la Iglesia Católica gala, se dio a conocer el informe final de la Comisión CIASE en octubre del 2021 (véase enlace) (Nota 4). Una pregunta sobre los hallazgos en Francia de un senador fue la ocasión para el ministerio del interior en Francia de detallar una serie de iniciativas tendientes a ayudar a las víctimas de abusos sexuales en Francia a partir de las recomendaciones de la Comisión CIASE: véase enlace a pregunta (julio 2022) y respuesta (agosto del 2023).

En España, fue en el 2023 que se dio a conocer el "Informe sobre los abusos sexuales en el ámbito de la Iglesia Católica y el papel de los poderes públicos" realizado por el Defensor del Pueblo en España (véase enlace). Un grupo de víctimas llevaron inicialmente sus pretensiones contra España unos años antes, ante la Corte Europea de Derechos Humanos, las cuales fueron rechazadas (véase sentencia, de junio del 2014, con una opinión disidente suscrita esta vez por ocho integrantes de la Corte, cuya lectura se recomienda).

Comisiones de investigación inter-disciplinarias que reúnan a expertos de diversas ramas, a familiares de víctimas así como a integrantes de la Iglesia Católica en servicio o retirados (con una palabra más libre que los que siguen sometidos a las autoridades eclesiales), permitirían tener una idea, en cada país, de los alcances de esta práctica y de proponer reformas legales que agilicen la tramitación mucho más expedita de este tipo de denuncias en vista de sancionar penalmente a los sacerdotes involucrados e indemnizar a las víctimas.  

No obstante esta apertura muy reciente observada en Roma, las pocas víctimas que han optado por alzar la voz  en muchas partes del mundo siguen esperando que los responsables sacerdotales de estos abusos sean sancionados por la justicia nacional: en octubre del 2024 una comisión pontifical en Roma del Vaticano reconoció que aún falta mucho por recorrer en diversas  partes del mundo (véase reportage de "The Guardian"). En este otro reportaje sobre la situación de varias niñas colombianas de la BBC difundido en marzo del 2025 (cuya lectura completa se recomienda: véase enlace) se lee que:

"En los más de 20 años que han pasado desde los hechos que denuncian Natalia, Liliana, Paula, Gisele, Luisa, Carla y Orlando, numerosos casos de pederastia en la Iglesia católica han salido a la luz en todo el mundo, golpeando duramente su credibilidad.

No solo ha sido señalada de permitir que sacerdotes acusados sigan ejerciendo, sino de encubrirlos y de no colaborar a tiempo con la justicia civil para que sean investigados como cualquier otro ciudadano".

No está de más citar lo que se lee en esta extensa investigación  del equipo periodístico de Connectas, publicada en Perú sobre las presiones dentro de la Iglesia Católica recibidas por cuatro sacerdotes peruanos, y titulada "Pederastia en Perú: batalla al interior de la Iglesia":

"También había cartas firmadas por el mismo Desposorio y otros religiosos, dirigidas a líderes de la Iglesia católica. Denunciaban encubrimiento de obispos y vicarios, además de castigos que los dirigentes católicos habían llevado a cabo contra religiosos que, de acuerdo con él, han visibilizado a presuntos abusadores sexuales".


Un documental que delata un "sistema" para proteger a algunos en Costa Rica

En el caso de Costa Rica, el documental pone en evidencia que quien atendió las denuncias del joven Anthony en su calidad de Vicario (sin que ello fuera seguido de efecto), es hoy quien... encabeza la Iglesia Católica costarricense. 

Y que el sacerdote que oficiaba en la parroquia de Patarrá autor de los hechos, luego de presentadas las denuncias, fue promovido dentro de la misma Iglesia Católica durante varios años en Costa Rica, como vocero oficial, antes de ser trasladado discretamente hacia México por su misma jerarquía. 

