domingo, 19 de julio de 2009
DERECHO APLICABLE A ACUIFEROS COMPARTIDOS O TRANSFRONTERIZOS
Durante el pasado mes de enero del 2009, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó por unanimidad una Resolución sobre el Derecho de los acuiferos transfronterizos (resolución de la Asamblea General A/RES/63/124 del 15 de enero del 2009). Este texto viene a concluir la obra codificadora emprendida por la Comisión de Derecho Internacional de las Naciones Unidas(CDI) 10 años atrás sobre este delicado tema, al que los Estados deberán de prestar mayor atención de cara a la sobreexplotación de acuíferos que se da en ciertas partes de la región centroamericana y la crisis del agua mundial. De particular relevancia para Costa Rica revisten algunos artículos como los artículos 6 (Obligación de no causar un daño sensible) y la Parte III (Protección, preservación y gestión), artículos 10 a 15, de cara a la existencia de ciertas actividades altamente contaminantes situadas en Costa Rica en zonas en las que subyacen acuíferos transfronterizos.
lunes, 13 de julio de 2009
FALLO DE LA CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA
En el día de hoy, Lunes 13 de julio del 2009, la Corte Internacional de Justicia emitió el fallo definitivo sobre los derechos de navegación en el Río San Juan. Como era de esperar, se trata de una decisión salomónica que intenta dar razón a los argumentos de ambas partes y rechaza otras pretensiones, manteniendo siempre un equilibrio entre las partes. Nuevamente se evidencia aqui la honda preocupación del juez internacional de pacificar las relaciones entre Estados, más que la de resolver únicamente puntos de derecho de manera consistente. Sin embargo, más que hacernos eco del canto de sirenas que de un lado y del otro del río se oyen desde tempranas horas de la madrugada, remitimos al lector a la siguiente dirección donde podrá hacerse él (ella) mismo (a) una idea de los alcances de esta decisión, cuyo texto oficial estará únicamente disponible en inglés y en francés, idiomas oficiales de trabajo de la CIJ.
lunes, 11 de mayo de 2009
jueves, 7 de mayo de 2009
COSTA RICA Y LA CORTE CENTROAMERICANA DE JUSTICIA
En un comunicado oficial de la Cancillería de Costa Rica, a raiz de una demanda interpuesta por la Asociación de Agentes Aduaneros de Costa Rica contra una circular interna emitida en 2007, Costa Rica oficializó en un documento oficial (con fecha del 30 de abril del 2009) su renuencia a someterse a la jurisdicción de la Corte Centroamericana de Justicia, órgano judicial del SICA creado mediante el Protocolo de Tegucigalpa suscrito en 1992.
lunes, 6 de abril de 2009
LAS FRONTERAS INTERNACIONALES DE COSTA RICA

Fronteras terrestres
A) La frontera de Costa Rica con Nicaragua está delimitada en el tratado de límites de 1858 (tratado Cañas-Jerez).
B) La frontera sur de Costa Rica con Panama está delimitada mediante el tratado Echandi-Montero / Fernandez-Jaen firmado entre ambos paises en 1941.
Fronteras marítimas
A) Océano Pacífico: Las zonas marítimas de Costa Rica en el Pacífico han sido delimitadas con Colombia (tratado Facio-Fernandez del 17 de marzo de 1977, aprobado mediante Ley 8084 del 30 de enero del 2001), con Panama (tratado Calderón-Ozores del 2 de febrero de 1980) y Ecuador (tratado Gutiérrez-Terán del 12 de marzo de 1985, expediente legislativo 11669, aún no ratificado por Costa Rica)
B) Océano Atlántico: las zonas de delimitación maritima en el Atlántico han sido delimitadas únicamente con Colombia (Tratado Gutiérrez-Lloreda del 6 de abril de 1984, aún pendiente de ratificación) y aún permanecen ámplias zonas sin delimitar, debido a la particular complejidad de la situación en el Caribe (ya descrita en un artículo del 2001).
FINALIZA RONDA DE ALEGATOS ORALES EN LA HAYA ENTRE COSTA RICA Y NICARAGUA
El pasado 12 de marzo del 2009 finalizo oficialmente la ronda de alegatos orales entre Costa Rica y Nicaragua en relación a la controversia relativa a los deechos de navegación en el Río San Juan y derechos conexos. La Corte Intenacional de Justicia pasará ahora a la fase del "délibéré" que puede durar entre 4 a 6 meses ante de dictaminar su fallo final, durante los cuales se elabora el fallo: usualmente basado en las notas personales de cada uno de los 15 jueces, toma varios meses, mientras se discute, se enmienda, se revisa y se adopta, así como se preparan las opiniones individuales o disidentes de algunos de los jueces. Es en ese período también que entra a relucir la figura del Juez Ad Hoc, nombrado por las partes, y sus dones de persuasión sobre sus 15 pares (titulares). Es de notar que solo una de las partes cuenta con esta valiosa figura, y que la otra considero innecesario sustituir a su Juez Ad Hoc.
