miércoles, 10 de junio de 2026

Elección de jueces en la Corte Internacional de Justicia (CIJ): algunos apuntes


Elección de jueces en la Corte Internacional de Justicia (CIJ): algunos apuntes


Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto: nboeglin(a)gmail.com


En el próximo mes de noviembre 2026, la Asamblea General de Naciones Unidas escogerá una terna de candidatos para ocupar dos vacantes que se liberan en el seno de la Corte Internacional de Justicia (CIJ).  

La CIJ (véase enlace oficial) realiza una labor única, al resolver mediante la aplicación de normas jurídicas, un gran número de controversias entre Estados: los más de 20 casos pendientes de resolución en la actualidad (véase enlace oficial) dan cuenta de la diversidad de controversias que deben resolver sus integrantes, con en algunos casos, un grado de complejidad bastante elevado. 

La importancia de la justicia internacional de La Haya cobra una particular relevancia en momentos en que sectores políticos en diversas partes del mundo cuestionan las reglas básicas establecidas por el ordenamiento jurídico internacional, y en el que algunos pocos dirigentes en algunos Estados, llevan acciones militares en total violación a lo establecido por la Carta de Naciones Unidas desde 1945, vituperando contra  el multilateralismo y la justicia internacional, al punto de incluso sancionar al personal de otro tribunal, también con sede en La Haya, la Corte Penal Internacional (CPI), como recientemente lo ha hecho Estados Unidos. Este último Estado, no encontró por cierto nada mejor que atacar conjuntamente con Israel a Irán, el 28 de febrero del 2026, tres días después de haber sido notificado por la misma CIJ de la apertura de la fase de compensación en el marco de la demanda interpuesta por Irán contra Estados Unidos en el 2018 relativa al secuestro ilegal de sus activos bancarios en Estados Unidos: véase texto en francés y en inglés de la ordenanza de la CIJ del 25 de febrero del 2026. Este secuestro de activos fue declarado ilegal por la CIJ en marzo del 2023 (véase texto integral de la sentencia sobre el fondo, párrafo final operativo 236).

Si a nuestros estimables lectores les resulta sorprendente saber que tres días antes de atacar a Irán, Estados Unidos fue notificado por la CIJ con relación a activos que tiene la obligación de devolverle a Irán, esta acción militar conjunta de Estados Unidos e Israel contra Irán (totalmente ilegal desde la perspectiva jurídica internacional) puede dar una idea de la importancia de la labor de la justicia internacional de La Haya. 

Esta labor de la CIJ es extremadamente variada: tuvimos recientemente la ocasión de analizar las audiencias orales entre Guyana y Venezuela con relación a una de las más antiguas controversias territoriales, que se realizaron en mayo del 2026, habiendo Guyana presentado su demanda contra Venezuela en el mes de marzo del 2018 (Nota 1), así como de explicar los alcances de la última ordenanza registrada de la CIJ, en el caso que opone Sudáfrica a Israel por genocidio en Gaza (Nota 2). 

Con relación a Israel, y a una narrativa que tiende a hacer creer a la opinión pública que Israel cumple con la normativa internacional vigente,  no está de más recordar que el 19 de julio del 2024, en su opinión consultiva, la CIJ declaró (véase texto completo, en particular el párrafo final 285) que:

"(4) Is of the opinion that the State of Israel is under an obligation to bring to an end its unlawful presence in the Occupied Palestinian Territory as rapidly as possible;  

(5) Is of the opinion that the State of Israel is under an obligation to cease immediately all new settlement activities, and to evacuate all settlers from the Occupied Palestinian Territory; 

(6) Is of the opinion that the State of Israel has the obligation to make reparation for the damage caused to all the natural or legal persons concerned in the Occupied Palestinian Territory;"

../..