Se lee en este artículo del Semanario Universidad de octubre del 2019 que:

"Las actuaciones del arzobispo Quirós son sujeto de estudio en el Vaticano, donde se recibió una denuncia en su contra por supuesto encubrimiento de delitos sexuales del sacerdote Mauricio Víquez. Quirós conocía de las denuncias contra Víquez desde 2003 y lo removió de parroquia. En 2018 lo premió nombrándolo Director del Instituto Arquidiocesano de Investigación Histórica y Patrimonial.

Las supuestas víctimas de Víquez también lo denunciaron civilmente por los mismos hechos. Aseguran que en 2018 cuando presentaron las denuncias canónicas formales, Quirós les dijo que el asunto «se le pasó»."

En esta nota de prensa anterior (febrero del 2019) sobre las "gestiones" de la Fiscalía de Costa Rica para dar con el paradero del mismo sacerdote de la parroquia de Payarrá, se lee que la Curia Metropolitana "desconoce" donde se encuentra el sacerdote.

Finalmente, no fue gracias a las "gestiones" de la Fiscalía, sino gracias a una campaña llevada por el mismo Anthony en México ante los medios de prensa mexicanos, fotos en mano, con entrevistas en los principales medios televisivos, que fue identificado, capturado en Monterrey (México) y entregado a las autoridades judiciales costarricenses el fugitivo, de conformidad con una orden de captura emitida por la agencia internacional policial INTERPOL, en agosto del 2019 (véase artículo de la BBC del 20/08/2019). 

A la fecha se desconoce  a qué pudieron obedecer "gestiones" tan poco eficientes de la Fiscalía costarricense para llevar a las mismas víctimas a emprender ellas mismas un viaje a México ... y lograr finalmente la captura del sacerdote fugitivo pocos días antes de que el caso prescribiera.


Dos valientes luces en, en medio de la oscuridad, ahora  propulsadas al mundo, exhibiendo  ... a Costa Rica

Al enorme valor que hay que saludar, demostrado por Anthony así como por Josué, así como por sus familiares y allegados, para denunciar y apoyar sus respectivas denuncias contra un sacerdote perteneciente a una entidad tan influyente como la Iglesia Católica en Costa Rica, hay que saludar el esfuerzo del director de este documental y la calidad de la película, ganadora reciente de un Festival internacional de Cine realizado en Costa Rica en la categoría documental. 

Queda muy claro luego de haber visto este documental que el caso de estos dos jóvenes es a penas la punta de un iceberg y que son en realidad muchas más las víctimas en Costa Rica de abusos de este tipo en sus parroquias. 

No se ha escuchado, al menos a la fecha de redactar estas líneas, de ninguna iniciativa tendiente realizar a una investigación exhaustiva, que pueda cuantificar la cantidad de víctimas potenciales de abusos sexuales por parte de sacerdotes católicos en Costa Rica. 

Hacemos desde ya voto para que este documental sea proyectado en las diversas salas de cine en toda Costa Rica, en particular en sus siete provincias, y que contribuya a romper el pesado silencio que ha imperado desde demasiado tiempo en muchas familias y pequeñas comunidades de feligreses. Y ojalá que, liberada la palabra, se multipliquen acciones como las de Anthony y las de Josué ante la justicia costarricense contra sacerdotes que debieran de ser inmediatamente sancionados por su jerarquía (en vez de ser protegidos y discretamente "rotados").  

Coincidencia o no de la difusión de este documental, fue hace pocos días que ilustres nadadoras que le dieron medallas olímpicas a Costa Rica en los años 90 denunciaron los abusos a los que fueron sometidas por su entrenador de natación, con hechos que remontan a hace más de 37 años (véase nota de prensa de Radio UCR).

Con relación a los abusos sexuales dentro de la Iglesia Católica, tampoco se ha escuchado de una iniciativa desde las mismas autoridades públicas costarricenses al respecto, que tienen también algún grado de responsabilidad, la cual deriva, a diferencia de la mayoría de los Estados,  de la misma... Constitución Política. En efecto, para quienes nos lean - tal vez - desde otras latitudes, Costa Rica persiste desde el punto de vista jurídico en ser un Estado confesional, con una religión oficial de Estado, al leerse en el Artículo 75 de la Constitución de Costa Rica (siempre vigente), que:

"ARTÍCULO 75.- La Religión Católica, Apostólica, Romana, es la del Estado, el cual contribuye a su mantenimiento, sin impedir el libre ejercicio en la República de otros cultos que no se opongan a la moral universal ni a las buenas costumbres".

