jueves, 2 de julio de 2026

El caso de JuanBa en Costa Rica y las denominadas "demandas estratégicas contra la participación pública" (SLAPP): algunas reflexiones

 


El caso de JuanBa en Costa Rica y las denominadas "demandas estratégicas contra la participación pública" (SLAPP): algunas reflexiones


Empresario: “¿Te enteraste de lo que salió en redes y en la prensa el pasado fin de semana en contra de nuestro megaproyecto en Punta La Mona? Varios inversionistas me llamaron y me tocó tranquilizarlos, indicándoles que a esta muchacha y sus amigos ecologistas, vamos a tener que callarla a como dé lugar y que estamos trabajando en eso desde hoy”.

Asesor legal: “Bueno, te propongo que la llevemos a los tribunales penales por supuesta difamación.  Antes de ir a juicio, habrá posibilidad de exigirle que se retracte públicamente a cambio de que no continuemos con la demanda en su contra. Si me autorizas a acompañar la demanda penal de una acción civil resarcitoria con varios milloncitos por daño a nuestra reputación y buen nombre como empresa, no le quedará más que retractarse”.

Empresario: “ Y … ¿eso realmente funciona?”

Asesor legal: “¿Obtener que se retracte? ¡Claro que funciona!”

Extracto de una conversación ficticia que bien se ha podido dar en algunos círculos corporativos costarricenses, en determinadas circunstancias   


Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto: nboeglin(a)gmail.com


En Costa Rica, como en el resto de América Latina, han sido muchos los ecologistas que han tenido que enfrentar procesos penales en los tribunales de justicia por presunta difamación en el marco de demandas presentadas por parte de empresas cuyos megaproyectos irrespetan la legislación ambiental.  

Se trata de una faz poco conocida de la muy promocionada "Costa Rica verde" que ha proyectado Costa Rica desde muchos años en el plano internacional, también evidenciada por la negativa de Costa Rica de ratificar el Acuerdo de Escazú, adoptado en marzo del 2018 en... Costa Rica.

El reciente caso de Juan Baustista Alfaro, más conocido como “JuanBa”, demandado por una empresa a cargo de un megaproyecto en Bahía Papagayo es uno más, de una larga lista de personas: éstas últimas luego de hacer públicas sus denuncias por violación a la ley ambiental vigente, son objeto de demandas penales por presunta difamación acompañadas de una demanda civil resarcitoria. 

En otras palabras, al poner en tela de duda la conformidad de un proyecto de cierta envergadura con la legislación ambiental vigente en Costa Rica, una persona puede verse demandada en lo penal por presunta difamación mediante una acción presentada por la empresa a cargo del proyecto. Nótese que muchas veces, es la extraña sensación de contubernio con las autoridades locales o nacionales la que lleva una persona a alzar la voz y a exigir explicaciones a las entidades públicas a cargo de velar por la correcta aplicación e interpretación de la legislación ambiental costarricense: estas últimas, en numerosas ocasiones, han optado por pesados silencios o por evasivas. 


Lo llamativo del caso de JuanBa

En el caso de JuanBa, en este enlace se puede leer una nota del Semanario Universidad sobre la sentencia absolutoria  cuyo "por tanto" fue dado a conocer el pasado 26 de junio. 

Se espera la lectura completa de la sentencia este 3 de julio del 2026.

Lo que sí resulta inédito en el caso de JuanBa, es que la empresa haya logrado obtener de la justicia costarricense que ésta ordene congelar sus cuentas bancarias (véase artículo publicado el 6 de agosto del 2025 por el Semanario Universidad, titulado "No nos van a callar”, dice activista al que le embargaron cuentas a solicitud de desarrolladora de megaproyecto en playa Panamá", de lectura recomendada). 

Lo inédito despertó alarmas en el sector ecologista y académico, al tratarse de una situación nunca antes sufrida por un ecologista costarricense (véase nota del Semanario Universidad). Para algunos (véase nota de Elmundo.cr), se trata de un "uso distorsionado" de una herramienta legal, usualmente utilizada en relaciones de tipo comercial cuando una parte prevé un incumplimiento en el marco de una relación contractual. 

En este otro artículo, se sugieren algunas pistas sobre tan insólita decisión de la justicia costarricense al ordenar el embargo de una cuenta bancaria, mencionando un tipo de "revancha político-empresarial" (sic). 

Es de notar que, según lo escuchado en esta entrevista realizada el 1ero de julio del 2026 en el programa Interferencia de Radio UCR (véase video), los abogados de la empresa separaron la demanda penal  por presunta difamación de la demanda civil por 342.000 US$, la cual se mantiene vigente, así como la otra acción solicitando el embargo de su cuenta bancaria: dicho en otras palabras, se trata de una batería de acciones legales de muy diversa índole contra JuanBa, separadas las unas de la otras, que le garantizan a la empresa varios años de procedimientos antes de concluir de manera definitiva con una sentencia firme. Nótese que en esta nota del Semanario Universidad, se indica que fueron más las personas demandadas, además de Juan Ba:

"El 26 de junio la empresa anunció en un comunicado que había presentado cuatro querellas por el delito de difamación de persona jurídica contra cuatro creadores de contenido (“influencers”), “cuyas afirmaciones falsas tenían por objetivo afectar la reputación de la compañía y de sus representantes”.

La acción legal se dirigió contra Juan Bautista Alfaro Campos (juambacaminando), Lily Cabezas Álvarez (Lilly Cabezas), Evangelina González (alinfinitoo) y Javier Aldefang (javiereleconomista)."

Si además de JuanBa, estas tres personas ya no son objeto de demandas penales y/o civiles, es posiblemente porque conciliaron con la empresa. Al respecto, sería de sumo interés conocer el contenido exacto del acuerdo conciliatorio y lo obtenido por la empresa a cambio de retirar las demandas en su contra. De tratarse de un arreglo conciliatorio confidencial, no será posible conocer el contenido del "arreglo" al que se llegó, pese al interés persistente.

Notemos que a raíz de las denuncias y de la fuerte polémica generada por este megaproyecto en la Bahía de Papagayo, en el mes de abril dos acciones distintas fueron presentadas ante la Sala Constitucional (véase nota de La Voz de Guanacaste), y el 17 de abril, y el juez constitucional ordenó suspender la tala prevista (véase nota de Teletica), al tiempo que la Escuela de Biología de la UCR dio a conocer su parecer sobre la autorización de tala de más de 740 árboles (véase pronunciamiento) en mayo del 2026. El pasado mes de junio del 2026, los "ínventos" de la administración pasada fueron derogados desde el mismo ... Poder Ejecutivo (véase nota del Semanario Universidad).


Las amenazas e intimidaciones que sufren los que defienden el ambiente en Costa Rica

Los ecologistas costarricenses llevan muchos años sufriendo este y muchos otros tipos de amenazas, intimidaciones y asesinatos: varias de las acciones en su contra han sido compiladas en este muy completo libro publicado en el 2021 (véase artículo del Semanario Universidad), el cual sistematiza 30 años de criminalización contra los ecologistas en Costa Rica (véase enlace con al final posibilidad de descargar la publicación).

La protección de los que alzan la voz en materia ambiental en Costa Rica ante las constantes amenazas, intimidaciones, que a veces terminan con asesinatos, pero también vejaciones, y estigmatizaciones  de todo tipo, así como juicios penales por presunta difamación que archivan los tribunales, constituye una vieja deuda en materia de derechos humanos en Costa Rica:  al respecto, cabe mencionar este muy completo documental de la Universidad de Costa Rica (UCR) titulado “El Acuerdo de Escazú y los defensores del ambiente”.  

En el 2014 tuvimos la ocasión de analizar el contenido del informe del Relator de Naciones Unidas sobre Ambiente y Derechos Humanos a raíz de su visita a Costa Rica: 12 años después, las recomendaciones reunidas en su informe (punto 61 en adelante) persisten como tareas y en el caso de algunas de ellas, como verdaderos desafíos para una Costa Rica cada vez más irreconocible en el ámbito ambiental.

Con relación a la narrativa oficial del Poder Ejecutivo escuchada en los últimos cuatro años en Costa Rica, esta no solamente se ha expresado en contra del Poder Judicial, sino también en contra de muchos  otros sectores que por alguna razón, cuestionan algunas decisiones gubernamentales: los periodistas, los sindicatos, las organizaciones de defensa de los derechos humanos, los universitarios de las universidades públicas, así como las organizaciones ecologistas, y algunos jerarcas de entidades fiscalizadoras costarricenses han visto su nombre o su entidad fuertemente cuestionados, a partir de esta misma narrativa oficial.