"4) Est d’avis que l’État d’Israël est dans l’obligation de mettre fin à sa présence illicite dans le Territoire palestinien occupé dans les plus brefs délais ; 

5) Est d’avis que l’État d’Israël est dans l’obligation de cesser immédiatement toute nouvelle activité de colonisation et d’évacuer tous les colons du Territoire palestinien occupé ; 

6) Est d’avis que l’État d’Israël a l’obligation de réparer le préjudice causé à toutes les personnes physiques ou morales concernées dans le Territoire palestinien occupé ;"

El hecho que estos puntos resolutivos (y todos los demás que se leen en el párrafo 285) hayan sido tomados de manera casi unánime entre los integrantes de la CIJ puede dar una idea de la solidez, bastante relativa, de los argumentos presentados por Israel.


La designación de los jueces en breve

Como se recordará, la CIJ se compone de quince jueces titulares, electos por un período de nueve años, con posibilidad de ser reelectos: en este enlace oficial de la CIJ se puede revisar su composición actual. 

Esta nota del 2020 del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas detalla el curriculum vitae de ocho candidatos, que permite tener una idea más completa de la formación y de la trayectoria académica y profesional de las personas postuladas por sus respectivos Estados para integrar la CIJ.

Tradicionalmente, desde el punto de vista geográfico, la CIJ cuenta con dos jueces de Africa, dos jueces de América Latina, dos jueces de la región Asia-Pacífico, dos jueces de Europa occidental y dos jueces de Europa oriental, a los que se añadían hasta hace unos años de manera automática cinco jueces: un juez oriundo de China, de Francia, de Estados Unidos, del Reino Unido y de Rusia.

Los quince integrantes de la CIJ son electos por la Asamblea General de Naciones Unidas, a recomendación del Consejo de Seguridad. Actualmente, el juez con más tiempo fungiendo como tal es un jurista nativo de Eslovaquia, electo desde el 2003, seguido por su colega de Francia (desde el 2005). 

Usualmente, en materia contenciosa, estos 15 jueces titulares son acompañados por dos jueces ad hoc, designados cada uno por los dos Estados al iniciar su contienda legal en La Haya. 

Con respecto al Consejo de Seguridad, el Artículo 10, inciso 2 del Estatuto de la CIJ (véase texto) establece claramente que no habrá distinción alguna entre los votos de los 15 integrantes del Consejo de Seguridad, al precisar que:

"2. En las votaciones del Consejo de Seguridad, sean para elegir magistrados o para designar los miembros de la comisión prevista en el Artículo 12, no habrá distinción alguna entre miembros permanentes y miembros no permanentes del Consejo de Seguridad".

Se trata de una de las pocas disposiciones en Naciones Unidas en la que resulta irrelevante el tener dentro del Consejo de Seguridad un voto en contra (o varios...) provenientes sea de China, de Estados Unidos, de Francia, de Reino Unido o de Rusia. En otras palabras, si una persona como jurista se ha manifestado o ha publicado textos sumamente críticos en contra de uno de estos cinco Estados durante su carrera profesional o como diplomático (a), ello no afecta su candidatura, siempre y cuando el Estado que lo proponga sí logre obtener el respaldo necesario mínimo de ocho votos dentro del Consejo de Seguridad, de quince posibles.

Los designados jueces a la CIJ resultan de un proceso de votación que involucra tanto al Consejo de Seguridad (!5 Estados Miembros) como a la Asamblea General (193 Estados Miembros). Resulta de interés observar el número de rondas que fueron necesarias en el mes noviembre del 2023 dentro del Consejo de Seguridad (cinco en total) para finalmente reunir a cinco candidatos con los votos necesarios para ser designados (véase acta del Consejo de Seguridad S/PV.9471). 

En la actualidad, cabe señalar que de quince integrantes, cinco mujeres fungen como juezas en la CIJ, oriundas de Australia, Estados Unidos, China, Kenya y Uganda: véase nuevamente el enlace oficial sobre su composición actual.


