lunes, 28 de abril de 2025

Gaza / Israel: primeros días de las audiencias públicas ante CIJ sobre obligaciones de Israel en Gaza


Gaza / Israel: primerso días de las audiencias públicas ante la CIJ sobre obligaciones de Israel en Gaza


Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto: nboeglin(a)gmail.com


"Tout ce qui se passe ne semble pas relever du hasard, mais d’un plan systématique clairement visible, dans une tentative manifeste de pousser les habitants à l’exil, à accepter ce qu’on appelle les projets de « migration volontaire », c’est-à-dire un déplacement forcé déguisé. Les politiques de famine, de destruction et de bombardements constants ne sont que les outils d’un plan plus vaste visant à vider Gaza de ses habitants ou à briser leur volonté. Ce qui se joue à Gaza n’est pas seulement un siège ou une agression, mais un processus d’extinction méthodique de la vie et de la présence palestinienne". 

Testimonio de habitante de Gaza, 12 de abril del 2025. Extracto de"Témoignage d'Abu Amir, le 12 avril 2025: Gaza sous le feu: bombardements et faim impitoyable". Texto completo disponible aquí


"According to the Ministry of Health (MoH) in Gaza, between the 18 and 25 March, as of 12:00pm, 792 Palestinians were killed and 1,663 were injured. Many bodies remain under the rubble of destroyed structures, according to MoH. Since the 19 January, and as of 25 March, a total of 897 bodies were retrieved from areas that were previously inaccessible, the MoH reported. Since 7 October 2023 and as of 25 March 2025, the MoH in Gaza reported that at least 50,144 Palestinians have been killed and 113,704 Palestinians injured".

Extracto de informe sobre la situación en Gaza al 25 de marzo del 2025, elaborado por Naciones Unidas



El pasado 28 de abril del 2025, la Corte Internacional de Justicia (CIJ) inició las audiencias públicas, que se extenderán hasta el próximo 2 de mayo en La Haya, en el marco del procedimiento consultivo sobre las obligaciones que tiene Israel en Gaza que derivan de su calidad de Estado  Miembro de Naciones Unidas: véase comunicado de prensa oficial del mismo 23 de abril de la CIJ conteniendo el programa definitivo de estas audiencias, en francés y en inglés

Nunca en la historia se ha observado a un Estado destruir intencionalmente desde la tarde / noche del 7 de octubre del 2023 a toda una población civil y a sus fuentes de supervivencia (agua, cultivos, inmuebles, red educativa, red hospitalaria), así como a material, infraestructura, vehiculos de Naciones Unidas desplegados en diversas partes de un territorio, y bombardear deliberadamente escuelas y oficinas en las que trabajan funcionarios de Naciones Unidas, con un saldo de 284 víctimas mortales entre estos funcionarios (véase nota de prensa del 20 de marzo del 2025).  

En esta última semana de abril del 2025, la ciudad de La Haya es el escenario de un ejercicio en el que Naciones Unidas, unos 40 Estados y otras tres organizaciones internacionales tendrán la oportunidad de hacer ver a los jueces de la CIJ la importancia que revisten las reglas jurídicas que obligan a todo Estado Miembro de Naciones Unidas y de detallar ante la máxima instancia jurisdiccional la lista de obligaciones jurídicas que Israel ha violado: por parte de América Latina, participarán por orden de aparición ante los jueces de la CIJ  (véase programa): Colombia, Bolivia, Brasil, Chile, México y Panamá. Resulta de interés indicar que por parte de la región arábica, participarán además de Palestina, también seis Estados, a saber (por orden de aparición ante la CIJ): Egipto, Argelia, Arabia Saudita, Jordania, Catar y Túnez.

La opinión jurídica remitida a la CIJ por el Secretario General de Naciones Unidas (véase texto en francés y en inglés) en febrero del 2025 resulta de particular interés, al haber sufrido la organización como tal, cuantiosas pérdidas y graves perjuicios en razón de las acciones militares intencionalmente desplegadas por Israel contra sus funcionarios y contra sus numerosas instalaciones en Gaza.

El procedimiento consultivo permite además que los Estados y las organizaciones internacionales le recuerden a los jueces de la CIJ el irrespeto recurrente que Israel ha manifestado a las diversas ordenanzas tomadas por la misma CIJ en aras de frenar a Israel en su insensata destrucción de Gaza entre enero y mayo del 2024 (cuatro ordenanzas en total con la que fue dictaminada en mayo del 2024 y que tuvimos la ocasión de analizar - Nota 1). 

El último informe sobre la situación en Gaza realizado por Naciones Unidas (véase informe al 30 de abril del 2025) da cuenta del ensañamiento contra la población civil palestina, con más de 2300 víctimas mortales desde que Israel rompió unilateralmente el cese al fuego acordado con el Hamás, el 18 de marzo pasado. Un informe reciente de una ONG israelí (B´tselem) del 28 de abril documenta cómo soldados israelíes proceden a desmembrar o a aplastar con maquinaria pesada los cuerpos sin vida de civiles palestinos.

Tuvimos la oportunidad de analizar los alcances de este procedimiento consultivo, el tercero relacionado a la situación en el territorio palestino ocupado de la CIJ, originado por una propuesta inicial  de Noruega  en octubre del 2024, y que fue objeto de una votación que reunió una mayoría abrumadora en el seno de la Asamblea General de Naciones Unidas en diciembre del 2024, no sin hacer ver algunas de las inconsistencias pasadas de Costa Rica en solicitudes similares hechas a la CIJ (Nota 2). La extrema rapidez con la que la CIJ ha tramitado esta solicitud de opinión consultiva votada en diciembre del 2024 por la Asamblea General evidencia la prioridad absoluta que los jueces de la CIJ le han otorgado, lo cual permite prever una decisión de su parte en los meses venideros.   



Foto extraída de artículo de prensa publicado en Israel, titulado "Bombing plants, severing pipelines: Israel pushes Gaza water crisis to the brink" (Magazine+972, edición del 23 de abril del 2025, cuya lectura completa se recomienda).


El primer día de audiencias en breve

El  verbatim de la primera jornada de adiencias está disponible desde ya en estos dos enlaces oficiales de la CIJ: se puede, para este primer día de audiencias, leer las intervenciones de Naciones Unidas y de Palestina de la mañana del 28 de abril en este enlace  y el verbatim de las exposiciones finales escuchadas en la tarde por parte de Palestina, Egipto y Malasia en este otro enlace.

La lectura detallada de las intervenciones escuchadas en este primer día de audiencias es recomendada, al proceder los representantes de Naciones Unidas y la delegación de Palestina, a enlistar  de manera sumamente detallada y estructurada las violaciones por parte de Israel de una larga lista de obligaciones internacionales, que debe respetar todo Estado Miembro de Naciones Unidas. 

Las violaciones a obligaciones internacionales acarrean para un Estado que las comete consecuencias jurídicas: la obligación de reparar el daño y la de indemnizar a las víctimas.

En su intervención como integrante de la delegación de Palestina, el jurista galo Alain Pellet desarrolló estas consecuencias al indicar (páginas 19-21, audiencias de la tarde disponibles en este enlace) que la obligación de Israel de reparar los daños y perjuicios ocasionados se extiende a Palestina y a Naciones Unidas como tal, y a todos los Estados que han participado en la ayuda humanitaria en dirección de Gaza (y ello a partir de las reglas en materia de codificación del derecho de la responsabilidad de un Estado adoptadas por la Comisión de Derecho Internacional / CDI) de Naciones Unidas:

"26. En l’espèce, les manquements d’Israël à ses obligations humanitaires se sont traduits par de terribles souffrances humaines largement irréparables par la restitution, à commencer par la mort de milliers de civils palestiniens, y compris des milliers d’enfants. La restitution, qui est la règle dès lors qu’elle n’est pas matériellement impossible, n’est pas exclue pour autant s’agissant d’autres dommages, par exemple en ce qui concerne la réparation ou la reconstruction des infrastructures publiques, des accès aux points d’eau et du réseau d’électricité, la reconstruction des habitations, des hôpitaux et des écoles ainsi que la restitution de matériels de soins ou d’enseignement par équivalence à ceux qui ont été détruits par les activités militaires israéliennes. Quant aux souffrances elles-mêmes, seule une indemnisation appropriée combinée avec les excuses des autorités israéliennes est de nature à en assurer réparation.

 27. L’État de Palestine a, lui aussi, droit à réparation pour les nombreux dommages que la politique et les actions d’Israël, grossièrement contraires au droit international, lui ont fait subir et que mes collègues ont détaillés dans leurs interventions de ce matin. Il en va ainsi, en particulier, des préjudices collectifs subis par la population palestinienne du fait, notamment, des déplacements incessants imposés par Israël à la population de Gaza et des expulsions auxquelles il a procédé en Cisjordanie y compris Jérusalem-Est. Il en va de même de l’isolement des villages palestiniens rendus inaccessibles à l’aide humanitaire des États tiers ou des organisations internationales. C’est le cas également de l’atteinte en résultant portée au droit du peuple palestinien à disposer de lui-même. Ces dommages peuvent difficilement être réparés intégralement par la restitution ou par une indemnisation ; ici des satisfactions appropriées sont dues, et nous pensons qu’il serait fort utile que la Cour en donne des exemples. 

28. Il vous appartient aussi, Mesdames et Messieurs les juges, de préciser qu’Israël doit réparation aux Nations Unies ⎯ y compris à l’UNRWA ⎯ et aux très nombreuses autres organisations internationales et aux États impliqués dans l’aide humanitaire à Gaza et dans le reste du Territoire palestinien occupé pour les destructions causées à leurs propriétés ; et il incombe aussi à Israël d’indemniser leur personnel ou leurs ayants droit victimes de ses exactions. 

