lunes, 9 de diciembre de 2019
Indice de Desarrollo Humano (IDH): la posición 68 de Costa Rica
Indice de Desarrollo Humano (IDH): la posición 68 de Costa Rica
El pasado lunes 9 de diciembre, el Programa de Naciones Unidas para el desarrollo (PNUD) dio a conocer su informe sobre el Indice de Desarrollo Humano (IDH) a nivel mundial (véase informe en español). Como bien se sabe, el IDH es un indicador elaborado por Naciones Unidas que clasifica a los Estados cada cierto tiempo, según una metodología validada desde 1995.
La posición 68 de Costa Rica en el 2018 corresponde a la misma posición que tenía en el 2013 (véase informe del PNUD del 2013, p. 17).
Costa Rica: cinco escaños perdidos
En el 2018, fecha de la última medición, Costa Rica ostentaba la posición 63 a nivel mundial (véase informe del 2018, tabla en página 23), mientras que con esta nueva medición, Costa Rica se sitúa en el puesto 68 a nivel mundial (véase precitado informe del 2019, tabla en página 26). Nótese que en el 2015, Costa Rica ostentaba la posición 69 (véase informe IDH 2015, tablero en p. 214): para nuestros estimables lectores poco familiarizados con estos rangos, es preciso señalar que el peor puesto obtenido por Costa Rica desde que existe esta medición del PNUD es precisamente el puesto 69.
Esta desmejorada posición para el 2019 puede también ser comparada al IDH de Costa Rica en el año 2003, año en el que Costa Rica ostentaba la posición 42 a nivel mundial. Desde el año 2006, el descenso de Costa Rica ha sido más que significativo. En el 2011, cayó al puesto más bajo en su historia, el puesto 69, lo cual puede plantear algunas interrogantes sobre los efectos, en materia social, de la gestión de la administración del Presidente Oscar Arias Sánchez (2006-2010). Al haberse mantenido en el 2019 con un IDH en la posición 68, las interrogantes son mayores, al no haber logrado ninguna de las administraciones posteriores mejorar sustancialmente el IDH de Costa Rica, salvo el repunte logrado en el 2018 (posición 63) que corresponde a la administración del Presidente Luis Guillermo Solís Rivera (2014-2018).
INDICE DE DESARROLLO HUMANO (Costa Rica)
•2003———–Puesto 42 a nivel mundial
•2004———– Puesto 45 a nivel mundial
•2005———-47
•2006———-48
•2007———-48
•2008———-50
•2009———-54
•2010———-62
•2011———-69
...
•2013———-68
•2015———-69
•2016———-66
•2018———-63
•2019———-68
(Fuente hasta el año 2011: Informe Estado de la Nación / PNUD. Informe EdN, XVIII (2012), p. 363. Cabe señalar que en las últimas ediciones del Estado de la Nación, por alguna razón que desconocemos, ya no se incluye en sus listas de indicadores el IDH desarrollado por el PNUD como tal).
La pobreza: una persistente variable sin incorporarse en el caso de Costa Rica
Es importante indicar que, al consultar la casilla correspondiente a Costa Rica (véase enlace del PNUD), se desglosa el IDH con los diversos valores numéricos usados para cada una de las variables: el único valor que no fue asignado en el 2018 fue el de pobreza, con un rubro que se mantiene con la indicación «n.a /not available». Una situación similar a la encontrada en el 2017 al publicarse el informe IDH 2016: habíamos tenido la oportunidad en el 2017 de señalar en esta nota de HablandoClaro que:
"Se ignora si la gran cantidad de estudios y diagnósticos sobre la pobreza realizados en Costa Rica por entidades estatales impide, por alguna razón, a los investigadores del PNUD cuantificar con algún valor numérico esta variable y se esperaría que, con ocasión de la próxima medición del IDH, sea plenamente integrada".
El IDH 2019 en América Latina
En América Latina, en este informe del IDH dado a conocer en este mes de diciembre del 2019, Chile lidera la región (puesto 42, a comparar con el puesto 38 ostentado en el 2016), seguido por Argentina (48) y Uruguay (57). Justo antes de Costa Rica, se sitúa Panamá (67) y después de Costa Rica, Cuba (posición 72). En los últimos puestos de esta medición a nivel mundial que realiza el PNUD, figuran por parte de América Latina, Nicaragua (126), Honduras (132) y Haití (169).
Con relación a los vecinos directos de Costa Rica, es de notar el notable descenso de Panamá en las últimas tres mediciones, pasando de la posición 60 en el 2016, 66 (2018) a la posición 67 (2019); al tiempo que Nicaragua desciende del puesto 124 (2016 y 2018) al puesto 126 (2019). Imagen extraída de artículo de prensa titulado "20% de las familias pobres apenas concentró el 4,2% del total de ingreso de los hogares"(CRHoy, edición del 23.11.2012)
Con relación a la desigualdad social, calculada con base en otra medición internacional (el denominado "coeficiente Gini"), una región tan desigual como América Latina ha hecho esfuerzos significativos para reducirla en estos últimos años, con alugnas excepciones, que incluyen a Costa Rica. Nos habíamos permitido escibir en esta nota publicada en el portal de la Universidad de Costa Rica (UCR) en noviembre del 2018 que:
"Es a partir del año 2007 que la desigualdad social en Costa Rica que mide el coeficiente Gini progresa de manera significativa.
La variación del coeficiente Gini en América Latina desde el 2002 hasta el 2016 en curva sostenidamente descendente se puede también apreciar en el gráfico I.5 (página 49) del Panorama Social de América Latina (2017) publicado por la Comisión Económica para América Latina (CEPAL), y disponible aquí.
A notar tres progresiones significativas de un año a otro del coeficiente Gini en Costa Rica en los últimos 10 años (pocamente comentadas, estudiadas y/o analizadas), pasando de 0,507 (2010) a 0,515 (2011), luego de 0,515 (2012) a 0,522 (2013), y posteriormente de 0,516 (2015) a 0,521 (2016)."
Gráfico extraído de nota de prensa titulada "Cierto: Costa Rica es de los países más desiguales del mundo, según el Banco Mundial, Doblecheck, edición del 27.02.2019
A modo de conclusión
Con relación al IDH, los datos que arroja el PNUD en este cierre del 2019 permiten evidenciar el notable deterioro del clima social, de la calidad de vida, de la salud, de la falta de oportunidades, consecuencias lógicas de advertencias tan sostenidas como recurrentes provenientes de diversos sectores académicos y de movimientos sociales de Costa Rica y de América Latina, y que se evidencian en diversos instrumentos de medición en materia social.
Con respecto a estos últimos, resulta oportuno indicar que desde Costa Rica, en el 2013, una alianza entre una entidad como el INCAE Business School y las universidades Oxford y de Harvard (con el generoso apoyo de la Fundación Rockefeller, la Pratham Education Foundation, y la empresa Deloitte) propusó una nueva forma de medir el desarrollo social, con la creación del Indice de Progreso Social (véase nota del INCAE). Se puede consultar la plataforma del Social Progress Index en este enlace. No se ha podido conocer cuáles son las deficiencias detectadas en el IDH que elabora el PNUD por parte del INCAE y de sus socios anglosajones para proceder a crear una nueva metodología de medición, en la que, como era previsible, Costa Rica aparece en una posición privilegiada en América Latina.