Con relación al sector ecologista, a modo de ejemplo muy reciente, la entonces Presidenta electa aún no en funciones, designó como “personas radicalistas” (sic.) en el Golfo de Papagayo (véase nota del Semanario Universidad del 23 de abril del 2026) a organizaciones ecologistas por oponerse a la tala de árboles y por lograr obtener una resolución de la Sala Constitucional suspendiendo dicha tala.

Cabe también recordar que en agosto del 2022, un congresista costarricense denominó "terroristas" a ecologistas en el Caribe Sur de Costa Rica, causando el asombro de muchas organizaciones sociales costarricenses (véase nota de SurcoDigital): el distinguido legislador dejó su cargo el 1ero de mayo del 2026 sin que se sepa si fue objeto (o no) de alguna sanción o reprimenda por parte de la Presidencia de la Asamblea Legislativa o por parte de su fracción. El Caribe Sur de Costa Rica es una zona que vive una extrema tensión: en julio del 2024, se hicieron públicas intimidaciones sufridas por un reconocido luchador y dirigente de la zona (véase nota) y en agosto del 2024, se hicieron públicas amenazas de muerte contra varios grupos ecologistas (véase nota del Semanario Universidad). 

Esta nota del Semanario Universidad de mayo del 2025 compila varios relatos de defensores del ambiente costarricenses y de lideres de pequeñas comunidades indígenas, y del tipo de amenazas e intimidaciones que reciben por sus denuncias, así como su total desprotección: se trata de una situación que revela al mundo la otra cara de la muy promocionada "Costa Rica Verde".

La desprotección de quienes defienden el ambiente cobra una muy particular relevancia cada mes de diciembre, mes el que se conmemora la muerte de tres activistas cuyos cuerpos incinerados fueron encontrados en un casa el 7 de diciembre de 1994 en Moravia, y la muerte de un cuarto integrante cuyo cuerpo fue encontrado en febrero de 1995 en La Uruca (caso AECO): sobre este doloroso caso en el que campea la impunidad (como en muchos otros casos de intimidaciones y amenazas en los que las víctimas resultan ser ecologistas, líderes indígenas, lideresas campesinas), el dictamen de la Procuraduría General de la República de 1997 afirmando que se trata de muertes “accidentales” y la cuarta de una muerte "natural", constituye posiblemente una de las maniobras oficiales más persistentes del Estado costarricense para ocultar las verdaderas razones que motivaron estas cuatro muertes, conjuntamente con unas cuantas más.  Se recomienda una lectura pausada de dicho informe de la PGR, que, a la fecha, no ha dado lugar a ninguna rectificación por parte del Estado o expresión oficial de pesar (disculpa pública) por lo ocurrido en diciembre de 1994.

En esta larga entrevista dada a conocer por la Universidad Nacional (UNA) a un gran lideresa en Siquirres que se ha opuesto a la expansión insensata de la piña  en su cantón (entrevista cuya lectura completa se recomienda), se hace referencia a otro tipo de acciones penales, al recordar que a mediados de los años 2000, las empresas piñeras de la zona y sus abogados optaron por estrategias bastante creativas contra lideres comunales de la zona:

"Pero bueno como se hizo todo ese despelote entonces el juez, primero nos llamaron que conciliáramos, entonces nosotros dijimos que no conciliábamos nada porque no habíamos hecho nada, después nos llamaron para dar el veredicto el juez, pues si nosotros conciliábamos es como si hubiéramos hecho algo, nos dijo que él no le veía ningún sentido a esa denuncia, que parecía, cómo le digo, una historia de telenovela, porque imagínese que sin sentido uno a las dos de la madrugada uno volando machete para volarse treinta hectáreas de piña, eso es imposible.

Después, otra cosa que yo viví bastante preocupante fue que uno de los piñeros incluso afiliado a CANAPEP, me puso un dizque periodista, un chico chileno, por cierto, ahí lo veo a veces en San José, y era como mi sombra, ese hombre si yo llegaba a San José, él llegaba; si yo iba a la UCR, él llegaba ahí. Yo a veces iba a la Asamblea Legislativa a visitar algunos de los compañeros del partido, algunos que estaban ahí, él llegaba… entonces donde quiera que yo estaba, él estaba con su cámara tomándome fotos".

Ahora bien, las demandas penales y/o civiles contra ecologistas, líderes comunales o campesinos o indígenas, constituyen un tipo de demandas muy peculiares, en razón del punto siguiente: a diferencia de la creatividad asombrosa de algunas empresas piñeras contra una multitud de vecinos en Siquirres, la escogencia de las personas que se va a demandar responde a una clara estrategia de intimidación, escogiendo a personas cuya voz o nombre o influencia en el plano vecinal, regional o nacional, destaca en el debate público sobre su megaproyecto.

En las líneas que siguen vamos a citar algunos casos que fueron de conocimiento público y que dieron lugar a demandas penales contra lideres comunales y/o ecologistas (empresas piñeras en Siquirres, Cementos David en San Rafael de Alajuela, Playa Grande en Guanacaste, proyecto del acueducto Coco-Ocotal en Sardinal, proyecto minero Crucitas, ...), pero desde ya somos muy conscientes que existen muchas otras que no han dado lugar a publicidad alguna: al respecto, se agradece de antemano la remisión de sentencias absolutorias (o condenatorias) al correo cursodicr(a)gmail.com, en aras de poder ampliar el conocimiento de esta utilización tan peculiar de la vía penal que ofrece el ordenamiento jurídico costarricense en aras de amendrentar a personas que defienden el ambiente (cuya sistematización sería de gran interés tanto para el sector ecologista y académico como para el sector judicial y no se ha aún hecho, salvo error de nuestra parte).


¿En qué consisten las demandas SLAPP como forma de intimidación para acallar a algunas personas?

Las demandas penales o civiles contra ecologistas son también denominadas “demandas estratégicas contra la participación pública” y son más conocidas por sus siglas en inglés SLAPP ("Strategic Lawsuits Against Public Participation"): se trata de acciones judiciales penales y/o civiles cuyo objetivo es intimidar o silenciar a quienes alzan la voz en la defensa del ambiente e intimidar a los demás individuos y/o organizaciones ecologistas a no seguir haciéndolo (Nota 1).

En este estudio publicado en el 2024 en Argentina por la UBA (Universidad de Buenos Aires), se lee en conclusiones que: 

"La propagación de las demandas SLAPP como estrategia para silenciar las voces críticas da cuenta de los tiempos en que vivimos. No se trata de un fenómeno aislado, sino que forma parte del creciente deterioro del espacio cívico y el debilitamiento de las garantías necesarias para expresar libremente las ideas y opiniones, sin temor a sufrir represalias. Quienes interponen este tipo de demandas encuentra en el sistema judicial un instrumento rentable y accesible para amordazar las voces críticas. Pero tal como fueron derogadas numerosas leyes de desacato y tipos penales de calumnias e injurias, hoy el desafío consiste en diseñar e implementar aquellos mecanismos legales que permitan discernir a tiempo entre las acciones que legítimamente procuran proteger el derecho al honor de una persona, de aquellas que solo buscan amedrentar a quienes se expresan sobre asuntos de interés público".

Al ser un fenómeno global, diversas han sido las respuestas para intentar frenar el auge de demandas penales presentadas por poderosos sectores económicos y/o políticos contra líderes comunales, campesinos, ecologistas, académicos o a veces  simples ciudadanos organizados en un colectivo de vecinos indignados por la destrucción ambiental, a vista paciencia de las autoridades nacionales. 

Hay que tener claro que el poder económico (y/o político) son parte  del esquema  al que usualmente, responde una demanda penal estratégica contra la participación ciudadana. Un empresario o un grupo de inversionistas que demandan penalmente a un líder campesino, comunal, o ecologista, busca de cierta manera exhibir al resto de la sociedad, el poder del que dispone, para intentar acallar o silenciar las críticas a su megaproyecto. Usualmente este empresario o grupo de inversionistas mantienen relaciones muy estrechas con algunos sectores políticos, ya sea a nivel local, regional o nacional. 

La lectura de la sentencia del 2010 en el que tres jueces del Tribunal Contencioso Administrativo (TCA) anularon el proyecto minero Crucitas de la empresa minera Industrias Infinito (véase texto completo), mencionando, por vez primera en una sentencia en Costa Rica una "orquestación de voluntades" (Nota 2) evidencia la extraña sensación de simbiosis Estado/empresa y puede explicar que esta empresa extranjera no tuviera reserva alguna, posterior al "por tanto" de esta sentencia, en demandar por supuesta difamación a dos diputados, a un líder ecologista y dos profesores universitarios. Como si quisiera demostrar algo relacionado a su poder a la sociedad costarricense, por razones que sería, en lo personal, de sumo interés conocer. 

