miércoles, 19 de septiembre de 2018
La reciente decisión del CIADI en el caso David Aven y otros contra Costa Rica: breves apuntes
La reciente decisión del CIADI en el caso David Aven y otros contra Costa Rica: breves apuntes
Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica, UCR
El 18 de setiembre pasado, se ha dado a conocer el laudo arbitral en el caso de David Aven y otros contra Costa Rica / Caso No. UNCT/15/3 (véase texto completo en castellano). Se trata de un caso llevado en el 2014 por un grupo de inversionistas extranjeros contra Costa Rica ante un tribunal auspiciado por el Centro Internacional de Arreglo de Disputas entre Inversionistas Extranjeros y Estado (más conocido como CIADI).
Un megaproyecto costero en Playa Esterillos y unos humedales protegidos por la legislación ambiental costarricense
La solicitud de arbitraje contra Costa Rica se relaciona a un proyecto de condominios en el Pacífico Central (Playa Esterillos Oeste), en la que los demandantes exigían, con base en varias disposiciones del Tratado de Libre Comercio (TLC o CAFTA-DR), el pago (inicial) por más de 70 millones de US$ a Costa Rica por concepto de indemnización (punto 61 de la solicitud de arbitraje): ello debido al hecho que, según ellos, su proyecto obtuvo los permisos correspondientes y luego se vio frenado en razón de restricciones de la legislación costarricense en materia ambiental. Por su lado, en sus argumentos presentados en el 2016, Costa Rica alegó (véase texto de los alegatos) que: "En síntesis, las Demandantes exhibieron una desconsideración desvergonzada de la legislación, de los estándares ambientales de protección, del control y de los procedimientos del Estado y de los poderes de policía del Estado de Costa Rica cuando se hizo evidente (debido a denuncias de terceros) que era inminente el daño real a los ecosistemas genuinamente sensibles debido a actividades inadmisibles de las Demandantes en el Sitio del Proyecto Las Olas" (punto 18, página 4).
Foto del proyecto Las Olas, de unas 39 hectáreas, extraída de esta nota de prensa del Tico Times titulada "Police evict squatters from U.S. investor’s property in Esterillos Oeste"
Como se puede apreciar, este grupo de inversionistas extranjeros fue llevado a considerarse perjudicado por actos del Estado costarricense y acudió a un arbitraje internacional para intentar obtener alguna compensación / indemnización por los supuestos daños sufridos. En este video disponible en YouTube, los inversionistas incluyen algunos extractos de la comparecencia en diciembre del 2016 del mismo David Aven ante los árbitros del CIADI.
Algunos de muchos detalles que posiblemente traigan recuerdos a muchas comunidades y activistas costarricenses
El detalle del largo procedimiento seguido desde enero del 2014 se puede observar en este enlace del sitio especializado en arbitraje de inversiones Italaw, permitiendo además la revisión de las diversas audiencias y testimonios de peritos ofrecidos tanto por el Estado como por los inversionistas.
En su decisión (véase texto completo), el Tribunal examina la actuación de las diversas autoridades costarricenses en materia ambiental: al respecto, se recomienda la lectura de varias partes de la sentencia que evidencian algunas cosas que muy a menudo sospechan comunidades y activistas al revisar algunos expedientes de megaproyectos cuestionables (y cuestionados). Por ejemplo, entre muchos más, en el párrafo 116 se puede leer que ambas partes se "distanciaron del origen" de un documento (sic.):
" 116. El 27 de marzo de 2008, sólo días antes de que se emitiera el comunicado del SINAC mencionado supra que confirmaba que el Sector del Condominio no se encontraba dentro de un ASP, se presentó un Informe del SINAC No. 67389RNVS-2008 ante la SETENA como parte del expediente del Proyecto Las Olas54 al que se ha hecho alusión durante el procedimiento como el “Documento Falsificado”. Tanto las Demandantes como la Demandada se han distanciado de su origen, y han surgido muchas discusiones entre ellas en cuanto a quién tenía motivos para elaborarlo y presentarlo, pero el Tribunal aún no tiene claro quién lo elaboró realmente. Este documento, presuntamente firmado por Gabriel Quesada Avendaño (un biólogo del SINAC) y Ronald Vargas (Director del SINAC) que establecía que los criterios seguidos por el Proyecto Las Olas para la protección del ambiente cumplían con los requisitos del SINAC, arribó a la conclusión de que el Proyecto “no constituye una amenaza evidente en el corredor biológico Esterillos Oeste ni socava en abosluto la biodiversidad del Refugio Nacional de Vida Silvestre Local”. Se confirmó que este documento se trataba de una falsificación – aunque esto no fue hasta el mes de noviembre de 2010. En el ínterin, parece que la SETENA confió en el documento".
En los párrafos 127-129, se aprecia cuán célere y eficiente puede a veces resultar una entidad municipal en Costa Rica cuando se trata de un proyecto de cierta envergadura:
"127. Fue por eso que la Sra. Vargas presentó una denuncia el 15 de junio de 2010 ante el Tribunal Ambiental Administrativo (“TAA”), una división del Ministerio de Ambiente, mediante la cual solicitaba una investigación del Proyecto Las Olas en vista de (i) las inquietudes acerca de si se estaban rellenando humedales; (ii) la construcción de calles pavimentadas y (iii) el hecho de que se había talado y quemado “vegetación.
128. Al día siguiente, el 16 de junio de 2010, la Sra. Vargas informó al SINAC acerca de sus hallazgos e informes anteriores emitidos con respecto al Proyecto Las Olas.
129. Curiosamente, el mismo día que la Sra. Vargas anunció públicamente sus inquietudes, la Municipalidad emitió siete permisos de construcción para el Sector de Servidumbres del Proyecto Las Olas. Pocos días después, el 22 de junio de 2010, DEPPAT—la Regente Ambiental contratada por el Sr. Aven—presentó un plan de movimientos de tierra y un programa de obras previstas con respecto al Sector de Servidumbres".
En el párrafo 181, se lee por parte del tribunal arbitral auspiciado por el CIADI, que las actuaciones de diversas entidades públicas del Estado costarricense arrojan algunas preguntas:
"181. Tal como surge de la descripción de los hechos supra, se presentan muchas cuestiones a partir de los hechos confusos y complejos, e informes, resoluciones y medidas aparentemente contradictorias o incongruentes por parte de las autoridades costarricenses, que este Tribunal analizará infra. Algunas de estas cuestiones son: ¿había humedales y bosques en el sitio del Proyecto Las Olas? ¿Cuál es el organismo encargado de determinar la existencia de humedales? ¿Es un organismo distinto al de los bosques? ¿Cuál es el organismo responsable de emitir un permiso de viabilidad ambiental? ¿Cuáles son los derechos del inversor una vez recibido un permiso? ¿Quién tiene autoridad para revocar? Por último, ¿qué relación existe entre los gobiernos municipal y central en lo concerniente al otorgamiento de permisos para el desarrollo de bienes inmuebles?"
Actuaciones de ambas partes algo cuestionables
En la parte final de su decisión, el tribunal arbitral desestima las pretensiones del grupo de inversionistas demandantes, al evidenciarse su mala fe, no sin hacer ver que Costa Rica omitió aplicar su propia legislación al detectar actuaciones ilegales por parte de los demandantes. En los párrafos 762-763 se lee que:
"762. .... Costa Rica también presentó ante este Tribunal algunos supuestos ilícitos de las Demandantes en lo que respecta a la Concesión y al desarrollo del propio Proyecto Las Olas, pero el Estado omitió la aplicación del derecho interno a estas situaciones. Además, la complejidad de la legislación ambiental y la cantidad de organismos facultados para aplicarla pueden explicar las contradicciones mencionadas supra, aunque pueden también desorientar a las personas que se ocupan de cuestiones de naturaleza ambiental. Toda esta confusión ha sido, en alguna medida, una invitación a litigar.
763. Las Demandantes, por otra parte, carecieron de transparencia en su desarrollo de Las Olas. Actuaron en aras de evitar la exhibición de las características del terreno que podrían perturbar su negocio. Omitieron la divulgación del Informe Protti (párrafo 111 supra) y también fraccionaron el terreno para evitar el requisito de presentar una Solicitud D1 para obtener un permiso de VA para las servidumbres (sección X.D.1(f) supra). Esta clase de acciones no solo socavaron el argumento de las Demandantes, sino que oscurecieron su comprensión".
