lunes, 29 de mayo de 2017

LA REUNIÓN DE MINISTROS DE RELACIONES EXTERIORES DE ESTADOS MIEMBROS DE LA OEA SOBRE VENEZUELA ESTE MIÉRCOLES 31 DE MAYO



La Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores de Estados Miembros de la OEA sobre Venezuela este Miércoles 31 de mayo: breve puesta en perspectiva



Este Miércoles 31 de mayo del 2017, la Organización de Estados Americanos (OEA) auspiciará una Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores de los Estados Miembros para examinar la situación imperante en Venezuela. Se trata de un nuevo esfuerzo diplomático para intentar encontrar una salida política a la crisis que se polariza con el paso del tiempo y que ya contabiliza 58 muertes. Tiene lugar pocas semanas después del anuncio por parte de Venezuela de retirarse definitivamente de la OEA, cuyo procedimiento se formalizó el pasado 27 de abril del 2017.

La Reunión de Consulta en el seno de la OEA

¿Qué es una Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores? Los artículos 61 a 65 de la Carta de la OEA (véase texto) preven las reglas vigentes con relación a su funcionamiento. Se lee en el mismo sitio de la OEA (véase enlace oficial) que:

"La Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores se celebra con el fin de considerar problemas de carácter urgente y de interés común para los Estados americanos, y para servir de Órgano de Consulta. Cualquier Estado Miembro puede pedir que se convoque la Reunión de Consulta. La solicitud debe dirigirse al Consejo Permanente de la Organización, el cual decide por mayoría absoluta de votos si es procedente la Reunión".

Como se puede leer, "urgencia" e "interés común" son nociones que responden a apreciaciones por parte de cada Estado con relación a una determinada situación. La facultad de solicitar la convocatoria recae en un Estado. En el caso de Venezuela, la convocatoria a esta reunión fue decidida, en aplicación del artículo 62 de la Carta, por un voto: 18 a favor, uno en contra (Nicaragua), 13 abstenciones (incluyendo la de Costa Rica) y 2 ausencias (véase nota de prensa con detalle del voto acaecido el pasado 15 de mayo). Costa Rica se abstuvo debido a que se pospusó la fecha inicial proyectada del 22 de mayo al 31 de mayo, según explicó su representante ante la OEA al externar su "profunda decepción" y las dificultades de su canciller para viajar a Estados Unidos en la fecha del 31 de mayo (véase nota de La Nación).

La encargada de negocios (Costa Rica no cuenta con Embajador en Caracas desde el 2014) fue llamada a consultas a San José al iniciar el mes de mayo del 2017 (véase nota de prensa), días después de anunciarse en Venezuela una Asamblea Constituyente por parte de su Presidente.

En este enlace oficial de la OEA se reseñan las diversas Reuniones de Consulta efectuadas desde 1939: nótese la mención "documento reservado" que acompaña los dígitos de algunas de las actas o memorias.
La actual jefa de la diplomacia venezolana y el Secretario General de la OEA, abril del 2017. Foto extraída de artículo de La Nación (Costa Rica) del 27 de abril del 2017

Venezuela y la OEA en los últimos meses

Cabe recordar que el pasado 26 de abril del 2017, el Consejo Permanente de la OEA adoptó una resolución en ese sentido: véase texto del Documento CP/RES. 1079 (2111/17) reproducido al final de esta nota (Documento 1 en español). El 3 de abril, una memorable tarde vivida en el Consejo Permanente, con la presencia de la canciller de Argentina y del vice canciller de Costa Rica, concluyó con la adopción de una resolución, luego de la salida de la sala de los delegados de Venezuela y de Bolivia, ante una maniobra consistente en otorgar la dirección del debate a Honduras en vez de la Presidencia de turno del Consejo Permanente, a saber Bolivia (véase breve nota nuestra al respecto). Anterior a ello, el 23 de marzo del 2017, una declaración conjunta suscrita por Estados Unidos, Canadá y 12 Estados de América Latina sobre la situación en Venezuela circuló en la que se lee que los firmantes de la misma "reiteramos nuestra disposición a colaborar con el pueblo y el gobierno de Venezuela en todo aquello que pueda contribuir a una solución de los desafíos políticos, económicos y sociales en ese país y nos mantendremos atentos a los esfuerzos para abordar estos desafíos durante las próximas semanas, a fin de considerar los próximos pasos necesarios" (véase texto reproducido por DIPúblico).

Ante lo ocurrido el 26 de abril en el Consejo Permanente de la OEA, el 27 de abril del 2017, Venezuela inició formalmente el trámite de denuncia de la Carta de la OEA suscrita en 1948, convirtiéndose en el primer Estado Miembro de la OEA en acudir a esta figura que prevé el derecho de los tratados y consagrada como tal en la Convención de Viena de 1969 sobre Derecho de los Tratados (véase nota de prensa). En este enlace se puede leer la nota oficial de Venezuela con fecha del 27 de abril del 2017 detallando las razones que fundamentan su decisión.

La Reunión de Consulta como instancia suprema

La Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores puede analizarse desde diversas perspectivas. Para muchos, es la cita política de mayor importancia y relieve dentro de la OEA y la medición de fuerzas que en ella se da es seguida con mucha atención. Agotada esta vía, no queda ninguna de mayor alcance a la que se pueda acudir. En una declaración dada por el portavoz del Secretario de Estado de Estados Unidos 24 horas antes de la cita, se lee que Estados Unidos "anticipa" desde ya una participación "robusta":

"As to the participation level, I think many countries are still accrediting representatives, so I think it’s too early to worry about the number you mentioned. And we’re anticipating quite robust participation. We’ve already got many or most of the leading foreign ministers in the region coming" (véase texto completo).

Políticamente, se trata en efecto de convocar a los cancilleres de todo el hemisferio americano, una meta raramente alcanzada en la historia reciente. Enviar a un canciller no es igual a enviar a su subalterno (vice canciller). En ese sentido, la presencia física de los ministros reflejará, este próximo Miércoles, el apoyo a la iniciativa (mientras que los aliados de Venezuela intentarán reducir el número de ministros presentes, realizando las gestiones diplomáticas del caso). Sin mayor certeza que la de una simple previsión, y, luego de consultar la prensa nacional de algunos Estados, se considera que al menos sean 14 los cancilleres acreditados que se harán presentes, a saber los de: Argentina, Brasil, Canadá, Colombia, Costa Rica, Guatemala, Honduras, México, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Santa Lucía y San Vicente y las Granadinas. No se prevé que Estados Unidos envíe a su Secretario de Estado. Se ignoraba si Venezuela optaría por enviar a su canciller o si escogería no enviar delegación alguna en señal de protesta. A pocas horas de iniciar la cita, Venezuela anunció que sí acudirá (véase nota de El Mundo).

Es muy probable que se hayan estado ejerciendo intensas presiones políticas sobre tres cancillerías de América Latina no citadas en la lista anterior y dos que sí aparecen en la lista precitada, cuyos resultados se podrán apreciar este 31 de mayo al iniciar la reunión: en ese preciso momento es cuando se podrá visualizar quién encabeza a su respectiva delegación. La fatiga a raíz de un largo y repentino viaje en avión podrá dejar entrever, en algunos rostros (y pese a intentos para disimularla), una decisión tomada en las últimas horas previas al encuentro. Los titulares de prensa y comunicados de prensa sobre el "éxito" o el "fracaso" de esta reunión dependen en parte del número de cancilleres presentes.

Luego de los discursos de rigor, en los que se podrá medir la percepción de cada Estado de la situación imperante en Venezuela (con un interés marcado por lo que diga el representante de Brasil, recientemente objeto de un comunicado conjunto de dos órganos de derechos humanos rechazado vehementemente por el Palacio del Itamaraty- véase nota), la cita deberá consensuar alguna decisión. En materia resolutiva, ya circulan dos borradores de resolución, tal como lo informa la prensa en estos días (véase nota El Universal): se trata de un borrador de texto presentado conjuntamente por Perú, Canadá, Estados Unidos, México y Panamá (véase texto al final de esta nota Documento 3 en inglés) y por otro lado, de un borrador de resolución presentado por Antigua y Barbuda. Se ha tenido información de un tercer borrador que será propuesto por el CARICOM el mismo día de la reunión, mientras Antigua y Barbuda anunciaría el retiro de su texto inclinándose por la propuesta del CARICOM (Documento 2 en inglés). Al comparar a ambos documentos reproducidos al final (Documentos 2 y 3), se denota que uno de ellos aún contiene citas no definitivas e indicaciones de Estados para ciertos párrafos, evidenciando la premura con la que se presentó.