Con respecto al poder económico y/o político como trasfondo de una demanda estratégica, en una Directiva de la misma Unión Europea (EU), la Directiva 2024/1069 (véase texto), adoptada en abril del 2024, se lee que:

“Las demandas estratégicas suelen ser interpuestas por entidades poderosas, como particulares, grupos de presión, empresas, políticos y órganos estatales, en un intento por silenciar el debate público. En ellas se da a menudo un desequilibrio de poder entre las partes, ya que el demandante dispone de un mayor poder financiero o político que el demandado. Aunque no sea un componente indispensable de tales asuntos, un desequilibrio de poder, cuando se da, aumenta considerablemente los efectos perjudiciales y disuasorios de las acciones judiciales contra la participación pública”.

Cabe precisar que fue en abril pasado que España  anunció que la Directiva europea 2024/1069 (véase texto) adoptada el 11 de abril del 2024, más conocida como Directiva europea “Anti-SLAPP”), está siendo implementada por parte del Ministerio de Justicia de España (véase comunicado oficial en este enlace del 14 de abril del 2026).  

En Francia, es recientemente (abril del 2026) que se adoptó (véase texto) el "Décret n° 2026-337 du 30 avril 2026 relatif aux procédures engagées contre des personnes en raison de leur participation au débat public et portant transposition de la directive (UE) 2024/1069 du Parlement européen et du Conseil du 11 avril 2024 sur la protection des personnes qui participent au débat public contre les demandes en justice manifestement infondées ou les procédures judiciaires abusives (« poursuites stratégiques altérant le débat public »)". En este enlace de la casa editorial jurídica especializada Dalloz, nuestros estimables lectores encontrarán una breve comentario en francés a este Decreto galo. En el caso de Bélgica, es un colectivo de juristas y de académicos (véase sitio) el que, luego de varias consultas con organizaciones de la sociedad civil belga, ha presentado un anteproyecto de ley (véase texto) que debería ser discutido en próximos meses. De igual manera, en febrero del 2026, este proyecto de enmienda (véase texto) ha sido propuesto en Irlanda de manera a resguardar a personas de acciones penales claramente intimidatorias.

En cambio en los Países Bajos, una petición en línea (véase enlace) exije a sus autoridades empezar a regular la materia, con base en la precitada Directiva 2024/1069 de la UE de abril del 2024.

En el caso del hemisferio americano, un comunicado conjunto de septiembre del 2025 (véase enlace), titulado  "Declaración conjunta sobre la protección de los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación frente a la criminalización en medio de la intensificación amenazas existenciales" (suscrito por la Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre el derecho a la libertad de reunión pacífica y de asociación, el Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), la Comisionada Relatora para personas Defensoras de Derechos Humanos de la CIDH, y el Relator Especial sobre personas Defensoras de Derechos Humanos y punto focal sobre represalias en África de la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos (CADHP) ) se lee que:

 "Nos genera una preocupación adicional el creciente uso de demandas estratégicas contra la participación pública (SLAPP por sus siglas en inglés), interpuestas por empresas y otras entidades no estatales, incluyendo demandas por daños civiles, difamación y violación de derechos, que a menudo se han utilizado para restringir la labor de la sociedad civil, las personas defensoras de derechos humanos y periodistas independientes, para agotar sus recursos, estigmatizarles y criminalizarles. Las SLAPP tienen un amplio efecto inhibidor sobre las libertades y la participación pública".

Tal y como se puede observar, los Estados tienen la posibilidad de frenar sustancialmente el número de demandas de este tipo, y de paso, aligerar  a sus respectivos poderes judiciales del trámite de demandas penales y/o civiles que usualmente, como en  el caso de JuanBa, terminan por ser desestimadas por los jueces nacionales: como indicado previamente, de las tres acciones legales que enfrenta, el 26 de junio pasado se absolvió a JuanBa solamente en una de ellas (la demanda penal por presunta difamación).

 

El sistema interamericano de protección de los derechos humanos ante las SLAPP 

Son varios los casos que han llegado a conocimiento del juez interamericano de protección de los derechos humanos, en los que periodistas o ecologistas se han visto injustamente condenados por la justicia nacional, obteniendo varios años después una decisión favorable de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. 

En un sentencia contra Costa Rica, a raíz de una demanda que fue llevada a conocimiento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos con relación al caso de dos periodistas demandados por presunta calumnia y difamación (véase enlace), se lee en los párrafos 74-75 de esta sentencia del 2022 que la Corte Interamericana de Derechos Humanos señaló que:

" En su jurisprudencia, la Corte ha considerado de interés público aquellas opiniones o informaciones sobre asuntos en los cuales la sociedad tiene un legítimo interés de mantenerse informada, de conocer lo que incide sobre el funcionamiento del Estado, o afecta derechos o intereses generales o le acarrea consecuencias importantes. Determinar lo anterior tiene consecuencias en el análisis de la convencionalidad de la restricción al derecho a la libertad de expresión, toda vez que las expresiones que versan sobre cuestiones de interés público -como, por ejemplo, las concernientes a la idoneidad de una persona para el desempeño de un cargo público o a los actos realizados por funcionarios públicos en el desempeño de sus labores- gozan de mayor protección, de manera tal que se propicie el debate democrático.

75. Así, la Corte ha señalado que, en una sociedad democrática, aquellas personas que influyen en cuestiones de interés público están más expuestas al escrutinio y la crítica del público. Este diferente umbral de protección se explica porque sus actividades salen del dominio de la esfera privada para insertarse en la esfera del debate público y, por tanto, se han expuesto voluntariamente a este escrutinio más exigente".

Las personas que ejercen como periodistas en Costa Rica en la actualidad no son exentas de este tipo de demandas: en marzo del 2026, el mismo Colegio de Periodistas de Costa Rica (COLPER) adivirtió (véase comunicado oficial) de demandas contra comunicadores interpuestas esta vez por funcionarios públicos costarricenses. Al parecer, desde el caso contra Costa Rica en el que fue condenada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, poco o nada se ha establecido a nivel de su código penal para evitar este tipo de demandas abusivas contra profesionales y comunicadores en Costa Rica.

En el caso de un abogado ecologista chileno objeto de una demanda por calumnia y difamación interpuesta por un funcionario público y condenado por la justicia chilena, el caso concluyó con una sentencia contra Chile, en la que la Corte Interamericana de Derechos Humanos  del 2022 (véase texto completo) señaló que (parrafos 117-118):

 "Asimismo, la Corte observa que en el presente caso no existe controversia sobre la presencia de un tema de interés público. Particularmente, la Corte reitera que tratándose de asuntos ambientales las declaraciones bajo estudio revisten un claro interés público lo que implica un análisis más estricto de las restricciones que se impongan al ejercicio del derecho a la libertad de expresión en materia ambiental.

118. En relación con lo anterior, la Corte recuerda que, en el marco del debate sobre temas de interés público, el derecho a la libertad de expresión no solo protege la emisión de expresiones inofensivas o bien recibidas por la opinión pública, sino también la emisión de aquellas que chocan, irritan o inquietan a los funcionarios públicos o a un sector cualquiera de la población152. De esta forma, si bien las expresiones del señor Baraona Bray fueron sumamente críticas de la conducta del senador SP en relación con las autoridades encargadas en la conservación del árbol de alerce, eso no implica que su discurso quede desprotegido bajo la óptica de la libertad de expresión. La utilización de expresiones que pueden ser chocantes o críticas son recursos o estrategias comunicacionales utilizadas por defensores de derechos humanos y del medio ambiente, que buscan comunicar y generar consciencia en la población en general. De esta manera, una declaración sobre un asunto de interés público goza de una protección especial en atención a la importancia que este tipo de discursos tienen en una sociedad democrática. Teniendo en cuenta el carácter y propósito de la declaración resulta improcedente la exigencia de la exceptio veritatis en sede judicial, toda vez que se está buscando señalar una situación de interés público que merece ser investigada por las autoridades pertinentes. Sería una carga imposible de cumplir, la exigencia de ésta ante cada situación que involucre alegatos relacionados con corrupción, el mal uso de fondos públicos o el daño medioambiental, como en el presente caso"

En la materia ambiental como tal, y de manera a confortar la línea jurisprudencial del juez interamericano con relación a la necesaria y urgente protección de quienes alzan la voz en defensa del ambiente, en su Opinion Consultiva OC 32 del 2025 (véase texto completo), la Corte Interamericana de Derechos Humanos solicitó a los Estados realizar la siguiente tarea (que a la fecha Costa Rica no ha tan siquiera iniciado), al leerse en el párrafo 587 que:

 "La Corte estima que, para combatir este fenómeno, los Estados tienen la obligación de: (i) identificar las leyes aplicadas de forma selectiva o recurrente para perseguir y sancionar a personas defensoras del ambiente por motivo únicamente del ejercicio legítimo de su labor de defensa de los derechos humanos, así como aquellas que, por su ambigüedad, puedan producir un efecto intimidatorio o disuasorio; (ii) revisar la convencionalidad de dichas leyes y adoptar medidas legislativas o administrativas para derogarlas o modificarlas, de ser necesario; (iii) establecer procedimientos que permitan desestimar rápidamente acciones judiciales o administrativas meramente destinadas a intimidar o silenciar a las personas defensoras, antes de imponer medidas que restrinjan sus derechos, y (iv) emprender labores de formación y capacitación dirigidas especialmente a las autoridades policiales y judiciales competentes sobre los estándares interamericanos de protección de las personas defensoras del ambiente con el objetivo de prevenir y evitar formas de hostigamiento judicial o de adopción de decisiones judiciales que conculquen el derecho a defender derechos humanos"

 

Las declaraciones que sirven de base a una demanda penal y/o civil contra quiénes defienden el ambiente en Costa Rica

En materia ambiental en Costa Rica, estas demandas interpuestas por empresas por lo general se originan en declaraciones dadas ya sea en un Consejo Municipal, ante la prensa, o en alguna reunión de carácter público como en un Salón comunal en la que un abogado de alguna empresa cuestionada reúne unas cuantas frases pronunciada por una persona para presentarlas como supuesta difamación en una demanda penal. El "chileno" al que refiere en su entrevista la lideresa de Siquirres previamente citada era, en su caso, el encargado de  recopilar y filmar sus diversos intervenciones contra la expansión de la piña en Siquirres. En el caso de una reconocida activista, demandada  por un Vice Ministro de Ambiente y luego por The Leatherbakc Trust por denunciar lo que ocurria en Playa Grande, Guanacaste, se trató de declaraciones brindadas al Semanario Universidad (véase nota de prensa del 2009 en la que se lee por parte de esta inclaudicable activista un "Ganaron las áreas protegidas" al conocerse la primera sentencia absolutoria).

O bien se puede tratar de declaraciones dadas en el marco de un documental, como ocurrió en el caso de dos demandas penales acompañadas cada una de una acción civil resarcitoria por un millón de US$ a dos académicos a partir de sus declaraciones vertidas en el documental  El Oro de los Tontos” producido por la Universidad de Costa Rica UCR) en el año 2011 (véase enlace a este documental): al respecto véase esta nota del Semanario Universidad y esta nota oficial de octubre del 2012 de  la UCR al conocerse la sentencia absolutoria de uno de ellos. Como se recordará, la empresa minera canadiense Infinito Gold no encontró nada mejor luego de perder ante la justicia que demandar un total de cinco personas: dos diputados, un líder ecologista de San Carlos y dos profesores de la UCR. La reiterada ausencia de los abogados de la empresa minera a los juicios penales entablados contra los tres últimos llevó a los demandados a hacer ver en distintos medios de prensa lo extraño que resultaba acudir a audiencias con ausencias justificadas por dolencias tan repentinas como repetidas: véase artículo de opinión titulado “Audiencias con el Infinito: ausencias…” publicado en La Nación en julio del 2012 en el que se indicaba que:

"Es de notar que si bien todos estamos sujetos a problemas de salud, el hecho de que de forma sistemática aparezcan estas dolencias para estas audiencias en tres acciones penales separadas, llama poderosamente la atención. De igual manera, el hecho de que una empresa como Industrias Infinito S. A. no haya presentado un abogado sustituto que la pueda representar en una audiencia pública ante un juez penal

Pese a la importancia de los montos de cada una de estas acciones ($1 millón cada una) con los que la empresa minera canadiense evaluó los supuestos daños sufridos por ella y su imagen debido a nuestras declaraciones, los suscritos quisiéramos hacer ver que estas ausencias repetidas nos impiden, en el marco de una audiencia, demostrar ante el sistema judicial costarricense que lo expresado por cada uno de nosotros tiene amplio asidero probatorio, motivo por el cual no encontramos razón alguna para retractarnos".

Siempre con relación a la UCR y al proyecto minero de Crucitas, una carta de uno de los abogados de la empresa pidiendo que no participaran algunos académicos en un foro originó una reacción contundente del Rector de la UCR (véase nota oficial) en julio del 2012: ¿una empresa minera extranjera indicando quiénes pueden y quiénes no pueden participar en un foro en la misma UCR?¿Como así?Como se lee.

¿Qué pasa luego de presentada la demanda? Todo el sistema judicial costarricense se activa, sin que en ningún momento exista algún tipo de filtro previo de manera a  descartar demandas claramente intimidatorias y/o abusivas. En caso de ne retractarse, como usualmente lo solicitan en un primer momento los abogados de las empresas demandantes, el juez no tiene otra opción que proceder a ordenar un juicio.

Son luego varios años de procedimiento a los que es sometida la persona acusada por presunta difamación, hasta que finalmente, estas demandas son rechazadas por falta de fundamento. 

Salvo error de nuestra parte, ningún ecologista costarricense nunca ha tenido que desembolsar ninguna suma a ninguna empresa en el marco de una demanda civil resarcitoria por presunta difamación: las únicas sumas que sí ha debido sufragar la persona defensora del ambiente, es un monto correspondiente a la asistencia letrada que requiere un proceso penal que se puede extender sobre varios años, en particular si la empresa apela una sentencia inicial absolutoria. 

En el caso eventual en el que resulte un(a) ecologista condenado (a) por la justicia costarricense, el camino siguiente sería el de recurrir al sistema interamericano de protección de los derechos humanos, que ya ha conocido de varios casos de acciones penales intimidatorias no consideradas como tal por los jueces penales a nivel nacional. 


A modo de conclusión

Claramente, estas demandas penales estratégicas tienen un objetivo: intimidar y silenciar y de paso sugerir a otras personas y colectivos no denunciar ciertas cosas que ocurren en Costa Rica en materia ambiental.  

La lectura de esta sentencia del Tribunal de Apelación de Sentencia del 2012 sobre una acción por presunta difamación presentada por la empresa Cementos David contra vecinos de San Rafael de Alajuela resulta de interés, al evidenciarse la gran creatividad de la empresa al apelar la decisión inicial.  

En el 2013, tuvimos en lo personal que leer una sentencia muy similar del mismo Tribunal de apelación (véase sentencia) así como de la Sala III (véase texto) en la que los abogados de la empresa minera Infinito Gold también hicieron gala de una inusitada creatividad, en sus intentos por condenarnos por presunta difamación. En neustro caso específico, las declaraciones usadas fueron extraídas del precitado documental "El Oro de los Tontos" y de otras dadas en la Facultad de Derecho de la UCR en el marco de un foro. 

En el caso del polémico acueducto Coco-Ocotal en Sardinal, varios vecinos y líderes comunales fueron objeto de demandas penales en el período 2007-2009, un proyecto finalmente inaugurado en el 2019 (véase nota del Semanario Universidad).

En las sentencias de los tribunales penales o de la Sala III si el caso va a apelación, es común leer que estas demandas penales estratégicas son archivadas y/o desestimadas al violentar el derecho a la libertad de expresión de una persona, el derecho a  participar en procesos de deliberación en defensa del ambiente, sea en calidad de líder comunal, líder campesino, líder ecologista o bien como sencillo vecino o ciudadano que toma el micrófono en un salón comunal, o en un foro académico, profundamente  indignado por ver maquinaria pesada autorizada por las autoridades nacionales destruyendo un bosque, una laguna, una fuente de agua potable u otro elemento natural de la comunidad en la que reside con su familia. 

En el caso de académicos llevados ante la justicia en el marco de demandas de este tipo, se invoca además la libertad de cátedra que resguarda a todo profesor universitario en sus diversas actividades como académico.