Las vacantes en este 2026

En este 2026, se observarán elecciones para suplir la vacante que deja el actual juez de Francia, quién funge como juez de la CIJ desde el 2005, habiendo sido reelecto en el 2018 (véase nota oficial de la CIJ); y la vacante que libera el juez oriundo de la India, electo en el 2018 (véase hoja de vida).

Al momento de redactar estas líneas (12 de junio del 2026), se contabilizan para estas elecciones previstas en noviembre del 2026, las postulaciones de una mujer y de cuatro hombres: 

- una candidata propuesta por Singapur (véase nota de presentación); 

- un candidato propuesto por Corea del Sur (véase nota de presentación); 

- un candidato propuesto por Botswana (véase nota de un colectivo de juristas), sin que se tenga certeza si el aparato diplomático de Botswana apoya a este candidato; 

- un candidato propuesto por el Reino Unido (véase nota oficial del Reino Unido); 

- un candidato de Francia (véase nota oficial de Francia); 

En el caso de Singapur y de Corea del Sur, ambos Estados hacen ver en las postulaciones oficiales de sus respectivos nacionales que nunca la CIJ contó con un jurista de estos Estados.

La última designación de un integrante de la CIJ se realizó en noviembre del 2025 para la vacante dejada por el juez titular de Somalia, Abdulqawi Ahmed Yusuf, que renunció antes de cumplir su período en junio del 2025. Luego de varias largas rondas de votaciones, fue finalmente escogida la candidata presentada por Kenya, obteniendo 106 votos, el candidato propuesto por Sierra Leone obteniendo tan solo 79 votos (véase enlace con a la derecha detalle de las diversas rondas de votaciones). Este pequeño detalle de números debería de interpelar a algunos Estados y a algunas regiones del mundo que continúan postulando únicamente a hombres, a sabiendas del desequilibrio de genero existente en el seno de la CIJ. 

Ya en el 2020, se hacia ver que de quince integrantes en la CIJ, solamente tres eran mujeres (véase nota de la organización Gqualcampaign).

Otra de las designaciones anteriores de un integrante de la CIJ se realizó en el mes de mayo del 2025, escogiendo a un único candidato propuesto por Jordania, en sustitución del ex juez de la CIJ de nacionalidad libanesa que presentó su renuncia a finales del 2024 para convertirse en el actual Primer Ministro del Líbano (véase nota oficial de prensa de Naciones Unidas). El hecho que ningún Estado de Oriente Medio presentará otra candidatura evidencia la solidaridad de los Estados de esta región del mundo. Salvo error de nuestra parte, es la primera vez en la historia que un juez titular de la CIJ renuncia a su cargo, para ir a dirigir el gabinete del Estado del que es oriundo (en este caso, el Líbano).

Anteriormente, en noviembre del 2023, se escogieron un total de cinco nuevos integrantes de la CIJ oriundos de Australia (reelección), Estados Unidos, México, Rumanía y Sudáfrica (véase nota oficial de prensa de Naciones Unidas). En esta nota se detalla el número de votos mínimos requeridos (97 votos a favor) en la Asamblea General de Naciones Unidas y la suerte diversa que conocieron los candidatos masculinos propuestos por Egipto (reuniendo 81 votos), Zambia (81), Rusia (77) y República Democrática del Congo (65).


Una regla no escrita ... en un mundo en cambio

Una regla no escrita desde 1946 explica que en la composición de la CIJ, siempre se haya contado con un juez oriundo de China, otro de Estados Unidos, otro de Francia, otro del Reino Unido y otro de Rusia. 