Como bien se sabe, los 13 Estados anglófonos del Caribe suelen a veces tomar sus distancias con relación a iniciativas provinientes de los Estados de América Latina.

De última hora, también se ha barajado la idea de establecer un "grupo de contacto" para mediar entre las autoridades venezolanas y la oposición (véase cable de EFE recogido en El Periódico).

Presencia de cancilleres en citas similares

En agosto del 2012, a raiz del tono y de la actitud de las autoridades del Reino Unido con relación al asilo diplomático concedido a Julian Assange en Londres, Ecuador había solicitado una urgente Reunión de Consulta: esta cita, objetada por Estados Unidos y Canadá, se realizó con la presencia de 12 cancilleres, un Vice canciller (Guatemala) y los demás 20 delegados. Los Estados que enviaron a su canciller a la cita fueron: Argentina, Chile, Colombia, Ecuador, Guyana, Ecuador, México, Paraguay, Perú, República Dominicana, Uruguay y Venezuela (véase nota en este mismo sitio al respecto): un mensaje claro de solidaridad con Ecuador enviado al Reino Unido sobre la imperiosa necesidad de respetar una institución como el asilo diplomático, la cual encuentra sus orígenes en ... América Latina.

Nótese que la última Reunión de Consulta convocada por Costa Rica (véase nota de La Nación) se realizó en diciembre del 2010, con relación a la ocupación ilegal de Isla Portillos por parte de Nicaragua detectada en octubre del 2010: en aquella ocasión, de 34 posibles ministros asistiendo a la cita, solamente la presenciaron dos cancilleres (incluyendo en esta cifra al canciller René Castro Salazar de Costa Rica).

Mapa de Google Earth usado por Eden Pastora en octubre del 2010 para ubicarse en el extremo de la frontera entre Costa Rica y Nicaragua y exacavar un caño artificial en Isla Portillos (izquierda). A la derecha, mapa corregido por Google Earth en noviembre del 2010. Figura extraída de esta esta breve nota nuestra

En el caso de la Reunión de Consulta solicitada por Ecuador a raiz de la incursión de un comando militar colombiano en su territorio, celebrada en marzo del 2008, asistieron a la cita 16 cancilleres y 3 vicecancilleres (Costa Rica, Estados Unidos y Perú) (véase información disponible aquí): en este enlace se encuentran disponibles los diversos informes realizados de previo a dicha cita, relacionados a la profunda crisis diplomática causada por la denominada "Operación Fénix" ordenada por las autoridades militares colombianas. La información contenida en una de las computadoras incautada perteciente a Raúl Reyes fue trasladada por Colombia a las autoridades de Costa Rica con datos muy precisos sobre las relaciones de las FARC en Costa Rica. Ello llevaría, luego de algunas declaraciones anticipadas, a destituir al Ministro de Seguridad de Costa Rica pocos días antes de su esperada comparecencia ante una Comisión del Poder Legislativo (véase nota de prensa).

Ultimos altercados de Venezuela con Estados de América Latina

Con respecto a las relaciones de Venezuela con los demás Estados de la región latinoamericana, al iniciar el mes de marzo del 2017, las diplomacias peruana y venezolana intercambiaron fuertes comunicados de prensa a raiz de declaraciones consideradas ofensivas por parte de Perú hechas por la jefa de la diplomacia venezolana (véase nota de este mismo sitio). Hace pocos días, Venezuela reaccionó airadamente a un inédito comunicado de Honduras en el que se lee "es crucial mayor derramamiento de sangre" en Venezuela (sic.): véase nota de prensa sobre la protesta de Venezuela con texto - a todas luces inusual - de Honduras y esta nota con fotografía del texto de Honduras reproducida. El diplomático hondureño responsable de la redacción del texto fue removido días después (véase nota de prensa): nótese, a diferencia de lo que ocurre con comunicados de prensa redactados de manera bastante precipitada, la gran rapidez con la que las autoridades de Honduras procedieron a destituir al agente diplomático responsable de este extraño comunicado circulado por su legación diplomática en Belice.

El último cruce de comunicados oficiales entre Venezuela y Costa Rica remonta a los primeros días del año 2016 (véase texto de ambos comunicados precedidos de nuestro breve análisis publicado en el sitio jurídico peruano Ius360).

A modo de conclusión

No cabe duda que la crisis política en Venezuela es objeto de una particular atención por parte de la comunidad internacional y de los medios internacionales desde varios años. En los últimos meses, los acontecimientos violentos y las muertes ocurridas durante las manifestaciones han recrudecido dicha atención: los diversos llamamientos a la cordura y a una actitud más conciliadora por parte de algunos sectores en Venezuela no han aún logrado encontrar eco alguno. Es probable que durante esta nueva cita prevista en la OEA, los diplomáticos exhiban un vocabulario muchos más acorde a los usos y a los protocolos vigentes, en aras de acordar algún mecanismo más efectivo de diálogo político en Venezuela y algún acompañamiento a este.

El desafío consiste para muchos de ellos en intentar recobrar la confianza que Venezuela pareciera haber perdido por completo en esta entidad hemisférica.



DOCUMENTO 1

CP/RES. 1079 (2111/17)

CONVOCATORIA A UNA REUNIÓN DE CONSULTA DE MINISTROS DE RELACIONES EXTERIORES PARA CONSIDERAR LA SITUACIÓN EN LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

(Aprobada por el Consejo Permanente en la sesión extraordinaria celebrada el 26 de abril de 2017)

EL CONSEJO PERMANENTE DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS,

CONSIDERANDO la creciente preocupación de los Estados Miembros de la OEA ante la situación en la República Bolivariana de Venezuela;

TENIENDO EN CUENTA lo establecido en el Artículo 61 de la Carta de la Organización de Estados Americanos sobre la posibilidad de convocar una Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores para considerar problemas de carácter urgente y de interés común;

RESUELVE:

1. Convocar una Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores para considerar el tema “Situación en la República Bolivariana de Venezuela”.




DOCUMENTO 2

PROPUESTA DE RESOLUCION PRESENTADA POR EL CARICOM, RC19/Doc.2917

DRAFT DECLARATION ON THE SITUATION IN THE BOLIVARIAN REPUBLIC OF VENEZUELA

THE TWENTY-NINTH MEETING OF CONSULTATION OF MINISTERS OF FOREIGN AFFAIRS,

Reiterating its commitment to the principles of non-interference and of non-intervention as set forth in the Charter of the OAS, as well as to representative democracy which is essential to the stability, peace, and development of the Region.

REAFFIRMING that the promotion and protection of human rights and fundamental freedoms is a basic condition for the existence of a democratic society.

RECOGNIZING that the OAS is an organization of nations that share principles and values constructed collectively to which Venezuela has contributed since the Organization’s inception, including the principles of state sovereignty and independence, as enshrined in Article 3 of the Charter of the OAS

EXPRESSING:

Its friendship and solidarity with the Venezuelan people and its conviction that it is up to the Venezuelans to find their own solutions to the current situation with facilitation and support from the international community.

Its deep concern regarding the political, economic, and social situation in Venezuela, in particular the increase in violence and polarization between the government and the opposition.

The urgent need to put in place a renewed process of dialogue and negotiation, with the full participation of all political actors, based on the principle of good faith.

CALLS FOR:

1. The immediate cessation of violence and hostilities committed by any of the parties, especially those that could cause injury or loss of life.