29. Monsieur le président, comme je l’ai dit en commençant, les violations des obligations incombant à Israël visées par la question qui vous est posée relèvent de ce que les articles 40 et 41 du projet de la CDI décrivent comme des violations graves par un État d’obligations découlant de normes impératives du droit international général ⎯ celles que la Commission avait considérées dans la première version de son projet comme des « crimes internationaux de l’État ». Je ne veux pas raviver cette querelle terminologique, mais il faut bien dire que l’expression avait le mérite de mettre l’accent sur la gravité des violations en cause. Dans sa rédaction actuelle, qui n’est d’ailleurs guère différente de celle retenue dans la première version du projet d’articles, l’article 41 tire de ces violations des conséquences dirigées surtout vers les obligations corrélatives de l’ensemble des États de la communauté internationale ⎯ et, en particulier, celle de coopérer pour mettre fin, par des moyens licites, à toute violation grave d’obligations découlant de normes impératives et celle de ne pas reconnaître comme licite une situation créée par une telle violation, ni de prêter aide ou assistance au maintien de cette situation. Dans ses observations écrites, l’État de Palestine a analysé en certains détails ces obligations incombant aux tiers, qu’il s’agisse d’États ou d’organisations internationales. Je me permets de vous y renvoyer. 

30. Il s’en déduit qu’Israël doit répondre de ses manquements à l’égard de la communauté internationale dans son ensemble et, plus particulièrement, des États et des organisations internationales dont il a empêché ou entravé, et continue d’entraver, l’action humanitaire dans l’ensemble du Territoire palestinien occupé et tout spécialement à Gaza, contribuant ainsi à aggraver les souffrances du peuple palestinien privé de son droit fondamental à disposer de lui-même". 

Como indicado anteriormente, se recomienda la lectura integral de estos verbatim, de manera a poder valorar y ponderar los argumentos presentados a los jueces de la CIJ por cada una de las delegaciones presentes en La Haya en esta última semana de abril del 2025.


La ausencia de Israel en La Haya

La larga lista de Estados y organizaciones internacionales (40 Estados y tres organizaciones internacionales además de Naciones Unidas) invitados a dirigirse a los 15 integrantes de la CIJ que figuran en las primeras 8 páginas de los verbatim (véase enlace de audiencias por la mañana y por la tarde) no incluye a Israel, que al parecer, ha considerado innecesario venir a presentar  alegato alguno ante la justicia de La Haya. 

Si bien para algunos comentaristas, puede tratarse de un pequeño detalle de forma, este omisión de Israel viene a confirmar el hecho siguiente: la narrativa de Israel (y la de sus aliados) tendiente a justificar legalmente el actuar de Israel en Gaza y en el resto del territorio palestino ocupado con base en consideraciones y "argumentos" legales desplegada desde su aparato diplomático (así como a través de una gran cantidad de analistas, columnistas y "expertos" en diversas entidades y latitudes...) no resiste un debate ante jueces internacionales. Sobre este preciso punto, habíamos tenido la oportunidad de señalar una omisión muy similar en el marco del procedimiento consultivo anterior de la CIJ que concluyó el 19 de julio del 2024, con un total de cinco modestas páginas enviadas por Israel para su defensa ante los jueces de la CIJ (Nota 3).


Los cinco Estados Miembros Permanentes de Consejo de Seguridad presentes

Es de recalcar que los cinco Estados Miembros Permanentes del Consejo de Seguridad enviaron sus respectivas opiniones jurídicas a la CIJ y las presentarán durante estas audiencias públicas

Desde el punto de vista jurídico, será de sumo interés revisar el contenido de la argumentación de Estados Unidos dada la verdadera proeza que le significa a un Estado el intentar justificar a Israel desde la tarde/noche del 7 de octubre del 2023 a la luz de las obligaciones jurídicas que derivan de su pertenencia como Estado a Naciones Unidas, y de las reglas que imperan en derecho internacional público. De igual manera, se esperan contrucciones jurídicas probablemente algo osadas e inventivas en las opiniones legales remitidas por Hungría y por Panamá. Como bien se sabe, Panamá es el único Estado de América Latina que no reconoce a Palestina como Estado, un tema que "analizan" sus máximas autoridades desde ... casi 10 años (véase nota de prensa del 4 de julio del 2015).

Con relación al Reino Unido es de notar que al 12 de marzo del 2025, no había enviado ningún escrito (véase comunicado en francés y en inglés en los que no aparece registro alguno en el listado dado a conocer por la CIJ); por lo que el que ahora aparezca para presentar su opinión jurídica a los jueces en las audiencias públicas que iniciaron el 28 de abril en La Haya constituye un hecho que plantea interrogantes muy válidas.¿error u omisión inicial de la Secreetaría de la CIJ o... privilegio (algo desconocido) de un Estado que ostenta la membresía permanente en el Consejo de Seguridad cuando vence un plazo para entregar un documento a la CIJ? 


Estados Unidos e Israel: una alianza a toda prueba

Con relación a Estados Unidos, es muy probable que reproduzca en su intervención ante los jueces de la CIJ algunos de los "argumentos" de Israel escuchados desde la tarde/noche del 7 de octubre del 2023. Al respecto, resulta oportuno indicar que, paralelamente a la dura campaña desplegada por el aparato diplomático norteamericano contra órganos de Naciones Unidas cuando critican a Israel, se dió a conocer este muy detallado informe de Human Rights Watch sobre la política draconiana de represión contra profesores y académicos críticos de Israel en los campus universitarios norteamericanos, observada desde el 20 de enero del 2025. 

En días recientes las autoridades migratorias de Estados Unidos anunciaron incluso que sus funcionarios revisaran contenidos "antisemitas" en redes sociales ante de otorgar visas de ingreso al territorio norteamericano (véase nota oficial del USCIS del 11 de abril del 2025). El comunicado oficial del 15 de abril del 2025 de la Misión Permanente de Estados Unidos ante Naciones Unidas cuestionando a la Relatora Especial sobre los derechos del pueblo palestino de Naciones Unidas, Francesca Albanese (véase texto) pone en evidencia la exacta coincidencia de criterio existente entre Estados Unidos e Israel.

Cabe desde ya precisar que, así como las máximas autoridades de Israel tildaron sin mayor reserva de "antisemitas" a los jueces de la CPI en noviembre del 2024 (véase nota de prensa), y pidieron al Secretario General de Naciones Unidas que renuncie a su puesto en octubre del 2023 al indicar el contexto en el que se enmarcó el ataque del 7 de octubre (véase nota de prensa), fue en el mes de enero del 2024 que consideraron una primera ordenanza dictaminada por la CIJ totalmente sesgada en razón del "antisemitismo" de algunos de sus integrantes (véase nota de The Guardian): se trata de una reacción iracunda de Israel cada vez que su diplomacia fracasa, y que ya no impresiona mayormente, salvo en el caso de algunos pequeños círculos políticos que gravitan alrededor de la Casa Blanca en Estados Unidos y de otros más pequeños círculos activos en algunas capitales. 


Un cerco de la justicia internacional sobre Israel que se va paulatinamente cerrando

Más allá de la facilidad con la que se usa el término de "antisemita" o "antisemitismo" en las esferas gubernamentales israelíes y en sus círculos afines, la justicia internacional empieza a desplegar poco a poco sus efectos sobre las autoridades de Israel.

El pasado 24 de abril, otra jurisdicción internacional situada en La Haya, la Corte Penal Internacional (CPI), mantuvo inalteradas las dos órdenes de arresto contra dos dirigentes en Israel, objeto de una apelación por parte de Israel (Nota 4). Como bien se sabe, los jueces de la CPI no juzgan a Estados, sino que enjuician a individuos desde el punto de vista penal, en este caso por haber instigado y ordenado la comisión de numerosos crímenes de guerra en Gaza. Es de notar que la orden de arresto inicial contra dos dirigentes de Israel por parte de la Fiscalía de la CPI en mayo del 2024  fue acompañada de una órden de arresto contra tres dirigentes del Hamás, los cuales han sido asesinados por Israel desde entonces (véase comunicado oficial de mayo del 2024 de la CPI).   

Este 28 de abril, en un comunicado de prensa pasado casi desapercibdio en la prensa internacional, el Alto Comisionado para los Derechos Humanos de Naciones Unidas denunció la estrategia deliberada de las actuales autoridades de Israel tendiente a provocar una situación catastrófica en Gaza desde el punto de vista humanitario, acompañada por el bombardeo intencional de zonas supuestamente "seguras" en las que se concentran grandes cantidades de desplazados y de refugiados: remitimos a nuestros estimables lectores al texto completo de este comunicado oficial, cuya lectura integral se recomienda, en particular dado el silencio sobre su contenido observado en los prinicipales medios informativos internacionales del 28 de abril.

A partir de este 28 de abril, la CIJ, que juzga a Estados (y no a individuos)  entró en la recta final del análisis del actuar de Israel en Gaza a luz de las reglas que imperan en el ordenamiento jurídico internacional. Resulta de importancia el poder analizar los diversos argumentos jurídicos planteados ante los jueces de la CIJ, y compararlos luego con aseveraciones diversas leídas por parte de Israel y de sus círculos de influencia sobre la pretendida "legalidad" de sus mortíferas acciones militares en Gaza desde la tarde/noche del 7 de octubre del 2023.  

Está igualmente disponible en este enlace el verbatim del 29 de abril (por la mañana) en el que se pueden leer las intervenciones de Sudáfrica, de Argelia, de Arabia Saudita, de Bélgica y de Colombia; así como el del mismo día 29 por la tarde (véase enlace) con las intervenciones de los delegados de Bolivia, Brasil, Chile y España.

Al respecto, hay que saludar a estos y demás Estados, los cuales - en su inmensa mayoría -, buscan en la majestuosa sala de audiencias del Peace Palace, la manera de convencer a los jueces de la CIJ de la imperiosa necesidad de ordenarle a Israel respetar  estas reglas internacionales, y ello pese a los esfuerzos en sentido contrario desplegados por el incondicional aliado que posee y ha poseído históricamente Israel: Estados Unidos.

Al respecto, el último informe de Amnistía Internacional (AI) a abril del 2025 (véase enlace) detalla a partir de la página 211 el tipo de exacciones repetidas observadas por parte de Israel en el territorio palestino ocupado y la total falta de voluntad por parte de Estados Unidos y de otros Estados de frenar el insensato ímpetu destructor israelí.