Esta singularidad de la CIJ se ha mantenido con cierta permanencia desde 1946 y hasta hace unos pocos años: en efecto, se ha observado en el 2022 y en el 2017 a candidatos propuestos por uno de los los cinco Estados Miembros Permanentes del Consejo de Seguridad perder la contienda frente a candidatos de otros Estados:

- en las elecciones del 2023, no resultó reelecto el juez propuesto por Rusia (véase nota de prensa), por lo que, por vez primera en su historia desde 1946, la CIJ no cuenta con un integrante ruso en su composición. La agresión militar de Rusia a Ucrania en febrero del 2022  y su desafío a la autoridad de la CIJ explican en gran parte esta inédita situación para la CIJ. Este fracaso diplomático de Rusia fue precedido por otro fracaso, esta vez de la diplomacia británica; 

-  en el 2017, la diplomacia del Reino Unido sufrió un revés similar, al no ser reelecto su candidato, y ser designado en su lugar un jurista propuesto por India (véase informe al respecto del Parlamento del Reino Unido). En este titular de The Guardian, se habla de una verdadera "humillación" para la diplomacia del Reino Unido, cuando lo correcto sería indicar que los tiempos han cambiado, simplemente: la diplomacia del Reino Unido ya no es lo que era en 1946, y la diplomacia de la India de 1946 ... ha dejado de serlo y ello desde hace ya un buen tiempo.

En estas elecciones del 2026, Francia buscará reemplazar al juez saliente galo por otro, al parecer convencida que siempre puede continuar contando en permanencia con un juez de su nacionalidad, tal y como ha ocurrido efectivamente desde 1946. Notemos que la tradición francesa quiere que el candidato galo propuesto para ocupar la vacante en la CIJ sea el Director Jurídico del Quai d'Orsay: fue el caso del actual juez galo, y el de todos sus antecesores: véase por ejemplo la hoja de vida de Guy Ladreit de La Charriere, juez de la CIJ de 1982 a 1987.  No obstante, para esta contienda del 2026, Francia pareciera innovar, al designar esta vez a su actual embajador en funciones en La Haya.

Al tiempo que el Reino Unido buscará reunir votos suficientes que permitan superar lo acontecido con su candidato en el 2017. 

Este duelo diplomático entre los aparatos de Francia y del Reino Unido es bastante inusual, al haber siempre contado ambos con la seguridad de tener a uno de sus nacionales fungiendo como juez titular. Al respecto, es de señalar que la candidatura del Reino Unido fue anunciada el 12 de septiembre del 2024 (véase enlace), al tiempo que la de Francia lo fue el 21 de octubre del 2024 (véase tweet oficial de Francia): como si esta última se presentó el mes siguiente en aras de impedir que el Reino Unido le arrebate a Francia el espacio que cree tener asegurado desde 1946 para un jurista galo en el seno de la CIJ.

Como indicado previamente, en la CIJ, como en otros órganos de Naciones Unidas, se mantiene tradicionalmente una repartición geográfica entre Europa occidental (dos jueces) y la denominada Europa oriental (dos jueces), de la que provienen ya dos jueces actuales de la CIJ: el juez de Eslovaquia (véase hoja de vida) y el juez de Rumanía (véase hoja de vida), los cuales representan al continente europeo conjuntamente con sus colegas de Alemania (véase de hoja vida) y de Francia (véase hoja de vida).

Será de interés observar a ambos Estados (Francia y Reino Unido) buscando reunir votos para lograr la designación de sus respectivos candidatos en el seno de la Asamblea General, un ente que cuenta con 193 Estados miembros. En el caso de la región Asia / Pacífico, la contienda que opone Corea del Sur (con un candidato masculino) a Singapur (con una candidata femenina), de igual manera será de gran interés, al tratarse de Estados que nunca contaron con un nacional en el seno de la CIJ.  