La reconvención por daño ambiental: una magnífica ocasión ... desaprovechada
Uno de los puntos de interés en este caso preciso consistió en la posibilidad, para Costa Rica, de obtener del tribunal arbitral del CIADI un monto compensatorio por el daño ambiental causado por los demandantes. La "reconvención" es una figura procesal que permite obtener una reparación si la parte demandada logra demonstrar a los árbitros que ha sufrido un daño que amerite alguna forma de compensación (Nota 1). En los párrafos 720-721 del laudo arbitral, leemos que:
"720. Costa Rica acusa a las Demandantes del daño ambiental considerable supuestamente ocasionado por ellas. Esas acusaciones incluyen: a) la construcción de carreteras, excavación de alcantarillas de drenaje, instalación de alcantarillas y la remoción de estratos vegetales del bosque; b) la creciente sedimentación del suelo; c) el relleno y drenaje de los humedales.
721. Costa Rica afirma que las Demandantes tenían conocimiento de la sensibilidad ecológica del sitio de Las Olas mediante el Informe Protti, pero decidieron desestimarlo y no revelaron el informe a las autoridades competentes. Omitieron describir elementos decisivos del ecosistema del sitio y fragmentaron su solicitud de VA para evitar comunicarle a la SETENA una evaluación de todo el sitio del proyecto. A criterio de la Demandada, esta conducta violó normas imperativas de protección ambiental, y, por lo tanto, las Demandantes deben ser responsables por ello."
Lamentablemente, el tribunal arbitral no responde afirmativamente a la petitoria de Costa Rica sobre el pago de un monto por el daño ambiental. Para el tribunal,
"No existe una exposición precisa de los hechos que sustenten las reclamaciones, sino una referencia a informes periciales adjuntos a esos escritos de parte. No existe una especificación de la reparación que pretende sino en términos muy generales, y la cuantificación es muy aproximada, basada únicamente en la experiencia personal de un perito en lugar de en un método preciso de valoración. Además, la prueba que Costa Rica ha mencionado se diluye en su contestación de la demanda, sin especificar de manera clara y precisa los hechos que han de probarse dentro de la reconvención, en particular, la prueba de que las Demandantes son las causantes de todos los daños ambientales" (párrafo 745).
El tribunal considera además que esta petitoria se hizo de forma extemporánea (véase párrafos 746-747).
Algunas dudas pueden aflorar sobre el carácter extemporáneo de la reconvención planteada por Costa Rica y por la no presentación de un monto preciso cuantificando el daño ambiental por parte de las autoridades costarricenses.¿Cuáles pueden haber sido las razones para desaprovechar de esta manera una ocasión que raramente se presenta ante los árbitros del CIADI? ¿Porqué será que Costa Rica, en un litigio internacional, sí presenta una valoración precisa, con base en una metodología moderna, del daño ambiental cuando los daños a un humedal son ocasionados por Nicaragua en Isla Portillos (ante la Corte Internacional de Justicia), y no lo hace cuando se trata de inversionistas extranjeros causando un daño similar (ante los árbitros del CIADI)? Dejamos a cada uno de nuestros estimables lectores buscar alguna respuesta a esta y a otras preguntas.
La condena en costas obtenida por Costa Rica
En cambio, el tribunal condena a los demandantes a pagarle a Costa Rica más de un millón de US$ por concepto de condenatoria en costas (véase página 263 del laudo arbitral). Nótese que los costos de defensa fueron evaluados por Costa Rica en más de 2,4 millones de US$ en sus alegatos (véase párrafo 750 de laudo arbitral), frente a los más de 8,5 millones de US$ que adujeron los demandantes haber gastado en este proceso (párrafo 748 del mismo laudo).
Recientemente, se informó de otra suma de dinero similar que se le adeuda a Costa Rica por parte de un grupo de accionistas suizos de la empresa mexicana Gaz Z, luego de una decisión arbitral también favorable a Costa Rica adoptada por un tribunal arbitral del CIADI en el 2017 (véase nota de CRhoy y nota del Semanario Universidad): Costa Rica había indicado haber incurrido en un gasto de más de 2 millones de US$ para su defensa (véase párrafo 709 del laudo arbitral de febrero del 2017).
Nótese que el Ministro de Relaciones Exteriores de Costa Rica adujo en febrero del 2014 que Costa Rica destinaría 2 millones de US$ por año para enfrentar la única demanda interpuesta por una minera canadiense contra Costa Rica ante el CIADI (véase nota de prensa del Tico Times), lo cual evidencia ya sea: - a) que para las demandas planteadas por las mineras canadienses, el monto asignado para defenderse en el CIADI es mucho mayor o; - b) que los montos que Costa Rica asigna a su defensa sufren variaciones que pueden ser muy significativas, o; - c) que el canciller de Costa Rica, un funcionario público usualmente bien informado, dejo de serlo por un instante, o; - d) que el canciller de Costa Rica, un funcionario público usualmente bien informado, dio a conocer un dato que no debió ser dado a conocer, o; - e) que los montos que divulga COMEX sobre los costos de una demanda ante el CIADI son inconsistentes.
Es de notar que para el año 2017, se comunicó por parte de las autoridades de COMEX en noviembre del 2016 un gasto de más de 2,5 millones de US$ para hacerle frente a las cuatro demandas interpuestas contra Costa Rica ante el CIADI (véase artículo titulado "Demandas de inversionistas extranjeros. Defensa ante tribunales arbitrales costará ₡1.466 millones en 2017" publicado por el Semanario Universidad, edición del 9/11/2016).
Más allá de las serias contradicciones existentes entre autoridades costarricenses sobre los montos correspondientes a la defensa ante el CIADI, según un especialista costarricense en materia arbitral, se estima que el costo que debe asumir un Estado para su defensa en un caso ante el CIADI asciende a unos 8 millones de US$ (véase declaraciones del especialista Juan José Obando en esta nota de CRHoy del 2014).
A modo de conclusión
Pese a evidenciarse inconsistencias en el actuar de diversos entes públicos, Costa Rica sale bastante bien librada de este largo proceso internacional interpuesto por David Aven y otros inversionistas, en el que las autoridades costarricenses lograron convencer a los integrantes del tribunal arbitral de la mala fe de los inversionistas extranjeros y de la cuestionable asesoría legal con la que contaron en Costa Rica. El hecho que la decisión fuera tomada de manera unánime por los tres árbitros confirma el poder de convencimiento del árbitro designado por Costa Rica, el jurista venezolano Pedro Nikken.
Pueden, esto sí, persistir algunas dudas sobre el fracaso de la solicitud de Costa Rica en materia de reconvención por daño ambiental, a la que aludimos en los párrafos anteriores.
Con la resolución de este caso, ante el CIADI se mantiene pendiente de resolución un solo caso contra Costa Rica, correspondiente a la demanda interpuesta por la empresa minera canadiense Infinito Gold en febrero del 2014 por la suspensión ordenada por los tribunales de justicia del proyecto localizado en Las Crucitas, que ha dado recientemente lugar a una inesperada solicitud por parte de Canadá (Nota 2). Se trata de una demanda contra Costa Rica por 321 millones de US relacionada a otro megaproyecto que obtuvo en el período (2006-2010) autorizaciones y permisos cuestionables (y cuestionados), al igual que el proyecto de condominios Las Olas en Esterillos Oeste.
No cabe duda que "intervenir" durante el (2006-2010) a órganos técnicos como la SETENA desde un "Ministerio de la Competitividad" conlleva algunas consecuencias, no del todo ajenas a lo que los mismos integrantes del tribunal del CIADI denominaron en su laudo sobre Las Olas "una invitación a litigar" (párrafo 762).
En igual situación (un solo caso pendiente de resolución ante el CIADI) se encuentran, en América Latina, Bolivia, Ecuador, Guatemala, Nicaragua y Uruguay, a diferencia de Chile (dos demandas), México y Panamá (cinco demandas cada uno), Perú (siete demandas), Argentina y Colombia (nueve demandas cada uno) y Venezuela con veinte demandas pendientes de resolución inscritas ante el CIADI. Como dato de interés, España es el Estado que más demandas acumula en la actualidad ante el CIADI en su contra: un total de treinta demandas pendientes de resolución al momento de redactar estas breves líneas (20/09/2018).