A modo de conclusión

La actitud desafiante de Israel hacia la justicia internacional de La Haya, sea la CIJ, sea la CPI, y las reiteradas vociferaciones de sus máximos dirigentes en contra de ambas jurisdicciones, no pueden sino contribuir a que los jueces de ambas jurisdicciones, opten por tomar decisiones particularmente ejemplarizantes en el futuro. En particular, dado el irrespeto absoluto a las reglas que imperan en el ordenamiento jurídico internacional por parte de las máximas autoridades israelíes desde la tarde/noche del 7 de octubre del 2023 y dado el ensañamiento enfermizo de sus mandos militares contra la población civil palestina. 

Sin lugar a dudas, en este mes de abril del 2025, se cierra el cerco de la justicia internacional sobre Israel como raramente observado contra un Estado y contra sus dirigentes.

Más extraño aún puede entonces resultar que a inicios de este mismo mes, Costa Rica informara de la próxima culminación de las negociaciones de un tratado de libre comercio (TLC) con Israel (véase nota de prensa de ElObservadorcr); esta información hace eco a este otro comunicado oficial de Costa Rica del mes de octubre del 2024, cuyo  título refiere al hecho que Costa Rica e Israel están "enrumbados". Como si, para los actuales jerarcas de Costa Rica y una buena parte del sector productivo costarricense ... nada de particularmente grave pasara en Gaza.



Notas  

Nota 1Véase BOEGLIN N., "Gaza / Israel: Corte Internacional de Justicia (CIJ) ordena a Israel suspender de inmediato su ofensiva en Rafah y abrir Gaza a investigación por parte de agencias de Naciones Unidas",  24 de mayo del 2024. Texto disponible aquí.


Nota 2: Véase BOEGLIN N., "Gaza  /  Israel: apuntes desde Costa Rica sobre fijación de fecha para audiencias públicas, de cara a nueva solicitud de opinión consultiva a la Corte Internacional de Justicia (CIJ) " 12 de marzo del 2024. Texto disponible aquí.


Nota 3: En aquella oportuniad, nos permitimos señalar que en julio del 2024, al darse a conocer la opinión consultiva de la CIJ sobre la colonización y la ocupación ilegal del territorio palestino ocupado que: 

"Al respecto, las 292 páginas del escrito de Palestina (véase texto  en francés y en inglés) contrastan con las módicas 5 páginas remitidas en su momento por Israel (véase texto en francés y en inglés). 

Con respecto a Israel, cabe indicar que, pese a poder hacerlo, Israel optó por no participar luego en las audiencias orales, un detalle que la jueza oriunda de Estados Unidos en la CIJ consideró necesario señalar en su declaración separada (véase texto), al precisar que:

"4It also is unfortunate that Israel did not meaningfully participate in these advisory proceedings. Israel submitted a five-page written statement to the Court, together with annexes. It chose not to participate in the oral proceedings, despite the fact that up to the opening of those proceedings, the Court had reserved three hours for Israel to present its views — the same amount of time allocated to the observer State of Palestine, and six times the amount allocated to any other participant. This is an advisory proceeding, and no State was under an obligation to participate, including Israel. Israel’s participation in the oral proceedings, however, would have benefited the Court. Conversely, the failure of a State to participate cannot prevent the Court from fulfilling its responsibilities in replying to an advisory request" ". 

Véase BOEGLIN N., "Ocupación prolongada y colonización ilegal israelí del territorio palestino: apuntes con relación a la reciente opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia (CIJ)", 19 de julio del 2024. Texto disponible aquí


Nota 4: Véase BOEGLIN N., "Gaza / Israel: Sala de Apelaciones de Corte Penal Internacional (CPI) mantiene órdenes de arresto contra dirigentes en Israel", 24 de abril del 2025. Texto disponible aquí




viernes, 25 de abril de 2025

Gaza / Israel: Sala de Apelaciones de Corte Penal Internacional (CPI) mantiene órdenes de arresto contra dirigentes en Israel


Gaza / Israel: Sala de Apelaciones de Corte Penal Internacional (CPI) mantiene órdenes de arresto contra dirigentes en Israel


Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto: nboeglin(a)gmail.com


El pasado 24 de abril del 2025, la Sala de Apelaciones de la Corte Penal Internacional (CPI) dio a conocer dos decisiones: en la primera de ellas, rechazó suspender las órdenes de arresto contra dirigentes israelíes (su actual Primer Ministro y su ahora ex ministro de defensa);  al tiempo que, en otra decisión, mantuvo ambas órdenes de arresto y aceptó parte de la apelación presentada por Israel contra esta misma decisión de la Sala Preliminar. con relación a la competencia de la CPI. 

Se trata de la respuesta de la Sala de Apelaciones a la batería de argumentos  de toda clase que presentó Israel en aras de intentar librarse de ambas órdenes de arresto, confirmadas en una decisión de una Sala Preliminar en noviembre del 2024, luego de la solicitud hecha por el Fiscal de la CPI en mayo del mismo año.


Las dos precitadas decisiones en breve

El texto completo de ambas deciciones permite conocer del detalle de las apelaciones de todo tipo presentadas por Israel, y del extremo cuido que tuvieron tanto el Fiscal como la Sala Preliminar a la hora de elaborar sus decisiones del 2024. 

El texto de la primera decisión de la Sala de Apelaciones del 24 de abdil del 2025, que consta de 15 páginas, está disponible en este enlace. Se lee que (página 3) que:

"After deliberation, 

Renders, by majority, Judge Luz del Carmen Ibáñez Carranza and Judge Solomy Balungi Bossa dissenting, the following 

D E C I S I O N 

1. The appeal of the State of Israel is dismissed as inadmissible; 

2. The request of the State of Israel for suspensive effect of arrest warrants issued by Pre-Trial Chamber I against two Israeli nationals and “any other legal acts taken by the Court based thereon” is dismissed, as moot; and 

3. The request of the State of Israel for leave to reply and to reject in limine the Prosecutor’s submissions concerning suspensive effect is dismissed as moot".


El texto completo de la segunda decisión que consta de 23 páginas puede ser consultada en este enlace oficial de la CPI. Cabe resaltar que esta decisión fue tomada por unanimidad de los cinco integrantes de la Sala de Apelaciones, al indicarse (página 3) que:

"After deliberation, 

Unanimously, 

Delivers the following 

J U D G M E N T 

1. The State of Israel’s appeal against Pre-Trial Chamber I’s “Decision on Israel’s challenge to the jurisdiction of the Court pursuant to article 19(2) of the Rome Statute” is admissible under article 82(1)(a) of the Statute; 

2. The State of Israel’s request for leave to reply is rejected; 

3. Pre-Trial Chamber I’s “Decision on Israel’s challenge to the jurisdiction of the Court pursuant to article 19(2) of the Rome Statute” is reversed and remanded for Pre-Trial Chamber I to rule on the substance of the State of Israel’s jurisdictional challenge; 

4. The State of Israel’s request for suspensive effect of two arrest warrants issued by Pre-Trial Chamber I and “any other purported exercise of jurisdiction by the Court” is dismissed as moot; and 

5. The requests of the Office of the Public Counsel for Victims and the European Centre for Law and Justice are dismissed as moot".




Foto extraída de artículo de prensa publicado en Israel, titulado "Bombing plants, severing pipelines: Israel pushes Gaza water crisis to the brink" (Magazine+972, edición del 23 de abril del 2025, cuya lectura completa se recomienda).

En ambas decisiones, el rechazo a la petitoria de Israel de suspender las órdenes de arresto en contra de dos de sus dirigentes es contundente. Desde este simple punto de vista, se puede decir que las gestiones de Israel fracasaron.

En el caso de la segunda decisión de la Sala de Apelaciones de la CPI, ¿se abre realmente una posibilidad para que sea revisada en un futuro la decisión anterior que confirmó las órdenes de arresto tomada contra dos de dirigentes israelíes y tres jefes del Hamás en noviembre del 2024 ? (decisión que tuvimos la ocasión de analizar en su momento en cuanto a sus alcances - Nota 1). 

La respuesta a esta pregunta, en nuestra opinión, es que esta posibilidad en realidad no existe, ya que los jueces no podrían ir en contra de lo ya establecido y claramente zanjado en febrero del 2021 por tres jueces de la CPI. En su decisión del 24 de abril del 2025, la Sala de Apelaciones aceptó que un argumento de Israel basado en el artículo 19, párr. 2 (posibilidad de presentar una apelación)  combinado con el artículo 82, párr. 1, sí era de recibo y que la Sala de lo Preliminar cometió un error procesal al obviarlo. Este último artículo (véase texto del Estatuto de Roma adoptado en 1998) se lee como sigue:

"Artículo 82 Apelación de otras decisiones 

1. Cualquiera de las partes podrá apelar, de conformidad con las Reglas de Procedimiento y Prueba, de las siguientes decisiones: 

a) Una decisión relativa a la competencia o la admisibilidad; 

b) Una decisión por la que se autorice o deniegue la libertad de la persona objeto de investigación o enjuiciamiento; 

c) Una decisión de la Sala de Cuestiones Preliminares de actuar de oficio de conformidad con el párrafo 3 del artículo 56; 

d) Una decisión relativa a una cuestión que afecte de forma significativa a la justicia y a la prontitud con que se sustancia el proceso o a su resultado y respecto de la cual, en opinión de la Sala de Cuestiones Preliminares o la Sala de Primera Instancia, una resolución inmediata de la Sala de Apelaciones pueda acelerar materialmente el proceso".

Como bien se sabe, Israel desde un inicio ha cuestionado la competencia de la CPI al considerar que la justicia penal internacional carece de jurisdicción en Palestina: al no ser Israel Estado Parte al Estatuto de Roma (véase estado oficial de firmas y ratificaciones, con incluso el insólito "retiro" de su firma al Estatuto de Roma en el 2002 que se observa en la parte final del tablero). Se trata como indicado previamente, de una argumentación que fue claramente rechazada en febrero del 2021 por una Sala de lo Preliminar de la CPI, al considerar que Palestina es Estado Parte al Estatuto de Roma. 