2. The establishment of concrete plans for the restoration of peace and stability as soon as possible.

3. Absolute respect for human rights, the rule of law and the constitutional processes of Venezuela.

4. All parties to commit to engage in a renewed dialogue and negotiation leading to a comprehensive, political agreement with established timetables, concrete actions and guarantees to ensure its implementation for the wellbeing of the nation.

5. The Government of Venezuela to reconsider its decision to withdraw from the OAS.

DECLARES:

The willingness of member states to offer their help in meeting the serious challenges facing Venezuela, as may be requested by the Government of Venezuela.

Its willingness to establish a group or other mechanism of facilitation to support a renewed dialogue and negotiation between the government and opposition in Venezuela, and to accompany and promote the timely implementation of the parties´ commitments.

Its willingness to remain seized of the situation with due regard to the principles earlier enunciated




DOCUMENTO 3

DRAFT DECLARATION ON THE SITUATION IN THE BOLIVARIAN REPUBLIC OF VENEZUELA

(Presented by the Permanent Missions of Peru, Canada, United States, Mexico, and Panama)

THE TWENTY-NINTH MEETING OF CONSULTATION OF MINISTERS OF FOREIGN AFFAIRS,

REITERATING its commitment to representative democracy, which is essential for the stability, peace, and development of the region, as well as to the principles of non-intervention and solidarity, as set forth in the Charter of the Organization of American States (OAS).

REAFFIRMING that the promotion and protection of human rights and fundamental freedoms is a basic condition for the existence of a democratic society.

RECOGNIZING that the OAS is an organization of nations that share principles and values constructed collectively to which Venezuela has contributed since the Organization’s inception, we invite Venezuela to reconsider its decision to withdraw from it.

EXPRESSING:

Its deep concern regarding the deterioration of the political, economic, and social situation in Venezuela, in particular the increase in violence and polarization between the government and the opposition, as well as the need to address the humanitarian situation in the country.

(Its concern regarding the interruption of the democratic order, and) (PAR), The urgent need to put in place a new process of dialogue and negotiation, with the full participation of all political actors, based on the principle of good faith, in order to establish concrete plans for the peaceful restoration of the democratic order as soon as possible.

Its friendship and solidarity with the Venezuelan people and its conviction that it is up to the Venezuelans to find their own solutions to the current situation with facilitation and support from the international community, (as requested by the parties by mutual agreement).

(AYB) CALLS FOR:

1. The immediate cessation of violence and hostilities committed by any of the parties, especially those that could cause injury or loss of life.

2. Absolute respect for human rights and the rule of law.

3. A halt to the convocation of a National Constituent Assembly as presently conceived.*

4. The cessation of arbitrary detention, respect for the due process of law, and the suspension of trials of civilians by military tribunals.*

5. The fulfilment of the commitments undertaken by the parties, made by the Working Groups during the previous process of national dialogue, with regard to the liberation of political prisoners, respect for the constitutional powers, and the establishment of an electoral calendar with the presence of international independent electoral observers.*

6. All parties to commit to a new process of dialogue and negotiation leading to a comprehensive, political agreement with established timetables, concrete actions and guarantees to ensure its implementation for the well being of the nation.

7. The government of Venezuela to seek international humanitarian assistance

DECLARES:

The willingness of member states to offer their help in meeting the serious challenges facing Venezuela, including steps to provide humanitarian assistance, as may be requested, with support of organizations specialized in this area, and their readiness to establish a humanitarian support group for that purpose.

Its willingness to establish a group or other mechanism of facilitation to support a new process of dialogue and negotiation between the government and opposition in Venezuela, and to accompany and promote the timely implementation of the parties´ commitments.

Its intention to remain seized of the situation.

*In consultation by the delegation of TT




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viernes, 26 de mayo de 2017

VEHEMENTE REACCION DE BRASIL A COMUNICADO CONJUNTO CIDH-ACNUDH

En el día de hoy, varios medios de prensa (véase por ejemplo nota de Elpais.cr) han reportado la reacción vehemente de Brasil ante el comunicado conjunto difundido por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y el Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos (véase texto conjunto reproducido al final de esta nota).

Se lee que el Ministerio de Relaciones Exteriores brasileño, en su comunicado,"repudia, nos mais fortes termos, o teor desinformado e tendencioso do comunicado conjunto de imprensa emitido hoje pelo Alto Comissariado das Nações Unidas para os Direitos Humanos (ACNUDH) e pela Comissão Interamericana de Direitos Humanos (CIDH)". Así mismo "Causa espanto a leviandade com que o ACNUDH e a CIDH fantasiosamente querem induzir a crer que o Brasil não dispõe de instituições sólidas, dedicadas à proteção dos direitos humanos e alicerçadas no estado democrático de direito. A nota afasta-se dos princípios que devem fundamentar a ação desses órgãos, entre os quais o elementar respeito à verdade dos fatos " (véase texto al final del comunicado de Brasil).

El Ministerio de Relaciones Exteriores de Brasil señaló que "O governo brasileiro atua amparado na Constituição Federal e de acordo com os princípios internacionais de proteção aos direitos humanos. É surpreendente e condenável que nota subjetiva e distante da realidade sacrifique o compromisso de seriedade e imparcialidade de organismos internacionais cuja ação o Brasil apoia e promove.".

El comunicado de la ACNUDH y de la CIDH hacía referencia a la manifestación del miércoles en Brasilia en la que unas 50.000 personas pidieron la renuncia del Presidente Michel Temer, contra quien la Corte Suprema abrió una investigación por supuestos actos de corrupción. En esa ocasión, el uso excesivo de la fuerza contra los manifestantes y la llamada a fuerzas militares para resguardar el orden y los edificios públicos fueron considerados desproporcionados. En el comunicdo conjunto se lee además que una operación anti droga preocupa a ambos órganos: "Asimismo, el 24 de mayo varias personas resultaron heridas en el área conocida como Cracolândia, en la ciudad de San Pablo, durante un operativo de seguridad para remover de las calles a dependientes químicos usuarios de drogas ilícitas. Según la información recibida, el operativo habría incluido el derrumbe de un edificio que estaba ocupado, el desalojo de residentes y comerciantes y el uso de bombas de gas y balas de gomas contra los residentes de Cracolândia".



COMUNICADO DE PRENSA CONJUNTO CIDH-ACNUDH

ONU Derechos Humanos y CIDH condenan uso excesivo de la fuerza durante las protestas sociales y durante operativos de seguridad en Brasil

Santiago, Chile / Buenos Aires, Argentina - La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Oficina Regional para América del Sur del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) condenan el uso excesivo de la fuerza por parte de la Policía Militar para reprimir protestas y manifestaciones en Brasil. Asimismo, condenan la violencia policial en operativos de seguridad en el espacio urbano y en el marco del conflicto de tierras.

El 24 de mayo de 2017, movimientos sociales y centrales sindicales convocaron a protestas en Brasilia, la capital federal del país, en las que participaron aproximadamente 35.000 manifestantes. Durante estas manifestaciones ocurrieron actos de violencia, incluyendo el incendio y el destrozo de equipamientos públicos. En este contexto, se reportó que al menos siete personas fueron detenidas y 49 resultaron heridas, algunas de ellas gravemente, al menos una con arma de fuego. Asimismo, se reportó que la Policía Militar utilizó gases pimienta, lacrimógenos y balas de goma para reprimir la protesta. Se informó que la Policía Militar del Distrito Federal iba a iniciar una investigación por el uso de arma de fuego.

En respuesta a estas protestas, el 24 de mayo de 2017, el gobierno emitió un Decreto mediante el cual autorizó el empleo de las Fuerzas Armadas para la garantía de la ley y del orden en el Distrito Federal entre el 24 y el 31 de mayo. Ese mismo día, el gobierno anunció que se movilizaron 1.200 miembros del Ejército y 200 fusileros navales a los predios públicos. Dicho decreto fue revocado el 25 de mayo de 2017.

“Instamos al Estado brasileño a redoblar sus esfuerzos para promover el diálogo y proteger el derecho a la manifestación pacífica”, dijo el Representante para América del Sur del ACNUDH, Amerigo Incalcaterra. “La manifestación pacífica es una forma de participación propia de las sociedades democráticas, donde las personas pueden exigir sus derechos humanos y ejercer activamente sus derechos a la libertad de opinión y de expresión”, agregó.