Nótese que en este año 2018, por alguna razón, México, que había mantenido una cauta distancia con el CIADI desde su creación en 1965, al igual que varios Estados en América Latina (Nota 3), dejó de tenerla: el 11 de enero del 2018 firmó la Convención de Washington que crea el CIADI y el pasado 27 de julio, optó por depositar su instrumento de ratificación (véase nota de CIARGlobal), pocas semanas después de las elecciones realizadas el mismo mes de julio del 2018. Este renovado entusiasmo de México por el CIADI posiblemente guarde relación con el denominado TPP (Trans Pacific Partnership) que fue el primer Estado en ratificar en abril del 2018 (véase nota de prensa de El Economista).
--- Notas ---
Nota 1: En el 2017, recurriendo a esta figura de la reconvención, Ecuador logró obtener de un tribunal del CIADI 41 millones de US$ por concepto de daños ambientales causados por la petrolera Burlington (véase nota de IISD).
Nota 2: Recientemente se supo que, de forma algo tardía y que merecería una investigación, Canadá solicitó intervenir en este litigio (véase nota de CRHoy) y que esta solicitud fue admitida por el tribunal el 18 de setiembre del 2018 (véase ficha técnica del caso). Tratándose de una demanda planteada ante el CIADI desde febrero del 2014, es válido preguntarse a qué puede obedecer este repentino y súbito interés de Canadá en intervenir en este procedimiento. Sobre un intento frustrado que hiciera en el 2015 Costa Rica para dar por terminado este procedimiento, remitimos al lector a nuestro artículo : BOEGLIN N., "La solicitud de Costa Rica de poner término a la demanda de Infinito Gold ante el CIADI: breves reflexiones", editada en el OPALC (Sciences-Po, Paris), y disponible aquí.
Nota 3: Véase al respecto nuestra nota editada en el 2013 BOEGLIN N., "ICSID and Latin America Criticism, withdrawal and the search for alternatives", editada en el sitio especializado de Bretton Woods Project, en el mes de diciembre del 2013, y disponible aquí.
domingo, 16 de septiembre de 2018
Grupo de Lima rechaza intervención militar en Venezuela
Grupo de Lima rechaza intervención militar en Venezuela
Ante insólitas declaraciones dadas por el Secretario General de la Organización de Estados Americanos (OEA) sobre una opción militar para resolver la crisis en Venezuela, brindadas a la prensa en Cúcuta durante su reciente viaje a Colombia (véase nota de prensa), el Grupo de Lima ha adoptado un comunicado haciendo ver que no apoya en ningún momento esta opción. Los Estados que integran este Grupo "expresan su preocupación y rechazo ante cualquier curso de acción o declaración que implique una intervención militar o el ejercicio de la violencia, la amenaza o el uso de la fuerza en Venezuela".
Es de notar que estas declaraciones no han dado lugar a rectificación o aclaración alguna por parte de la Secretaría General de la OEA.
Habíamos tenidos la oportunidad de registrar y de analizar las diversas reacciones a declaraciones públicas dadas por el actual ocupante de la Casa Blanca en esta misma dirección, en agosto del 2017 (véase nuestra nota titulada "El rechazo del MERCOSUR y de otros Estados de América Latina al uso de la fuerza en Venezuela").
El comunicado oficial difundido este 15 de setiembre del 2018 por los Estados que integran el Grupo de Lima se lee de la siguiente manera:
Comunicado Conjunto 016-18
"Los Gobiernos de Argentina, Brasil, Costa Rica, Chile, Guatemala, Honduras, México, Paraguay, Perú y Santa Lucía, países miembros del Grupo de Lima, reafirman su compromiso para contribuir a la restauración de la democracia en Venezuela y a la superación de la grave crisis política, económica, social y humanitaria que atraviesa ese país, a través de una salida pacífica y negociada. En ese sentido, continuarán promoviendo iniciativas a este fin en el marco del Derecho Internacional.
Instan una vez más al régimen venezolano a poner fin a las violaciones a los derechos humanos, a liberar a los presos políticos, respetar la autonomía de los poderes del Estado y asumir su responsabilidad por la grave crisis que hoy vive Venezuela.
Asimismo, expresan su preocupación y rechazo ante cualquier curso de acción o declaración que implique una intervención militar o el ejercicio de la violencia, la amenaza o el uso de la fuerza en Venezuela".
viernes, 14 de septiembre de 2018
Corte Penal Internacional (CPI) toma nota de amenazas hechas por Estados Unidos
Corte Penal Internacional (CPI) toma nota de amenazas hechas por Estados Unidos
En un comunicado oficial dado que fue a conocer el pasado 12 de setiembre, la Corte Penal Internacional (CPI) contestó, a su manera, a las manifestaciones hechas por uno de los principales asesores del actual ocupante de la Casa Blanca en materia de seguridad.
Foto de John Bolton, extraída de nota de prensa titulada "ICC will continue 'undeterred' after US threats. International criminal court issues statement as John Bolton warns of sanctions"
Breve puesta en contexto
Como se recordará, John Bolton aseveró en declaraciones públicas dadas el 10 de setiembre, en la víspera de las conmemoraciones del 11/S, que Estados Unidos sancionaría a la CPI si esta llegase a abrir investigaciones contra jefes militares o personal militar de Estados Unidos o de sus aliados, sospechosos de cometer crímenes de guerra o crímenes de lesa humanidad (véase nota de The Guardian que contiene el video con las declaraciones).
En este artículo publicado en Times of Israel, y titulado "Bolton warns ICC not to go after Israel, confirms closure of PLO’s DC office", se lee que se escuchó por parte de John Bolton que:
"If the court comes after us, Israel or other US allies, we will not sit quietly… The United States will use any means necessary to protect our citizens and those of our allies from unjust prosecution by this illegitimate court”.
Al parecer, hay una preocupación latente de este alto funcionario norteamericano con relación a lo que puede haber encontrado la CPI con respecto a actuaciones de militares y de jefes militares israelíes. Esta preocupación recuerda una infidencia - pocamente divulgada - que se lee en un cable diplomático secreto del 2010 dado a conocer por Wikileaks. Durante una conversación con diplomáticos norteamericanos (véase cable del 23 de febrero del 2010 de la Embajada norteamericana en Tel Aviv) se lee lo siguiente por parte del Coronel Liron Libman: “Libman noted that the ICC was the most dangerous issue for Israel and wondered whether the U.S. could simply state publicly its position that the ICC has no jurisdiction over Israel regarding the Gaza operation”. El Coronel Liron Libman es un alto funcionario israelí conocedor de las reglas que imperan en el derecho internacional, al haber ostentado durante muchos años el cargo de Jefe del Departamento de Derecho Internacional del Ejército de Israel (IDF).
La justicia penal internacional y Palestina
Siempre en Israel, un artículo de opinión titulado "Did John Bolton shield Israel from war crimes?" publicado en el Jerusalem Post (véase artículo) relaciona las amenazas de John Bolton a las investigaciones que la CPI ha estado tramitando con relación a las actuaciones de Israel en territorios palestinos. Palestina por su parte remitió un día después de estas declaraciones una nota a la CPI en aras de que se le de seguimiento de forma más expédita a los diversos expedientes remitidos formalmente por Palestina a la Fiscalía de la CPI (véase nota del Times of Israel).
Se lee en este interesante análisis sobre el discurso de John Bolton y las obligaciones que tiene Estados Unidos con relación al personal de la CPI, derivadas de varios instrumentos jurídicos vigentes (véase artículo del Professor Dapo Akande publicado en EJIL y titulado "The Bolton Speech: The Legality of US Retaliatory Action Against Judges and Officials of the International Criminal Court?") que, según John Bolton, Estados Unidos:
"… will respond against the ICC and its personnel to the extent permitted by U.S. law. We will ban its judges and prosecutors from entering the United States. We will sanction their funds in the U.S. financial system, and, we will prosecute them in the U.S. criminal system. We will do the same for any company or state that assists an ICC investigation of Americans.”
El comunicado oficial de la CPI: "Tomamos nota, Sr. Bolton: a nosotros nadie nos inmuta"
Ante semejantes amenazas, raramente proferidas contra integrantes de una jurisdicción internacional, y que interpela a muchos Estados y a observadores internacionales, en particular a quiénes defienden la justicia internacional y la vigencia de las normas jurídicas internacionales, el comunicado de la CPI se lee como sigue (texto integral disponible en este enlace oficial de la CPI):
"The ICC will continue its independent and impartial work, undeterred ICC-CPI-20180912-PR1406
The International Criminal Court (“ ICC” or the “Court”) is aware of the speech delivered on 10 September 2018 by US National Security Advisor, John Bolton, concerning the ICC.