Ahora bien, lejos de algunos cantos de victoria que la prensa en Israel se ha apresurado en usar en diversos titulares desde el 24 de abril, la Sala de Apelaciones en ningun momento ha "suspendido", "revisado" o "anulado" ni mucho menos "reformado" la decisión objeto de la apelación por parte de Israel: en efecto, al revocar la decisión previa de la Sala Preliminar de la CPI de noviembre del 2024, no toma ninguna decisión sobre el fondo, sino que devuelve a esta última (la Sala de lo Preliminar) el asunto, indicándole que deberá incorporar y pronunciarse sobre los agumentos relativos su competencia, que Israel en su momento le presentó. En su decisión, se lee que para los cinco integrantes de la Sala de Apelaciones:

"64. Accordingly, the Appeals Chamber is of the view that, in light of the preceding considerations, the most appropriate course of action is to reverse the Impugned Decision and remand the matter to the Pre-Trial Chamber for it to rule on the substance of the jurisdictional challenge. The Appeals Chamber notes that it is for the Pre-Trial Chamber to determine the applicable legal basis under article 19(2) of the Statute for addressing Israel’s jurisdictional challenge at the present stage of the proceedings, and to provide any required further instructions on the procedure to be followed".

Como es usual en este tipo de decisiones relativas a Israel, la simplificación extrema que hacen medios de prensa israelíes (y sus relevos locales en una multitud de salas de redacción) intenta hacer creer a la opinión pública israelí que la victoria de Israel ha sido total, cuando la realidad es bastante más matizada: ambas órdenes de arresto se mantienen vigentes y es un aspecto meramente procesal que se le ordenó a la Sala Preliminar subsanar.


Breve puesta en contexto procesal con relación al tema de la competencia

Cabe recordar que la cuestión de la competencia de la CPI había sido claramente establecida cuando en febrero del 2021, una Sala Preliminar de la CPI, luego de un largo examen que duró varios años, confirmó la plena competencia de la justicia penal internacional para examinar la situación existente en el territorio palestino ocupado, al ser Palestina Estado Parte al Estatuto de Roma desde el 2015 (véase texto completo de esta decisión en francés y en inglés): ello sin excepción de ningún tipo, siendo Gaza parte del territorio palestino, tanto como Cisjordania y Jerusalén Oriental.

Lo que la Sala de Apelaciones considera en su decisión del 24 de abril del 2025, es que al tomar su decisión en noviembre del 2024, apelada luego por Israel, la Sala Preliminar debió reconsiderar todos los argumentos sobre la competencia de la CPI (ya resueltos en febrero del 2021 y considerados res judicata por los tres jueces de la Sala Preliminar en el 2024): un criterio que, claró está, es debatible (y sea probablemente objeto de intensos debates entre juristas).


El contexto en el que se da esta decisión

Esta decisión de la Sala de Apelaciones de la CPI se da en plena ofensiva destructora de Israel, que, en poco más de un mes desde el informe de Naciones Unidas al 23 de marzo, ha asesinado a más de 1890 personas en Gaza, de las cuales 595 niños y 308 mujeres. La total insensatez del accionar militar israelí desde el 18 de marzo del 2025 y el ensañamiento contra una población civil desprovista de todo debería permitir ampliar la lista de los responsables en Israel de semejantes exacciones, llamados a responder por sus actos ante la justicia penal internacional. No está de más recordar que hace casi cinco años, en julio del 2020, luego de primeras investigaciones realizadas desde la Fiscalía de la CPI, se filtró en la prensa israelí que las autoridades militares preparaban una lista secreta de cientos de integrantes de sus fuerzas de seguridad involucrados en actos susceptibles de calificar como crímenes de guerra o crímenes contra la humanidad (véase la nota de Haaretz del 16 de julio del 2020 titulada "Israel drafts secret list of hundred of officials who may stand trial at Internacional Court" y esta otra nota publicada en la misma fecha en The Times of Israel).

Remitimos a nuestros estimables lectores al último informe al 23 de abril del 2025 en el que se lee que:

"Between 7 October 2023 and 22 April 2025, the MoH in Gaza reported that at least 51,266 Palestinians have been killed and 116,991 Palestinians injured. This includes 1,890 people killed and 4,950 injured since the escalation of hostilities on 18 March 2025, according to MoH. On 17 April, MoH published the breakdown casualties in Gaza between 18 March and 17 April. Of the 1,691 people killed, 595 were children, 308 women, 105 elderly and 683 men. Among the 4,464 people injured, 1,610 were children, 842 women, 225 elderly and 1,787 men, MoH reported".

La comparación de este informe de situación al 23 de abril con el anterior al 15 de abril (véase texto) pone en evidencia que el ejército de Israel desplegó acciones mortíferas sostenidas de manera ininterrumpida durante la semana en la que parte del mundo cristiano celebraba la Pascua. El último informe sobre la situación en Gaza realizado por Naciones Unidas (véase informe al 30 de abril del 2025) da cuenta del ensañamiento enfermizo contra la población civil palestina, con más de 2300 víctimas mortales desde que Israel rompió unilateralmente el cese al fuego acordado con el Hamás, el 18 de marzo pasado.

El pasado 3 de abril, ante los integrantes del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, el Alto Comisionado para los Derechos Humanos en persona informó de la catástrofe humanitaria que vive Gaza, con un bloqueo total por parte de Israel a la ayuda humanitaria que llevaba más de un mes para esta fecha (véase video de su intervención, colgado desde un medio informativo africano, dada la poca cobertura a su intervención en medios norteamericanos y europeos). A la fecha de redactar estas líneas (26 de abril), son casi dos meses sin ayuda humanitaria a la que esta sometida la población de Gaza por parte de Israel, sin que ello sea mencionado en los principales medios de prensa internacionales. Desde el 2 de marzo, no entra nada en Gaza (véase informe de Human Rights Watch).

Nótese que en febrero del 2025, un informe conjunto del Banco Mundial y de la Unión Europea (UE) - véase informe - calculó que las pérdidas y daños ocasionados en Gaza por parte de Israel desde la tarde/noche del 7 de octubre del 2023 alcanzan una suma de más de 49.000 millones de US$ (véase tabla y explicaciones en pp.3-4). Se lee (página 25) que:

"The assessment estimates around US$19.1 billion of economic and social losses incurred due to the conflict (see Figure 3). The sectors with the highest estimated losses are health with US$6.3 billion, education with US$3.2 billion, commerce and industry with US$2.2 billion, social protection at around US$1.4 billion, and agriculture at US$1.3 billion. The impacts, damages, and losses are thus greatest in housing with US$16.3 billion, commerce and industry with US$8.1 billion, health with US$7.6 billion, education with US$4.1 billion, and transport with US$2.9 billion".

Cabe desde ya precisar que, así como las máximas autoridades de Israel tildaron de "antisemitas" a los jueces de la CPI en noviembre del 2024 (véase nota de prensa), y pidieron al Secretario General de Naciones Unidas que renuncie a su puesto en octubre del 2023 al indicar el contexto en el que se enmarcó el ataque del 7 de octubre (véase nota de prensa), en el mes de enero del 2024 consideraron una primera ordenanza dictaminada por otra jurisdicción internacional (la Corte Internacional de Justicia / CIJ) totalmente sesgada en razón del "antisemitismo" de algunos de sus integrantes (véase nota de The Guardian): se trata de una reacción iracunda de Israel cada vez que su diplomacia fracasa, y que ya no impresiona mayormente (salvo en el caso de algunos pequeños círculos políticos que gravitan alrededor de la Casa Blanca en Estados Unidos y de otros más pequeños círculos activos en algunas capitales). 


A modo de conclusión

Más allá de la facilidad con la que se usa el término de "antisemita" o "antisemitismo" en las esferas gubernamentales israelíes y en sus círculos afines, estas dos decisiones de la Sala de Apelaciones de la CPI posiblemente sean objeto de comentarios por parte de la doctrina jurídica especializada.

Es de notar que otra prueba ante la justicia internacional espera a Israel en próximos días: en efecto, a partir del próximo 28 de abril, ante otra jurisdicción internacional localizada también en la ciudad de La Haya (la CIJ) unos 40 Estados y cuatro organizaciones internacionales tendrán la oportunidad de hacer ver a los jueces de la CIJ la importancia que revisten las reglas jurídicas que obligan a todo Estado Miembro de Naciones Unidas en el marco esta vez de un procedimiento consultivo iniciado por Noruega en octubre del 2024, que tuvimos la oportunidad de analizar en su momento (Nota 2). Por parte de América Latina, participarán por orden de aparición ante los jueces de la CIJ  (véase programa dado a conocer el pasado 23 de abril por la CIJ) los siguientes Estados: Colombia, Bolivia, Brasil, Chile, México y Panamá.

La larga lista de Estados y organizaciones internacionales invitados a dirigirse a los 15 integrantes de la CIJ no incluye a Israel, que ha considerado en este caso innecesario presentar sus alegatos ante la CIJ de La Haya. Si bien para algunos analistas y comentaristas, puede tratarse de un pequeño detalle de forma, este omisión de Israel viene a confirmar que la narrativa de Israel (y la de sus aliados) tendiente a justificar legalmente el actuar de Israel en Gaza y en el resto del territorio palestino ocupado - con base en consideraciones y "argumentos" legales desplegada desde su aparato diplomático (así como a través de una gran cantidad de analistas, columnistas y "expertos" en diversas entidades y latitudes...) - no resiste un debate ante los jueces de la CIJ. Sobre este preciso punto, habíamos tenido la oportunidad de señalar una omisión muy similar en el marco del procedimiento consultivo anterior de la CIJ que concluyó el 19 de julio del 2024, con un total de cinco modestas páginas enviadas por Israel para su única defensa ante los jueces de la CIJ (Nota 3).

Volviendo a la justicia penal internacional y a los efectos de las órdenes de arresto emitidas por la CPI, para las ceremonias oficiales en Roma relativas a los funerales de Su Santidad el Papa Francisco de este 26 de abril, no viajó a Roma el Primer Ministro de Israel en la cidudad en la que se adoptó el Estatuto de Roma en 1998;  como tampoco el Presidente de Rusia, también objeto de una orden de arresto de una Sala de lo Preliminar de la CPI por crímenes de guerra cometidos en Ucrania (véase comunicado oficial de la CPI sobre esta orden de arresto del 17 de marzo del 2023).