Los dos organismos condenan todo acto de violencia y urgen a los manifestantes a ejercer sus derechos a la libre protesta en forma pacífica, al tiempo que reafirman que la actuación de las fuerzas de seguridad debe respetar en todo momento las normas internacionales de derechos humanos.

Adicionalmente, la CIDH y la Oficina para América del Sur del ACNUDH expresan su profunda preocupación por el uso excesivo de la fuerza por parte de las fuerzas de seguridad del Estado brasileño en operaciones tanto en el marco del conflicto de tierras, como en el contexto de la remoción urbana de dependientes químicos usuarios de drogas ilícitas.

Por ejemplo, se ha recibido información preocupante sobre el uso recurrente de la violencia en el marco del conflicto agrario, en especial contra trabajadores sin tierra. En este sentido, el 24 de mayo, diez personas resultaron muertas durante un desalojo violento realizado por policías y militares en una hacienda en el Estado de Pará. La CIDH y la Oficina para América del Sur del ACNUDH hacen un llamado a las autoridades a investigar estos hechos y otros actos de violencia, a fin de identificar y sancionar a las personas responsables y así combatir la impunidad y evitar la repetición de hechos similares.

Asimismo, el 24 de mayo varias personas resultaron heridas en el área conocida como Cracolândia, en la ciudad de San Pablo, durante un operativo de seguridad para remover de las calles a dependientes químicos usuarios de drogas ilícitas. Según la información recibida, el operativo habría incluido el derrumbe de un edificio que estaba ocupado, el desalojo de residentes y comerciantes y el uso de bombas de gas y balas de gomas contra los residentes de Cracolândia.

La CIDH y la Oficina Regional para América del Sur del ACNUDH urgen al Estado a adoptar mecanismos para garantizar el estricto apego a los principios generales de legalidad, proporcionalidad y absoluta necesidad en el uso de la fuerza en contextos de protesta social. Asimismo, las armas de fuego deben estar excluidas de los dispositivos utilizados para el control de las protestas sociales. El uso de este tipo de armas es una medida extrema, y no deben utilizarse excepto en aquellas oportunidades en que las instituciones policiales no puedan reducir o detener con medios menos letales a quienes amenazan la vida e integridad de otras personas.

Ambas organizaciones instan a las autoridades a llevar a cabo las investigaciones correspondientes, juzgar y sancionar a los responsables. Asimismo, llaman al Estado a garantizar y proteger la integridad física y seguridad de los y las manifestantes y a brindar las garantías suficientes para el ejercicio del derecho a la reunión pacífica, dentro del marco de sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos.

Adicionalmente, la Comisión Interamericana y la Oficina Regional para América del Sur del ACNUDH exhortan al Estado de Brasil a regular los procedimientos policiales que involucran uso de la fuerza respetando los estándares internacionales en materia de derechos humanos, cumpliendo con los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad que deben guiar el uso de la fuerza por parte de agentes de seguridad del Estado. De acuerdo con los estándares internacionales, el uso de la fuerza por parte de los cuerpos de seguridad estatales debe estar definido por la excepcionalidad, y debe ser planeado y limitado proporcionalmente por las autoridades.

“Hacemos un llamado a las autoridades brasileñas a garantizar el pleno ejercicio de los derechos humanos en el marco de un Estado democrático de Derecho, lo cual es condición fundamental para la promoción y protección efectiva de los derechos humanos en el país”, dijo Incalcaterra.

“Buscamos garantizar los derechos democráticos en una situación bastante delicada de Brasil en este momento”, dijo el Relator de la CIDH para Brasil, Comisionado James Cavallaro. “Urgimos al gobierno brasileño que cumpla con sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos. Esto incluye garantizar el derecho a la protesta y adoptar políticas públicas que tengan como prioridad el respeto y garantía del derecho a la vida, a la integridad personal y otros derechos humanos fundamentales”, puntualizó. El Comisionado Cavallaro expresó su interés en realizar próximamente una visita al país en su condición de Relator para Brasil.

La Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (ACNUDH) tiene el mandato de promover y proteger el goce y la plena realización, para todas las personas, de todos los derechos contemplados en la Carta de las Naciones Unidas y en las leyes y tratados internacionales de derechos humanos. El ACNUDH desarrolla sus labores a la luz del mandato que le ha encomendado la Asamblea General de las Naciones Unidas en su resolución 48/141. Su sede global se encuentra en Ginebra, Suiza. La Oficina Regional del ACNUDH para América del Sur se encuentra en Santiago de Chile y cubre los siguientes países: Argentina, Brasil, Chile, Ecuador, Perú, Uruguay y Venezuela.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia. No. 069/17




COMUNICADO DE PRENSA DE BRASIL Nota 163 Nota à imprensa

26 de maio de 2017 - 17:43

O governo brasileiro repudia, nos mais fortes termos, o teor desinformado e tendencioso do comunicado conjunto de imprensa emitido hoje pelo Alto Comissariado das Nações Unidas para os Direitos Humanos (ACNUDH) e pela Comissão Interamericana de Direitos Humanos (CIDH).

Causa espanto a leviandade com que o ACNUDH e a CIDH fantasiosamente querem induzir a crer que o Brasil não dispõe de instituições sólidas, dedicadas à proteção dos direitos humanos e alicerçadas no estado democrático de direito. A nota afasta-se dos princípios que devem fundamentar a ação desses órgãos, entre os quais o elementar respeito à verdade dos fatos. Em momento algum os autores da nota se preocuparam com a ameaça à segurança de funcionários públicos e de manifestantes pacíficos sujeitos a violência sistemática e claramente premeditada. Os eventos do último dia 24 de maio foram contaminados pela ação organizada de criminosos que depredaram os prédios dos Ministérios da Cultura, da Fazenda, do Planejamento e da Agricultura, incendiando alguns, pondo em grave risco a integridade física de pessoas. A pronta resposta do governo federal, a começar pela retirada em segurança de pessoas da área conflagrada, sempre amparada na Constituição Federal e nos princípios internacionais de defesa dos direitos humanos, garantiu a integridade física de milhares de servidores públicos e de manifestantes pacíficos que foram aterrorizados por atos de vandalismo e agressão premeditada.

Em atitude que beira a má-fé, a nota evoca episódio de violência agrária no sul do Pará, que não tem qualquer relação com os acontecimentos do último dia 24 e que, além disso, já está sendo apurado por autoridade competente no quadro da legislação brasileira. Da mesma forma, o governo brasileiro lamenta que a ação das autoridades de São Paulo, que tampouco guarda relação com o ocorrido em Brasília, seja capitalizada pela nota, cinicamente e fora de contexto, para fins políticos inconfessáveis. O combate ao tráfico de drogas, bem como o apoio a dependentes químicos, enseja atuação da máxima seriedade, que é a marca das reconhecidas políticas públicas brasileiras no enfrentamento ao problema mundial das drogas.

O governo brasileiro atua amparado na Constituição Federal e de acordo com os princípios internacionais de proteção aos direitos humanos. É surpreendente e condenável que nota subjetiva e distante da realidade sacrifique o compromisso de seriedade e imparcialidade de organismos internacionais cuja ação o Brasil apoia e promove.


lunes, 22 de mayo de 2017

ARMES CHIMIQUES EN SYRIE: A QUOI JOUENT LES SERVICES DE RENSEIGNEMENTS FRANCAIS ?



Armes chimiques en Syrie: a quoi jouent les services de renseignements français ?

par Nicolas Boeglin, Professeur de Droit International Public, Faculté de Droit, Université du Costa Rica (UCR)



Il y a tout juste un mois, le 26 avril 2017, la presse française a annoncé le contenu d´un rapport des services de renseignement français confirmant l´usage d´armes chimiques en Syrie le 4 avril dernier (voitr le texte complet du rapport inclus dans cette note du Huffingthon Post et déclaration officielle du chef de la diplomatie française). On lit (voir article de Le Monde) que "Les preuves recueillies par les services français complètent celles des Américains et des Britanniques. Elles sont accablantes pour Bachar Al-Assad, même si elles ne démontrent pas un ordre direct du dictateur syrien, seul véritable patron d’un arsenal chimique qui n’a donc pas été totalement détruit malgré ses engagements". La reáction prévisible de la Syrie s´est fait entendre 24 heures plus tard (voir note de l´Express).