The Court was established and constituted under the Rome Statute, the Court's founding treaty – to which 123 countries from all regions of the world are party and have pledged their support through ratification –as an instrument to ensure accountability for crimes that shock the conscience of humanity. The Court is an independent and impartial judicial institution.
The Court's jurisdiction is subject to the primary jurisdiction of States themselves to investigate and prosecute allegations of those crimes and bring justice to the affected communities. It is only when the States concerned fail to do so at all or genuinely that the ICC will exercise jurisdiction.
The ICC, as a court of law, will continue to do its work undeterred, in accordance with those principles and the overarching idea of the rule of law".
El Presidente de la Asamblea de Estados Partes al Estatuto de Roma que crea la CPI también se pronunció, sin referirse expresamente a las declaraciones de John Bolton (véase comunicado oficial del 11 de setiembre del 2018), al igual que la vocera de la Unión Europea en materia de política exterior (véase parte inicial de su discurso del 13 de setiembre del 2018 ante el Parlamento Europeo). España por su parte circuló este comunicado de prensa el pasado 13 de setiembre (véase texto) titulado "España reitera su pleno apoyo a la Corte Penal Internacional". Salvo error de nuestra parte, no se ha registrado reacción oficial alguna en América Latina.
A modo de conclusión
No se tiene registro de amenazas de este tipo recibidas por parte de un juez internacional en el pasado, y es probable que estas declaraciones guarden relación con el siguiente hecho: nunca en la historia Israel había contado con una administración norteamericana tan solícita y tan atenta a sus pretensiones. El logo de campaña "Trump, make Israel great again" observado durante la contienda electoral del 2016 en Estados Unidos pareciera ser mucho más que una simple promesa de campaña, y asi lo parece haber entendido el actual ocupante de la Casa Blanca.
Es probable que, además de la CPI, otros integrantes de la comunidad internacional así como otros órganos de Naciones Unidas hagan ver, cada uno a su manera, su rechazo a semejantes declaraciones contra los integrantes de la CPI.
Es también muy posible que la Asamblea General de Naciones Unidas (pronta a sesionar en Nueva York) se haga eco del profundo malestar causado en el seno de la comunidad internacional: exabruptos de esta naturaleza no deberían ser observados sin más, sino ser objeto de una fuerte y contundente reacción de repudio.
Otras notas de interés sobre el tema:
"La resolución 2334 del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas que condena colonización israelí: breve puesta en perspectiva", enero del 2017, disponible aquí.
"Ce que nous enseigne la dernière résolution de l'Onu sur le conflit israélo-palestinien", publicado en el Huffington Post, enero del 2017, dsponible aquí.
"La reciente accesión de Palestina al Estatuto de Roma y a otros instrumentos internacionales: breve puesta en perspectiva", publicado en DerechoAlDia, enero del 2015, disponible aquí.
"Palestina: estatuto de Estado observador acordado por la Asamblea de Estados Partes a la Corte Penal Internacional (CPI)", publicado en DIPúblico, diciembre del 2014, disponible aquí.
"Pressions et menaces récentes d´Israël sur la Suisse: brève analyse", publicado en HebdoLatino, diciembre del 2014, disponible aquí.
miércoles, 12 de septiembre de 2018
Nicaragua: nueva resolución del Consejo Permanente de la OEA
Nicaragua: nueva resolución del Consejo Permanente de la OEA
Foto extraída de nota de prensa de Naciones Unidas titulada "Nicaragua must end 'witch-hunt' against dissenting voices – UN human rights experts", del 9/08/2018
En el día de hoy, el Consejo Permanente de la Organización de Estados Americanos aprobó una nueva resolución sobre la situación en Nicaragua, la cual contó con 19 votos a favor, 4 en contra, 9 abstenciones y dos delegaciones que optaron por no participar a la sesión. En el caso de la región centroamericana, Costa Rica y Panamá votaron a favor, al tiempo que El Salvador, Honduras y Guatemala se abstuvieron, al igual que Belice. En contra del texto votaron Bolivia, Nicaragua, San Vicente y las Granadinas y Venezuela.
Cabe precisar que el pasado 5 de setiembre, fue el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas el que consagró una sesión para analizar la situación imperante en Nicaragua, sin que se adoptase ninguna decisión al respecto (véase nota nuestra al respecto).
El texto integral de la resolución adoptada este 12 de setiembre del 2018 por parte del Consejo Permanente de la OEA se lee como sigue:
" CP/RES. 1110 (2182/18)
RESOLUCIÓN SOBRE ACONTECIMIENTOS RECIENTES EN NICARAGUA
(Aprobada por el Consejo Permanente en la sesión extraordinaria celebrada el 12 de septiembre de 2018)
EL CONSEJO PERMANENTE DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS,
Teniendo en cuenta los principios consagrados en la Carta de la Organización de los Estados Americanos, la Carta Democrática Interamericana, la Declaración Americana sobre los Derechos y Deberes del Hombre, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, de la cual Nicaragua es Estado parte;
Recordando el Artículo 1 de la Carta Democrática Interamericana que establece que los pueblos de América tienen derecho a la democracia y sus gobiernos tienen la obligación de promoverla y defenderla y que la democracia es esencial para su desarrollo social, político y económico;
Reafirmando la Declaración de Apoyo al Pueblo de Nicaragua [AG/DEC. 97 (XLIII-O/18)], aprobada por la Asamblea General de la OEA el 5 de junio de 2018;
Tomando nota de la resolución del Consejo "La Situación en Nicaragua," CP/RES. 1108 del 18 de julio de 2018, en la que se invita a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) a que continúe manteniendo informado al Consejo Permanente sobre el funcionamiento de los mecanismos específicamente establecidos por la CIDH para monitorear la situación de los derechos humanos y el seguimiento de la implementación de las recomendaciones contendidas en el informe de la CIDH, y se solicita a la CIDH y al Departamento para la Cooperación y Observación Electoral (DECO) al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, al Secretario General de la OEA y a la Unión Europea que acompañen las labores de la Comisión de Verificación y Seguridad;
Tomando nota también de la resolución del Consejo que establece el “Grupo de Trabajo para Nicaragua,” CP/RES. 1109 (2175/18) del 2 de agosto 2018, cuyo mandato es contribuir a la búsqueda de soluciones pacíficas y sostenibles a la situación que se registra en Nicaragua, incluso por medio de consultas con el Gobierno de Nicaragua;
Subrayando la importancia del trabajo realizado por entidades como la CIDH y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en ese país, y el compromiso colectivo de los Estados miembros de la OEA de conformidad con el Artículo 8 de la Carta Democrática Interamericana para fortalecer el Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos y la consolidación de la democracia en el Hemisferio;
Tomando nota de la sesión informativa del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre “Cooperación entre las Naciones Unidas y las organizaciones regionales en el mantenimiento de la paz y seguridad, la situación de Nicaragua,” del 5 de setiembre 2018; y
Tomando nota también del comunicado conjunto del Grupo de Trabajo para Nicaragua del Consejo Permanente y el Secretario General de la OEA del 31 de agosto de 2018,
RESUELVE:
1. Reafirmar su enérgica condena por los actos de violencia, represión y violaciones a los derechos humanos y abusos cometidos por la policía, grupos parapoliciales y otros contra el pueblo de Nicaragua, documentados en los informes recientes de la CIDH y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.
2. Urgir al gobierno de Nicaragua a tomar medidas inmediatas para investigar las violaciones y abusos documentados en esos informes y tomar medidas efectivas para llevar a los responsables a la justicia y otorgar reparaciones a las víctimas como corresponda, en un marco de respeto al Estado de Derecho.
3. Exhortar al Gobierno de Nicaragua a que cumpla con su compromiso de facilitar y brindarle la asistencia necesaria a la CIDH y específicamente con el Mecanismo de Seguimiento Especial para Nicaragua (MESENI) y el Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI) dándoles acceso y entregándoles la información necesaria para el adecuado implementación de sus mandatos; lo mismo se otorgará a los departamentos pertinentes de la Secretaría General de la OEA incluido el Departamento de Cooperación y Observación Electoral (DECO).
4. Expresar su profunda preocupación por la decisión del Gobierno de Nicaragua de retirar la invitación a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, y urgir a que reestablezca la cooperación con dicha Oficina a fin de que ésta pueda continuar con su constructivo trabajo en dicho país.
5. Hacer un llamado para generar las condiciones para restablecer el diálogo comprometido y de buena fe entre las partes, y exhortar al Gobierno de Nicaragua para que apoye un calendario electoral acordado conjuntamente en el contexto del proceso de Diálogo Nacional.