De igual forma, el recientemente creado Indice de Felicidad (Happy Planet Index), otorga a Costa Rica una envidiable posición como uno de los países "más felices" del mundo.
Estas y algunas otras iniciativas de índole privado encuentran muchas veces mayor eco en los grandes medios de prensa y en la opinión pública, que la medición del IDH elaborada por el PNUD de Naciones Unidas; así como en algunos sectores, empecinados en defender las virtudes de lo que denominan el “modelo de desarrollo económico” fuertemente impulsado a partir de mediados de los años 2000.
Final de competencia Eduardo Jímenez de Arréchaga (CEJA) 2019
Final de competencia Eduardo Jímenez de Arréchaga (CEJA) 2019
El pasado 29 de noviembre, tuvo lugar en la sede la Corte Interamericana de Derechos Humanos la ronda final de la competencia en derechos humanos denominada "Competencia Eduardo Jiménez de Arréchaga (CEJA)", edición 2019: esta competencia lleva el nombre de un ilustre jurista uruguayo, quien llegó a ser juez y Presidente de la Corte Internacional de Justicia (CIJ), con sede en La Haya.
Luego de varias rondas eliminatorias, quedaron finalmente seleccionados para la final de la CEJA 2019 los equipos de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) y de la Universidad Católica Andrés Bello de Venezuela (UCAB): la ronda final de argumentos orales de la competencia está disponible en este enlace, así como la ceremonia posterior de entrega de los diversos galardones, a partir del minuto 1h 37:00.
Foto de la final CEJA 2019, y foto del equipo ganador de la competencia CEJA 2019, proveniente de la Universidad Católica Andrés Bello de Venezuela (UCAB). Fotos extraídas de nota de prensa de Teletica titulada "Finalizó con éxito la XXIII Edición de la Competencia Internacional de Derechos Humanos CEJA"
El primer lugar fue otorgado a la Universidad Católica Andrés Bello (UCAB) de Venezuela y el segundo lugar, a la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM). El tercer lugar y mejor memorial de Estado fue adjudicado a la Universidad Rafael Landívar (Campus de Quetzaltenango) de Guatemala, al tiempo que el cuarto lugar y mejor memorial de las presuntas víctimas a la Universidad Gerardo Barrios (Centro Regional Usulután) de El Salvador.
A nivel individual, el trofeo de mejor oradora de la ronda final fue entregado a Sofía García León de la UNAM, y el de mejor orador de las rondas eliminatorias a Georges Mussa Abraham de la UCAB: estos destacados estudiantes constituyen prometedores valores a los que les deseamos desde ya una magnífica carrera como juristas. Como litigantes durante pocos días, y pese a su corta edad, demonstraron cuán impasible, ponderado y respetuoso debe siempre mantenerse un profesional, a pesar de la lluvia de preguntas a los que fueron sometidos (algunas de ellas con forma de dardo).
La competencia CEJA en breve
La competencia consiste en la simulación de un caso (ficticio) de presunta violación a los derechos humanos presentado ante el tribunal interamericano de derechos humanos, en el que los equipos de cada universidad participante deben afrontarse dividiéndose en dos subequipos: uno defendiendo a las presuntas víctimas y el otro al Estado. El procedimiento consta de una fase escrita y de una fase oral. Esta última permite apreciar de manera individualizada la capacidad argumentativa y el nivel de preparación y conocimiento de los integrantes de cada equipo.
Como profesor de derecho internacional público en Costa Rica, que asiste a algunas audiencias públicas del juez interamericano en casos reales, puedo decir que la calidad de los oradores y su conocimiento de la práctica y la jurisprudencia del sistema interamericano en este ejercicio de simulación superaron con creces lo que se oye a veces en la sala de audiencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
El caso "Francisco Mendes et alii vs. Pandora"
El caso hipotético para la CEJA 2019 denominado "Francisco Mendes y otros vs. La República de Pandora" (véase el caso en forma detallada) contemplaba diversos aspectos de enorme relevancia en el contexto actual del hemisferio y de los debates que, internamente, se dan de forma recurrente dentro de cada uno de los dos órganos del sistema interamericano de protección de los derechos humanos, a saber: el derecho a un ambiente sano y su justiciablidad en el sistema interamericano (en particular en ausencia de poblaciones indígenas directamente afectadas), el alcance de los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales (DESCA), así como las medidas que un Estado debería (o no) de adoptar para prevenir y sancionar debidamente la incitación al odio contra personas o grupos en situación de vulnerabilidad.
La situación de total indefensión ante el asesinato de líderes ecologistas y comunitarios en Brasil, Colombia, Honduras y México, la resistencia (insólita) de Estados como Chile y Colombia para firmar el denominado "Acuerdo de Escazú" aprobado en Costa Rica en el 2018, y el reciente retiro en Paraguay del proyecto de aprobación de este tratado por parte del Ejecutivo ilustran, entre muchos otros aspectos, la relevancia del caso estudiado. El tablero sobre el estado de firmas y ratificaciones de este tratado que lleva el nombre de Escazú (véase enlace oficial), con tan solo cinco ratificaciones obtenidas en poco más de un año evidencia que a algunos sectores políticos (y a influyentes sectores económicos) no les interesa en lo más mínimo que se combine la protección de los derechos humanos con la defensa del ambiente. Hay que agradecer a Bolivia y a Uruguay por haber sido los primeros en América Latina en depositar su instrumento de ratificación, al tiempo que persisten interrogantes muy válidas sobre la ausencia de Costa Rica como Estado Parte a este novedoso instrumento.
Un amicus curiae presentado el pasado 6 de diciembre por diversas entidades internacionales en la causa penal que enfrenta el líder mapuche en Chile Pascual Curamil Millanao (véase texto completo, cuya lectura recomendamos) recuerda algunos de los argumentos a los que debieron de recurrir los finalistas de la CEJA 2019.
El significado de la CEJA para estudiantes, profesores y universidades
Para esta edición 2019, participaron un total de 21 universidades provenientes de 9 Estados del hemisferio americano. Se trata de una competencia de renombre en la región y que permite, año tras año, preparar a jóvenes y entusiastas estudiantes de las escuelas de derecho en el litigio internacional en materia de derechos humanos. Es de notar que las fechas escogidas en esta edición 2019 coïncidieron en muchos casos con el período de exámenes finales de los centros de estudio representados, lo cual no hace sino reafirmar el nivel de compromiso y seriedad de los integrantes de cada uno de los equipos, así como su capacidad de trabajo.
La CEJA es organizada por la Asociación Costarricense de Derecho Internacional (ACODI) - véase sitio oficial - cuya Junta Directiva merece ser felicitada por haber logrado mantener XXIII ediciones de un evento complejo en su organización, conllevando significativos desafíos logísticos y de planificación, todos superados con gran éxito.