Como ya se indicaba en este artículo del Semanario Universidad sobre el Acuerdo de Escazú y el caso de Juanba, el hecho que Costa Rica no haya ratificado este valioso instrumento regional que ya lo ha sido por 19 Estados (véase estado oficial de firmas y ratificaciones) resulta vergonzoso y pone en  entredicho la imagen verde internacional que proyecta Costa Rica al mundo. No obstante, la fata de ratificación del Acuerdo de Escazú  no es impedimento alguno para empezar a legislar en favor de las personas que defienden el ambiente:  

"De un tiempo para acá, el Código Penal de Costa Rica ha ido incorporando figuras penales para criminalizar la protesta social. Lo vemos una y otra vez con largos juicios penales contra manifestantes, estudiantes, grupo organizados a nivel local que protestan, defensores del ambiente, grupos comunales en defensa del agua. Son juicios, que, luego de largos años, terminan, sea por una absolutoria, sea con una apelación en la que un tribunal de apelación anula la sentencia anterior condenatoria. Hay toda una revisión de este marco legal que se puede hacer desde ya, independientemente de que se  apruebe o no el Acuerdo de Escazú".


Nota 1: Como material reciente sobre las SLAPP en español, recomendamos, además de la citas en el texto, a GRANIA GIANONI J., "Las demandas estratégicas contra la participación pública (SLAPP): El desafío del abuso de los sistemas judiciales y avances de la normativa anti SLAPP", 2024, Artículo de corte académico, disponible en este enlace  así como a PEÑA CHACÓN M., "Demandas SLAPP y defensa de los derechos ambientales". 2025, Nota (opinión), publicada en el medio digital Delfino.cr y disponible en este enlace.


Nota 2: En la sentencia del TCA de 2010 (véase texto) se lee que: “En relación con este punto, es necesario indicar que en el presente caso ocurre algo excepcional y es que las distintas ilegalidades detectadas y las nulidades declaradas, son todas coincidentes en el sentido de que tendían a la aprobación del proyecto minero Crucitas y varias de ellas se dictaron estando vigente un decreto ejecutivo de moratoria de la minería metálica de oro a cielo abierto, todo lo cual hace viable pensar como posible una eventual concurrencia u orquestación de voluntades para llevar adelante, de cualquier manera, este proyecto minero” (párrafo XL). Llama la atención el poco interés de investigadores, académicos, docentes de escuelas de derecho, para analizar en detalle en alguna monografía o tesis lo que algunos analistas denominaron en su momento en sus columnas el “affaire Crucitas“. En este artículo publicado en el 2019 en el medio digital Delfino.cr (y cuya lectura completa se recomienda), se lee que: “Lo anterior es un resumen de solo una parte de las numerosas e importantes ilegalidades e inconsistencias del proyecto minero Crucitas, por lo que está muy lejos de ser exhaustivo” (véase FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ E., “Ilegalidades del proyecto Crucitas: más allá del decreto de conveniencia nacional“, Sección Teclado Abierto, Delfino.cr, edición de 21 de enero del 2019).

 

jueves, 25 de junio de 2026

El campeonato mundial de fútbol 2026: hacia ... ¿ un Mundial de la vergüenza?



"The Football World Cup presents a unique opportunity to maximise the potential of this sport to educate ever-expanding constituencies and attract talent irrespective of social status and position in life. For many poor athletes, football has offered a pathway out of seemingly endless exclusion. Their accomplishments have inspired others to follow suit. 

In every society, successful sports men and women are role models whose behaviour is closely scrutinised and even emulated. Young minds are especially influenced by both positive and negative messages received from those they respect, particularly their sports heroes. 

Ultimately, the real winners of this year´s World Cup will be those who celebrate and uphold both in words and in deeds its value of fair play, honest competition, respect and tolerance both on and off the field".

Statement of the High Commissioner for Human Rights made in 2010 with respect to the inauguration of World Cup in South Africa that took place on June 11, 2010. Full text not available on the UN official website, but fortunately still here (Indian press) as well as here (Ghana press).

"La Coupe du monde de Football représente une occasion unique de maximiser le potentiel de ce sport pour éduquer ses communautés toujours plus nombreuses et attirer de nouveaux talents sans tenir compte de leur statut social ou de leur mode de vie. Pour beaucoup d’athlètes pauvres, le football a été le chemin pour sortir d’une exclusion apparemment sans fin. Leurs accomplissements  ont inspiré d’autres à faire de même. 

Dans chaque société, les sportifs consacrés – hommes et femmes – sont des modèles dont le comportement est étroitement scruté et même imité. Les jeunes esprits sont particulièrement influencés par les messages, tant positifs que négatifs, de ceux qu’ils respectent, particulièrement leurs héros sportifs.

En fin de compte, les vrais vainqueurs de la Coupe du monde de cette année seront ceux qui célèbrent et portent, tant en mots qu’en actes, ses valeurs de fair-play, de compétition honnête, de respect et de tolérance, tant sur le terrain qu’ailleurs".

Comunicado de la Alta Comisionada para los Derechos Humanos de Naciones Unidas, de cara a la inauguración del Mundial del 2010 celebrado en Sudáfrica, el 11 de junio del 2010 (véase texto completo de su discurso difundido por Naciones Unidas).



El campeonato mundial de fútbol 2026:  hacia ... ¿un Mundial de la vergüenza?


Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto: nboeglin(a)gmail.com


Introducción

Cada cuatro años, una parte del mundo pareciera suspenderse obnubilada, a la suerte de 22 jugadores persiguiendo una bola en un terreno de juego durante las cuatro semanas que dura el campeonato mundial de fútbol, que organiza la Federación Internacional de Fútbol Asociado (FIFA). 

Si bien este Mundial del 2026 ha sido presentado oficialmente por la FIFA como un evento co-organizado en igualdad de condiciones por Canadá, Estados Unidos y México, la realidad numérica (pocamente divulgada) pone en evidencia que, de los 104 partidos previstos, tan solo 13 se jugarán en Canadá y 13 en México. Mientras México pudo jugar su primer partido de la fase de 16 avos contra Ecuador en el legendario estadio Azteca, Canadá debió trasladarse a Estados Unidos para eliminar a Sudáfrica (véase nota). A partir de los 16 avos de final, todos los partidos restantes se jugarán en el territorio norteamericano: será Estados Unidos el que concentrará con la FIFA las máximas ganancias que genera esta competición, en particular los derechos de transmisión para todo el resto del planeta y los beneficios que genera el flujo de aficionados adicionales que llegan a la fase final de esta competencia.

Sostener cosas que la realidad matiza o bien desnuda no se limita únicamente al punto anteriormente señalado: en la líneas que siguen intentaremos hacer ver algunos otros aspectos relacionados a los derechos humanos, a la lucha contra la discriminación, al supuesto "fair play" e igualdad de condiciones entre los equipos,  así como al cambio climático y a las generaciones futuras, temas que no parecieran ser la prioridad de los actuales dirigentes de las FIFA para esta edición del 2026, pese a una narrativa en sentido opuesto. Antes, evocaremos el significado que el fútbol ha adquirido en muchas partes del mundo y la emoción que genera cada cuatro años un campeonato deportivo como el Mundial, en particular en América Latina, así como las críticas previas al partido inaugural que se han registrado en los últimos certámenes de este tipo.


Algunos datos preliminares de carácter histórico

Desde el punto de vista jurídico, y contrario a lo que a veces se lee, la FIFA es una entidad estrictamente privada, con sede en Zurich (Suiza), y funciona según sus propias regulaciones internas, como lo hace cualquier empresa privada. 

Es así como, desde 1921, se le conocen solamente a seis presidentes: Jules Rimet (1921-1954), Arthur Drewry (1955-1961), Stanley Rous (1961-1974), Joao Havelange (1974-1998), Joseph Blatter (1998-2015) y Giovanni Infantino desde el 2015. Nótese que Joseph Blatter debió presentar su renuncia ante el denominado escándalo del "FIFA Gate" en el 2015, que sacudió en mayo del 2015 a muchas federaciones nacionales de fútbol, incluyendo a la de Costa Rica, al ser objeto de una orden de captura en Zurich un reconocido dirigente del fútbol costarricense., que luego fue extraditado desde Suiza a Estados Unidos y enjuiciado. 

El Mundial constituye un evento deportivo mayor, casi planetario, y ofrece una ventana de oportunidades comerciales y de jugosos beneficios para la FIFA y para el conjunto de multinacionales y de empresas privadas, como ella, que gravitan alrededor de este deporte tan popular en gran parte del mundo. 

Este Mundial 2026 es el primero en la historia el que se amplió de 32 a 48 las selecciones participantes, con además de Canadá, Estados Unidos y México, 15 selecciones europeas, 10 africanas, 9 provenientes de América Latina, 6 de Oriente Medio y 4 de la región Asia-Pacífico. 