-- Notas --

Nota 1: Véase BOEGLIN N., "Gaza / Israel: las órdenes de arresto de la CPI contra el Primer Ministro y  (ex) Ministro de Defensa de Israel y contra un dirigente del Hamás. Alcance y perspectivas", 21 de noviembre del 2024. Texto disponible aquí


Nota 2: Véase BOEGLIN N., "Gaza / Israel: CIJ alista audiencias públicas mientras Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas adopta resolución sobre obligación de prevenir genocidio ", 11 de abril del 2025. Texto disponible aquí.


Nota 3: En aquella oportuniad, nos permitimos señalar que en julio del 2024, al darse a conocer la opinión consultiva de la CIJ sobre la colonización y la ocupación ilegal del territorio palestino ocupado que: 

"Al respecto, las 292 páginas del escrito de Palestina (véase texto  en francés y en inglés) contrastan con las módicas 5 páginas remitidas en su momento por Israel (véase texto en francés y en inglés). 

Con respecto a Israel, cabe indicar que, pese a poder hacerlo, Israel optó por no participar luego en las audiencias orales, un detalle que la jueza oriunda de Estados Unidos en la CIJ consideró necesario señalar en su declaración separada (véase texto), al precisar que:

"4It also is unfortunate that Israel did not meaningfully participate in these advisory proceedings. Israel submitted a five-page written statement to the Court, together with annexes. It chose not to participate in the oral proceedings, despite the fact that up to the opening of those proceedings, the Court had reserved three hours for Israel to present its views — the same amount of time allocated to the observer State of Palestine, and six times the amount allocated to any other participant. This is an advisory proceeding, and no State was under an obligation to participate, including Israel. Israel’s participation in the oral proceedings, however, would have benefited the Court. Conversely, the failure of a State to participate cannot prevent the Court from fulfilling its responsibilities in replying to an advisory request" ". Véase BOEGLIN N., "Ocupación prolongada y colonización ilegal israelí del territorio palestino: apuntes con relación a la reciente opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia (CIJ)", 19 de julio del 2024. Texto disponible aquí


jueves, 24 de abril de 2025

Gaza / Israel: CIJ lista para las audiencias públicas sobre obligaciones de Israel en Gaza


Gaza / Israel: justicia internacional lista para las audiencias públicas sobre obligaciones de Israel en Gaza


Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto: nboeglin(a)gmail.com


"Tout ce qui se passe ne semble pas relever du hasard, mais d’un plan systématique clairement visible, dans une tentative manifeste de pousser les habitants à l’exil, à accepter ce qu’on appelle les projets de « migration volontaire », c’est-à-dire un déplacement forcé déguisé. Les politiques de famine, de destruction et de bombardements constants ne sont que les outils d’un plan plus vaste visant à vider Gaza de ses habitants ou à briser leur volonté. Ce qui se joue à Gaza n’est pas seulement un siège ou une agression, mais un processus d’extinction méthodique de la vie et de la présence palestinienne". 

Testimonio de habitante de Gaza, 12 de abril del 2025. Extracto de"Témoignage d'Abu Amir, le 12 avril 2025: Gaza sous le feu: bombardements et faim impitoyable". Texto completo disponible aquí


"According to the Ministry of Health (MoH) in Gaza, between the 18 and 25 March, as of 12:00pm, 792 Palestinians were killed and 1,663 were injured. Many bodies remain under the rubble of destroyed structures, according to MoH. Since the 19 January, and as of 25 March, a total of 897 bodies were retrieved from areas that were previously inaccessible, the MoH reported. Since 7 October 2023 and as of 25 March 2025, the MoH in Gaza reported that at least 50,144 Palestinians have been killed and 113,704 Palestinians injured".

Extracto de informe sobre la situación en Gaza al 25 de marzo del 2025, elaborado por Naciones Unidas



El pasado 23 de abril del 2025, la Corte Internacional de Justicia anunció (CIJ) el programa definitivo de las audiencias públicas a realizarse entre el 28 de abril y el 2 de mayo en La Haya, en el marco del procedimiento consultivo sobre las obligaciones que tiene Israel como Estado Miembro de Naciones Unidas en Gaza: véase comunicado de prensa oficial del mismo 23 de abril de la CIJ en francés y en inglés



Foto extraída de artículo de prensa publicado en Israel, titulado "Bombing plants, severing pipelines: Israel pushes Gaza water crisis to the brink" (Magazine+972, edición del 23 de abril del 2025, cuya lectura completa se recomienda).

Estas audiencias se dan en plena ofensiva destructora de Israel, que, en poco más de un mes desde el informe citado previamente de Naciones Unidas al 23 de marzo, ha asesinado a más de 1890 personas en Gaza, de las cuales 595 niños y 308 mujeres. La total insensatez del accionar militar israelí desde el 18 de marzo del 2025 (fecha en que Israel rompió de manera unilateral la tregua pactada con el Hamás el 19 de enero) y el ensañamiento deliberado contra una población civil desprovista de todo en Gaza debería permitir ampliar la lista de los responsables en Israel de semejantes exacciones, llamados a responder por sus actos ante la justicia penal internacional. 

Remitimos a nuestros estimables lectores de LaRevista.cr al último informe al 23 de abril) en el que se lee que:

"Between 7 October 2023 and 22 April 2025, the MoH in Gaza reported that at least 51,266 Palestinians have been killed and 116,991 Palestinians injured. This includes 1,890 people killed and 4,950 injured since the escalation of hostilities on 18 March 2025, according to MoH. On 17 April, MoH published the breakdown casualties in Gaza between 18 March and 17 April. Of the 1,691 people killed, 595 were children, 308 women, 105 elderly and 683 men. Among the 4,464 people injured, 1,610 were children, 842 women, 225 elderly and 1,787 men, MoH reported".

La comparación de este informe de situación al 23 de abril con el anterior al 15 de abril (véase texto) pone en evidencia que el ejército de Israel desplegó acciones mortíferas sostenidas de manera ininterrumpida durante la semana en la que parte del mundo cristiano celebraba la Pascua.

Nótese que en febrero del 2025, un informe conjunto del Banco Mundial y de la Unión Europea (UE) - véase informe - calculó que las pérdidas y daños ocasionados en Gaza por parte de Israel desde la tarde/noche del 7 de octubre del 2023 alcanzan una suma de más de 49.000 millones de US$ (véase tabla y explicaciones en pp.3-4). Se lee (página 25) que:

"The assessment estimates around US$19.1 billion of economic and social losses incurred due to the conflict (see Figure 3). The sectors with the highest estimated losses are health with US$6.3 billion, education with US$3.2 billion, commerce and industry with US$2.2 billion, social protection at around US$1.4 billion, and agriculture at US$1.3 billion. The impacts, damages, and losses are thus greatest in housing with US$16.3 billion, commerce and industry with US$8.1 billion, health with US$7.6 billion, education with US$4.1 billion, and transport with US$2.9 billion".

Cabe desde ya precisar que, así como las máximas autoridades de Israel tildaron de "antisemitas" a los jueces de la Corte Penal Internacional (CPI) en noviembre del 2024 (véase nota de prensa), y pidieron al Secretario General de Naciones Unidas que renuncie a su puesto en octubre del 2023 al indicar el contexto en el que se enmarcó el ataque del 7 de octubre (véase nota de prensa), en el mes de enero del 2024 consideraron una primera ordenanza dictaminada por la CIJ sesgada en razón del "antisemitismo" de algunos de sus integrantes (véase nota de The Guardian): se trata de una reacción iracunda de Israel cada vez que su diplomacia fracasa que ya no impresiona mayormente, salvo en el caso de algunos pequeños círculos políticos que gravitan alrededor de la Casa Blanca en Estados Unidos y de otros más pequeños círculos activos en algunas capitales. 

Más allá de la facilidad con la que se usa el término de "antisemita" o "antisemitismo" en las esferas gubernamentales israelíes y sus círculos afines, a partir del próximo 28 de abril, la ciudad de La Haya será escenario de un ejercicio en el que Naciones Unidas, unos 40 Estados y otras tres organizaciones internacionales tendrán la oportunidad de hacer ver a los jueces de la CIJ la importancia que revisten las reglas jurídicas que obligan a todo Estado Miembro de Naciones Unidas: por parte de América Latina, participarán por orden de aparición ante los jueces de la CIJ  (véase programa): Colombia, Bolivia, Brasil, Chile, México y Panamá.


El procedimiento consultivo en breve en el que Israel ha decidido no participar del todo

La pregunta general a la que deberá responder la CIJ, luego de escuchar las diversas intervenciones que tendrán lugar en La Haya a finales de abril e inicios de mayo del 2025, es la siguiente:

"¿Cuáles son las obligaciones de Israel, como Potencia ocupante y como miembro de las Naciones Unidas, en lo que respecta a la presencia y las actividades de las Naciones Unidas, incluidos sus organismos y órganos, otras organizaciones internacionales y terceros Estados en el Territorio Palestino Ocupado y en relación con él, incluida la garantía y facilitación de la provisión sin trabas de los suministros que se necesitan con urgencia y son esenciales para la supervivencia de la población civil palestina, así como de servicios básicos y asistencia humanitaria y para el desarrollo, en beneficio de la población civil palestina y en apoyo del derecho del pueblo palestino a la libre determinación?"

La larga lista de Estados y organizaciones internacionales (40 Estados y tres organizaciones internacionales además de Naciones Unidas) invitados a dirigirse a los 15 integrantes de la CIJ no incluye a Israel, que al parecer, ha considerado innecesario presentar sus alegatos ante la justicia de La Haya. 