Quisiéramos insistir en el hecho que este tipo de competencias internacionales permite a los estudiantes prepararse en un ámbito determinado del litigio internacional y supone un árduo trabajo en equipo y destrezas personales que deben ir desarrollando por sí solos: en esta nota de ElUCABista, varios de los integrantes del equipo venezolano hacen ver los largos meses de preparación que les significó la elaboración de sus respectivos alegatos. Ello sin hablar de los lazos de amistad y de camaradería que se logran tejer en este tipo de espacios multiculturales, y que en muchos casos, perduran muchos años después de la competencia como tal.
A los profesores y a los entrenadores de los equipos, estas competencias les permite medir a sus pupilos y su nivel de formación con respecto al de otras escuelas de derecho del hemisferio. La precitada nota del ElUCAbista denota el profundo orgullo que significa, para toda universidad, el recibir la noticia de un galardón de este tipo. Cuando en la final, las universidades representadas provienen de la misma ciudad, como ocurrió en el 2015 entre la UNAM y la Universidad Panamericana de México, el orgullo es aún mayor (véase nota de la Universidad Panamericana del 2015).
A modo de conclusión
Sin lugar a dudas, la edición 2019 de la CEJA fue un rotundo éxito para sus organizadores, a los que hay que reiterarles nuestras sinceras felicitaciones por este persistente esfuerzo logrado año tras año.
Desde el punto de vista de la enseñanza de la ciencia jurídica internacional, esta y otras competencias permiten adquirir conocimientos y desarrollar técnicas argumentativas por parte de los estudiantes que no siempre se pueden ofrecer en un aula, por lo que instamos a los centros de enseñanza a favorecer y a facilitar de manera mucho más decidida la participación de sus estudiantes a este tipo de contiendas.
En este enlace de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (UBA), se puede acceder a información detallada sobre otras competencias internacionales existentes en derecho internacional público y en materia de arbitraje internacional: competencias a las que, desde ya, se invita a las distintas escuelas de derecho de universidades costarricenses para sus ediciones del 2020.
Este texto fue escrito por Nicolás Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR)
jueves, 5 de diciembre de 2019
Abrumadora mayoría en Naciones Unidas condena los asentamientos de Israel en territorio ocupado palestino
Foto de asentamientos ilegales israelíes, extraída de artículo de prensa titulado "EU's top court rules food from Israeli settlements must carry special label", The Telegraph, edición del 12/11/2019
Abrumadora mayoría en Naciones Unidas condena los asentamientos de Israel en territorio ocupado palestino
El pasado 3 de diciembre, por una abrumadora mayoría de 147 votos a favor y 7 en contra, la Asamblea General de Naciones Unidas adoptó una resolución titulada "Arreglo pacífico de la cuestión de Palestina" (véase texto completo). El comunicado oficial de prensa de Naciones Unidas está disponible en este enlace (versión en inglés).
En esta resolución, la Asamblea General expresamente:
"6. Exhorta a Israel, la Potencia ocupante, a que cumpla estrictamente las obligaciones que le incumben en virtud del derecho internacional y ponga fin a todas las medidas contrarias al derecho internacional y todas las acciones unilaterales en el Territorio Palestino Ocupado, incluida Jerusalén Oriental, que tengan por objeto alterar la composición demográfica, el carácter y el estatuto del Territorio y de ese modo prejuzgar el resultado final de las negociaciones de paz, y recuerda a ese respecto el principio de la inadmisibilidad de la adquisición de territorio por la fuerza y, por consiguiente, la ilegalidad de la anexión de cualquier parte del Territorio Palestino Ocupado, incluida Jerusalén Oriental, que es contraria al derecho internacional, socava la viabilidad de la solución biestatal y pone en peligro la posibilidad de llegar a un arreglo pacífico y lograr una paz justa, duradera y general"
/
"6. Calls upon Israel, the occupying Power, to comply strictly with its obligations under international law, and to cease all of its measures that are contrary to international law, including all unilateral actions in the Occupied Palestinian Territory, including East Jerusalem, that are aimed at altering the demographic composition, character and status of the Territory, and thus at prejudging the final outcome of peace negotiations, and recalls in this regard the principle of the inadmissibility of the acquisition of land by force and therefore the illegality of the annexation of any part of the Occupied Palestinian Territory, including East Jerusalem, which constitutes a breach of international law, undermines the viability of the two-State solution and challenges the prospects for the achievement of a peaceful settlement and of just, lasting and comprehensive peace".
Esta votación tuvo lugar tan solo dos semanas después de un abrupto cambio de la posición oficial de Estados Unidos con relación a los asentamientos israelíes en territorios palestinos ocupados, y que tuvimos la oportunidad de analizar (véase nuestra breve nota titulada "El reciente giro de Estados Unidos con relación a los asentamientos israelíes en territorios palestinos: breves apuntes", del 19/11/2019).
Como de costumbre para este tipo de resoluciones, la única oposición al texto (votos en contra registrados) provinó de siete Estados, a saber: Australia, Canadá, Estados Unidos, Islas Marshall, Israel, Micronesia y Nauru. Por parte de América Latina, cabe destacar que, entre las 13 abstenciones, se registran las de Brasil, Guatemala y Honduras. Con relación al voto registrado en el año 2018 al votarse la misma resolución (A/RES/73/19), es Brasil el que hace su aparición en este peculiar grupo de Estados de América Latina que optan por esta (singular) opción de voto. Pese a las gestiones de unos y otros para fisurar el bloque europeo, es de notar que todos los Estados miembros de la Unión Europea (UE) votaron a favor del texto: lo cual constituye una nueva y clara señal de repudio de la región europea a las acciones emprendidas por las autoridades israelíes en Palestina.
Tablero de votación registrada con relación a la resolución titulada "Arreglo pacífico de la cuestión de Palestina", 3 de diciembre del 2019
Como también viene ya siendo costumbre, el voto abrumador en favor de esta resolución que anualmente se registra en Naciones Unidas fue pocamente divulgado por muchos de los grandes medios de prensa.
martes, 19 de noviembre de 2019
El reciente giro de Estados Unidos con relación a los asentamientos israelíes en territorios palestinos: breves apuntes
El reciente giro de Estados Unidos con relación a los asentamientos israelíes en territorios palestinos: breves apuntes
En declaraciones dadas a conocer en el marco de una extensa conferencia de prensa, el pasado 18 de noviembre (véase texto completo), se indica por parte del actual jefe de la diplomacia norteamericana que:
" After carefully studying all sides of the legal debate, this administration agrees with President Reagan. The establishment of Israeli civilian settlements in the West Bank is not per se inconsistent with international law".
Propiciar, por parte de un Estado, la construcción de asentamientos llamados a ser habitados por nacionales de este Estado, ubicados en un territorio ocupado que no pertenece a ese Estado ... ¿ya no es "per se inconsistente" con el ordenamiento jurídico internacional? ¿En qué preciso momento dejó de serlo?