En el 2011, se supo de negociaciones entre Costa Rica y la Santa Sede de cara a establecer un nuevo concordato, sin que ello fuese objeto de debate público tal y como solicitado por algunos sectores: véase posiblemente uno de los pocos artículos de prensa al respecto del Semanario Universidad, titulado precisamente "Piden discusión pública antes de negociar concordato con la iglesia", editado el 6 de julio del 2011. En este otro enlace de octubre del 2011 del CIDCE, se discutió sobre la conveniencia de semejante iniciativa. En mayo del 2016, se informó que se "relegaba" la negociación de dicho concordato (véase nota de La Nación).

Más allá de la voluntad expresada en el 2011 de las autoridades diplomáticas de Costa Rica de negociar un nuevo concordato con el Vaticano y ello sin mayores consultas, es muy probable que abusos sexuales contra menores de edad se estén dando también dentro de otros credos religiosos en Costa Rica: desde este punto de vista, resulta incorrecto designar a la Iglesia Católica como la única entidad religiosa padeciendo de estas prácticas. 

De igual manera, dentro de la Iglesia Católica, no se puede nunca generalizar, sino que son algunos sacerdotes en Costa Rica (pero... ¿cuántos? y... ¿desde cuando? ... y ...¿qué tipo de sanciones recibieron?...) los que se han prestado para abusar de menores en sus respectivas parroquias. 

Lo que sí pone en evidencia este documental de manera magistral, con imágenes de rostros de autoridades religiosas que lo dicen todo, es el velado "sistema" de encubrimiento y de "rotación" que han aplicado las instancias superioras de la Iglesia Católica cuando les han llegado denuncias contra un sacerdote por abusos contra menores. Este verdadero "sistema" no es propio de la Iglesia Católica en Costa Rica, sino que se ha observado y ampliamente documentado en los informes antes citados elaborados en Irlanda, en Bélgica, en Francia, en España y en Suiza en años recientes,  así como en otras investigaciones sobre denuncias de este tipo.  


A modo de conclusión

El documental "El monaguillo, el cura y el jardinero", exhibe una grave y persistente omisión de la Iglesia Católica costarricense, tanto ante la sociedad costarricense como ahora ante el mundo (conforme sea presentado este documental en festivales internacionales de cine).

¿Acaso la cúpula católica realizó cambios para abrir sus archivos y para sancionar a los responsables de estos abusos sexuales perpetrados hace muchos años y que en muchos casos han caído en un pesado silencio? Un silencio en el que las víctimas han optado en algunos casos, por las drogas, el alcool, el suicidio o bien por replicar los abusos de los que fueron víctimas en el seno de sus propias familias: esta entrevista en ElPais (España) del 2022 a otro costarricense víctima de abusos por parte de un sacerdote bien explica la "autodestrucción" interna que sufren muchas veces las victimas, en el silencio más absoluto.

Salvo error de nuestra parte, no se han observado cambios de la Iglesia Católica costarricense en los últimos años: la entrevista en Desayunos de Radio UCR a Anthony con la que iniciamos estas cuantas reflexiones, así lo da a entender.  

Si el daño provocado a un número indeterminado  de menores de edad costarricenses no se conoce, y si el precitado "sistema" que denuncia de manera documentada "El monaguillo, el cura y el jardinero" persiste, además de las sanciones penales individuales contra sacerdotes que abusan de menores de edad por parte de la justicia costarricense, ¿no habrá llegado también el momento de pensar en otro tipo de medidas? ¿Tales como exigir, en beneficio de estas víctimas y de sus familiares, compensaciones y reparaciones como las observadas en Europa, así como medidas que en derecho internacional de los derechos humanos, se denominan las "garantías de no repetición" o GNR (Nota 5)?