On remarquera que l´annonce officielle de "preuves irréfutables contre la Syrie" par la France a été faite quelques jours avant le premier tour des élections, le 19 avril 2107 (voir déclarations du chef de la diplomatie contenues dans cette note de presse parue dans Le Parisien).

Une sensation de déjà vu

On rappelera également que dans un livre publié en France en 2014 par deux journalistes, "Les chemins de Damas", il y était precisé comment sont parfois rédigés certains rapports sur la Syrie par des services de renseignements: "Les informateurs avaient soulevé plusieurs questions dans leurs rapports concernant des événements qu’ils n’avaient pas pu vérifier comme l’utilisation de gaz sarin. Une des hypothèses faite par les informateurs dans leurs rapports était la suivante : "Il est possible que des bombardements classiques de l’armée syrienne sur un laboratoire clandestin des rebelles ait provoqué une fuite de gaz." Mais cette conclusion a été "purement et simplement coupée" du texte du rapport final" (voir note de presse de Sabah Ayoub publiée dans Le Grand Soir).

Les articles de presse publiés en septembre 2013 ont bien évidemment signalé la Syrie comme la seule et unique responsable (voir par exemple note du NouvelObs, parmi bien d´autres). Dans un commentaire sur cet ouvrage, l´auteur commence en indiquant que " Le livre français, les chemins de Damas, publié il y a quelques jours, provoque un scandale en révélant des éléments secrets sur la manière dont la présidence française a forcé le corps diplomatique et les services secrets français à se soumettre à la décision politique de renverser Assad, ainsi qu’à manipuler les rapports sur les armes chimiques et la réelle puissance du régime syrien".

On notera aussi que, plus récemment, les services de renseignements israéliens et français ont affiché une coopération fort étroite concernant les armes chimiques en Syrie, comme l´opération dite "Ratafia" dévoilée par Le Monde au mois de mars 2017 (voir note parue dans Le Monde). On ignore si d´autres opérations conjointes des services des deux Etats ont été menées ou sont en cours actuellement en Syrie.

La certitude des Etats Unis, fondement d´une frappe aérienne illégale au regard du droit international

Comme on le sait, en "représailles" à l’explosion de substances chimiques survenue à Khan Cheikhoun du 4 avril dernier, ayant causé la mort de 87 personnes, les Etats-Unis ont ordonné deux jours plus tard le bombardement de la base d’Al-Chayrat, d’où étaient partis, selon le Département d´Etat, le ou les avions de l´armée syrienne responsables de lancer les armes chimiques. Cette opération militaire des Etats-Unis constitue une violation flagrante de la Charte des Nations Unies. Pour une analyse strictement juridique, nous renvoyons à celle du Professeur Marko Milanovic (Université of Nottingham) intitulée: "The Clearly Illegal US Missile Strike in Syria" publiée sur by EJIL Talk. On lit dans une analyse plus récente publiée en Belgique que le droit international

"... ne reconnaît pas de « droit » unilatéral d’intervention humanitaire. De même, la « responsabilité de protéger », consacrée par les membres des Nations unies en 2005, n’autorise pas un État à bombarder le territoire d’un autre État sans l’autorisation du Conseil de sécurité, même si ces bombardements sont conduits à des fins de protection de populations civiles menacées par leur propre gouvernement. Les frappes du 6 avril n’ont donc, en l’état, aucun fondement en droit international. Elles doivent donc être considérées comme illégales" (voir article de Nabil Hajjami, Maître de conférences à l’Université Paris Nanterre (CEDIN), intitulé "Les frappes militaires américaines en Syrie du 6 avril 2017 – Quelles incidences en droit international ? ", disponible ici).

Une analyse récente précise les risques de dérive concernant les interventions unilatérales dites "humanitaires":

"Article 2(4) is under great strain in the post-9/11 world and further exceptions would only further endanger international peace and stability. One only needs to consider how President Putin drew on NATO’s action in Kosovo as a precedent for intervention in Ukraine, stating that it was a ‘humanitarian mission’. This shows the dangers of setting precedents of humanitarian intervention and the risk of this ‘right’ being used as a pretext for aggressive and unlawful behaviour. It should not therefore be called upon to fill an enforceability or accountability gap. Responding to a breach of one cardinal international rule with a breach of another would be a retrograde step in the development of international law" (voir l´analyse du chercheur Chris O'Meara, intitulée "United States’ Missile Strikes in Syria: Should International Law Permit Unilateral Force to Protect Human Rights?"publiée par EJIL-Talk, disponible ici)

L´absence de condamnation catégorique de la part des alliés des Etats-Unis concernant cette décision unilatérale du Président Donald Trump est une donnée à prendre en compte. Lors de son intervention devant le Conseil de Sécurité, le représentant de la France a même jugé utile d´affirmer que

"cette opération américaine a constitué une réponse légitime face à un crime de masse qui ne pouvait rester impuni. Bashar Al-Assad, nous l’avons dit et répété, porte l’entière responsabilité de ce développement" (voir texte complet du compte rendu de la séance du 12 avril 2017, S7PV.7922, p. 4).

Comme on le sait, "punir" et éviter que des crimes puissent "rester impunis" sont des termes propres du droit pénal international, qui prévoit un certain nombre de mécanismes à ce sujet. Concernant les violations au droit international humanitaire et aux normes relatives aux droits de l´homme commises en Syrie, un mécanisme spécial a été créé en vertu d´une résolution adoptée par l´Assemblée Générale le 21 décembre 2016 (voir notre note sur le sujet publiée en Anglais). On notera que la France n´a pas pris la parole lors du débat général sur cette résolution, accompagnée par le même silence de la part des Etats-Unis et du Royaume Uni. Ce nouveau mécanisme s´ajoute à celui mis en place par le Conseil des Droits de l´Homme des Nations Unies en 2011 (voir site officiel de la Commission Internationale Indépendante sur la Syrie).

Dans toutes nos belles facultés de droit, on enseigne que le droit international public exclut l´usage unilatéral et "punitif" de la force armée par un Etat contre un autre Etat, et ce depuis 1945. Nonobstant, il semblerait que pour l´occasion, les Etats-Unis el la France considèrent que les choses ont quelque peu changé depuis la signature de la Charte des Nations Unies. A ce sujet, nous avions eu l´occasion de signaler l´étrange rapprochement de vues entre les Etats-Unis et la France, lors de l´adoption de la résolution 2249 en novembre 2015 par le Conseil de Sécurité, suite aux attentats de Paris, concluant que "La stratégie nord-américaine dans sa « guerre contre le terrorisme » semble donc avoir de nouveaux adeptes en France, même si ses échecs sont largement connus. Sur ce point précis, le rapprochement n´est pas seulement une simple vue de l´esprit: le premier diplomate étranger à s´être rendu personnellement au Palais de l´Elysée suite aux attentats de Paris fut le Secrétaire d´Etat américain John Kerry, le 17 novembre; la première destination à l´étranger du Président François Hollande suite aux attentats fut la visite rendue le 24 novembre 2015 à son homologue à Washington" (voir notre note, "Attentats à Paris: remarques critiques au sujet de la résolution 2249 du Conseil de Sécurité des Nations Unies", Sentinelle-SFDI, Bulletin 454 du 29 novembre 2015, disponible ici).