Este campeonato del 2026 prevé que son 16 los equipos que deberán regresar a su país después de la  primera quincena, a finales de junio, y de los que se conocen (al menos al 28 de junio) los primeros: Arabia Saudita, Catar, Curazao, Haití, Irak, Jordania, Nueva Zelanda, Panamá, República Checa, Túnez, Turquía y Uruguay. Para los amantes del fútbol del Caribe y de Centroamérica y sus numerosos especialistas y periodistas deportivos, es de notar que tres de ellos fueron los clasificados a este Mundial y que dejaron fuera a todas las demás selecciones de la zona: Curazao, Haití y Panamá.  

Este es además el primer Mundial en tener clasificadas para el certamen a 10 selecciones provenientes del continente africano, dispuestas en esta edición 2026 a realizar una hazaña similar (o superar) a la de Marruecos en el Mundial de Catar en el 2022: Marruecos es la primera selección africana en llegar a semifinales en toda la historia de los campeonatos mundiales de fútbol, con un memorable partido oponiéndola a Francia (véase resumen). Con relación al fútbol africano, el hecho que únicamente haya quedado descalificada una selección africana para la fase de los 16 avos (Túnez) que inició el 28 de junio del 2026, da cuenta de la calidad de los equipos africanos presentes en este Mundial 2026. 

De manera a tener una idea de cómo ha ido aumentando el número de selecciones en los mundiales,  el certamen en el que también se amplió el número, pasando en aquel entonces de 16 a 24 las selecciones clasificadas, fue con ocasión del Mundial de 1986 celebrado en México. En el Mundial de 1998 celebrado en Francia, se extendió el número de 24 a 32 equipos. 


La clasificación a un Mundial: un anhelo casi nacional en razón de la emoción que genera el fútbol

Cuando una selección no logra clasificar para un Mundial, algunos medios de prensa intentan dar la sensación a la opinión pública de enormes sumas de dinero que dejarán de ingresar en la economía nacional: véase por ejemplo, esta nota de prensa en Chile y en Costa Rica con mirobolantes cifras para la economía nacional que nadie cuestiona y que deberían poderlo ser. 

La robustez de la economía italiana luego de no clasificar por tercera vez consecutiva a un Mundial viene a desdecir esta narrativa bastante difundida en algunas latitudes del planeta, en particular en países considerados "futboleros" (países en los que el fútbol es muy popular). Ello sin hablar de la economía de una parte del mundo ajena al Mundial: nos referimos a la economía de la India, cuya selección nunca ha participado en un Mundial de fútbol. Al respecto, el título de este artículo de la BBC sobre el peso demográfico de la India en el mundo y su ausencia en los campeonatos mundiales de fútbol permite poner algunas cosas en su justa perspectiva. Somos de la opinión que un titular similar sobre China permitiría ponerlas en una perspectiva aún más ajustada, tratándose de dos potencias económicas y demográficas. Resulta oportuno señalar que en Asia, después de India y China, los Estados con mayor población son Indonesia, Pakistán y Bangladesh: estamos por lo tanto hablando de una gran parte de la población del planeta totalmente ajena a este Mundial 2026.

En cambio, en los países denominados "futboleros", la emoción que despierta el fútbol es incuestionable. A diferencia de otros deportes, el fútbol despierta tantas pasiones que en el año de 1969, en Centroamérica, El Salvador y Honduras protagonizaron un enfrentamiento bélico a raíz ... de un encuentro entre sus dos selecciones, dando lugar a la denominada "Guerra del fútbol": esta confrontación militar fue seguida de largas negociaciones entre ambos Estados, con una exitosa mediación de Perú  en los años 80 para finalmente llevar su controversia fronteriza a conocimiento de la justicia internacional de La Haya, dictaminada en septiembre de 1992 (véase texto completo de la sentencia de la Corte Internacional de Justicia/CIJ). 

La rivalidad entre dos Estados puede llegar a traducirse a veces de tal manera en un partido de fútbol durante un Mundial, que los partidos entre Argentina e Inglaterra siempre son encuentros en los que se refuerza la seguridad en las tribunas y fuera del campo de juego, dada la controversia irresuelta desde 1982 por las denominadas "Islas Malvinas" en Argentina (a traducir por "Falkland Islands" en el Reino Unido). Nótese que el Reino Unido no cuenta con ninguna "selección nacional" de fútbol, y que de alguna manera, es el equipo de Inglaterra el que "hereda" solo de este conflicto al no observarse la misma situación cuando Argentina juega contra Escocia, Irlanda del Norte, o Gales.

Si bien la referencia a "selecciones nacionales" siempre prevalece, lo cierto es que en el interior de cada una de ellas, en particular en las selecciones de Estados Unidos, de Canadá y en casi todas las selecciones europeas, hay historias de vida de migrantes y de uniones (en circunstancias a veces muy adversas y trágicas) que dieron fruto a niños, hoy talentosos jugadores admirados por el mundo entero. La reciente conferencia de prensa del actual entrenador de Ecuador al vencer a Alemania y clasificar para la fase siguiente (véase video), con palabras tan sencillas como conmovedoras que deberían resonar con mucha fuerza en muchas otras selecciones, muestra cómo un migrante del sur del continente americano arribado a Ecuador puede llegar a fusionar con el país que lo acoge, y lograr formar a una selección tan habilidosa como la ecuatoriana (la cual tiene además uno de los promedios de edad más bajo en este Mundial, conjuntamente con el del equipo de Costa de Marfil). 

Posiblemente, de los 48 equipos en competencia en este Mundial 2026, las historias de vida de varias estrellas de la "selección nacional" de Estados Unidos son las que mayor interés despiertan con relación a los incuestionables aportes a Estados Unidos de personas migrantes, dada la visión, tan particular como errada, que tiene el actual ocupante de la Casa Blanca y su equipo de gobierno: Flo, el principal goleador de la selección de Estados Unidos (que se llama Folarin Balogun), es un jóven nacido en el 2001 en Nueva York de padres nigerianos. 

Otra historia de vida en otro equipo que llama la atención es la de Zion Susuki, también nacido en Estados Unidos (en New Jersey): de madre japonesa y de padre oriundo de Ghana, es hoy el portero titular en la selección de Japón que buscó frenar los intentos reiterados de los delanteros de Brasil en el partido del 29 de junio.


Las críticas previas de cara a un Mundial

Usualmente en años recientes, a cada inicio de un Mundial, sea en Sudáfrica (2010), en Brasil (2014), en Rusia (2018), sea en Catar (2022), las críticas sobre las condiciones existentes en el Estado anfitrión no han faltado. 

Para el Mundial en Arabia Saudita previsto en el 2034, desde Naciones Unidas ya expertos en derechos humanos han denunciado el sistema laboral imperante a partir del cual pretenden llevar a cabo el Mundial 2034 las actuales autoridades en Arabia Saudita (véase comunicado oficial de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de Naciones Unidas). Desde el punto de vista ambiental, y en particular del cambio climático, la aberrante edición en Catar del 2022, considerado como el Mundial más contaminante jamás organizado por la FIFA, al parecer se replicará 12 años después. 

Con ocasión de cada uno de los Mundiales precitados desde el del 2010 en Sudáfrica hasta el de Catar en el 2022, han sido muy diversas las organizaciones de derechos humanos las que han auscultado la realidad económica y social, la situación de los trabajadores en la carrera contra el tiempo que significa tener todo listo para el "Dia D", así como la situación al nivel nacional de la prensa crítica, usualmente objeto de atenciones de todo tipo para que no lo sea tanto en los días previos al "Dia D" por parte de las autoridades del Estado anfitrión. 

No obstante, conforme avanza la competencia, estas críticas se van haciendo menos audibles y termina por imponerse el espectáculo que ofrece la fase final decisiva de todo Mundial de fútbol. 

No obstante, en el caso del Mundial de Catar del 2022, una primera cifra estimaba en el 2021 a más de 6500 los trabajadores extranjeros que murieron durante la construcción de los estadios: véase esta nota de The Guardian de febrero del 2021. Si bien no se ha podido confirmar esta cifra (véase artículo de Le Monde del 2022), la poca transparencia de las autoridades de Catar y las dificultades para los investigadores de obtener datos evidencia la clara estrategia de Catar como la total incapacidad de la FIFA al respecto. En noviembre del 2022, la autoridades de Catar reconocieron una cifra de entre 400 y 500 muertes (véase nota de la ONG Human Rights Watch).  Cabe recordar que a finales del año 2024, fue otra ONG, Amnistía Internacional , la que denunció la falta de cumplimiento de las promesas que la FIFA y Catar habían hecho, para compensar directamente a las familias de los trabajadores migrantes que murieron durante la construcción a un ritmo acelerado de estadios (véase comunicado de prensa): es muy probable que este incumplimiento de la promesa hecha se deba a que ni a Catar, ni tampoco a la FIFA y muchos menos a las empresas patrocinadoras del Mundial 2022, les interese que se conozca el número exacto de personas fallecidas en Catar ligadas a la construcción de los estadios y a las condiciones infrahumanas por las que pasaron una cantidad (desconocida) de trabajadores migrantes en Catar.

