CIADI: constituido el tribunal arbitral en demanda de EBI contra Costa Rica
Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto: nboeglin(a)gmail.com
Introducción
El pasado 30 de octubre, se anunció la integración de un tribunal arbitral en el marco del CIADI (Centro Internacional de Arreglo de Disputas entre Inversionista extranjero y Estado, más conocido por sus siglas en inglés - ICSID - y en francés - CIRDI) en el caso de la demanda interpuesta por la empresa EBI contra Costa Rica en julio del 2025: véase nota de IA reporter.
EL CIADI y la profunda desconfianza que genera
Como se ha analizado en textos anteriores nuestros, el sistema de arbitrage de inversión del CIADI ha ido generando una desconfianza tal en América Latina y en el resto del mundo que son muchos los Estados que ya sea han denunciado la Convención del Washington de 1965 que lo establece (Bolivia, Ecuador, Venezuela, Honduras), ya sea han renegociado las cláusulas sobre solución de diferencias incluidas en tratados bilaterales de protección y promoción de inversiones o bien mantienen una distancia prudente con este mecanismo (como Brasil, principal Estado receptor de inversión extranjera en América Latina que tan siquiera ha firmado este tratado de 1965 o México que lo ratificó tan solo en el 2018). Con respecto a la denuncia de este tratado por parte de Honduras, remitimos a nuestra nota de marzo del 2024, titulada:
"CIADI: a propósito de la reciente denuncia por parte de Honduras de la Convención de Washington de 1965".
Desde la perspectiva ambiental y de los derechos humanos, un informe poco difundido de Naciones Unidas del 2023 en América Latina (véase enlace) y cuya lectura completa se recomienda, elaborado por el Relator Especial sobre la cuestión de las obligaciones de derechos humanos relacionadas con el disfrute de un medio ambiente sin riesgos, limpio, saludable y sostenible, se titula:
"Pagar a los contaminadores: las catastróficas consecuencias de la solución de controversias entre inversionistas y Estados para la acción climática y ambiental y los derechos humanos".
La demanda contra Costa Rica como tal del 2025 interpuesta por la empresa EBI
La demanda contra Costa Rica fue planteada formalmente el 14 de julio del 2025 ante el CIADI con base en el tratado bilateral de inversiones (TBI) entre Costa Rica y Canadá suscrito en 1998: véase nota del Semanario Universidad publicada una semanas antes del registro oficial de la demanda ante la Secretaría del CIADI.
A diferencia de otros casos, el texto de la demanda interpuesta como tal no está por el momento disponible (véase por ejemplo texto de la demanda interpuesta contra Costa Rica de inversionistas para un megaproyecto en Playa Esterillos del 2014 y texto de demanda de empresa suiza en representación de Gaz Z del 2013). Desde ya agradecemos el concurso de nuestros estimables lectores si alguno/a de ellos sabe donde está disponible en línea el texto de la demanda como tal.
Cabe recordar que este mismo tratado bilateral entre Costa Rica y Canadá fue el que también había servido de base jurídica en el caso de la demanda interpuesta en febrero del 2014 contra Costa Rica por la empresa minera canadiense Infinito Gold relacionada a su polémico proyecto minero ubicado en Las Crucitas, en Cutris de San Carlos (véase texto de la demanda con fecha del 6 de febrero del 2014, presentada pocos día después de celebrarse los comicios en Costa Rica). En la precitada nota del Semanario Universidad se hace ver que la empresa cuestiona el hecho que no pueda construir rellenos sanitarios en las localidades de Turrúcares y Montes de Oro debido a la oposición de los vecinos y de los municipios.
Dos comunidades opuestas a la instalación de rellenos sanitarios
En el caso de la primera comunidad, en esta nota del 4 de noviembre del 2026, se hace ver la férrea oposición de vecinos al parecer muy organizados que se "plantaron" (expresión usada en el título de la nota) y obligó al Estado costarricense a desplazar a cuatro de sus ministros en un acto ante una comunidad profundamente indignada y molesta por el apoyo a este relleno sanitario de las máximas autoridades costarricenses (véase nota del Semanario Universidad). En esta otra nota de CRHoy, se señala la oposición de las mismas autoridades municipales a este polémico proyecto. Ya en el año 2024, se había observado a la máxima instancia costarricense en materia de salud cuestionar la posición de la Municipalidad en defensa de la comunidad de Turrúcares (véase nota del Semanario Universidad).