Un súbito cambio de postura
Se trata de un notable cambio de la posición oficial norteamericana, siendo el último Presidente de Estados Unidos en hacer semejante aseveración el Presidente Ronald Reagan en los años ochenta.
Una afirmación que, como era de esperar, ha causado un repudio generalizado por parte de la comunidad internacional, así como en Oriente Medio, al atentar contra la letra de un sinfín de resoluciones de la Asamblea General de Naciones Unidas, de la opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) emitida en el 2004, así como de diversas resoluciones del mismo Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, máximo órgano de Naciones Unidas al que pertenece Estados Unidos.
Sobre esta última instancia, la resolución 2334 adoptada en diciembre del 2016 pese a los intensos intentos desplegados por el entonces Presidente electo norteamericano (Nota 1), señala en sus dos primeros puntos resolutivos, que el Consejo de Seguridad:
" 1. Reafirma que los asentamientos israelíes establecidos en el territorio palestino ocupado desde 1967, incluida Jerusalén Oriental, son ilegales y suponen un grave obstáculo para el logro de una paz justa, duradera y general;
2. Reitera su exigencia de que Israel, la Potencia ocupante, ponga fin inmediata y completamente a todas las actividades de asentamiento en el territorio palestino ocupado, incluida Jerusalén Oriental, y de que respete plenamente todas sus obligaciones jurídicas en tal sentido;"
Tal y como se puede observar, el léxico usado por las Naciones Unidas no deja duda alguna sobre el carácter ilegal de los asentamientos israelíes en los territorios ocupados de Palestina; no hay cómo ofrecer espacio alguno para considerar una parcela de "compatibilidad" o de "conformidad" a estos asentamientos israelíes desde la perspectiva jurídica.
Algunas reacciones registradas
Entre muchos otros, la Unión Europea (UE) reaccionó de inmediato a la declaración norteamericana, al precisar en una declaración oficial de su portavoz del mismo 18 de noviembre (véase texto completo) que:
" The European Union's position on Israeli settlement policy in the occupied Palestinian territory is clear and remains unchanged: all settlement activity is illegal under international law and it erodes the viability of the two-state solution and the prospects for a lasting peace, as reaffirmed by UN Security Council Resolution 2334. The EU calls on Israel to end all settlement activity, in line with its obligations as an occupying power. The EU will continue to support a resumption of a meaningful process towards a negotiated two-state solution, the only realistic and viable way to fulfil the legitimate aspirations of both parties".
De igual forma, Francia manifestó este 19 de noviembre, en un comunicado oficial, que:
"La politique israélienne de colonisation dans les territoires occupés est illégale au regard du droit international, en particulier le droit international humanitaire, et contrevient aux résolutions du Conseil de sécurité. La colonisation contribue également à attiser les tensions sur le terrain et sape la solution des deux États. Telle est la position constante de la France. Nous regrettons toute décision susceptible d’encourager la poursuite de la colonisation".
España por su parte externó en un comunicado oficial, con fecha del 19 de noviembre (véase enlace oficial), que:
"España considera, como señala la citada resolución, que los asentamientos en los territorios ocupados por Israel desde 1967 no tienen validez legal y constituyen una violación flagrante del Derecho Internacional. Son, además, un obstáculo para la solución negociada de los dos Estados y el logro de una paz justa y duradera que atienda las legítimas aspiraciones de ambas partes. Por ello, el Gobierno de España hace un llamamiento al fin de los asentamientos, en línea con el realizado por la Alta Representante de la Unión Europea".
Foto de asentamientos ilegales israelíes, extraída de artículo de prensa titulado "EU's top court rules food from Israeli settlements must carry special label", The Telegraph, edición del 12/11/2019
Pese a anteriores comunicados de la UE y a los de otros Estados condenando estos asentamientos, la política de colonización ilegal israelí ha proseguido en estos últimos años en Cisjordania, así como en Jerusalén Oriental, a un ritmo sostenido. La ONG israelí PeaceNow ha evidenciado en sus informes el alcance de esta colonización (véase por ejemplo enlace al mapa de 2019 y gráfico disponible en este otro, así como un detallado informe titulado "Special Annual Settlement Construction Report 2018: A Glance at 10 Years under Netanyahu ").
De igual forma, la Oficina de la UE denominada "Office of the European Union Representative (West Bank and Gaza Strip, UNRWA)" publicó recientemente (en el mes de setiembre del 2019) este informe titulado "Six-Month Report on Israeli settlements in the occupied West Bank, including East Jerusalem, (reporting period January-June 2019)", cuya lectura completa se recomienda.
Cabe recordar que, en febrero del 2017, Israel adoptó una ley tendiente a legalizar retroactivamente sus asentamientos en Cisjordania y en Jerusalén Oriental: tuvimos la oportunidad de analizar el rechazo generalizado por parte de diversos Estados y organizaciones internacionales que generó esta iniciativa israelí (Nota 2).
Una Unión Europea (UE) inquebrantable sobre la condena a la política de asentamientos
Con relación a la construcción de 2000 nuevos asentamientos israelíes anunciada por las autoridades israelíes a finales de octubre del año en curso, el pasado 4 de noviembre la UE denunció (véase texto completo de la declaración oficial) el carácter ilegal de esta nueva colonización de territorios palestinos, al señalar que:
"The European Union's position on Israeli settlement policy in the occupied Palestinian territory is clear and remains unchanged: all settlement activity is illegal under international law and it erodes the viability of the two-state solution and the prospects for a lasting peace, as reaffirmed by UN Security Council Resolution 2334".
Siempre en el ámbito europeo, cabe recordar que el pasado 12 de noviembre, la Corte de Justicia de la UE sentenció que la mención "colonia israelí en territorios palestinos" es obligatoria para la comercialización de productos exportados al mercado europeo que contengan productos originados en Israel, y que el sello de "Hecho en Israel" no permite identificar en caso de provenir de los territorios palestinos ocupados (véase resúmen del fallo de la CJUE en francés y fallo como tal disponible en este enlace). Es de notar que dicha decisión fue saludada por un colectivo de ex diplomáticos e intelectuales israelíes, exigiendo mucho más a la UE (véase carta colectiva titulada "El etiquetado en Israel" publicada en El Pais de España, el 15 de noviembre).
En la reunión sostenida por el Consejo de Seguridad este 20 de noviembre en Nueva York, los Estados europeos que lo integran denunciaron (como todos los demás), la ilegalidad de estas colonias, evidenciándose nuevamente el profundo aislamiento de Estados Unidos y de Israel (véase comunicado de prensa de Naciones Unidas y esta otra nota oficial del servicio de prensa de dicha organización).
Las diversas declaraciones leídas así como las intervenciones de las 15 delegaciones participantes y las de los delegados de Israel y de Palestina, están disponible en el Acta S/PV.8699 del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas.