Photo de la visite de John Kerry au Palais de l´Élysée suite aux attentats de Paris, 17 novembre 2015, tirée d´un article de presse paru dans Clicanoo



La discussion au sein du Conseil de Sécurité: de la certitude de certains à l´incertitude collective

Lors de son intervention le 5 avril au Conseil de Sécurité, le représentant de la France a indiqué qu´ "Après six années de conflit en Syrie marquées par la violence la plus effroyable contre la population civile et notamment par l’emploi avéré et répété d’armes chimiques par le régime syrien contre son propre peuple, en particulier au gaz de chlore, nous nous sommes une nouvelle fois réveillés hier en apprenant qu’une attaque ignoble venait d’être commise à Khan Cheikhoun, au sud d’Edleb. Cela ne peut que nous rappeler cette terrible journée du 21 août 2013, après les attaques chimiques commises par le régime dans la Ghouta, en banlieue de Damas, dont les images insoutenables hantent les mémoires" (voir compte rendu S/PV.7915 de la séance du 5 avril 2017, page 3).

Or, malgré ces affirmations catégoriques entendues de la part du représentant de la France concernant l´implication directe des autorités syriennes, on notera que lors de la réunion du Conseil de Sécurité tenue le 12 avril, la France (avec les Etats-Unis et le Royaume Uni) a présenté un projet de résolution condamnant l´usage "qui aurait été fait" d´armes chimiques en Syrie (voir texte).

La nuance, quoique ignorée par de nombreux commentateurs, mérite d´être signalée. Sur les quinze Etats siégeant au Conseil de Sécurité, ce projet de résolution n´a obtenu que dix votes pour, deux contre (dont celui de la Russie) et trois abstentions (donte celle de la Chine). Le représentant de la Chine a expliqué que

"Le projet de résolution sur lequel nous avons voté condamne l’emploi d’armes chimiques en Syrie et appelle à mener une enquête sur les faits, ce que la Chine approuve. Néanmoins, certains autres éléments du texte auraient pu être modifiés pour garantir un consensus. C’est pourquoi la Chine s’est abstenue dans le vote sur le projet de résolution" (voir compte rendu de séance S/PV.7922, page 6).

On peut d´ailleurs s´interroger sur le nombre de votes qu´aurait réuni ce texte en sa faveur ce texte s´il avait été aussi catégorique dans son premier paragraphe que ses trois auteurs dans leurs interventions respectives. Le malaise de certains représentants, tel celui de l´Uruguay, ayant voté pour sans grande conviction, se laisse entrevoir lorsqu´il explique que

"les privilèges qui distinguent les différents membres du Conseil font penser à une expression figurant dans le roman de George Orwell, intitulé « La Ferme des animaux », selon laquelle certains animaux sont plus égaux que d’autres. Ce déséquilibre légal mais illégitime, fait que de nombreux membres se trouvent dans une situation où ils sont obligés de choisir le moindre des deux maux parmi les options qui leur sont présentées" (voir compte rendu de séance S/PV.7922, page 11).

Nous renvoyons à notre note parue dans Debate Global et dans Ius 360 (en espagnol) relative à la position des deux Etats d´Amérique Latine membres du Conseil de Sécurité lors du débat sur la Syrie: la Bolivie, ayant voté contre et l´Uruguay, ayant choisi de voter pour.

Les annexes de ce texte en espagnol renvoient au projet de résolution russe et aux projets dénommés "E-10" et "P-3" (version anglaise) ayant circulé au sein du Conseil de Sécurité le 5 avril 2017, lors d´une séance urgente sur la Syrie. Peu de commentateurs se sont intéréssés au texte russe et noté la différence de ton par rapport aux projets "E-10" (présenté par les Etats élus Membres du Conseil) et "P-3 " (présenté par les Etats-Unis, la France et le Royaume Uni). La principale différence entre ces deux derniers tient au Paragraphe 5 exigeant de la Syrie des informations militaires qu´un Etat partage rarement avec d´autres Etats.

Concernant le texte finalement présenté et soumis au vote lors de la séance du 12 avril (correspondant à une version à peine remaniée du projet "P-3" du 5 avril) on est d´ailleurs en droit de se demander s´il est habituel de voir le Conseil de Sécurité des Nations Unies condamner "avec la plus grande fermeté l’emploi qui aurait été fait d’armes chimiques" (Paragraphe 1); et, plus généralement, condamner des actions "qui auraient été" menées. Sur ce point, une recherche rapide sur la toile de cette expression par le Conseil de Sécurité renvoie au seul projet de résolution présenté le 12 avril précité, mais le doute est permis. Nous remercions d´avance nos lecteurs et chercheurs de réferer à une quelconque résolution précédente du Conseil de Sécurité condamnant "avec la plus grande fermeté" des choses qui auraient été faites.

La certitude états-unienne passée au crible

Un rapport des services de renseignements des Etats-Unis (voir texte complet) rédigé afin de justifier cette action militaire contre la Syrie a été analysé par un spécialiste, Theodore Postol, Professeur au MIT (Massachusets). On peut lire dans l´analyse de cet expert (voir texte publié par GlobalResearch) que

"We again have a situation where the White House has issued an obviously false, misleading and amateurish intelligence report".

Dans un Addendum du 13 avril (voir texte), le scientifique conclut son analyse ainsi: "I therefore conclude that there needs to be a comprehensive investigation of these events that have either misled people in the White House, or worse yet, been perpetrated by people seeking to force decisions that were not justified by the cited intelligence. This is a serious matter and should not be allowed to continue".

A noter qu´en 2014, un rapport similaire (voir texte complet du rapport signé par deux experts, Richard Lloyd et Théodore Postol) avait également mis en doute les certitudes des Etats-Unis et de la France sur la responsabilité directe de la Syrie lors d´une explosion de substances chimiques dans le quartier Est de Ghouta (Damas), au mois d´août 2013. Laurent Fabius, alors Ministre des Affaires Etrangères, avait alors évité de répondre à une question d´un étudiant apparemment fort bien informé (voir article dans Le Point).

Concernant le récent rapport des services de renseignements français, une analyse de Théodore Postol précise, du point de vue chimique, que les inconsistances sont évidentes :

"Such an obviously flawed investigative finding would be a product of the same combination of irrational arguments and unsound scientific evidence that the FIR used as its basis to reach a conclusion that the Syrian government must have executed in nerve agent attack on April 4, 2017 in Khan Sheikhoun" (voir texte complet de son analyse intitulée "The Flawed Chemical Analysis in the French Intelligence Report of April 26, 2017 Alleging a Syrian Government Sarin Nerve Agent Attack in Khan Sheikhoun of April 4, 2017", datée du 30 avril 2017).

Pour revenir à l´usage de substances chimiques en Syrie le 4 avril dernier, il sied de rappeler qu´Israël, par la voix de son Ministre de la Défense, affirma immédiatement être "100% certain" de l´implication directe des plus hautes autorités syriennes (voir note de Haaretz). La Turquie pour sa part, sans désigner de responsables, confirma officiellement que le gaz sarin avait bien été utilisé le 4 avril en Syrie (voir note du New York Times).

L´OIAC pressée de déclarer, avant toute enquête in situ

Les enquêteurs de l’Organisation pour l’Interdiction des Armes Chimiques (OIAC) ont conclu, le 19 avril dernier 2017, et ce sans procéder à l´envoi d´une mission sur place (réclamé depuis le 5 avril par la Russie dans son projet de résolution), à l’emploi « irréfutable » de gaz sarin ou d’une substance similaire. Sur cette épisode récent de l´OIAC, inhabituel dans la mesure ou l´OIAC prend plusieurs mois afin de mener une enquête en Syrie, nous renvoyons a notre note intitulée "Without any in situ inspection, OPCW confirms sarin exposure during the events that took place in Syria last April 4th" publiée sur le site de Human Rights Investigations.

Or, dans un rapport daté du 24 avril 2017, et qui n´a fait l´objet d´aucun communiqué de presse, on lit de, la part de l´OIAC, qu´une Mission d´établissement des faits (Fact Finding Mission - FFM) a été mise en place :

"The FFM is currently continuing the process of interviews, evidence management, and sample acquisition. A first interim report is expected to be completed in the coming weeks, at which time it will be submitted for the consideration of the States Parties and shared with the JIM" (voir rapport, point 18). Le 27 avril, le guatémalteque Edmond Mulet a été désigné par l´actuel Secrétaire Général des Nations-Unies pour présider l´organe de l´OIAC chargé de l´enquête en Syrie (voir note de presse de Prensa Libre), en remplacement de Virginia Gamba, argentine, nommée le 15 septembre 2015 par son prédécesseur Ban Ki-moon (voir note de presse des Nations-Unies).