Si bien para algunos analistas y comentaristas, puede tratarse de un pequeño detalle de forma, este omisión de Israel viene a confirmar que la narrativa de Israel (y la de sus aliados) tendiente a justificar legalmente el actuar de Israel en Gaza y en el resto del territorio palestino ocupado con base en consideraciones y "argumentos" legales desplegada desde su aparato diplomático (así como a través de una gran cantidad de analistas, columnistas y "expertos" en diversas entidades y latitudes...) no resiste un debate ante jueces internacionales. Sobre este preciso punto, habíamos tenido la oportunidad de señalar una omisión muy similar en el marco del procedimiento consultivo anterior de la CIJ que concluyó el 19 de julio del 2024, con un total de cinco modestas páginas enviadas por Israel para su única defensa ante los jueces de la CIJ (Nota 1).

La pregunta hecha a la CIJ en el marco de este procedimiento consultivo se encuentra precedida por una formulación muy amplia, con referencia a diversos instrumentos internacionales vigentes, y que se puede revisar en el punto dispositivo 10 de la resolución A/RES/79/232 adoptada el 19 de diciembre del 2024 por el órgano plenario de Naciones Unidas. 

Resulta de interés recordar que esta resolución de la Asamblea General fue adoptada con 137 votos a favor, 12 en contra (Argentina, Estados Unidos, Fidji, Hungría, Israel, Micronesia, Nauru, Palau, Papua Nueva Guinea, Paraguay, República Checa y Tonga) y 22 abstenciones (entre las cuales se registran las de Panamá y de Uruguay). El detalle del tablero de votación se reproduce a continuación. 


Es de recalcar que los cinco Estados Miembros Permanentes del Consejo de Seguridad enviaron sus respectivas opiniones jurídicas a la CIJ. Desde el punto de vista jurídico, será de sumo interés revisar el contenido de la argumentación de Estados Unidos dada la verdadera proeza que le significa a un Estado el intentar justificar a Israel desde la tarde/noche del 7 de octubre del 2023 a la luz de las obligaciones jurídicas que derivan de su pertenencia como Estado a Naciones Unidas, y de las reglas que imperan en derecho internacional público. De igual manera, se esperan contrucciones jurídicas probablemente algo osadas e inventivas en las opiniones legales remitidas por Hungría y por Panamá. 

Como bien se sabe, Panamá es el único Estado de América Latina que no reconoce a Palestina como Estado, un tema que "analizan" sus máximas autoridades desde casi 10 años (véase nota de prensa del 4 de julio del 2015).

Con relación al Reino Unido es de notar que al 12 de marzo del 2025, no había enviado ningún escrito (véase comunicado en francés y en inglés en los que no aparece registro alguno en el listado dado a conocer por la CIJ); por lo que el que ahora aparezca para presentar su opinión jurídica a los jueces en las audiencias públicas a celebrarse a partir del 28 de abril en La Haya constituye un hecho que plantea interrogantes muy válidas.¿Error u omisión inicial de la Secreetaría de la CIJ o... privilegio (algo desconocido) de un Estado que ostenta la membresía permanente en el Conejo de Seguridad cuando vence un plazo para entregar un documento a la CIJ? 

Tuvimos la oportunidad de analizar los alcances de este procedimiento consultivo, inicialmente propuesto por Noruega  en octubre del 2024, y que fue objeto de una votación que reunió una mayoría abrumadora en el seno de la Asamblea General de Naciones Unidas en diciembre del 2024, no sin hacer ver algunas de las inconsistencias pasadas de Costa Rica en solicitudes similares hechas a la CIJ (Nota 2).


Un comunicado de prensa de la CIJ de La Haya precedido por una importante votación sobre Gaza registrado en Ginebra (con un nuevo fracaso diplomático de Israel y de Estados Unidos)

El  pasado 2 de abril, el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas (órgano intergubernamental, compuesto por 47 Estados Miembros - véase composición) adoptó una resolución en la que condena la violación de la tregua en Gaza por parte de Israel desde el 18 de marzo del 2025, y exige prevenir un genocidio en Gaza por parte de las máximas autoridades de Israel (véase nota de prensa de SwissInfo). De manera más general, el conjunto de decisiones y de resoluciones adoptadas por el Consejo de Derechos Humanos en esta sesión primaveral del 2025 en Ginebra están resumidas en este enlace oficial de Naciones Unidas.

El proyecto de  resolución A/HRC/58/L.30/Rev.1 aprobado este 2 de abril del 2025 se compone de 48 puntos resolutivos (véase enlace) y la lectura completa de cada uno de ellos  se recomienda (véase texto en español) de manera a poder valorar mejor los votos registrados. 

Cabe recordar que un texto muy similar había sido votado en abril del 2024, exigiendo en aquel momento un embargo sobre las armas a destinación de Israel (véase enlace a texto de la resolución A/HRC/55/28 y detalle de la votación registrada en la parte final de cada una de las versiones oficiales en la que Costa Rica figura entre las abstenciones, sin que ninguna explicación oficial trascendiera desde entonces).

A la negativa de Israel de remitir al juez internacional de La Haya su opinión legal para defenderse, resulta oportuno también precisar que el 5 de febrero del 2025, Israel anunció que no participaría más en debates en el seno del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas (véase nota del TimesofIsrael), una posición tomada probablemente luego del "Executive Order" del 3 de febrero (véase texto completo) en el que el nuevo ocupante de la Casa Blanca optó por retirar a Estados Unidos de dicho órgano, así como de la UNESCO y de la UNRWA, en el marco de una política iniciada desde el 20 de enero del 2025 en contra de Naciones Unidas y más generalmente, del multilateralismo y de las reglas que derivan del ordenamiento jurídico internacional.  

Raramente se ha observado a un Presidente norteamericano aislar de manera tan llamativa a Estados Unidos del resto del mundo en tan poco tiempo, y resulta evidente lo contraproducente que estas y muchas otras decisiones tomadas desde el 20 de enero del 2025 están teniendo para Estados Unidos. Como si la hostilidad debiera ser declarada contra todos los demás integrantes de la comunidad internacional: la notable excepción a esta insólita estrategia del nuevo ocupante de la Casa Blanca es Israel.

Como se informó el pasado 4 de abril, pese a no querer participar en el Consejo de Derechos Humanos, la diplomacia norteamericana estuvo ejerciendo presiones extremadamente fuertes contra el Consejo de Derechos Humanos, en aras de proteger y resguardar a Israel (véase cable de Reuters). Entre los objetivos de Estados Unidos y de Israel, estaba la no continuación en su mandato de la Relatora Especial sobre Palestina, Francesca Albanese (véase nota de prensa): los alcances de la labor de esta Relatora de Naciones Unidas y sus informes pueden ser consultados en este enlace oficial. Una  petición reciente de removerla por parte de Estados Unidos se generó desde el mismo Comité de Asuntos Exteriores de su Congreso (véase enlace). El simple hecho que Estados Unidos e Israel, así como sus aliados y numerosos círculos de influencia, desplegaran todo el arsenal diplomático y mediático contra esta jurista italiana realza su labor y la calidad de sus informes sobre la situación en Gaza, en particular dos de ellos presentados en el 2024 en Naciones Unidas, y que nos permitimos referenciar (ya que su lectura es altamente recomendada para entender la lógica destructora de los mandos militares isralíes):

- marzo del 2024: "Anatomy of a genocide", informe A/HRC/55/73 disponible en la red, cuyo texto completo está disponible aquí.

- octubre del 2024: "Genocide as a colonial erasure", informe A/79/384, cuyo texto completo está disponible aquí.

En esta reciente entrevista en un medio digital en Francia del 10 de abril (véase enlace), esta relatora especial explica el alcance de su labor y la profunda molestia que ha causado en algunos círculos en Estados Unidos y en Israel (y en sus relevos en Europa).

No está de más señalar que, al igual que otros relatores de Naciones Unidas  en el pasado, esta jurista italiana y su equipo han demostrado saber resistir a este tipo de campañas en su contra, pese a la intensidad de las presiones diplomáticas de Estados Unidos y de Israel (y de periodistas israelíes acreditados en Nueva York, tal y como lo evidencia este episodio con uno de ellos). Resulta oportuno indicar que,  paralelamente a la dura campaña desplegada contra Francesca Albanese, se dió a conocer este muy detallado informe de Human Rights Watch sobre la política draconiana de represión contra profesores y académicos críticos de Israel en los campus universitarios norteamericanos, observada desde el 20 de enero del 2025. En días recientes las autoridades migratorias de Estados Unidos anunciaron que sus funcionarios revisaran contenidos "antisemitas" en redes sociales ante de otorgar visas de ingreso al territorio norteamericano (véase nota oficial del USCIS).  Nótese en esta nota del JerusalemPost del 5 de abril del 2025 sobre el mantenimiento en su puesto como relatora, la virulencia de los ataques tendientes a desacreditar la labor de Francesca Albanese. En esta nota de prensa publicada en Italia el 6 de abril, se hace ver que la continuación o no de esta relatora especial en su puesto nunca estuvo en discusión ni tan siquiera como tema de agenda en el seno del Consejo de Derechos Hmanos, como falazmente se indicó en una multitud de artículos publicados en medios de prensa en esta primera semana de abril en Europa y en Estados Unidos.

Este voluminoso informe de Human Rights Watch de diciembre del 2024 titulado "Extermination and acts of genocide" respaldaba y documentaba parte de los hallazgos de los dos precitados informes de la Relatora especial Francesca Albanese. El pasado 3 de abril, ante los integrantes del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, el Alto Comisionado para los Derechos Humanos en persona informó de la catástrofe humanitaria que vive Gaza, con un bloqueo total por parte de Israel a la ayuda humanitaria que lleva más de un mes (véase video de su intervención, colgado desde un medio informativo africano, dada la poca cobertura a su intervención en medios norteamericanos y europeos).


Detalles de la votación registrada el 2 de abril del 2025

Esta resolución fue adoptada el 2 de abril del 2025 en Ginebra, con 27 votos a favor, 4 votos en contra (Alemania, Etiopía, República Checa y República del Norte de Macedonia) y 16 abstenciones, tal y como se puede apreciar en el el cuadro de la votación registrada reproducido a continuación. En el 2024, la votación de un texto similar había registrado 29 votos a favor, seis en contra y 13 abstenciones



En este 2025, la casi totalidad de los Estados de América Latina votó a favor (Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, y México); al tiempo que, por razones que se desconocen, República Dominicana optó por abstenerse.  El cambio de posición de Costa Rica merece mención, al haberse abstenido en abril del 2024 para el voto de una resolución muy similar, sin brindar ningún tipo de explicación su delegado en Ginebra (véase nota de Delfino.cr de abril del 2024).