Foto extraída de artículo de prensa titulado "Le Conseil de Sécurité de l’ONU adopte une résolution condamnant la colonisation israélienne" (Le Monde, edición del 23/12/2016)
A modo de conclusión
Es probable que esta declaración oficial de Estados Unidos desestabilice un poco más el frágil equilibrio existente en Oriente Medio, al tiempo que conforte a influyentes sectores tanto en Estados Unidos como en Israel de cara a las contiendas electorales presentes en Israel (Nota 3) o por venir para el actual ocupante de la Casa Blanca. El logo de campaña «Trump, make Israel great again» observado en el 2016 en Estados Unidos pareciera ser mucho más que una simple promesa de campaña, y así lo parece haber entendido el actual ocupante de la Casa Blanca.
Esta declaración viene a confirmar (nuevamente) la actitud desafiante de la actual administración norteamericana con relación al multilateralismo y a principios básicos del derecho internacional público, que parecieran desvanecerse cuando de pretensiones israelíes se trata (Nota 4).
La decisión de trasladar la Embajada de Estados Unidos de Tel-Aviv a Jerusalén anunciada en diciembre del 2017, materializada en mayo del 2018, y objeto de una demanda de Palestina ante la justicia internacional (Nota 5) constituyó otra abierta violación a varias resoluciones del Consejo de Seguridad y se inscribió en lo que pareciera ser una misma lógica del actual ocupante de la Casa Blanca: satisfacer una tras otra las pretensiones de Israel según un cronograma muy preciso acordado, sin importar mayormente las consecuencias.
- - Notas - -
Nota 1: Raramente se asistió a un despliegue de esfuerzos diplomáticos por parte de un Presidente electo (Donald Trump) para intentar contrarrestar una consigna de voto ordenada por un Presidente en el ejercicio de sus funciones (Barack Obama) saliente. Remitimos a nuestros estimables lectores a la siguiente nota nuestra elaborada al respecto: BOEGLIN N., "La resolución 2334 del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas que condena colonización israelí: breve puesta en perspectiva", DIPúblico, edición del 10/01/2017, disponible en este enlace.
Nota 2: Véase nuestra breve nota al respecto: BOEGLIN N., "Reacciones en América Latina a ley aprobada en Israel que legaliza los asentamientos ilegales en Palestina", publicada en el sitio de Hablando Claro, edición del 24/02/2017, disponible aquí.
Nota 3: El pasado 21 de octubre se anunció que el oponente al Primer Ministro israelí Benjamin Netanyahu, Benny Gantz disponía, según las reglas imperantes en Israel, de 28 días para intentar formar un Gobierno (véase nota de prensa). Este plazo venció pocos días después de la fecha escogida por Estados Unidos para hacer la declaración objeto de estas reflexiones, irrumpiendo en las tractaciones de último momento entre los diversos sectores políticos en Israel.
Nota 4: Tuvimos la oportunidad de analizar, en abril del 2019, el reconocimiento de la soberanía de Israel sobre los Altos del Golán en Siria por parte de Estados Unidos: véase BOEGLIN N., "Atentando contra una regla esencial en derecho internacional: a propósito de la reciente decisión de Estados Unidos sobre los Altos del Golán", DerechoalDía, edición del 9/04/2019, disponible en este enlace.
Nota 5: La presentación de esta demanda de Palestina en setiembre del 2018 contra Estados Unidos causó una profunda ira por parte del aparato diplomático norteamericano. Remitimos a nuestra breve nota sobre el particular: BOEGLIN N., "Palestina contra Estados Unidos en la Corte Internacional de Justicia: breve puesta en perspectiva", publicada en la sección Voz Experta, Universidad de Costa Rica, edición del 28/10/2018 y disponible en este enlace. Pese a la rotunda negativa de Estados Unidos de participar a una reunión convocada por el Presidente de la Corte con los delegados de Palestina para acordar el cronograma de este procedimiento, la Corte Internacional de Justicia fijó los plazos para la presentación de escritos de cada una de las Partes (véase ordenanza del 15 de noviembre del 2018, disponible en francés y en inglés).
lunes, 11 de noviembre de 2019
El otorgamiento por parte de México de asilo político a Evo Morales: apuntes
El otorgamiento por parte de México del asilo político a Evo Morales: apuntes
En un comunicado dado a conocer menos de 24 horas después del anuncio de la dimisión del Presidente de Bolivia, Evo Morales, México anunció el pasado 11 de noviembre que:
"Les informo que hace unos momentos recibí una llamada del presidente Evo Morales, mediante la cual respondió a nuestra invitación y solicitó verbal y formalmente asilo político en nuestro país" (véase texto completo del comunicado de prensa emitido por la Secretaría de Relaciones Exteriores de México reproducido al final de esta nota).
En este mismo texto se lee también que el ahora ex Presidente de Bolivia debía esperar la autorización oficial para abandonar el territorio boliviano, al precisar la Secretaría de Relaciones Exteriores de México en aquel momento que:
"Asimismo, hemos informado al Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia, para que bajo el derecho internacional, proceda a otorgar el correspondiente salvoconducto y las seguridades, así como garantías de que la vida, integridad personal y libertad del señor Morales no serán puestas en peligro y que podrá ponerse en seguridad".
Según informaciones dadas a conocer en algunos medios de prensa, la Embajada de México en La Paz ha recibido solicitudes para que se otorgue asilo diplomático a unos 20 ex integrantes del Gabinete de Evo Morales que se encuentran en esta sede diplomática, huyendo del clima de violencia política que se ha desatado en su contra (véase nota de La Vanguardia).
Por su parte, el ahora ex Presidente de Bolivia denunció en sus redes sociales que su Gobierno " ... fue derrocado por el golpe cívico-político-policial que ha instaurado en Bolivia un régimen de facto apoyado en la violencia y la represión". Por su lado, la Secretaría General de la Organización de Estados Americanos (OEA) comunicó este mismo 11 de noviembre que:
"Frente a la crisis política e institucional en Bolivia, la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos (OEA) rechaza cualquier salida inconstitucional a la situación. La Secretaría General llama a la pacificación y al respeto al Estado de Derecho" (véase texto completo de su comunicado de prensa).
El pasado domingo 10 de noviembre, la publicación de los resultados finales de la auditoría del proceso electoral a cargo de una Misión de la OEA (véase texto completo de su informe de 13 páginas) desencadenó una profunda crisis política en Bolivia. En sus conclusiones, se lee que:
" Teniendo en cuenta las proyecciones estadísticas, resulta posible que el candidato Morales haya quedado en primer lugar y el candidato Mesa en segundo. Sin embargo, resulta improbable estadísticamente que Morales haya obtenido el 10% de diferencia para evitar una segunda vuelta. Los técnicos de la OEA contaron con la necesaria información y accesos para poder realizar su trabajo. El equipo auditor no puede validar los resultados de la presente elección, por lo que se recomienda otro proceso electoral. Cualquier futuro proceso deberá contar con nuevas autoridades electorales para poder llevar a cabo comicios confiables.
Bolivia inició una semana de noviembre sin autoridades políticas ejerciendo funciones oficiales, al tiempo que se buscaba una salida institucional que permitiera apaciguar paulatinamente los ánimos (véase comunicado oficial del Secretario General de Naciones Unidas).