Les informations, indices, ainsi que les pistes et les hypothèses doivent se traduire, au sein d´un mécanisme de vérification international sur place, en faits vérifiés pouvant établir avec précision le type de substances chimiques, leur origine exacte, et le type d´explosion ayant eu lieu. Une fois identifiée(s) une ou plusieurs substances chimiques et leur origine, les éléments de preuves rassemblés doivent permettre d´attribuer à une entité leur usage : cette ultime étape constitue un point sur lequel les difficultés sont majeures. En effet, nombreuses sont les possibilités d´usage de substances chimiques de la part des divers acteurs qui participent, soit directement, soit de façon indirecte, au conflit en Syrie.

Il s´agit d´un travail de longue haleine, et l´on peut rester surpris par la vitesse avec laquelle le Directeur Général de l´OIAC a communiqué les résultats préliminaires le 19 avril dernier (date qui coïncide avec l´annonce de "preuves irréfutables" par le chef de la diplomatie française mentionnée ci-dessus concernant l´implication des autorités syriennes).

Il faut savoir que les enquêtes menées en Syrie par l´OIAC prennent habituellement un certain temps. Par exemple, le dernier rapport qui a été remis au Conseil de Sécurité concernant l´usage prétendu d´armes chimiques en Syrie date de janvier 2017 : voir la lettre de décembre 2016 et le rapport de la mission d’établissement des faits menée par l’OIAC en Syrie sur un incident du 2 août 2016, disponibles ici. On y lit (point 18 des conclusions du rapport) :

"Conclusions 18. Aucun des produits chimiques identifiés n'est susceptible d'être la cause du décès des victimes dans l'incident. La méthyldiéthanolamine est un précurseur de l'ypérite à l'azote, mais elle est également présente dans certains détergents commerciaux. Les signes d'exposition à l'ypérite à l'azote n'étaient pas visibles chez les victimes".

Une autre enquête de l´OIAC a été ordonnée concernant l´usage du gaz moutarde durant la bataille d´Alep au mois de novembre dernier, dont les résultats sont toujours attendus. Traduire des indices en preuves au sens d´une procédure de vérification internationale, et, ensuite, passer de preuves à l'imputabilité n´est pas toujours chose aisée.

Il est bon de rappeler que l´OIAC a été créée en vertu de la "Convention sur l'interdiction de la mise au point, de la fabrication, du stockage et de l'emploi des armes chimiques et sur leur destruction", signée à Paris en 1993, et qui est entrée en vigueur en 1997. Cette convention multilatérale a été ratifiée par 192 Etats (dont la Syrie, qui l´a ratifiée en 2013). En 2014, les équipes de l´OIAC ont conclu leur travail en Syrie, les stocks d´armes chimiques possédés par l´armée syrienne ayant été officiellement détruits. Nous renvoyons le lecteur au site officiel de l´OIAC concernant son travail en Syrie, où sont mis en ligne les divers rapports, demandes, documents officiels divers et communiqués de presse depuis 2013. Lors de la séance urgente du Conseil de Sécurité sur la Syrie du 5 avril 2017, le représentant du Secrétaire Général a présenté aux membres du Conseil un état des lieux concernant les actions menées par l´OIAC en Syrie (voir compte rendu S/PV.7915 de la séance du 5 avril 2017, pages 1-2).

A noter que le seul Etat Membre des Nations-Unies à ne pas avoir ratifié la convention sur l´interdiction des armes chimiques adoptée en 1993 est Israël (voir liste officielle sur l´état des signatures et ratifications). Dans un article du Jérusalem Post de 2015 intitulé "Israël et les armes chimiques", on y lit que

"selon un document secret de la CIA publié par le magazine américain Foreign Policy en 2013, un satellite espion américain aurait découvert en 1982, une usine de production d’agent neurotoxique ainsi qu’un centre de stockage près de Dimona. Lors d’une conférence de l’OIAC réservé aux journalistes israéliens en décembre dernier, un fonctionnaire de l’organisation confirmait l’existence d’un stock d’armes chimiques israélien. Une information que l’organisation s’est hâtée de démentir, expliquant ne pas avoir la capacité d’évaluer si les Etats non parties possèdent ou non des armes chimiques".

En guise de conclusion

On se souvient qu´en septembre 2013, la France a failli déclarer la guerre à la Syrie. Le volte-face du Président Barack Obama avait obligé à revoir le dispositif militaire de la France prévu (voir note de presse intitulée " L'été où la France a presque fait la guerre en Syrie". On lit dans la note précitée que : "Mercredi 4 septembre, le jour du débat prévu à l’Assemblée nationale, François Hollande convoque ses principaux ministres et collaborateurs pour un conseil restreint, à 11 h 30, à l’Elysée. « Le président insiste sur la nécessité d’apporter des informations d’origine françaises pour valider un argumentaire en quatre points, raconte un témoin : c’est une attaque chimique, massive, contre des civils, orchestrée par le régime de Bachar Al-Assad ».

En ce mois d´avril 2017, il semblerait que ce qui s´est passé le 4 avril en Syrie offrait à certains décideurs politiques une nouvelle possibilité. Avec une différence par rapport à 2013 : l´existence, pour ce qui a trait aux arnmes chimiques en Syrie, d´un mécanisme de vérification mis en place par l´OIAC.

Le rapport des services de renseignements de la France, rendu public trois jours après le premier tour du scrutin, attribue directement aux autorités syriennes l´usage de substances chimiques contre les groupes rebelles à Idlib le 4 avril dernier, et écarte toute autre hypothèse. Au vu de l´insistance avec laquelle la France a affirmé depuis le 4 avril l´implication des autorités syriennes, les conclusions auxquelles ce rapport parvient étaient prévisibles.

Les rapports des services de renseignements ne sont pas des documents publics. Mais lorsqu´ils sont rendus publics, c´est bien souvent pour essayer de justifier la position d´un Etat. Au vu de la qualité relative du rapport des services de renseignements des Etats-Unis, ont est en droit de penser que celui produit par la France cherche aussi, entre autres motifs, à venir en aide à un chef d´Etat partageant les mêmes vues sur le dossier syrien : le Président Donald Trump.









Notes récentes de l´auteur sur l´application du droit international et la lutte contre le terrorisme, ainsi que la situation au Moyen-Orient:



BOEGLIN Nicolas, "La résolution 2334 (2016) du Conseil de Sécurité des Nations Unies condamnant la politique de colonisation israélienne: brève mise en perspective", DiplomatMagazine, 1er avril 2017, disponible ici.

BOEGLIN Nicolas, "Consejo de Seguridad condena colonización israelí en Cisjordania y en Jerusalén Oriental", Debate Global, 9 janvier 2017, disponible ici.

BOEGLIN Nicolas, "Contre une invocation abusive de la légitime défense face au terrorisme", Dommagescivils, 20 juillet 2016, disponible ici.

BOEGLIN Nicolas, "Francia en guerra: breves apuntes desde la perspectiva del derecho internacional", Revista Pensamiento Penal, 23 novembre 2015, disponible aquí.

BOEGLIN Nicolas, "Attentats à Paris: remarques critiques au sujet de la résolution 2249 du Conseil de Sécurité des Nations Unies", Bulletin Sentinelle, SFDI, Número 454 du 29 novembre 2015, disponible ici.