Los graves lunares de la edición 2022 de Catar y las críticas de otra índole debieran poder servir a mejorar algunas cosas de cara al futuro, y veremos que esto no ocurre. 


El Mundial del 2026: un malestar internacional muy perceptible ...

A diferencia de la edición del 2022, este Mundial del 2026 pareciera iniciar con algunas críticas mucho mas fuertes, acompañadas de un profundo malestar en el plano internacional, con en particular:

-  una guerra que persiste entre Rusia y Ucrania desde febrero del 2022; 

- un genocidio siempre en curso en Gaza desde el 2023 por parte d Israel, con un reciente informe (23 de junio del 2026) de Naciones Unidas que confirma el asesinato deliberado de niños palestinos (véase informe, puntos 354-355 y comunicado de prensa oficial de Naciones Unidas, pasado desapercibido en un buen número de medios de prensa internacionales, por razones que sería de sumo interés investigar);  

- un año 2026 que inició con una intervención militar de Estados Unidos en Venezuela que tuvimos la ocasión de analizar (véase nota nuestra), seguida unas semanas después por una improvisada aventura militar conjunta de Estados Unidos e Israel contra Irán, que ha desatado una crisis económica mundial. 

Ello sin hablar de situaciones internas como la dramática guerra civil en Sudán que amenaza con desestabilizar gran parte de esta región de África, las tensiones recurrentes entre Afganistán y Pakistán, entre la India y Pakistán, entre Cambodia y Tailandia, así como las crisis a repetición que viven los Estados de la región del Sahel.  

Cabe indicar que luego de la agresión militar de Rusia a Ucrania iniciada el 24 de febrero del 2022, la FIFA y la UEFA suspendieron a Rusia del Mundial previsto en Catar y a todos los equipos de fútbol rusos de las competencias europeas cuatro días después (véase nota de ESPN del 28 de febrero del 2022). Una celeridad digna de señalar ... que contrasta con el hecho siguiente: las organizaciones palestinas y muchas otras organizaciones en el mundo, esperan hasta la fecha (28 de junio del 2026) que sean tomadas sanciones similares contra Israel y contra los clubes de fútbol israelíes. 

Es tal el malestar en el plano internacional, que éste se trasladó a los mismos Estados anfitriones del Mundial 2026: ningún jefe de Estado se hizo presente en el partido inaugural del pasado 11 de junio en la capital mexicana. Algo que se puede considerar como inconcebible en toda la historia del fútbol y de los mundiales. 

La materialización de semejante ausencia en el palco oficial en el partido de México contra Sudáfrica del pasado 11 de junio del 2026 debería ser considerado como una poderosa señal. 

Nótese que para los respectivos inicios de los equipos de Canadá y de Estados Unidos en el Mundial 2026, la misma ausencia de la máxima autoridad del Estado anfitrión se verificó. 

En el caso específico de Estados Unidos, dada la muy mala racha por la que atraviesa el actual ocupante de la Casa Blanca en el ámbito internacional y nacional, acumulando fiascos unos tras otros, y dada la total pérdida de credibilidad en el plano internacional que sufre Estados Unidos desde que ingresó a la Casa Blanca, es muy probable que no se aventure a recibir silbidos sostenidos y abucheos que serían trasmitidos en vivo al resto del planeta. Pocos días después de iniciar el Mundial 2026, firmó el 17 de junio un texto con Irán (véase nota nuestra del 18 de junio que reproduce el texto definitivo alcanzado) que confirma la improvisación total de Estados Unidos al atacar conjuntamente con Israel a Irán el 28 de febrero del 2026. El último fiasco a nivel nacional refiere a un asunto risible, pero que ha desatado una profunda ola de indignación y de repudio dentro de Estados Unidos: el extraño color verdolaga del agua del famoso Lincoln Memorial en Washington que debía mantener un azulado de manera permanente (véase nota del New York Times del 18 de junio del 2026). En esta  otra nota de The Guardian del 26 de junio, se lee que:

"Much like the Epstein files, he has created an issue that’s deeply embarrassing to him and, even in his effort to cover it up, he is recreating and amplifying that same issue". 

Siempre en Estados Unidos, la publicación reciente del libro Regime Change el 23 de junio en Estados Unidos (véase esta muy completa entrevista a sus dos autores) revela la manera errática e improvisada y muy poco profesional con la que el equipo de la Casa Blanca asesora al Presidente de Estados Unidos en su toma de decisiones: lo cual explica la secuencia de fiascos que ha acumulado en año y medio de mandato.


 ... y una indignación creciente, por el momento contenida

El 14 de junio del 2026, fueron tres federaciones nacionales de fútbol africanas (Cabo Verde, República Democrática del Congo y Senegal), así como la de Haití, de Curacao y de Uzbekistán  las que condenaron las afirmaciones hechas por el directivo esloveno de la UEFA sobre supuestos partidos "de poco interés" al aumentar la FIFA el número de selecciones clasificadas de 32 a 48 en este Mundial 2026, por vez primera en la historia (véase comunicado conjunto colgado en el sitio de la federación senegalesa de fútbol).

La indignación se ha ido instalando en diversos círculos deportivos y no deportivos con en particular:

-  la negativa de Estados Unidos de permitir la entrada al territorio norteamericano del profesional considerado como el mejor árbitro de todo el continente africano, que cuenta con 54 federaciones de fútbol (véase nota de la BBC); 

- el régimen discriminatorio que ha sufrido la selección de Irán, prohibida de permanecer más que unas horas antes y después de sus partidos en territorio norteamericano (véase nota de Al Jazeera): claramente se trata de una intento de humillar a Irán, sometiendo a su equipo nacional a un trato injusto que falsea la competencia, cuando la obligación primordial de la FIFA es la de garantizarle a cada equipo nacional una competencia en igualdad absoluta de condiciones. Las declaraciones vertidas en este artículo publicado por la BBC este 27 de junio y que se pueden ver en este video del capitán iraní  evidencian las condiciones inaceptables para los jugadores iraníes que han tenido que sufrir, en razón de las decisiones de la administración norteamericana que la FIFA ha evitado cuestionar públicamente (por razones que sería de sumo interés conocer).

En el 2017, el mismo alto directivo italiano de la FIFA había externado, ante la prohibición ya decretada por el entonces mandatario norteamericano contra una gran cantidad de Estados de África y Oriente Medio, que (véase nota de The Guardian del 9 de marzo del 2017):

"Teams who qualify for a World Cup need to have access to the country, otherwise there is no World Cup. That is obvious".

Esta discriminación contra selecciones nacionales clasificadas para este Mundial del 2026 también la han sufrido otros equipos como por ejemplo Costa de Marfil, Haití, Irak, República Democrática del Congo, Uzbekistán: muchos de sus seguidores y de sus mejores periodistas deportivos no han podido viajar a Estados Unidos, en razón de restricciones migratorias drásticas que aplica Estados Unidos de manera totalmente arbitraria contra algunos Estados. Imágenes de pesquisas de la policía migratoria en aeropuertos a su llegada a Estados Unidos a jugadores de equipos africanos, así como de Oriente Medio, evidencian el trato humillante que han recibido ciertas delegaciones por parte de la administración norteamericana, sin que la FIFA alce la voz.



Imagen extraida del pronunciamiento del 3 de diciembre del 2025 de varias ONGs, titulado "
World Cup 2026: FIFA Needs to Act on Human Rights", y disponible en este enlace

No está de más indicar lo paradójico que resulta este Mundial 2026 al tener la FIFA reglas en materia de lucha contra el racismo y la discriminación muy severas, sancionando a jugadores, a árbitros o a los mimos estadios o clubes cuando los aficionados insultan a quienes están en el terreno de juego. En muchas partes del mundo, estas reglas son incluso mucho más drásticas que las que prevén los marcos legales nacionales en materia de lucha contra el racismo y la discriminación: el entrenador de uno de los grandes clubes de fútbol en Costa Rica hizo en el 2023 la experiencia de las sanciones que aplica la FIFA a comentarios racistas dados en la intimidad de un camerino a sus propios jugadores por un entrenador de fútbol (véase nota de ESPN del 2023).