6. Lamentar el rechazo del gobierno de Nicaragua a cooperar con el Consejo Permanente y su grupo de trabajo e instar a que reconsidere dicha decisión con vistas a buscar soluciones pacíficas y sostenibles a la situación que se registra en Nicaragua.
7. Hacer un llamado a los Estados Miembros y Observadores a implementar, de conformidad con sus respectivos marcos legales y el derecho internacional aplicable, las medidas diplomáticas apropiadas para coadyuvar al restablecimiento del estado de derecho y la protección de los derechos humanos en Nicaragua.
8. Expresar la voluntad del Consejo Permanente de continuar dando seguimiento a la situación en Nicaragua y considerar todas las medidas posibles, para ayudar en búsqueda de soluciones pacíficas y efectivas a la crisis que enfrenta Nicaragua".
martes, 11 de septiembre de 2018
La valiente decisión de Paraguay de restablecer su Embajada en Tel Aviv: una breve puesta en perspectiva
La valiente decisión de Paraguay de restablecer su Embajada en Tel Aviv: una breve puesta en perspectiva
Inauguración de la embajada de Paraguay en Jerusalén con presencia de los mandatarios de Paraguay e Israel, en mayo del 2018. Foto extraída de nota de prensa titulada "Paraguay inaugura su embajada en Jerusalén", El Tiempo, edición del 21/05/2018.
La decisión reciente tomada por Paraguay
Este 5 de setiembre del 2018, se dio a conocer la decisión de Paraguay de dejar sin efecto la decisión de sus anteriores autoridades de trasladar su embajada a Jerusalén, tomada el 9 de mayo del 2018, y de volver a colocar su sede diplomática en Tel Aviv (véase nota de prensa de la BBC). La decisión surte efectos de forma "inmediata".
El último traslado de este tipo tuvo lugar el 29 de agosto del 2006, con relación a la sede diplomática de El Salvador que cerró sus puertas en Jerusalén para reabrirlas en Tel Aviv (véase nota de La Nación del 26/08/2006). Este cambio de El Salvador se dio pocos días después del anuncio hecho por Costa Rica en la misma dirección (véase nota de La Nación del 17/08/2006, que incluye la reacción de Israel).
A diferencia de lo ocurrido en el 2006, en esta oportunidad el contexto difiere sensiblemente, en la medida en la que nunca en la historia Israel había contado con una administración norteamericana tan solícita y tan atenta a sus pretensiones. El logo de campaña "Trump, make Israel great again" observado durante la contienda electoral del 2016 en Estados Unidos pareciera ser mucho más que una simple promesa de campaña, y asi lo parece haber entendido el actual ocupante de la Casa Blanca. Las recientes amenazas proferidas por parte de Estados Unidos contra los integrantes de la Corte Penal Internacional (CPI) confirman esta inédita alianza entre Israel y Estados Unidos (véase breve nota nuestra al respecto).
En este enlace se puede revisar el texto del comunicado oficial de Paraguay, en el que se señala que:
"En su decidido compromiso con la paz, el Paraguay desea contribuir a que se intensifiquen los esfuerzos diplomáticos regionales e internacionales con el objeto de lograr una paz amplia, justa y duradera en Oriente Medio.
Por consiguiente, en consonancia con lo previamente expuesto, el Gobierno de la República del Paraguay considera pertinente restablecer la sede de su Embajada ante el Estado de Israel en la ubicación previa al comunicado de fecha 9 de mayo de 2018. Esta medida se adopta entre tanto se pueda concretar un abordaje más amplio del tema".
Esta decisión paraguaya fue motivo de profunda satisfacción por parte de la Organización de Cooperación Islámica (véase comunicado oficial titulado "OIC Welcomes Paraguay’s Decision to Remove its Embassy from the Occupied City of Al Quds"), de la Liga Árabe (véase nota de MiddleEastMonitor), de Palestina así como de varias entidades latinoamericanas que apoyan la causa palestina (véase comunicado reproducido al final de este enlace del sitio PalestinaLibre).
En este enlace se puede apreciar el video de la conferencia de prensa brindada por el actual jefe de la diplomacia paraguaya, en la que abundan las referencias al derecho intenacional y a varias resoluciones de Naciones Unidas para justificar esta decisión; también califica, en el segmento de preguntas/respuestas, de "unilateral", "inconsulta", "sin ningun tipo de argumentación", y hasta de "visceral" (revisar mn 8:00 en adelante) la decisión de las autoridades paraguayas anteriores de trasladar la sede diplomática a Jerusalén.
La previsible reacción israelí
En respuesta a esta decisión tomada por la diplomacia paraguaya y fiel a sus ya previsibles gesticulaciones - que ya no impresionan mayormente - Israel ordenó el cierre inmediato de su embajada en Asunción (Nota 1). El jefe de la diplomacia guaraní, en declaraciones brindadas a la prensa, calificó de "apresurada y exagerada" la decisión tomada por Israel (véase nota de prensa de Ultima Hora).
Por su parte, el jefe de Estado paraguayo recibió una llamada del Vice Presidente de Estados Unidos solicitándole "reconsiderar" la decisión tomada, sin que trascendieran mayores detalles, que sería de interés conocer (véase nota de La Nación).
Cabe precisar que Estados Unidos celebró el 22 de mayo del 2018 la apertura de la embajada de Paraguay en Jerusalén: fue posiblemente el único Estado, con Israel, en manifestar su satisfacción al respecto. En un comunicado de prensa oficial de Estados Unidos, se puede leer que: "Los Estados Unidos de América celebran el traslado de la Embajada de Paraguay de Tel Aviv a Jerusalén, en Israel. Agradecemos a Paraguay, nuestro socio del Hemisferio Occidental por unirse a nosotros en reconocer la capital de Israel y alentar a traslados adicionales".
De influencias pasadas
Más allá del entusiasmo de la actual administración norteamericana, la duda puede persistir sobre las razones precisas que pudieron haber llevado en mayo del 2018 a las autoridades paraguayas a ordenar el traslado de su embajada a Jerusalén: la decisión se tomó de una manera inconsulta y en abierta violación a varias resoluciones del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas y de su Asamblea General. Nótese que el anuncio se hizo desde un "tweet" del vocero de la diplomacia israelí... días antes del comunicado oficial paraguayo (véase nota de Europa Press). El comunicado de prensa oficial paraguayo circulado en aquel momento no ofrece ninguna explicación o justificación al respecto (Nota 2): una minuciosa investigación arrojaría, estamos seguros de ello, datos de gran interés sobre las motivaciones reales de esta decisión.
En declaraciones dadas a conocer este 10 de setiembre del 2018, se hace referencia a la influencia de un "hermano del alma" (hoy prófugo de la justicia paraguaya y brasileña) del Presidente paraguayo anterior, que podría explicar algunas cosas (véase nota de prensa de Ultima Hora titulada "Castiglioni dijo que Messer hacía lobby por Israel", edición del 10/09/2018).
La soledad del actual embajador norteamericano en Jerusalén
En la actualidad, al traslado anunciado por la administración del Presidente Trump en diciembre del 2017 con relación a la embajada de Estados Unidos en Israel (véase nota nuestra al respecto publicada en La Celosía), se debe añadir a Guatemala, cuyo anuncio se dio a conocer el mismo 24 de diciembre del 2017 (véase nota nuestra publicada en el sitio jurídico de DIPúblico), y posteriormente, a Paraguay.
La intensa labor de cabildeo desplegada por la actual administración norteamericana y la de su socio israelí parecieran deber de conformarse con resultados algo limitados, y ello puede explicar (al menos en parte) la reacción iracunda israelí observada en Asunción en días recientes.
En mayo del 2018, el presidente de Guatemala había ido a inaugurar personalmente la nueva sede diplomática guatemalteca en Israel (véase nota de prensa de El Pais), al igual que su homólogo paraguayo en aquel momento. En el caso de la numerosa comitiva que acompañó al Jefe de Estado de Guatemala en su viaje a Israel, esta nota de prensa titulada "Canciller de Guatemala se niega a informar quién pagó gasto de viaje a Israel" revela la renuencia de las autoridades en dar a conocer a los generosos donantes que sufragaron los gastos de dicha comitiva.
Con el retiro de la sede diplomática paraguaya de Jerusalén, el embajador de Estados Unidos puede contar con la única compañía de su colega guatemalteco en la Ciudad Santa.
A modo de conclusión
La decisión de Paraguay de restablecer su embajada en Tel Aviv es acorde con lo dispuesto en varias resoluciones del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas y de la misma Asamblea General, y desde este punto de vista, merece ser ampliamente saludada y celebrada.