Es de notar el extremo rigor de la disciplina entre los Estados de Europea, al no haberse registrado otras candidaturas del continente europeo para la contienda que se resolverá entre Francia y Reino Unido en noviembre del 2026 en el marco de la Asamblea General de Naciones Unidas. Si el aparato diplomático de Francia se descuida (y si el británico se muestra más activo para lograr reunir apoyos en favor de su candidato), Francia podría sufrir un inédito revés diplomático. Lo cual vendría a confirmar los efectos de la tendencia reciente de descartar a jueces oriundos de los cinco Estados Miembros Permanentes del Consejo de Seguridad. En este caso, lograrían únicamente mantener una presencia ininterrumpida en el seno de la CIJ Estados Unidos (véase hoja de vida de la juez norteamericana) y China (véase hoja de vida de la jueza china), volviendo nuevamente Reino Unido a colocar a uno de sus nacionales en la CIJ, después del revés del 2017.


América Latina y la CIJ

Con relación a América Latina, la CIJ ha contado con varios juristas de la región en su seno desde 1946, todos hombres (Nota 3). Es de notar que nunca ejerció como juez un jurista oriundo de Bolivia, Costa Rica, Colombia, Cuba, Guatemala, Haití, Honduras, Nicaragua, Paraguay y República Dominicana.

La CIJ cuenta en estos momentos  con un jurista mexicano, electo en noviembre del 2023 (véase comunicado oficial de México) y por un brasileño, electo en noviembre del 2022 (véase nota de prensa), en sustitución de un jurista de esta misma nacionalidad fallecido antes de cumplir su mandato (2027), el juez Antônio Augusto Cançado Trindade.

La última contienda diplomática entre candidatos latinoamericanos a una silla en la CIJ se jugó precisamente entre Brasil y Argentina, quedando electo el actual juez brasileño de la CIJ en el 2022 (véase documento destinado a la Asamblea General). En el Consejo de Seguridad, el candidato de Brasil obtuvo desde la primera ronda 13 votos, y 2 el candidato de Argentina (véase acta S/PV.9182). Como indicado anteriormente, al fallecer el juez brasileño en el 2022 antes de cumplir su mandato (2027) y abrirse una vacante en el seno de la CIJ, bien hubiese podido Argentina abstenerse de postular a un candidato, y esperarse a la contienda del 2023: no lo hizo, por razones que sería de sumo interés conocer, y fracasó su candidatura frente a la de Brasil.

Los observadores y analistas de la vida internacional saben que cuando Brasil postula a un candidato a nivel de Naciones Unidas, o cuando Brasil se postula como Estado para integrar un órgano de Naciones Unidas, la maquinaria diplomática de Brasil despliega su labor de forma tal, que logra siempre su cometido. Hizo la amarga experiencia de esta realidad el candidato argentino para la CIJ en el 2022, una amargura compartida por la candidata de Costa Rica para ocupar la silla de Director de la OMC en el mes de mayo del 2013 (véase nota del Tico Times). En Naciones Unidas, Brasil es el Estado que más veces ha sido designado Miembro No Permanente del Consejo de Seguridad por la Asamblea General (véase listado oficial de Naciones Unidas).   


A modo de conclusión

Más allá de las cosas que se saben (y que al parecer, en Argentina, algunos no quisieron saber), en una sociedad internacional tan convulsionada como la que se observa en este año 2026, el papel de la justicia internacional en aras de pacificar las relaciones entre Estados debe ser reafirmado.

Hace unos meses (abril del 2026), se celebraron en La Haya los 80 años de establecimiento de la CIJ. Tal y como tuvimos la ocasión de señalarlo al concluir nuestras reflexiones sobre este aniversario pasado desapercibido o casi (véase nuestra nota titulada "Los 80 años de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya: algunas reflexiones")