Para nuestros estimables lectores poco familiarizados con este término, los referimos a lo que se lee en un extenso artículo publico en el 2017 en México (UNAM) sobre las garantías de no repetición (o GNR) en el sistema interamericano de derechos humanos (DDHH):

"La práctica interamericana ha sido vanguardista en el sentido de intentar maximizar la función preventiva del derecho con el uso de estas medidas; de hecho, la jurisprudencia de este siglo demuestra el interés por explorar las posibilidades que se tienen desde los estrados para configurar condiciones sociales generales más a tono con los requerimientos de la justicia en materia de DDHH, y no sólo para responder a las exigencias de la justicia en los casos individuales. Estas características de las GNR explican por qué su finalidad no es reparar integralmente a las víctimas —como a veces se juzga—, sino eliminar de manera directa una alegada deficiencia estructural del Estado para prevenir violaciones repetitivas (hacia el futuro) de los derechos humanos" (Nota 6).

En un sentido similar al de plantear garantías de no repetición para Costa Rica, referimos a una carta del 2021 (véase texto) a las máximas autoridades eclesiales del Vaticano, firmada por varios relatores especiales de derechos humanos de Naciones Unidas.

  

Nota 1: Desde esta nota del VaticanNews del mes de setiembre del 2020 sobre el Acuerdo de Escazú, se espera que la Conferencia de Obispos Católicos de Costa Rica se manifieste al respecto, expresando su apoyo a la aprobación del Acuerdo de Escazú en Costa Rica. Al 24 de julio del 2025, se mantiene la espera.


Nota 2: Sobre el Estado del Vaticano y la Convención sobre los Derechos del Niño, véase el informe de investigación preparado por el Children Rights International Network (CRIN), titulado "Los abusos sexuales a niños y la Santa Sede. Necesiada de justicia, rendición de cuenta y reforma". Texto integral disponible aquí.


Nota 3: Sobre la propuesta inicial en Bélgica, véase al respecto MONTERO E.; "Le Centre d'arbitrage en matiere d'abus sexuels, un solution inespérée pour les victimes de faits prescrits", Université de Namur, 2013, 36 páginas. Texto disponible aquí


Nota 4: Para un un análisis de los resultados y hallazgos en Francia de esta comisión que tuvo acceso a toda la información que requirió, desde la perspectiva archivistica, véase, AIRIAU P., BOULLU Th., LANCIEN A., PORTIER Ph., "Les violences sexuelles sur mineurs dans l’Église : l’enquête de la Commission indépendante sur les abus sexuels (CIASE)", Vol. 266 (2022), pp. 191-204. Texto integral disponible aquí


Nota 5: En esta publicación de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, se puede revisar en qué consisten esta medidas específicas (pp. 124-273). En materia ambiental, por ejemplo, podemos referir  la histórica sentencia contra Honduras del 2009 (caso de la ecologistas hondureña Jeannette Kawas Fernandez asesinada en Honduras, en particular párrafos  196-226 de la sentencia). Por "garantías de no repetición" que suelen aparecer en sentencias condenatorias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en complemento a las indemnizaciones por el daño moral, podríamos pensar en medidas tales como la creación de programas de asistencia a víctimas de abusos sexuales en parroquias católicas, la creación de fondos o fideicomisos que puedan acompañar a los familiares de estas víctimas ante la justicia penal costarricense, becas de estudio, pero también programas comunitarios, programas radiales y televisivos de prevención sobre los riesgos que corren - por ejemplo -  los monaguillos y otros jóvenes al aceptar servir en sus parroquias, y muchas otras medidas de índole preventiva.


Nota 6: Véase LONDOÑO LAZARO M.C y HURTADO M., "Las garantías de no repetición en la práctica judicial interamericana y su potencial impacto en la creación de derecho nacional", Boletín Mexicano de Derecho Comparado, UNAM, 2017, pp. 725-775, p. 730. Texto integral de este extenso  artículo disponible aquí.  


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