Podría incluso dar lugar a un nuevo ejercicio en la Asamblea General de Naciones Unidas (pronta a sesionar) sobre las embajadas ubicadas en Jerusalén y la necesidad de trasladarlas a Tel Aviv, después del voto (abrumador) obtenido el 21 de diciembre del 2017 (véase nota de prensa de Naciones Unidas): en efecto, esta valiente decisión paraguaya deja a Estados Unidos y a Guatemala como los dos únicos Estados Miembros de Naciones Unidas dispuestos a desafiar abiertamente la legalidad internacional y el consenso internacional por más de 70 años sobre el estatuto peculiar de la Ciudad Santa.
Habiendo puesto fin Paraguay a la verdadera provocación que significa para muchos el considerar Jerusalén como única capital de Israel, Palestina anunció que prontamente, procederá a abrir una misión diplomática en Asunción (véase nota de prensa de La Nación), gesto segundado pocas horas después por Turquía (véase nota de prensa de Europa Press). Es posible que otros Estados y otro tipo de iniciativas también se unan a este renovado impulso de Paraguay en sus relaciones con la comunidad islámica, tal y como lo deja entrever esta reciente reunión del canciller paraguayo con el embajador de Marruecos en Asunción (véase nota de prensa de Ultima Hora).
Con respecto a las relaciones de Estado a Estado que mantiene Palestina en América Latina, es de notar que el pasado 3 de agosto, Colombia optó por reconocer a Palestina como Estado (véase nota de prensa de La Nación). Con esta decisión, México y Panamá se mantienen en América Latina sin reconocer oficialmente a Palestina como Estado. Nótese que, en el caso de México (que desde 1988 acoge en su capital a una "Delegación Especial de Palestina" y estableció una "Oficina de Representación de México" en Ramallah), esta posición podría cambiar en los próximos meses, mientras que en el caso de Panamá, se mantiene una persistente interrogante, y ello desde varios años (Nota 3).
---- Notas ----
Nota 1: En un escueto comunicado de prensa (véase enlace oficial), se leyó por parte de la cancillería de Israel que:
"PM Netanyahu instructs Foreign Ministry to close Israeli embassy in Paraguay 05 Sep 2018
Prime Minister Benjamin Netanyahu, this evening (Wednesday, 5 September 2018), instructed the Foreign Ministry to close the Israeli Embassy in Paraguay.
Israel views with utmost gravity the extraordinary decision by Paraguay which will cloud bilateral relations".
Nota 2: En un escueto comunicado de prensa (véase enlace oficial), se leyó por parte de la cancillería de Paraguay en mayo del 2018 que:
"Traslado de la Embajada del Paraguay en Israel 05/09/18 11:56:a. m.
El Ministerio de Relaciones Exteriores informa que, de conformidad con el artículo 238, inciso 7, de la Constitución Nacional, el Presidente de la República, Horacio Cartes Jara, ha dispuesto el traslado de la Embajada del Paraguay en Israel, a la ciudad de Jerusalén.
Tras recibir la instrucción respectiva, el Ministerio de Relaciones Exteriores, de acuerdo a la Ley 1635/03, artículo 2, ha iniciado el proceso de ejecución de la decisión presidencial, e impartido las instrucciones correspondientes a la Representación Diplomática del Paraguay en Israel, para dicho efecto.
Asunción, 9 de mayo de 2018".
Nota 3: Cabe recordar que en el 2011 el Presidente Ricardo Martinelli de Panamá fue decorado por el American Jewish Congress (AJC) como "Light unto The Nations", en razón de que: "Martinelli, after his election in 2009, fulfilled a campaign promise to review Panama's voting record on the Arab-Israeli conflict in the UN and other international forums" (véase nota de prensa de PRNewsire). Como se recordará, en noviembre del 2012, Panamá fue el único Estado de América Latina en votar en contra de una resolución otorgando a Palestina el Estatuto de "Estado No Miembro Observador" en la Asamblea General de Naciones Unidas. El actual presidente de Panamá Juan Carlos Varela fue canciller del Presidente Ricardo Martinelli hasta su destitución en agosto del 2011.
Otras notas recientes de interés:
"Reacciones de repudio en América Latina a la decisión de Estados Unidos de reconocer a Jerusalén como capital de Israel", 15 de diciembre del 2017, disponible aquí.
"Votación en el Consejo de Seguridad sobre reconocimiento de Jerusalén como capital: 14 votos y un veto", 18 de diciembre del 2017, disponible aquí.
"Análisis del contundente rechazo de la Asamblea General de Naciones Unidas al reconocimiento de Jerusalén como capital", 23 de diciembre del 2017, disponible aquí.
"La desafortunada decisión de Guatemala de trasladar su embajada a Jerusalén: breves apuntes", 29 de diciembre del 2017, disponible aquí.
miércoles, 5 de septiembre de 2018
Crisis en Nicaragua: discusión en el seno del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas
Crisis en Nicaragua: discusión en el seno del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas
Foto extraída de nota de prensa de Naciones Unidas titulada "Nicaragua must end 'witch-hunt' against dissenting voices – UN human rights experts", del 9/08/2018
Este 5 de setiembre en Nueva York, los quince Estados miembros del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas acudieron a una sesión sobre la situación interna que se vive en Nicaragua y escucharon las diversas intervenciones sobre este tema: este último fue colocado como tema de agenda por Estados Unidos (quién ejerce la Presidencia de dicho órgano desde el 1ero de setiembre), pese a las reservas externadas por China, Rusia, y por otros miembros del Consejo de Seguridad.
No se tiene claro qué tipo de resolución o decisión podría tomar el Consejo de Seguridad con relación a una crisis política de carácter interno como la que sacude a Nicaragua, y que cumplirá 5 meses este próximo 18 de setiembre. Es muy posible que Nicaragua sea el primer ejercicio de este tipo con relación a otros temas que Estados Unidos quiera promover como parte de su agenda (como la situación imperante en Corea del Norte, en Venezuela o en Irán). El disenso se evidenció entre los integrantes del Consejo de Seguridad, como bien lo titula la misma nota de prensa oficial de Naciones Unidas sobre esta sesión: "Delegates Continue to Diverge over Appropriateness of Security Council as Forum in Which to Consider Nicaragua Situation".
Esta misma disonancia se hace aún más evidente al leer con detenimiento las actas de esta sesión, disponibles en este enlace oficial del Conjeso de Seguridad (versión en español).
Nótese que el recinto del Consejo de Derechos Humanos en el que se discuten usualmente este tipo de situaciones (y su repercusión en materia de derechos humanos), adolece de la presencia de Estados Unidos por decisión unilateral norteamericana de retirarse de este órgano, tomada en junio del 2018 (véase nota nuestra al respecto).
Para esta primera sesión sobre la crisis en Nicaragua del Consejo de Seguridad, por parte de Nicaragua participó personalmente el jefe de su diplomacia para presentar la posición oficial nicaragüense, indicando que la situación interna en Nicaragua no debiera dar pie para maniobras injerecencistas como esta sesión del Consejo de Seguridad convocada por Estados Unidos, y haciendo ver que la situación en Nicaragua en nada afecta la paz y la seguridad internacionales.
A la discusión, que duró más de 2 horas (véase video completo) tomaron parte (por orden de intervención) los delegados de: Rusia, Kuwait, Reino Unido, Perú, Francia, Países Bajos, Costa de Marfil, Polonia, Kazakstán, Suecia, Etiopía, Guinea Ecuatorial, China y Bolivia. Varias de las intervenciones segundadas por China y Rusia, apuntaron al hecho que la situación que se vive en Nicaragua no debiera ser objeto de debate por parte del Consejo de Seguridad, con excepción de las de Guinea Ecuatorial, Francia, Países Bajos, Polonia, Reino Unido y Perú.
En su intervención (véase texto), el delegado de Francia externó que. "Une fois de plus, le Conseil est confronté à une crise dont les conséquences pourraient affecter la région, notamment en termes de déplacements de personnes, y compris de réfugiés. Il est donc de la responsabilité de ce Conseil d’appuyer et de contribuer, les yeux ouverts, sans idéologie et dans le respect des principes de la Charte des Nations unies, à une diplomatie de prévention des conflits, dans ce cas comme dans d’autres situations de crise".