Con relación al silencio observado por la FIFA ante lo que han sufrido varias delegaciones por parte de la administración norteamericana en lo que va del certamen en este mes de junio del 2026, podemos recordar que en el 2025, el actual entrenador de la selección de Uruguay denunció en plena conferencia de prensa (véase video) el engaño sobre el estado real de las canchas en Estados Unidos y las maniobras de la FIFA al respecto, incluyendo amenazas a jugadores y a federativos uruguayos para que que no protestaran.


FIFA y cambio climático: un Mundial a contracorriente

Desde la perspectiva ambiental, diversas organizaciones han estimado la huella ecológica del Mundial 2026 en más de 9 millones de toneladas de CO2. Al respecto véase esta nota de prensa en la que se lee que:

"Our research estimates that the total impact of the tournament is going to be around just over 9 million tons of CO2," said Freddie Daley, a researcher at the University of Sussex, which based in the UK. "Of that total, just under 8 million tons, so about 7.72 is directly from air transport from fans and teams."

Esta huella ecológica se debe en gran gran parte a los numerosos traslados aéreos que conlleva una competencia repartida entre tres Estados con muy extensos territorios cada uno. Es de notar que el próximo Mundial del 2030 también está programado para organizarse esta vez entre España, Marruecos y Portugal.

Se trataría por lo tanto en este 2026 del Mundial más contaminante jamás organizado, que casi triplica la huella ecológica del Mundial del 2022 en Catar (cuya huella ecológica fue de 3,6 millones de toneladas de CO2), ya considerado como una aberración desde el punto de vista ambiental: véase al respecto este detallado informe final de la misma FIFA contabilizando la huella ecológica del certamen del 2022  (cuya metodología ha sido cuestionada por algunos expertos y podría ocultar datos aún más elevados de contaminación).

Adicionalmente, asociaciones de jugadores profesionales han advertido de las altas temperaturas que se están registrando en estos meses de junio y julio del 2026 en el norte del hemisferio americano (véase nota de The Guardian): al no ser uniformes, están afectando la capacidad de rendimiento y de recuperación de los equipos, con unas selecciones nacionales mucho más expuestas que otras a altas temperaturas según la localización de las ciudades en las que juegan. 

Salvo error de nuestra parte, no se ha dado a conocer (aún) el riesgo que supone exponer la piel de niños y de jóvenes adolescentes a estas altas temperaturas en graderías expuestas al sol durante varias horas, y sería de interés conocer algún informe al respecto.

De igual manera, será de interés conocer la "huella plástica" que va a generar este campeonato mundial, dada la enorme cantidad de botellas de agua vendidas a los aficionados para cada uno de los partidos.

En este informe publicado por la Universidad de Manchester en el Reino Unido en el 2026, se lee en las recomendaciones y conclusiones (página 11) que:

"Finally, the most immediate issue football needs to address is to stop expanding. By that, we mean football’s governing bodies need to stop (re) designing competitions that require more games to be played, more teams to participate, more journeys to be made, and more resources to be used in the single transparent pursuit of more capital. There is no better illustration of this issue than the FIFA Club World Cup. The competition showed that in order to satisfy a global audience, matches were played at times that were the least optimal for players’ welfare. We know from the players themselves, and fans too, that there is little appetite for further growth of football. As a result, the continued growth of football is a process being forced onto us by governing institutions. Instead, we need to at the very least cease the expansion of games but preferably undertake a planned reduction in the amount of football currently taking place"

 

De algunas advertencias desoídas en materia de derechos humanos

Desde el mes de marzo del 206, la ONG Amnistía Internacional advirtió del serio desafío para los derechos humanos del Mundial de Fútbol 2026 a iniciar el 11 de junio del 2026 (véase comunicado oficial). 

En abril del 2026, fue la ONG norteamericana Human Right Watch (HRW) la que denunció que la FIFA retiraba de manera vergonzosa su campaña en pro de la inclusión, con ocasión de este Mundial 2026 (véase comunicado official de HRW y nota de prensa al respecto). Tratándose de valores tradicionalmente defendidos por la FIFA como la inclusión y la lucha contra el racismo y la discriminación, así como contra la discriminación que sufre la población sexualmente diversa, se hubiese esperado un repudio generalizado a tan sorprendente decisión de la FIFA dada a conocer en abril del 2026, y que pasó prácticamente desapercibida en los principales medios de prensa internacionales.

En diciembre del 2025, se difundió un comunicado conjunto (véase texto y nota en castellano ) por parte de una gran cantidad de organizaciones de derechos humanos y desarrollo sostenible, alertando sobre varios aspectos relacionados a las políticas vigentes en Estados Unidos que la FIFA debía encontrar manera de harmonizar desde la defensa de los derechos humanos y la visión inclusiva del deporte que siempre había defendido.   

Nótese que el pasado 25 de junio, la Corte Suprema de Estados Unidos adoptó una polémica decisión que permite repatriar a más de 1,3 millones de personas extranjeras desde Estados Unidos, evidenciando que algunos de sus integrantes también comparten la visión supremacista fomentada desde la Casa Blanca: el titular de este artículo de The Guardian así lo deja entrever. 

Resulta oportuno recordar  que en el 2010, al celebrarse en todo el mundo el día internacional de lucha contra el racismo (21 de marzo), la entonces Alta Comisionada para los Derechos Humanos de Naciones Unidas había enviado al mundo su mensaje: "Racismo y Copa Mundial del Fútbol" (véase enlace a texto en castellano y enlace a versión en francés): su lectura es muy recomendada en este final del mes de junio del 2026, al no haberse escuchado mayor comunicado oficial similar, difundido por parte del actual Alto Comisionado para los Derechos Humanos de Naciones Unidas. La lectura de este comunicado oficial del 2010 de la misma Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos denota, para este 2026, que esta omisión de Naciones Unidas resulta más que llamativa: debería tener alguna explicación que, salvo error de nuestra parte, no se ha dado a conocer (aún).


A modo de conclusión

Como bien se sabe, el darle la espalda a las futuras generaciones, el cuestionar el origen humano del cambio climático, el aplicar una visión ante todo mercantilista a su accionar político y el promover una ideología racista y supremacista en el ámbito nacional e internacional, así como (casi diariamente) el despotricar contra las normas jurídicas existentes en materia de derechos humanos (sea a nivel nacional o internacional), y ser tan poco adepto del "fair play" que ha perdido toda la confianza de sus más incondicionales aliados en la esfera internacional (Canadá incluido), constituyen algunas de las características muy peculiares del actual ocupante de la Casa Blanca, en particular desde que entró en funciones en enero del 2025. 

Lo que puede sorprender, es observar a una entidad como la FIFA que pareciera plegarse a esta visión, al mantener un pesado silencio en lo que va de este certamen desde que inició. Sus máximos dirigentes, así como las agrupaciones regionales de federaciones nacionales sa han mantenidos enmudecidas durante estas primeras semanas, desperdiciando una ocasión magnífica para recordar a Estados Unidos y al resto del mundo, algunos de los valores y de los principios fomentados por la misma FIFA.

La competencia ha cumplido 15 días desde su inauguración formal del pasado 11 de junio, con una primera fase de eliminatorias que concluye en los próximos días. 

Se espera aún un pronunciamiento fuerte de los directivos de la FIFA y de federaciones regionales y subregionales así como nacionales contra estas prácticas discriminatorias e injustas, que falsean la competencia, y que se basan en una ideología racista y surpremacista actualmente gobernando los destinos en Estados Unidos: estas prácticas atentan contra los valores mismos que la FIFA ha fomentado desde su creación, en todo el mundo.

De no estar en capacidad los actuales directivos de la FIFA de defender sus propios valores (por razones que sería de sumo interés conocer...), es muy posible que algunos sectores deportivos y políticos en Canadá y en México, así como entrenadores, atletas (incluyendo figuras mundiales del fútbol) y periodistas deportivos de renombre consideren necesario alzar la voz, y desmarcarse de lo que pareciera haberse concebido entre Estados Unidos y la FIFA como un vergonzoso Mundial de la discriminación y de la no inclusión. El hecho que Estados Unidos recibirá dentro de dos años los Juegos Olímpicos del 2028, debería poder servir de aliciente adicional a muchos otros sectores deportivos. 

Como lo hicimos ver en la conclusión de una reciente emisión radial en Radio UCR el pasado 25 de junio (véase enlace al audio del programa "Consulta Legal", auspiciado por la Facultad de Derecho de la UCR), este Mundial 2026 podría traerse abajo la verdadera magia del fútbol y lo que significa para muchos jóvenes y no tan jóvenes un Mundial, y terminar en un verdadero fiasco, si no se rectifican algunas cosas antes de su conclusión.