Los argumentos jurídicos de diversa índole desarrollados por Costa Rica y Nicaragua en esa fase final (y decisiva) son accesibles desde ya (versión en inglés y en francés, idiomas de trabajo de la CIJ):
1era fase
Alegatos orales de Costa Rica (Parte I: 2 de marzo del 2009 - Parte II: 3 de marzo del 2009)
Alegatos orales de Nicaragua (Parte I: 5 de marzo del 2009 - Parte II: 6 de mazro del 2009)
2a fase
Alegatos orales de Costa Rica (réplica): Unica parte: 9 de marzo del 2009
Alegatos orales de Nicaragua (dúplica): Unica parte: 12 de marzo del 2009
Con estos escritos, concluye la labor de los asesores legales de las dos partes. Los dos Estados ahora esperarán la notificación de la CIJ para la lectura del fallo, con la serenidad de haberlo dado todo en recursos y argumentos jurídicos, o bien con la honda preocupación de no haberlo hecho.
Los argumentos jurídicos de diversa índole desarrollados por Costa Rica y Nicaragua en esa fase final (y decisiva) son accesibles desde ya (versión en inglés y en francés, idiomas de trabajo de la CIJ):
1era fase
Alegatos orales de Costa Rica (Parte I: 2 de marzo del 2009 - Parte II: 3 de marzo del 2009)
Alegatos orales de Nicaragua (Parte I: 5 de marzo del 2009 - Parte II: 6 de mazro del 2009)
2a fase
Alegatos orales de Costa Rica (réplica): Unica parte: 9 de marzo del 2009
Alegatos orales de Nicaragua (dúplica): Unica parte: 12 de marzo del 2009
Con estos escritos, concluye la labor de los asesores legales de las dos partes. Los dos Estados ahora esperarán la notificación de la CIJ para la lectura del fallo, con la serenidad de haberlo dado todo en recursos y argumentos jurídicos, o bien con la honda preocupación de no haberlo hecho.
jueves, 12 de febrero de 2009
COSTA RICA Y NICARAGUA INICIAN RONDA DE ALEGATOS ORALES EN MARZO
En su comunicado de prensa del pasado 5 de
febrero del 2009, la Corte Internacional de Justicia, con sede en La Haya, anuncio que las rondas de alegatos orales en el caso Costa Rica c. Nicaragua por los derechos de navegación en el río San Juan, iniciarán el próximo 2 de marzo del 2009 en La Haya. Recordemos que dicha demanda fue planteada por Costa Rica en septiembre del 2005, y que desde entonces se ha desarrollado el procedimiento escrito usual para este tipo de acciones . Notemos sin embargo que, debido al alto costo que significan estos procedimientos, los Estados recurren a la Corte en La Haya para asuntos con un contenido económico mucho más relevante que el paso de policías con armas de fuego y el cobro de visas a embarcaciones turísticas en un río.
El Rio San Juan es un río que tiene una parte "nacional" nicaraguense para luego convertirse en un río internacional ("río nacional a vocación internacional" dicen algunos funcionarios en Nicaragua). Tradicionalmente navegable, ha sufrido en los últimos años cambios que hacen que su cauce se seque en el mes de marhttp://www.blogger.com/img/blank.gifzo). Es parte de la mayor cuenca hidrográfica transfronteriza de Centroamérica, la Cuenca transfronteriza del Rio San Juan, objeto de un muy completo diagnóstico efectuado por el PNUMA y la OEA en 1995.
Sobre las distintas fases procesales de una demanda contenciosa en La Haya, duración del procedimiento y costos, remitimos a dos artículos publicados en LA NACION (Costa Rica) en noviembre del 2005 (Nueva justa de Centroamérica en La Haya) y en febrero del 2006 (La Haya: Aspectos procesales) y a una precisión, algo airada, de parte de dos asesores de la Cancillería de Costa Rica (a los que me dio algo de pena darles un curso de derecho internacional públicamente).

El Rio San Juan es un río que tiene una parte "nacional" nicaraguense para luego convertirse en un río internacional ("río nacional a vocación internacional" dicen algunos funcionarios en Nicaragua). Tradicionalmente navegable, ha sufrido en los últimos años cambios que hacen que su cauce se seque en el mes de marhttp://www.blogger.com/img/blank.gifzo). Es parte de la mayor cuenca hidrográfica transfronteriza de Centroamérica, la Cuenca transfronteriza del Rio San Juan, objeto de un muy completo diagnóstico efectuado por el PNUMA y la OEA en 1995.
Sobre las distintas fases procesales de una demanda contenciosa en La Haya, duración del procedimiento y costos, remitimos a dos artículos publicados en LA NACION (Costa Rica) en noviembre del 2005 (Nueva justa de Centroamérica en La Haya) y en febrero del 2006 (La Haya: Aspectos procesales) y a una precisión, algo airada, de parte de dos asesores de la Cancillería de Costa Rica (a los que me dio algo de pena darles un curso de derecho internacional públicamente).
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