Además, el delegado galo precisó que: "Il est de la responsabilité première du gouvernement d’assurer la sécurité de la population et le respect de ses droits. Toutes les procédures judiciaires lancées contre des personnes arrêtées doivent être menées dans le cadre d’un État de droit, faute de quoi les autorités nicaraguayennes perdent progressivement toute légitimité et menacent au final la stabilité de l’État nicaraguayen. Pour le dire clairement, la France estime plus que jamais que le respect des droits fondamentaux est un pilier de la légitimité et de la stabilité politique, au Nicaragua comme ailleurs".
Posteriormente Estados Unidos hizo uso de la palabra, argumentando porqué la situación interna en Nicaragua (así como en Venezuela) sí amerita ser examinada desde el Consejo de Seguridad y se escucharon los descargos del representante de Nicaragua.
Sin pertenecer al Consejo de Seguridad, se sumaron también al final de la discusión Costa Rica y Venezuela:
- el primero haciendo ver que la crisis en Nicaragua sí produce efectos que afectan negativamente a los Estados vecinos de Nicaragua y a la región centroamericana (véase extractos de la intervención en este artículo del Semanario Universidad);
- el segundo haciendo ver que Nicaragua sufre los mismos intentos de desestabilización que Venezuela por parte de Estados Unidos (véase extractos de la intervención del representante de Venezuela disponible en este enlace)
Terminada la alocución por parte del representante de Venezuela, la Presidenta (actual embajadora de Estados Unidos en Naciones Unidas) levantó la sesión.
Esta sesión del Consejo de Seguridad se dio pocos días después de la decisión de Nicaragua de dar por concluida la Misión de Naciones Unidas en Derechos Humanos, la cual provocó una serie de reacciones por parte de diversos Estados y organizaciones internacionales, y que tuvimos la oportunidad de analizar (véase breve nota nuestra al respecto).
martes, 4 de septiembre de 2018
Las reacciones a la decisión de Nicaragua de dar por terminada la Misión de Naciones Unidas sobre Derechos Humanos
Las reacciones a la decisión de Nicaragua de dar por terminada la Misión de Naciones Unidas sobre Derechos Humanos
Foto extraída de nota de prensa de Naciones Unidas titulada "Nicaragua must end 'witch-hunt' against dissenting voices – UN human rights experts", del 9/08/2018
Según diversos cables internacionales (véase por ejemplo nota de France 24), Nicaragua optó por "expulsar" a los integrantes de la Misión de Naciones Unidas instalada en Managua este Viernes 31 de agosto, otorgándoles - según algunos medios de prensa - un plazo de pocas horas para abandonar el territorio nicaragüense.
Esta decisión fue objeto de reacciones oficiales diversas que a continuación detallaremos, reproduciendo los comunicados que han circulado desde que fue anunciada. Ello de manera que el lector pueda apreciar por sí mismo los matices y bemoles del lenguaje diplomático al que han recurrido Estados y organizaciones internacionales para enviar su mensaje a las autoridades nicaragüenses: "poner fin", "dar por concluida", "ordenar la salida", "retirar la invitación" y otras expresiones usadas son ciertamente similares pero no necesariamente equivalentes al término de "expulsión" usado en gran cantidad de titulares de medios de prensa internacionales (el cual invita a pensar - erróneamente - que Nicaragua interrumpió sorpresivamente la labor del equipo enviado por Naciones Unidas).
Una breve puesta en contexto
Esta decisión se tomó 24 horas después de haberse hecho público en Nicaragua un informe sobre la situación imperante en materia de derechos humanos por parte de la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH) (véase nota de prensa oficial de Naciones Unidas). Sobre el contenido de este informe de 47 páginas, que pareciera haber motivado la decisión de las autoridades de Nicaragua, remitimos al lector a nuestra nota al respecto.
En este documento oficial de 33 páginas, con fecha del 26 de agosto del 2018, Nicaragua hizo ver su profunda inconformidad con respecto al contenido de este informe (que le fue remitido antes de hacerlo público), indicando, entre muchos otros puntos que: "El Estado de Nicaragua expresa categóricamente su posición que los hechos que señala la OACNUDH, no se dan en el marco de protestas sociales, sino, en el marco de un intento de ruptura constitucional e institucional para cambiar a las autoridades legítimamente electas y derrocar al gobierno (léase, intento fallido de golpe de Estado)" (página 8).
En sus conclusiones finales, las autoridades nicaragüenses precisan que: "En base a todo lo planteado, manifestamos nuestro desacuerdo y rechazo al denominado informe de la OACNUDH por considerar que el mismo es improcedente al extralimitarse, teniendo en cuenta que el OACNUDH fue invitado para el acompañamiento de la Comisión de Verificación y Seguridad creada en la Mesa del Diálogo Nacional" (página 31).
Ante el rechazo categórico al contenido del informe presentado, resultaba muy probable que las autoridades de Nicaragua tomarían algún tipo de acción adicional.
Las razones aludidas por Nicaragua para tomar esta decisión
En esta nota de prensa se reproduce la carta oficial del jefe de la diplomacia nicaragüense enviada el 30 de agosto a los funcionarios de Naciones Unidas, en la que se puede leer que: "Por lo tanto, considerando que han cesado las razones, causas y condiciones que dieron origen a dicha invitación, este Ministerio comunica que da por concluida la invitación y finalizada la visita a partir de hoy, 30 de agosto de 2018".
La última expulsión de funcionarios de Naciones Unidas en materia de derechos humanos se dio, salvo error de nuestra parte, en el 2016 en un contexto muy distinto, a raíz de una decisión de las autoridades de Yemen (véase nota de prensa).
Algunas reacciones a la decisión de Nicaragua de "dar por concluida la invitación y finalizada la visita" (sic.) de la Misión de Naciones Unidas
Se distinguirán a continuación (a) comunicados oficiales emanados de la OACNUDH de (b) reacciones de otros actores internacionales, incluyendo a Estados que han considerado necesario expresarse con relación a esta decisión de las autoridades de Nicaragua y (c) reacciones originadas por órganos interamericanos.
a) Reacciones por parte de Naciones Unidas
La Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de Naciones Unidas mediante comunicado oficial del mismo 31 de agosto (véase texto) tomó nota de la decisión de Nicaragua, indicando que "La misión de la OACNUDH llegó al país el país el 24 de junio de 2018 y ha comunicado al Gobierno la salida del equipo presente en el país el 1 de septiembre. La OACNUDH proseguirá con su labor de monitorear e informar sobre la situación de derechos humanos en Nicaragua de forma remota, de conformidad con el mandato global conferido por la Asamblea General de las Naciones Unidas a la Oficina del Alto Comisionado".
El 4 de setiembre, las oficinas centrales en Ginebra circularon este comunicado de prensa más extenso sobre Nicaragua (véase texto) en el que se lee que: "
" Nicaragua
We deeply regret the Nicaraguan Government’s decision to expel a team from the UN Human Rights Office, which came a day after we published a report into human rights violations and abuses committed in the country since April.
The protection of victims in Nicaragua is increasingly challenging given the limited access and oversight by the international community. In recent weeks, individuals and groups associated with the protests have increasingly faced criminalization and arrest. There have also been smear campaigns by Government-aligned media, including labelling protesters as “terrorists” and “coup mongers”, unjustified dismissals and widespread threats.
Our four-person team left Nicaragua on 1 September but we will continue to monitor the country’s human rights situation remotely, in line with the UN Human Rights Office’s global mandate to promote and protect human rights for all, and we will continue to be a voice for the victims.
At the same time, we remain ready to support the Nicaraguan State to fulfil its international human rights obligations. To that effect, we will continue to cooperate with regional human rights mechanisms and the international community.
Our report and its recommendations provide, we believe, an important tool to help Nicaragua overcome its current deep political and social crisis, strengthen its institutions, and to help in the search for truth and accountability."
Tal y como se puede apreciar, este segundo comunicado recalca la importancia para Nicaragua de acatar las recomendaciones del informe presentado el pasado 29 de agosto.
b) Reacciones por parte de otras organizaciones internacionales y/o Estados
La Unión Europea (UE) reaccionó con el siguiente comunicado con fecha del 1/09/2018 (véase texto), que se lee como sigue (versión integral):
"The decision by the Nicaragua government to terminate the presence of the mission of the Office of the High Commissioner for Human Rights (OHCHR) goes against the aim of full accountability for human rights violations and serving justice to the victims of violence.
We expect the authorities to seriously consider the findings of the report issued by the OHCHR and take urgent action to implement the report's recommendations, in particular the dismantling and disarming of pro-government groups, halting all unlawful arrests and release all those who have been arbitrarily detained.