En el caso de los Estados miembros permanentes del Consejo de Seguridad que integran el Consejo de Derechos Humanos, en este 2025 China votó a favor, al tiempo que Francia se abstuvo, sin dar a conocer las razones por hacerlo al no proceder sus delegación a una explicación del voto. En relación al voto del 2024 sobre un texto muy similar, la misma posición se observó por parte de China y de Francia, al tiempo que votó en contra la delegación de Estados Unidos.

Resulta oportuno indicar con respecto a Francia y a su abstención observada en el 2024 y nuevamente en el 2025, que el flujo de exportaciones francesas hacia Israel en materia militar, dió lugar a esta pregunta (véase enlace) de una senadora gala: se trata de una pregunta que cumplió un año sin obtener contestaciión por parte de las autoridades a cargo de la defensa en Francia, el pasado 7 de marzo del 2025. Tratándose de un ministerio cuyo titular ha logrado mantenerse en el puesto a pesar de los distintos gabinetes galos observados entre marzo del 2024 y lo que va del 2025, la ausencia de respuesta de su parte resulta aún más llamativa.


El contexto en el que se adoptó esta resolución

La contundencia de la condena a Israel que se desprende de esta resolución adoptada este 2 de abril del 2025 es llamativa, y resulta más que notoria la casi nula cobertura de grandes medios de prensa y de agencias internacionales de noticias sobre el voto registrado de esta resolución. 

El asesinato deliberado de periodistas en Gaza por parte de Israel ha llevado a varios colectivos franceses a exigir a Israel cesar este tipo de ataques en un comunicado conjunto de varias organizaciones galas, dado a conocer este 15 de abril del 2025: véase comunicado, colgado por RFI, cuyo texto bien podría inspirar a algunos gremios profesionales enmudecidos sobre el tema, en particular en América Latina y en particular en Centroamérica.

Esta votación se da en plena ofensiva de Israel en Gaza, con saldos mortíferos nunca registrados antes (más de 1400 personas fallecidas en 20 días) desde que, el pasado 18 de marzo, Israel rompió unilateralmente la tregua pactada y materializada desde el 19 de enero del 2025 con el Hamás.

Este reportage publicado en Israel por Magazine+972 el 3 de abril del 2025, titulado "In Gaza´s devastated hospitals, treatable patiens face 'slow, quiet death' " explica el riesgo de fallecer al que se exponen muchos heridos graves dado el colapso total de la red hospitalaria de Gaza, en gran parte destruída deliberadamente por Israel. Ello sin hablar de la destrucción intencional de ambulancias y de equipos de rescate en Gaza, y ello desde el mes de octubre del 2023. El penúltimo informe de Naciones Unidas al 4 de abril del 2025 detallaba las más recientes exacciones a las que se había prestado el ejército de Israel contra la población civil palestina. El último informe (al 23 de abril) detalla la tragedia indecible que se está viviendo en Gaza por parte de la población civil palestina.

El pasado 3 de abril, numerosos expertos en derechos humanos de Naciones Unidas alertaron en un comunicado conjunto sobre la imperiosa necesidad de tomar acciones para terminar con la impunidad total de Israel en Gaza.  El pasdo 8 de abril, el Secretario General de Naciones Unidas se refirió a Gaza como un verdadero "campo de la muerte" en el que no ha entrado ayuda humanitaria desde más de un mes (véase nota de prensa) debido al bloqueo de Israel: se trata de una situación pocamente divulgada en medios de prensa en Estados Unidos y en Europa, y que ha llevado a un grupo de ONG a solicitarle nuevamente a Sudáfrica presentar una acción urgente (una cuarta solicitud de medidas provisionales) a la CIJ ( véase nota de prensa del 11 de abril).


Los efectos de la orden de arresto de la justicia penal que pesa sobre dos dirigentes israelíes

El voto de esta resolución por parte del Consejo de Derechos Humanos también precedió de pocas horas el anuncio por parte de Hungría de denunciar formalmente el Estatuto de Roma que crea la Corte Penal Internacional (CPI), una decisión que coincide con la visita a Hungría del Primer Ministro de Israel (véase nota de la BBC): se trata del primer Estado miembro de la Unión Europea (UE) en anunicar que procederá a la denuncia del Estatuto de Roma, un instrumento que Hungría había ratificado desde el año 2001 (véase estado oficial de firmas y ratificaciones). 

De igual forma, se trató del primer viaje al que se aventuró el Primer Ministro de Israel a Europa, luego de la confirmación de una orden de arresto en su contra por parte de los jueces de la Sala de lo Preliminar de la CPI, en noviembre del 2024 (véase breve nota nuestra al respecto). Es de notar que el único jefe de Estado en saludar la decisión de Hungría ha sido... el mismo Primer Ministro de Israel (véase cable de la agencia Reuters). 

Por su parte, la Presidencia de los Estados Partes al Estatuto de Roma no tardó en condenar a Hungría, haciéndole ver además que una denuncia no surte efectos inmediatos como pareciera interpretarse, de manera algo aventurada, en Budapest (véase comunicado oficial): el artículo 127 del Estatuto de Roma claramente establece un plazo de un año a partir de la notificación de la denuncia, durante el cual el Estado que denuncia este tratado mantiene inalteradas todas sus obligaciones jurídicas, sin excepción de ningún tipo (véase texto del Estatuto de Roma). Siempre sobre Hungría, el pasado 16 de abril la Sala de lo Preliminar de la CPI le solicitó aclaraciones (véase texto de la decisión). En el texto se lee que:

" 3. On 3 April 2025, the Registry, having confirmed that Mr Netanyahu had arrived in Hungary a few hours earlier that day, transmitted to Hungary the request for the provisional arrest of Mr Netanyahu pursuant to article 92 of the Statute. 

4. On 11 April 2025, the Registry filed with the Chamber the report about the transmission of the request to Hungary, providing it, inter alia, with information that Mr Netanyahu was present in Hungary from 3 until 6 April 2025, when he left the country".

En el caso de Francia, cuyas autoridades diplomáticas en noviembre del 2024 habían procedido a tecnicismos legales algo originales para asegurar que no detendrían al Primer Ministro israelí en caso de encontrarse en Francia, tuvimos la ocasión de explicar en un texto destinado a lectores francófonos sobre el alcance de estas órdenes de arresto (Nota 3) que:

"Cette ligne jurisprudentielle appliquée aux visites de chefs d´Etat étrangers en France mérite une explication un peu moins juridique que nous allons tenter de donner : on peut serrer la main de tout chef d´Etat étranger sur le perron de l'Elysée, y ajouter les accolades de rigueur, sourires affables et poses devant les journalistes, et ce chef d'Etat bénéficie sur le territoire de la France de l'immunité accordée à tout chef d'Etat. Et ce même si il est suspecté de commettre un génocide, des crimes de guerre, des crimes contre l'humanité ou d'autres violations graves des droits de l´homme. A la question que toute personne peut légitimement se faire "Mais,... ils sont nombreux ces chefs d'Etat étrangers?", on peut répondre qu'il y en a effectivement un bon nombre. Par contre, et dans ce cas le nombre est bien moindre, lorsque ces accusations ont été soigneusement examinées et méticuleusement documentées par le Procureur de la CPI, puis revues méthodiquement par trois juges de la CPI, et que ce chef d'Etat étranger fait finalement l'objet d'un mandat d'arrêt délivré par une Chambre préliminaire de la CPI, le droit international s'impose automatiquement aux autorités françaises en vertu du Statut de Rome : on procède alors à la capture de ce même chef d'Etat s'il se trouve en France par les autorités nationales compétentes, et on le remet sans tarder aux juges de la CPI à La Haye. Fini le temps des accolades devant les caméras".

Resulta de interés señalar que para trasladarse de Hungría a Estados Unidos, la aeronave del Primer Ministro israelí debió pedir a autorización de sobrevuelo a Austria, Alemania y Francia (y tal vez a otros Estados más): en el caso de Francia un colectivo de juristas franceses (JURDI, véase enlace) interpeló a las autoridades galas (véase carta del 7 de abril) sobre las obligaciones existentes para Francia, en virtud del Estatuto de Roma, de detener al Primer Ministro israelí en el espacio aéreo francés. No se ha escuchado de llamada de atención similar hecha a las autoridades de Austria y de Alemania. Con respecto a Francia, nuestros estimables lectores podrán por sí mismos revisar la poca cobertura de prensa hecha a la misiva dirigida a las autoridades francesas por parte de JURDI.

Es muy probable que para las ceremonias oficiales previstas en Roma para los funerales de Su Santidad el Papa Francisco este próximo 26 de abril, no viajará a Roma el Primer Ministro de Israel en la cidudad en la que se adoptó el Estatuto de Roma en 1998;  como tampoco el Presidente de Rusia, también objeto de una orden de arresto de una Sala de lo Preliminar de la CPI por crímenes de guerra cometidos en Ucrania (véase comunicado oficial de la CPI sobre esta orden de arresto del 17 de marzo del 2023).

En el caso del Primer Ministro de Israel además, el 24 de abril del 2025, la Sala de Apelaciones de la CPI confirmó la plena vigencia de las dos órdenes de arresto emitidas contra dos dirigentes israelíes, en una decisión escasamente difundida en los grandes medios de prensa internacionales, un fenómenos recurrente al que muchos ya se han ido acostumbrando cuando de Israel y de la justicia penal internacional se trata (Nota 4).


A modo conclusivo

Pese a las imágenes desgarradoras que provienen día tras día desde Gaza desde la tarde/noche del 7 de octubre del 2023, los mecanismos existentes  a nivel de Naciones Unidas intentan frenar el ímpetu destructor de Israel. 