Cabe precisar que el viaje de Evo Morales desde Cochabamba hasta la ciudad de México DF significó una verdadera "odisea" según El Pais (España) en razón de los cambios repentinos en las autorizaciones de sobrevuelo otorgadas y luego suspendidas por algunos Estados limítrofes (véase artículo de prensa de El Pais): una cronología detallada en este artículo de prensa revela la participación directa de los Jefes de Estado de México, así como de España, de Francia y de Paraguay, y del Jefe de Estado electo de Argentina, para lograr que el avión militar puesto a disposición por México pudiera regresar a la capital mexicana con, a su bordo, el Ex Presidente boliviano: véase llegada a México D.F. y conferencia de prensa brindada por las autoridades mexicanas y por el mismo Evo Morales, disponible en este enlace.
Algunos Estados externaron su preocupación sobre la situación imperante en Bolivia desde el mismo 10 de noviembre. Es el caso de Argentina (Nota 1), de Chile (Nota 2), de Costa Rica (Nota 3); y de Ecuador (Nota 4) así como de Paraguay (Nota 5) y de Uruguay que lo hicieron el 11 de noviembre (Nota 6). Brasil por su parte fue de los últimos en manifestarse al respecto, haciendo ver que rechazaba por completo la tesis de un "golpe" en Bolivia (Nota 7). Sobre este preciso punto, en algunos Estados, como Argentina, se ha cuestionado el punto de saber porqué sus actuales autoridades no han referido a la expresión "golpe de Estado" al pronunciarse sobre lo ocurrido en Bolivia (véase artículo de Clarín).
Desde su primer comunicado, del día 11 de noviembre, México calificó la situación en Bolivia como un verdadero "golpe de Estado" (véase comunicado de prensa con las explicaciones brindadas por el jerarca de su diplomacia, disponible en este enlace titulado: "Postura del Gobierno de México sobre los acontecimientos en Bolivia Comunicado No. 396").
Durante la reunión urgente del Consejo Permanente de la OEA (solicitada por México) celebrada el pasado 12 de noviembre, México mantuvo incólume su posición, aprovechando la ocasión para hacer ver cuán escueto pueden a veces resultar los comunicados de prensa del Secretario General de la OEA: véase texto completo de la intervención de su representante. A su vez, Brasil, Colombia, Estados Unidos y otros Estados procedieron a valoraciones distintas sobre lo acontecido en Bolivia (véase en este enlace la totalidad de la sesión en la que se pueden escuchar las diversas intervenciones pronunciadas).
---- Notas ---
Nota 1: El comunicado oficial de Argentina del 10 de noviembre, se lee así:
Comunicado de Prensa.
" Ante la renuncia a su cargo como Presidente de Bolivia, anunciada hoy por Evo Morales Ayma, el Gobierno argentino hace un llamado a todos los actores políticos y sociales bolivianos para preservar la paz social y el diálogo. Ante renuncia a su cargo como Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia, anunciada hoy en la tarde, por Evo Morales Ayma, el Gobierno argentino hace un llamado a todos los actores políticos y sociales bolivianos para preservar la paz social y el diálogo, enfatizando importancia de encaminar este periodo de transición que se ha abierto por las vías institucionales que establece la Constitución de ese país. Resulta imprescindible que todas las fuerzas y dirigentes políticos bolivianos actúen en este delicado momento con responsabilidad y moderación. El anunciado llamado a un nuevo proceso electoral, con la anticipada renovación del Tribunal Electoral, respetando lo dispuesto por la Constitución Política del Estado Plurinacional Boliviano junto con el acompañamiento de países de la región así como de organismos internacionales y observadores imparciales es el mejor camino para superar, con total transparencia y espíritu democrático, la presente crisis que afecta al hermano pueblo boliviano."
Nota 2: El comunicado oficial de Chile del 10 de noviembre se lee de la siguiente manera:
Comunicado del Gobierno de Chile sobre la situación en Bolivia.
"Hoy la comisión electoral de la OEA cuestionó severamente la integridad del proceso electoral boliviano del pasado 20 de octubre y recomendó una nueva elección, que cumpla con los estándares internacionales. Por otra parte, y en horas de la tarde, el Presidente Evo Morales presentó su renuncia a su cargo. El Gobierno de Chile manifiesta su preocupación por la interrupción del proceso electoral para elegir democráticamente al presidente y por la crisis por la que atraviesa la sociedad boliviana. Finalmente, el Gobierno de Chile hace votos por una pronta solución pacífica y democrática, en el marco de la Constitución y las leyes del Estado Plurinacional de Bolivia".
Nota 3: Por su parte, Costa Rica se manifestó en los siguientes términos en la tarde del 10 de noviembre:
Costa Rica sigue con atención acontecimientos en Bolivia.
San José, 10 de noviembre de 201.- El Gobierno de Costa Rica sigue con suma atención los graves sucesos que se han desencadenado en Bolivia y expresa su pleno respaldo a los llamamientos al diálogo que permitan asegurar la paz social y el entendimiento entre los bolivianos. Costa Rica llama al respeto a las instituciones democráticas, la libertad de elegir y el diálogo pacífico y constructivo que deben guiar a nuestros pueblos. Costa Rica exhorta a realizar todos los esfuerzos por evitar la violencia y hace votos por un pleno retorno a la normalidad en el que impere el diálogo, el orden civil y Constitucional. El Gobierno de Costa Rica se mantiene atento y en permanentes consultas en el ámbito interamericano para lograr hacer prevalecer los mecanismos institucionales y la paz. Comunicación Institucional (1002 CR Bolivia ) Domingo 10 de noviembre de 2019.
Nota 4: En el caso de Ecuador, se lee en su comunicado oficial sobre la situación en Bolivia que:
"El Ecuador ha tomado conocimiento de la decisión del Presidente y del Vicepresidente del Estado Plurinacional de Bolivia, de presentar sus renuncias ante la Asamblea Legislativa de su país, así como de la información sobre otras altas autoridades del Estado boliviano que también han dimitido a sus funciones. El pronunciamiento de la auditoría de la OEA no deja lugar a dudas: las elecciones presidenciales del 20 de octubre adolecieron de serios errores, manipulación informática y falta de transparencia y, por tanto, sus resultados carecen de legitimidad. El Gobierno del Ecuador rechaza todo acto de violencia, cualquiera sea su origen. Formulamos un llamado a todos los actores políticos y sociales de la hermana Bolivia para aunar esfuerzos hacia el pronto restablecimiento de la paz, en un clima de respeto a los derechos humanos. El Gobierno Nacional expresa su confianza en que la vocación pacífica y democrática del pueblo boliviano contribuirá al pleno restablecimiento del sistema democrático en el marco de la Constitución y la ley, con la organización de nuevas elecciones, libres y transparentes, convocadas por tribunal electoral renovado y acompañadas de la participación de países amigos, la OEA y otros mecanismos internacionales".