"Irrespetar las normas del ordenamiento jurídico internacional, cuestionar su utilidad así como la de los mecanismos internacionales, atacar el multilateralismo de Naciones Unidas, votar en contra de una norma fundamental como la prohibición de la tortura, desacatar decisiones de la CIJ, adoptar sanciones contra jueces de la Corte Penal Internacional / CPI (otra jurisdicción también con sede en La Haya y que a veces se tiende a confundir con la CIJ) o tomar sanciones contra una relatora como la Relatora de Naciones Unidas sobre los Derechos del Pueblo Palestino, la jurista italiana Francesca Albanese, son acciones que responden todas a un mismo objetivo, fomentado por Estados Unidos y otros Estados (en particular desde la llegada de su actual ocupante a la Casa Blanca): volver a la  denominada “ley de la selva”, y a la trágica época imperial que experimentó el mundo, en particular en el siglo XIX. Al respecto, no es coincidencia si algunas declaraciones escuchadas desde el 20 de enero del 2025 en la Casa Blanca sobre Canadá, Cuba, el Canal de Panamá, Groenlandia, Irán o Venezuela, recuerdan la narrativa y la lógica de los emperadores de antaño". 

Esta confrontación recurriendo al uso de la fuerza no está llevando sino a una crisis mundial aguda cuyos efectos ya se hacen sentir en todo el planeta en este mes de junio del 2026, postergando la solución a muchos otros desafíos urgentes que espera desde muchos años la sociedad internacional. Esta última tiene a disposición un mecanismo como la CIJ desde 1946 para resolver las controversias que puedan surgir entre Estados. 

Como bien lo recordaba el Presidente de la CIJ Gilbert Guillaume (Francia, director jurídico del Quai d'Orsay entre 1979-1987 y juez de la CIJ de 1987 al 2005) en el mes de octubre del 2001 ante la Asamblea General (véase texto), en un período en el que también, Estados Unidos y algunos de sus aliados consideraban poner en entredicho la vigencia de las reglas derivadas del ordenamiento jurídico internacional: 

"La société internationale a besoin de paix. La société internationale a besoin de juges. Elle a besoin de juges qui disent le droit. Vous pouvez être assurés que dans cette perspective la Cour internationale de Justice continuera d’assumer les tâches qui sont aujourd’hui les siennes, comme de remplir celles qui pourraient lui être confiées".



Nota 1: Véase BOEGLIN N., "Audiencias orales de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) en el marco de la controversia Guyana vs. Venezuela: algunas  reflexiones", 11 de mayo del 2026. Texto integral disponible en este enlace.


Nota 2: Véase BOEGLIN N., "Gaza / Israel: desde una Costa Rica omisa, apuntes sobre la ordenanza de la CIJ en el caso Sudáfrica c. Israel", 29 de mayo del 2026. Texto disponible en este enlace.


Nota 3: Los siguientes son los juristas de América Latina que integraron como jueces titulares a la CIJ desde 1946 (por orden cronológico): José Philadelpho de Barros e Azevedo (Brasil, 1946-1951), Alejandro Álvarez (Chile, 1946-1955), Isidro Fabela (México, 1946-1952)José Gustavo Guerrero (El Salvador, 1946-1958), Levi Fernandes Carneiro (Brasil, 1951-1955), Enrique c. Amand-Ugon (Uruguay, 1952-1961), Roberto Córdova (México, 1955-1964),  Lucio Manuel Moreno Quintana (Argentina, 1955-1964), Ricardo Joaquín Alfaro (Panamá, 1959-1964), José Luis Bustamante y Rivero (Perú, 1961-1970), Luis Padilla Nervo (México, 1964-1973), Eduardo Jiménez de Aréchaga (Uruguay, 1970-1979), José Sette-Camara (Brasil, 1979-1988), Andrés Aguilar Mawdsley (Venezuela, 1981-1988)José María Ruda (Argentina, 1973-1991),  Gonzalo Parra-Aranguren (Venezuela,1996-2009), Francisco Rezek (Brasil, 1997-2006), Bernardo Sepúlveda-Amor (México, 2006-2015),  Antônio Augusto Cançado Trindade (Brasil, 2009-2022),  que completan en la actualidad Leonardo Nemer Caldeira Brant (Brasil, 2022-…), y Juan Manuel Gómez Robledo (México, 2024-…).



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