martes, 8 de marzo de 2011

DRAGADO: LA CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA ORDENA MEDIDAS PROVISIONALES


En el día de hoy la Corte Internacional de Justicia (CIJ) ordeno medidas provisionales en relación a la controversia entre Costa Rica y Nicaragua sobre el dragado del Rio San Juan. La versión inglesa y francesa estan disponibles. De manera unánime, la CIJ ordena a los dos Estados
1. retirarse de la "zona en conflicto";
2. no proceder a acciones que puedan agravar la situación e;
3. informarla del seguimiento a estas medidas.

Por 13 votos contra 4, en relación al punto 1, decide permitir a Costa Rica, bajo la coordinación de la Secretaría de la Convención Ramsar, penetrar en la zona con "personal civil técnico en materia ambiental", y coordinar acciones eventuales a tomar con Nicaragua.

Los tres primeros puntos corresponden a las medidas clásicas adoptadas en casos de conflictos territoriales entre Estados tendientes a apaciguar los ánimos y evitar incidentes entre las tropas. La ultima obedece a la preocupación de no permitir que daños irreversibles se cometan en la zona de Isla Calero, pero supeditando cualquier acción o iniciativa de Costa Rica a una coordinación de Costa Rica con la Secretaría de la Convención Ramsar.

La Corte no considera necesario suspender la operación del dragado de Nicaragua en otras zonas que no sean Calero. En esta, se considera el "caño" como terminado, limpiado y evacuado, conforme lo ha reconocido ante ella Nicaragua. Una animación con un juego de mapas explica los alcances de esta providencia ordenada por la CIJ.

Las declaraciones y votos disidentes de algunos jueces dan una idea de la percepción de los jueces, muy clara en materia territorial, pero confusa desde la perspectiva ambiental. De los 17 jueces, 3 presentaron una declaración y 3 un voto separado. De particular interés son las de los jueces Ad hoc (declaración del Juez Gilbert Guillaume (Francia) designado por Nicaragua y el voto separado del juez John Dugard (Sudáfrica) designado por Costa Rica). El uso por parte de la CIJ del adjetivo "plausibles" en relación a los daños ambientales es incluso cuestionado por parte de varios jueces, al no adecuarse a las fórmulas consagradas en declaraciones y convenios internacionales en materia ambiental.

El carácter salómonico de esta decisión que ordena medidas provisionales hoy ha dado lugar a coloridos cantos victoriosos de sirenas de ambos lados del Rio San Juan.