Nota 5: En el caso de Paraguay, se lee en su comunicado oficial del 11 de noviembre que:
Paraguay sigue con preocupación los sucesos en Bolivia y hace llamado al diálogo y la concordia
"El Paraguay sigue con preocupación los sucesos que se desarrollan en el hermano Estado Plurinacional de Bolivia. En ese sentido, hace un llamado al diálogo y la concordia, al tiempo de bregar por la canalización de las diferencias que vienen polarizando a la sociedad boliviana, a través de las instituciones democráticas y procedimientos enmarcados en el Estado de Derecho. El Paraguay insta, igualmente, a descartar la violencia y la agresión y a concentrarse en la remoción de los obstáculos que minan la gobernabilidad y la gobernanza públicas en Bolivia, en la actualidad. De igual manera, aboga por la pronta pacificación social y la generación de condiciones adecuadas para que la ciudadanía boliviana sea capaz de reencausar la administración de los asuntos públicos en el marco de la institucionalidad democrática y el respeto de las decisiones adoptadas por el colectivo social en las urnas".
Nota 6: Se lee en este comunicado enviado desde Montevideo el 11 de noviembre, se indica que:
Comunicado de Prensa Nº 121/19. Golpe de Estado en Bolivia
El Gobierno del Uruguay expresa su consternación por el quiebre del Estado de Derecho producido en el Estado Plurinacional de Bolivia, que forzó la salida del poder del presidente Evo Morales y sumió al país en el caos y la violencia. El Uruguay considera que no existe argumento que puedan justificar estos actos, en particular habiendo anunciado pocas horas antes el Presidente Morales su intención de convocar a nuevas elecciones, a partir del informe producido por la misión electoral de la Organización de Estados Americanos. El Gobierno del Uruguay hace un urgente llamado a todos los actores bolivianos para que cesen los actos de violencia y para que el proceso electoral se encauce de conformidad con las disposiciones de la Constitución y las Leyes del Estado Plurinacional de Bolivia, restaurando de inmediato el Estado de Derecho y respetando plenamente los derechos humanos y civiles de todos los habitantes y particularmente la inviolabilidad de las representaciones diplomáticas extranjeras y de sus funcionarios. Montevideo, 11 de noviembre de 2019".
Nota 7: Se lee en este comunicado oficial del 12 de noviembre, desde el Palacio del Itamaraty en Brasilia que:
"286 Situação na Bolívia : 12 de Novembro de 2019 - 14h08
O governo brasileiro acompanha com grande atenção a situação pela qual atravessa a Bolívia após a renúncia de Evo Morales à presidência e sua saída do país. O governo brasileiro rejeita inteiramente a tese de que estaria havendo um “golpe” na Bolívia. A repulsa popular após a tentativa de estelionato eleitoral (constatada pela OEA), o qual favoreceria Evo Morales, levou à sua deslegitimação como presidente e consequente clamor de amplos setores da sociedade boliviana por sua renúncia. A renúncia de Evo Morales abriu caminho para a preservação da ordem democrática, a qual se veria ameaçada pela permanência no poder de um presidente beneficiado por fraude eleitoral. O processo constitucional está sendo preservado na sua integralidade na Bolívia. A restauração da paz social na Bolívia depende fundamentalmente da colaboração de todas as forças políticas com o funcionamento normal das instituições e com a transição democrática, rejeitando-se a via da violência. O governo brasileiro está pronto a colaborar com as autoridades interinas da Bolívia de modo a contribuir para uma transição pacífica, democrática e constitucional. O Brasil deseja manter e aprofundar sua amizade e cooperação com a Bolívia em todas as áreas."
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Comunicado oficial de prensa de México del 11.11.2019
Posicionamiento del Gobierno de México sobre otorgamiento de asilo a Evo Morales Comunicado No. 397
Latinoamérica ha sido testigo de lamentables y violentos acontecimientos en los que el orden constitucional se rompe y autoridades democráticamente electas se ven obligadas a abandonar todo para proteger su vida y su seguridad.
El derecho internacional reconoce que un individuo puede solicitar a un Estado del que no es nacional, como consecuencia de situaciones que surjan en el Estado de su nacionalidad, el reconocimiento como asilado.
México se ha caracterizado por su tradición en materia de protección a asilados a lo largo de su historia. Se ha mostrado como un Estado incluyente y solidario cuyas puertas han estado abiertas para quienes han tenido la necesidad de abandonar sus países.
Dos ordenamientos en el marco jurídico internacional sustentan el otorgamiento de asilo: la Convención sobre Asilo de La Habana de 1928 y la Convención sobre Asilo Diplomático firmada en Caracas en 1954. La legislación mexicana también reconoce el otorgamiento del asilo político en su Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político de 2011.
Les informo que hace unos momentos recibí una llamada del presidente Evo Morales, mediante la cual respondió a nuestra invitación y solicitó verbal y formalmente asilo político en nuestro país.
En términos de la legislación vigente, la Cancillería mexicana, previa opinión de la Secretaría de Gobernación, en voz de la secretaria Olga Sánchez Cordero, ha decidido concederle asilo político al señor Evo Morales, por razones humanitarias y en virtud de la situación de urgencia que enfrenta en Bolivia, en donde su vida e integridad corren riesgo. En este sentido, se procederá a informar al Senado de la República el desarrollo de estos hechos de relevancia para nuestra política exterior, solicitando su respaldo a esta decisión. Asimismo, hemos informado al Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia, para que bajo el derecho internacional, proceda a otorgar el correspondiente salvoconducto y las seguridades, así como garantías de que la vida, integridad personal y libertad del señor Morales no serán puestas en peligro y que podrá ponerse en seguridad.
Cabe recordar que el primer ordenamiento en materia de asilo data de 1853 cuando México y Colombia suscribieron un tratado de no extradición por delitos políticos. Nuestra tradición ha sido siempre por la protección de los perseguidos políticos. La tradición también tiene como base el artículo 15 de nuestra Constitución. México ha concedido protección a personajes como Giuseppe Garibaldi, José Martí o Víctor Raúl Haya de la Torre.
El otorgamiento de asilo es un derecho soberano del Estado mexicano que va acorde con sus principios normativos en política exterior de protección de los derechos humanos, de respeto a la autodeterminación de los pueblos, de solución pacífica de controversias y de no intervención.
La decisión del Gobierno Mexicano se ha hecho del conocimiento de la Organización de Estados Americanos y se hará del conocimiento de la Organizacón de las Naciones Unidas, invocando la protección interncional a la vida y la integridad de Evo Morales.
miércoles, 6 de noviembre de 2019
El retiro formal (denuncia) de Estados Unidos del Acuerdo de París del 2015
El retiro formal (denuncia) de Estados Unidos del Acuerdo de París del 2015
Mediante notificación enviada a la Secretaría General de Naciones Unidas (véase texto completo), con fecha del 4 de noviembre del 2019, Estados Unidos ha iniciado formalmente su denuncia del Acuerdo de París, suscrito en diciembre del 2015 (véase texto completo de dicho acuerdo). Cabe recordar que este instrumento entró en vigor de manera mucho más rápida de lo previsto, el 4 de noviembre del 2016, 30 días después de registrarse la ratificación número 55. A la fecha (véase estado oficial de firmas y ratificaciones), cuenta con 195 Estados firmantes y 187 Estados Partes).