The presence of international human rights bodies in Nicaragua results from a clear request of all parties in the national dialogue and is essential to restore trust. Full cooperation and access should also be given to the missions of the Inter-American Commission on Human Rights.
Only a comprehensive dialogue on justice and democracy will permit a peaceful solution to the crisis and respond to the legitimate demands of the population. We call for an urgent resumption of the national dialogue, under the mediation of the episcopal conference."
Por su parte, España, mediante un comunicado oficial con fecha del 1ero de setiembre, manifestó que:
"El gobierno de España expresa su preocupación y rechazo por la reciente decisión del gobierno de Nicaragua de poner fin a la misión del equipo del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) en Nicaragua. Pedimos que el gobierno nicaragüense reconsidere su decisión sobre la finalización de la misión, asuma las conclusiones del informe del ACNUDH y asegure el cumplimiento de sus obligaciones de respeto a las convenciones internacionales de protección de los derechos humanos.
El gobierno de España insiste en la importancia que tiene la presencia en Nicaragua de mecanismos internacionales y regionales de protección y supervisión de los derechos humanos y que estos mecanismos puedan ejercer plenamente sus funciones.
Por último, reiteramos nuestro apoyo al Diálogo Nacional y al papel mediador de la Conferencia Episcopal de Nicaragua y pedimos a las partes que reanuden urgentemente el Diálogo Nacional".
De igual forma, este 3 de setiembre, la diplomacia de Francia solicitó, en un comunicado oficial de su Ministerio de Relaciones Exteriores, a Nicaragua reconsiderar su posición. Tratándose del primer Estado con la calidad de Miembro Permanente del Consejo de Seguridad en hacerle una solicitud de esta naturaleza a Nicaragua, este mensaje podría ser interpretado como un primera señal que transciende el estricto marco de las relaciones bilaterales entre Francia y Nicaragua:
" Nicaragua-Haut-Commissariat aux droits de l’Homme de l’ONU (3 septembre 2018)
La France déplore la décision des autorités nicaraguayennes de demander le départ de la mission du Haut-Commissariat aux droits de l’Homme suite à la publication de son rapport sur la situation au Nicaragua.
La France appelle les autorités nicaraguayennes à reconsidérer leur décision et à coopérer avec le Haut-Commissariat. Elle renouvelle également son appel aux autorités nicaraguayennes à cesser la répression, qui a fait plusieurs centaines de morts depuis le 18 avril, et à mettre en œuvre concrètement leur engagement en faveur du dialogue national, qui seul permettra de créer les conditions d’une sortie pacifique et négociée de la crise".
En América Latina, Argentina se expresó de la siguiente manera (versión integral):
"Nicaragua - Salida de la misión de la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos Viernes 31 de agosto de 2018 Información para la Prensa N°: 350/18
La Argentina lamenta la decisión tomada por el Gobierno de Nicaragua que ordena la salida del país de la misión de la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH). El equipo de Naciones Unidas se encuentra allí desde el 20 de junio, con el objeto de analizar la situación de los derechos humanos en el marco de la crisis desatada el pasado mes de abril y que ya se ha cobrado más de 300 vidas.
La Argentina considera que esta medida afecta negativamente la situación de los derechos humanos y representa un retroceso en los esfuerzos que viene realizando la comunidad internacional a fin de ayudar a encontrar una salida a la crisis." (véase enlace oficial a comunicado)
De manera más vehemente, el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de Costa Rica circuló el siguiente comunicado de prensa, que se reproduce de forma completa en las líneas que siguen. Costa Rica aprovechó la ocasión para contestar una insólita solicitud hecha mediante declaraciones brindadas a la prensa del actual Jefe de Estado de Nicaragua a las autoridades costarricenses:
" Costa Rica condena la expulsión del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos por parte del Gobierno de Nicaragua AGOSTO 31, 2018 07:58 PM
El Gobierno de la República de Costa Rica condena vehementemente la expulsión de una misión de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, por parte del Gobierno de República de Nicaragua.
En el transcurso de esta semana, la Oficina del Alto Comisionado emitió un extenso informe que da cuenta de graves violaciones a los derechos humanos que ocurren a diario en la hermana República de Nicaragua.
El Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto respalda contundentemente ese documento y expresa su más profunda preocupación ante las reiteradas violaciones a las libertades fundamentales, el recrudecimiento de la violencia y el uso indiscriminado de la fuerza contra la sociedad civil.
El Gobierno de Costa Rica cree fielmente en la objetividad del Alto Comisionado de Naciones Unidas y apoya firmemente el mandato de protección y denuncia, de acuerdo a la resolución de la Asamblea General que le dio vida.
Costa Rica reafirma su compromiso con la defensa y protección de los derechos humanos. Asimismo, manifiesta que bajo ninguna circunstancia entregará listas de personas que han solicitado refugio, en el territorio nacional.
La confidencialidad es el principio rector para el registro y manejo de la información de los solicitantes de la condición de refugiado y de las personas refugiadas declaradas, que encuentra su fundamento en diversos instrumentos internacionales suscritos por Costa Rica."
Una vez más, Costa Rica hace un llamado a Nicaragua para que colabore con los mecanismos universales y regionales, sin limitar su actuación; y para que apoye decididamente los esfuerzos de diálogo comprometido y efectivo, como el camino hacia una solución a la crisis que enfrenta."
c) Reacciones por parte de entidades interamericanas
Cabe mencionar que otro órgano de derechos humanos que también cuenta actualmente con un equipo de investigadores desplegados en Nicaragua, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, lamentó la decisión de Nicaragua de dar por finalizada la misión de Naciones Unidas, en términos muy distintos a los expresados por Costa Rica (véase comunicado de prensa del 31/08/2018).
Por su parte el Secretario General de la Organización de Estados Americanos (OEA) y el Grupo de Trabajo intergubernamental recientemente constituido (véase nota nuestra sobre resolución del pasado 2/08/2018) expresaron, en un comunicado conjunto circulado este 1ero de setiembre (véase texto completo), que, con relación a la decisión tomada sobre la Misión de Naciones Unidas:
"Expresamos nuestra profunda preocupación por la decisión del Gobierno de Nicaragua de retirar la invitación a la Oficina Regional para América Central de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, para acompañar a la Comisión de Verificación y Seguridad establecida en el marco del Diálogo Nacional, y dar por finalizada su visita.
Consecuentemente, solicitamos además la eliminación de los obstáculos que enfrentan el Mecanismo Especial de Seguimiento para Nicaragua (MESENI) y el Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI), a fin de ejecutar sus respectivos mandatos, y el regreso a Nicaragua de los Representantes de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para Derechos Humanos."
A modo de conclusión: algunos posibles efectos de esta decisión
El informe hecho público este 29 de agosto en Nicaragua fue canalizado, según el Jefe de la Misión de Naciones Unidas en Nicaragua sobre Derechos Humanos, a los quince integrantes del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas: estos podrían agendar una reunión para discutir la situación en Nicaragua y las medidas a tomar al respecto. Nótese que la Presidencia rotativa de este órgano recae en Estados Unidos a partir del 1ero de setiembre, y ello durante todo el mes: el argumento según el cual la situación en Nicaragua amenaza la paz y la seguridad internacionales para ser considerado como tema de agenda será posiblemente cuestionado por varios de sus integrantes.
Tratándose de una reunión del máximo órgano político de Naciones Unidas con una ya cargada agenda, la reciente decisión adoptada por las autoridades en Managua podría llevar a interesar a otros órganos de Naciones Unidas sobre lo que ocurre en Nicaragua: el Consejo de Derechos Humanos y tal vez también la Asamblea General de Naciones Unidas, pronta a celebrar su sesión anual en Nueva York.
En otro ámbito, desde España se informó el mismo viernes 31 de Agosto que la UE suspendió su programa de cooperación en materia policial con Nicaragua (véase nota de prensa de ElPais).
En Costa Rica, la situación en Nicaragua es observada con suma preocupación. El flujo masivo de nicaragüenses a Costa Rica desde que inició la crisis en Nicaragua (el pasado 18 de abril) dio lugar a una marcha xenófoba el 18 de agosto, la cual fue repudiada por las autoridades y por diversos sectores de la sociedad costarricense: remitimos al lector a nuestra nota publicada en el sitio jurídico de DerechoalDia sobre algunas lagunas detectadas en materia de lucha contra la xenofobia y la incitación al odio en Costa Rica, pese a advertencias hechas en el pasado.
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