Estos mecanismos cuentan con con una limitación mayor, debido al veto sistemático de Estados Unidos en el seno del Consejo de Seguridad para resguardar la libertad de acción de Israel en Gaza (observado en varias ocasiones desde octubre del 2023). No osbtante, el Consejo de Seguridad es un mecanismo de muchos otros, y son varios los Estados que, tanto en la Asamblea General, como en el Consejo de Derechos Humanos, así como ante la CIJ y la CPI, buscan la manera de suplir esta grave limitación. En estos otros espacios, la intensidad de las gestiones diplomáticas de la dupla Israel-Estados Unidos se despliega sin lograr sino cosechar derrotas reiteradas que culminan con acusaciones infundadas de "antisemitismo" por parte de las autoridades israelíes. 

Hay que tener claro que esta dupla deriva de la alianza incondicional existente entre Israel y Estados Unidos, y ello, independientemente del partido político al que pertenezca el ocupante de la Casa Blanca. No obstante lo anterior, como nueva consolidación de los lazos privilegiados existentes entre Israel y Estados Unidos desde la llegada del nuevo ocupante de la Casa Blanca, en días recientes las autoridades migratorias de Estados Unidos han anunciado que sus funcionarios revisaran contenidos "antisemitas" en redes sociales antes de otorgar  a personas su visa de ingreso al territorio norteamericano (véase nota oficial del 9 de abril del 2025 del USCIS). El comunicado oficial del 15 de abril del 2025 de la Misión Permanente de Estados Unidos ante Naciones Unidas cuestionando a la Relatora Especial Francesca Albanese (véase texto) pone en evidencia la exacta coincidencia de criterio existente entre Estados Unidos e Israel sobre la labor de la precitada jurista italiana.

Al igual que otras resoluciones similares, esta resolución aprobada el 2 de abril del 2025 será seguramente usada ante la Asamblea General de Naciones Unidas y ante el Consejo de Seguridad, así como ante los jueces de la CIJ, en particular en el caso de la demanda interpuesta por Sudáfrica contra Israel, así como ante los jueces de la CPI en caso de enjuiciarse un día los dos dirigentes israelíes objeto de órdenes de arresto desde noviembre del 2024. 

Nótese que la extrema presión que ejerce Estados Unidos sobre Sudáfrica desde la llegada a la Casa Blanca de su nuevo ocupante el pasado 20 de enero, probablemente busque obtener un retiro de la demanda sudafricana contra Israel ante la CIJ. El pasado 1ero de abril, por razones que se desconocen, Nicaragua optó por retirar formalmente su solicitud de intervención en el marco de la demanda de Sudáfrica contra Israel (véase comunicado de la CIJ en francés y en inglés): en este comunicado oficial de prensa, se informa que el retiro de esta solicitud de intervención obedece al alto costo que le significa a Nicaragua mantenerla, lo cual puede sorprender y mucho menos convencer. 

Sobre Israel y la CIJ, resulta de interés indicar que Israel refirió a la supuesta carga excesiva que le significaba este procedimiento consultivo al momento de solicitar a la CIJ un plazo adicional para presentar su contramemoria en el caso contencioso Sudáfrica vs. Israel: en su ordenanza del 14 de abril, la CIJ le concede un plazo adicional (véase texto en francés y en inglés), lo cual puede resultar un tanto sorprendente (ya que, como lo hemos visto, Israel ha decidido no participar en la fase escrita y oral del procedimiento consultivo, tal y como lo informó la misma CIJ en sus comunicados de prensa).

Con relación a Costa Rica, y a la contienda electoral del 2026 que se avecina, en esta reciente nota publicada en ElMundo.cr (edición del 20 de marzo del 2025), un diputado que se vislumbraba como posible precandidato a las elecciones a realizarse en el 2026 en Costa Rica, pareció considerar muy oportuno anunciar que trasladaría la embajada de Costa Rica de Tel Aviv a Jerusalén de ser electo. Era probable que este tipo de propuesta se observara desde candidatos provenientes de otros partidos políticos en Costa Rica en los meses venideros, pero no de ese partido político: al respecto, es de notar que en febrero del 2024, unos 20 congresistas de Costa Rica viajaron a Israel (véase nota). Nos permitimos remitir a nuestros estimables lectores costarricenses a una valoración hecha por el excanciller de Costa Rica en en el período (2006-2010) sobre el traslado de la embajada costarricense a Jerusalén observado en 1982 (Nota 5). Es probable que semejante propuesta se hizó sin tener claro porqué, después de Donald Trump en mayo del 2018, en el plano mundial únicamente Guatemala, Honduras y Paraguay se han sentido obligados a trasladar como Estados Unidos sus respectivas embajadas de Tel Aviv a Jerusalén en América Latina (así como Kosovo en Europa  en marzo del 2021). En el caso de Paraguay, la decisión de mayo del 2018 del entonces Presidente Horacio Cartes, empresario en el centro de escándalos repetitivos desde que dejó la presidencia paraguaya (véase nota de la BBC del 2023) se revirtió muy pocos meses después con la llegada del nuevo Presidente paraguayo Marito Abdo Benitez - Nota 6). Y en el caso de Honduras, la decisión de junio del 2021 de trasladar su legación diplomática a Jerusalén se tomó bajo la presidencia de Juan Orlando Hernández, condenado por narcotráfico a 45 años de prisión en Estados Unidos en el 2024 (véase nota de la BBC del 26 de junio del 2024).

Con esta resolución del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, Israel (y su aliado norteamericano) han registrado uno de los numerosos fracasos diplomáticos en Naciones Unidas, con una resolución que probablemente sea utilizada por Estados y por diversas entidades de Naciones Unidas que buscarán, a partir del 28 de abril en La Haya en la majestuosa sala de audiencias del Peace Palace, la manera de forzar a Israel a respetar las reglas del ordenamiento jurídico internacional: y ello pese a la intensidad de los esfuerzos desplegados por su incondicional aliado norteamericano.


Notas


Nota 1: En aquella oportuniad, nos permitimos señalar que en julio del 2024, al darse a conocer la opinión consultiva de la CIJ sobre la colonización y la ocupación ilegal del territorio palestino ocupado que: 

"Al respecto, las 292 páginas del escrito de Palestina (véase texto  en francés y en inglés) contrastan con las módicas 5 páginas remitidas en su momento por Israel (véase texto en francés y en inglés). 

Con respecto a Israel, cabe indicar que, pese a poder hacerlo, Israel optó por no participar luego en las audiencias orales, un detalle que la jueza oriunda de Estados Unidos en la CIJ consideró necesario señalar en su declaración separada (véase texto), al precisar que:

"4It also is unfortunate that Israel did not meaningfully participate in these advisory proceedings. Israel submitted a five-page written statement to the Court, together with annexes. It chose not to participate in the oral proceedings, despite the fact that up to the opening of those proceedings, the Court had reserved three hours for Israel to present its views — the same amount of time allocated to the observer State of Palestine, and six times the amount allocated to any other participant. This is an advisory proceeding, and no State was under an obligation to participate, including Israel. Israel’s participation in the oral proceedings, however, would have benefited the Court. Conversely, the failure of a State to participate cannot prevent the Court from fulfilling its responsibilities in replying to an advisory request" ". Véase BOEGLIN N., "Ocupación prolongada y colonización ilegal israelí del territorio palestino: apuntes con relación a la reciente opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia (CIJ)", 19 de julio del 2024. Texto disponible aquí


Nota 2: Véase BOEGLIN N., "Gaza  /  Israel: apuntes desde Costa Rica sobre fijación de fecha para audiencias públicas, de cara a nueva solicitud de opinión consultiva a la Corte Internacional de Justicia (CIJ) " 12 de marzo del 2024. Texto disponible aquí.


Nota 3Véase BOEGLIN N., "Gaza / Israël : la portée des mandats d'arrêt délivrés récemment par la Cour Pénale Internationale (CPI) et la surprenante réaction officielle de la France", 30 de noviembre del 2024. Texto disponible aquí.


Nota 4: Véase BOEGLIN N., "Gaza / Israel: Sala de Apelaciones de Corte Penal Internacional (CPI) mantiene las órdenes de arresto contra dos dirigentes en Israel", 24 de abril del 2025. Texto disponible aquí


Nota 5Sobre esta decisión de 1982 de Costa Rica, el ex canciller (2006-2010) Bruno Stagno Ugarte escribió que: 

"El 8 de mayo 1982, en su primer acto de gobierno, el Presidente Luis Alberto Monge Álvarez ordenó el traslado de la Embajada de Costa Rica en Israel a Jerusalén. Esta decisión, fielmente ejecutada por el entonces Ministro de Relaciones Exteriores, Fernando Volio Jiménez, sería una de esas vergüenzas mayúsculas que le han restado autoridad y credibilidad a nuestro apego histórico a las normas del derecho internacional. Pocas decisiones han evidenciado de manera tan manifiesta un divorcio tan absoluto entre nuestros principios y propósitos y nuestras acciones. Pero lo más lamentable de esta decisión es que ni siquiera estuvo motivada por una necesidad de Estado, sino por el sentimentalismo desmedido de unos pocos. Decisiones como esta, arriesgan más de lo que prometen. Son decisiones que tienen altos costos y escasos, sino nulos, beneficios. Su naturaleza intrínsecamente deficitaria se conocía de antemano

(véase STAGNO UGARTE B.Los caminos menos transitados: la administración Arias Sánchez y la redefinición de la política exterior de Costa Rica, 2006-2010, Editorial EUNA, 2013, p. 29. Texto completo de esta publicación disponible aquí ).


Nota 6Sobre la decisión de trasladar la embajada de Tel Aviv a Jerusalén por parte del entonces Presidente Cartes en Paraguay en el mes de mayo del 2018 (bajo fuerte presión de Estados Unidos para que Paraguay acompañara a Estados Unidos con embajadas en Jerusalén) y luego la decisión del nuevo Presidente paraguayo Mario Abdo Benitez de regresarla sin más preludios a Tel Aviv unos meses después, véase BOEGLIN N., " La valiente decisión de Paraguay de restablecer su Embajada en Tel Aviv: una breve puesta en perspectiva", editada el 11 de septiembre del 2018. Texto disponible aquí.  Hace unos pocos meses, el 12 de diciembre del 2024, Paraguay volvió a colocar a su embajada en Jerusalen (véase comunicado oficial).