Como todo tratado internacional, los Estados Partes al Acuerdo de París pueden proceder a su denuncia. En el caso del Acuerdo de París, se acordó un plazo para poder hacerlo de 3 años después de su entrada en vigor. En efecto, el artículo 28 del Acuerdo de París se lee de la siguiente manera:
"Artículo 28
1. Cualquiera de las Partes podrá denunciar el presente Acuerdo mediante notificación por escrito al Depositario en cualquier momento después de que hayan transcurrido tres años a partir de la fecha de entrada en vigor del Acuerdo para esa Parte.
2. La denuncia surtirá efecto al cabo de un año contado desde la fecha en que el Depositario haya recibido la notificación correspondiente o, posteriormente, en la fecha que se indique en la notificación.
3. Se considerará que la Parte que denuncia la Convención denuncia asimismo el presente Acuerdo."
Con relación a Estados Unidos, cabe recordar que se trata de una promesa de campaña del actual ocupante de la Casa Blanca, que se anunció unos meses después de su entrada oficial en funciones como Jefe de Estado, a inicios del 2017. Al no haber aún transcurrido el plazo de tres años, la supuesta "notificación" previa realizada por Estados Unidos a mediados del 2017 no se conformaba a la letra de lo dispuesto en el precitado artículo 28: véase al respecto nuestra breve nota del 2017 titulada "Formalizando lo prohibido: la carta de Estados Unidos sobre su denuncia al Acuerdo de París".
En cambio, la notificación de este 4 de noviembre del 2019 sí cumple con los requisitos establecidos en el Acuerdo de París. A su vez, evidencia el extremo cuido de la actual administración norteamericana para liberarse (tan pronto sea posible) de las obligaciones contraídas en el 2015 en París. No obstante, a diferencia de lo escuchado por algunos sectores en Estados Unidos, sus efectos no son inmediatos, sino que dicha notificación surtirá efectos dentro de 12 meses contados a partir del 4 de noviembre del 2019, tal y como lo prevé el mismo precitado artículo 28.
Habíamos tenido la oportunidad de analizar las diversas reacciones oficiales de Estados de América Latina al anuncio de Estados Unidos de retirarse del Acuerdo de París, incluyendo la de Costa Rica (véase nuestra breve nota titulada "Reacciones en América Latina a anuncio de retiro de Estados Unidos del Acuerdo de París sobre Cambio Climático" de junio del 2017). En aquella oportunidad, nos permitímos escribir que: "En el caso de Panamá, la omisión es una, sin serla del todo: veremos que el texto circulado constituye, sin lugar a dudas, un interesante caso en el que el arte de expresarse sin manifestarse sale a relucir".
viernes, 1 de noviembre de 2019
Discurso del Presidente de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) ante Asamblea General de Naciones Unidas
Discurso del Presidente de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) ante Asamblea General de Naciones Unidas
Como viene siendo una costumbre consolidada desde ya muchos años, el Presidente de la Corte Internacional de Justicia el juez Abdulqawi A. Yusuf (oriundo de Somalia) procedió el pasado 30 de octubre a dar su discurso anual en el marco de la Asamblea General de Naciones Unidas (véase texto completo en francés y en inglés).
Para la comunidad de juristas hispanoparlantes, lamentablemente, el texto no se encuentra disponible en español en el sitio oficial de la CIJ, como muchos otros documentos de interés.
Refiriéndose a intensidad de la actividad de la CIJ, con 16 casos pendientes de resolución, el Presidente de la CIJ analizó el alcance de las diversas decisiones adoptadas en el período comprendido entre el 1ero de agosto del 2018 y el 1ero de agosto del 2019.
Resaltó, entre controversias nuevas que la CIJ entró a conocer durante este período, la demanda interpuesta por Palestina en setiembre del 2018 contra Estados Unidos debido al translado de la sede diplomática norteamericana a Jerusalén, así como la demanda presentada por Irán en julio del 2018 (también contra Estados Unidos) en razón de las nuevas sanciones emitidas en su contra en mayo del 2018 por la actual administración norteamericana.
Con relación a América Latina, el Presidente Yusuf mencionó el caso inédito de Guatemala y de Belice, los cuales decidieron llevar su antigua controversia territorial después de realizar ambos Estados consultas populares. En su discurso, se lee que:
"Le caractère inédit de cette affaire tient à la démarche démocratique et participative adoptée par les deux Etats dans le cadre de leur décision de saisir la Cour. Conformément au compromis, ceux-ci ont en effet, préalablement à cette saisine, organisé chacun un référendum afin de s’assurer que leurs populations respectives approuvaient l’idée de confier à la Cour le règlement définitif du différend. Les deux référendums ayant abouti à un résultat favorable, la Cour a été saisie de l’affaire par l’effet de notifications officielles adressées par les deux Etats"
/
"One innovative aspect about this case is the democratic and participative approach adopted by Guatemala and Belize in deciding to bring their dispute for resolution to the Court. Indeed, in accordance with the Special Agreement, before seising the Court, both countries first held national referendums in order to ascertain whether their respective populations supported the idea of submitting the dispute to the Court for final settlement. Following a positive response in both referendums, the case was submitted to the Court by a notification made by the two countries".
Habíamos tenido la oportunidad de analizar esta antigua controversia y la forma en la que ambos Estados decidieron acudir de forma conjunta a la CIJ (véase nuestra breve nota titulada "Guatemala / Belice: Corte Internacional de Justicia (CIJ) anuncia inicio de procedimiento").
De los 16 casos pendientes de resolución registrados en la actualidad por la Secretaría de la CIJ, cinco se relacionan a controversias entre Estados de América Latina, a saber:
1. Nicaragua contra Colombia (asunto de la extensión de la plataforma continental más allá de las 200 millas marinas), resumido en este enlace;
2. Nicaragua contra Colombia (asunto de las violaciones alegadas por Nicaragua a sus derechos soberanos en el Mar Caribe, resumido en este enlace;
3. Chile contra Bolivia (asunto del estatuto y la utilización de las aguas del río Silala), resumido en este enlace;
4. Guyana contra Venezuela (asunto de la sentencia arbitral de 1899), resumido en este enlace;
5. Controversia territorial Belice-Guatemala, resumida en este enlace oficial de la CIJ.
Por primera vez desde el año 2005, no figura ningún asunto pendiente de resolución entre Costa Rica y Nicaragua en un discurso del Presidente de la CIJ, un dato de interés dada la recurrente presencia de ambos ribereños del río San Juan en La Haya. La última disputa entre ambos Estados fue resuelta en febrero del 2018 por parte de la CIJ (véase asunto de la delimitación marítima en ambos océanos, disponible aquí).
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