En esta otra nota del mismo medio universitario de julio del 2025, se lee que:
"EBI afirmó que “la demanda se basa, en parte, en el abuso de los procesos locales por parte de las municipalidades y en su falta de diligencia razonable para avanzar en los asuntos, tal y como exige la legislación costarricense y el principio procesal de impulso de oficio”."
En esta otra nota del programa radial matutino de Nuestra Voz de junio del 2025, se señala que para los representantes de la empresa:
"“Lo que ha impedido avanzar con el proyecto son dos procesos de lesividad que ha interpuesto la Municipalidad de Alajuela para anular los usos de suelo que ya habían sido otorgados a esas fincas por la misma administración. Además, en los últimos años, esa municipalidad emitió cuatro acuerdos indicando, sin fundamento alguno, que no permitiría la aprobación del permiso constructivo y a pesar de que esos acuerdos fueron impugnados por la empresa, desde el año 2023 se ha negado a resolver los recursos a pesar de existir una orden de un Tribunal”.
Es de notar que se trata de un proyecto que lleva ya varios años discutiéndose: en el 2014, en una decisión de la Sala Constitucional (véase voto 16359-2014) relativa al proyecto de relleno sanitario en Turrúcares, fueron tres los magistrados (de siete) los que habían considerado que la Sala constitucional no debía modificar el alcance del principio de la participación ciudadana en materia ambiental como derecho fundamental. Siempre en el 2014, fue esta vez un magistrado el que reiteró, siempre con respecto a este mismo proyecto en Turrúcares su posición anterior (véase voto 19621-2014).
Con respecto a la otra comunidad (Montes de Oro) también sujeta a un proyecto de relleno sanitario de la misma empresa, en el 2023 tuvimos la ocasión de analizar el alcance de la discusión interna en la Sala Constitucional con respecto al principio de participación ciudadana en materia ambiental, a raíz del voto 11236-2023: véase al respecto nuestra nota de julio del 2023, titulada:
"Participación ciudadana en materia ambiental: breves apuntes relativos a una reciente sentencia".
A modo de conclusión
Nuevamente aquí o como ocurrió con el fallido proyecto minero de Infinito Gold en Crucitas (o como ocurrió en Colombia cuando el Estado decidió proteger los páramos, o cuando en Panamá la justicia constitucional suspendió una concesión minera), decisiones de entidades estatales costarricenses, o bien de tribunales de justicia costarricenses, que frenan un proyecto de un inversionista extranjero, dan pié para una demanda internacional multimillonaria ante el CIADI.
¿A qué se debe esperar Costa Rica? A un largo, costoso y riesgoso procedimiento ante el CIADI, como ello ha ocurrido en muchas ocasiones anteriores.
En el caso de Infinito Gold, la demanda interpuesta en febrero del 2014 culminó con una decisión de junio del 2021, en la que si bien se condenó a Costa Rica por violar disposiciones del TBI con Canadá, no se le ordenó pago alguno por concepto de indemnización: véase al respecto nuestra nota de junio del 2021 titulada:
" Infinito Gold contra Costa Rica: nuevo fracaso de minera canadiense al tiempo que persisten secretos en Costa Rica".
La empresa solicitó posteriormente una anulación parcial de este laudo ante un órgano de apelación del CIADI y en el 2024, la empresa y Costa Rica acordaron solicitar el archivo del caso al CIADI. En julio del 2024, COMEX precisó que no se había pactado nada con la empresa (véase nota del Semanario Universidad). Considerando que si ambas partes piden archivar un procedimiento pendiente al CIADI, es que algo se pactó, en junio del 2025, otra nota nuestra se tituló:
"Crucitas: Infinito Gold c. Costa Rica ante el CIADI a 11 meses de un comunicado oficial omiso, en medio de un súbito entusiasmo por el oro".