BOEGLIN Nicolas, "2249 resolution does not allow bombarding in Syria", Voltaire.net, 3 décembre 2015, disponible ici



martes, 16 de mayo de 2017

CASO TIMOTEO MENDIETA: A PROPÓSITO DE LA SEGUNDA EXHUMACIÓN ORDENADA



Caso Timoteo Mendieta: a propósito de la segunda exhumación ordenada

En días recientes se pudo leer en España que los familiares de Timoteo Mendieta Alcalá, un lider sindical fusilado en 1939 por las fuerzas franquistas, han procedido a una nueva exhumación en una fosa común situada en Guadalajara (Castilla-La-Mancha, España): ello en aras de recuperar los restos mortuarios de esta víctima del franquismo. Se lee en esta nota de prensa de El Pais (España) del pasado 10 de mayo del 2017 que:

"El equipo de la Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica (ARMH) ha encontrado este miércoles un cráneo en la fosa común del cementerio de Guadalajara donde busca, desde el martes, los restos de Timoteo Mendieta, carnicero y presidente de UGT en su pueblo, Sacedón, que fue fusilado el 15 de noviembre de 1939. Su hija Ascensión, de 91 años, lleva toda la vida buscándolo para darle una digna sepultura".

El integrante de la ARMH a cargo de los trabajos, René Pacheco, precisa en esta otra nota de prensa la principal razón por la que no se logró encontrar la osamenta de Timoteo Mendieta con ocasión del primer intento: "En esta exhumación observamos lo mismo que en la primera, que estaba muy bien documentada, pero luego comprobamos que los cuerpos se han arrojado de forma aleatoria y no corresponde a lo recogido en la documentación", ha afirmado René Pacheco quien, no obstante, espera que esta vez sí sea posible encontrar los restos de Timoteo Mendieta".

Un primer intento realizado en el 2016

En enero del 2016, equipos forenses españoles habían procedido a la excavación de esta fosa común en España en busca de los restos mortales de Timoteo Mendieta. Cuando en el año 1939 fue fusilado, aduciendo las fuerzas franquistas "auxilio a la rebelión", su hija Ascensión Mendieta Ibarra tenía 13 años. Ante los obstáculos de la justicia española para acceder a los restos mortales de esta víctima de la guerra civil española enterrada en una fosa común con otros 22 cuerpos, Doña Ascensión decidió acudir a la justicia argentina.

La exhumación de la fosa común de Guadalajara inició el 30 de enero del 2016, con un emotivo acto muy concurrido al iniciar los trabajos (véase video); estos se mantuvieron por varias semanas. En los últimos días del año 2016, se informó que el análisis ADN de los huesos extraídos correspondientes a 11 de los cuerpos, realizado en Argentina, confirmó que ninguno de ellos pertenecía a Timoteo Mendieta (véase nota de CadenaSER del 30/12/2016). Nótese que los análisis de laboratorio para identificar los restos mortales se efectuaron en Argentina.

El hermetismo del Estado español ante el clamor de las víctimas del franquismo

Es gracias a la inclaudicable perseverancia de los familiares de Timoteo Mendieta, quienes interpusieron una demanda en Argentina en el 2010, que la jueza argentina María Servini de Cubría logró obtener de las autoridades de España, en aplicación del principio de jurisdicción universal, que sea exhumada una fosa común ubicada en Guadalajara. Se estima a unos 150.000 los desaparecidos durante la guerra civil española.

En este Boletín de Medicina Legal y Forense de Galicia (2012) se ofrecen diversos estudios sobre la labor realizada por expertos y colectivos en España a solicitud directa de familiares de víctimas del franquismo ante el mutismo de la justicia (véase texto). La nota introductoria de este documento concluye con un vehemente llamado a la clase política española:

"...deseo hacer desde estas páginas un llamamiento a nuestros nuevos representantes políticos. Apelo a su sentido humanitario para que sigan apoyando a todos los ciudadanos de nuestro pais que quieren saber donde están sus familiares desaparecidos en un conflicto que nunca tuvo que haber ocurrido".

Foto extraída de artículo de prensa titulado: "La nieta de Ascensión cuenta la lucha de su abuela: "Tal vez su luto sea de esos que conviven en los confines de la eternidad"

La justicia argentina al servicio de las víctimas españolas

Timoteo Mendieta se convierte en la primera víctima del franquismo en ser objeto de una orden de exhumación que emane de la justicia ... de Argentina. No existe nada similar originado en España desde un juzgado español en materia de exhumación de víctimas del franquismo.

¿Cómo puede explicarse que la exhumación de una persona fusilada en 1939 en España (y cuyos restos mortales yacen con otros en una fosa ubicada en territorio español) deba ser tramitada por sus familiares españoles ante un juzgado ubicado en Buenos Aires? ¿Cómo explicar que procesos similares hayan tenido lugar en América Latina después de oscuros años vividos en el Cono Sur y en América Central en los años 80, permitiendo a familiares de desaparecidos acudir a su sistema judicial para exigir el respeto a la memoria de sus abuelos o padres, víctimas de la violencia política?

¿Cómo entender que mientras que en América Latina es el mismo Estado (a veces obligado por una sentencia judicial) el que concurre con sus recursos a permitir que familiares puedan cerrar un doloroso proceso de duelo, en España las familias y las asociaciones deben sufragar ellas mismas los costos que conlleva su búsqueda?

Las respuestas a estas y a muchas otras preguntas se encuentran revisando el largo camino recorrido por los familiares de Timoteo Mendieta. Muchas de estas respuestas exhiben la incómoda situación de España con respecto a los avances logrados en América Latina y en diversos foros internacionales en materia de derecho a la verdad y derecho al duelo (ambos consagrados en sentencias de jueces nacionales y por la misma Corte Interamericana de Derechos Humanos).

La unión de dos excepciones: España y el derecho a la verdad - Argentina y la impunidad

El derecho a la verdad constituye un tema que ha cobrado particular atención en diversos órganos de Naciones Unidas en la última década, y sería de sumo interés conocer la posición de los delegados de España en sus intervenciones cuando el foro al que participan delibera sobre sus alcances.

Entre muchos textos de Naciones Unidas sobre el derecho a la verdad, activamente promovido por Estados de América Latina, podemos citar la resolución 2005/66 adoptada, a iniciativa de Argentina, por la Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas en el 2005, la cual "reconoce la importancia de respetar y garantizar el derecho a la verdad para contribuir a acabar con la impunidad y promover y proteger los derechos humanos". En el 2010, a iniciativa de El Salvador, la resolución A/RES/65/196 de la Asamblea General de Naciones Unidas "Proclama el 24 de marzo Día Internacional del Derecho a la Verdad en relación con Violaciones Graves de los Derechos Humanos y de la Dignidad de las Víctimas" (véase texto). En el 2013, la misma Asamblea aprobó la resolución 68/165 (véase texto) sobre este preciso derecho.

En un ámbito como el del hemisferio americano (al que España participa en su calidad de Estado observador), se puede mencionar la resolución AG/RES. 2267 (XXXVII-O/07) adoptada por la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos (OEA) en el 2007, la cual insta a todos los Estados del hemisferio americano:

" a tomar medidas pertinentes para establecer mecanismos o instituciones que divulguen la información sobre violaciones de los derechos humanos, y aseguren el acceso adecuado de los ciudadanos a esta información, con el fin de promover el ejercicio del derecho a la verdad".

Un detallado informe presentado en el 2014 por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos sobre el derecho a la verdad (véase texto completo) señala que pese a notables avances en la región, varios desafíos aún persisten en el hemisferio en materia de justicia transicional, en aras de vencer la resistencia de algunos sectores políticos, de los aparatos militares y de varios sistemas judiciales.

En un artículo sobre su experiencia en España como voluntaria con las víctimas del franquismo (publicado en el 2012), la antropóloga forense costarricense Roxana Ferllini Timms explica que:

"España constituye una excepción dentro del proceso de transición de justicia, ya que el paso a la democratización no buscó conciliar la violencia y abusos de los derechos humanos que ocurrieron durante la Guerra Civil y el régimen Franquista. La transición en 1977 creó el pacto del olvido, el cual fundamentalmente dio cabida al silencio, neutralizando toda temática concerniente a ese pasado, incluyendo la exclusión de dichos temas en cursos de historia española" (véase artículo, página 78).

En una entrevista en el 2013, el juez español Baltasar Garzón había declarado:

"Me da mucha pena que tenga que ser en Argentina donde se investiguen estos crímenes porque España en su día paralizó el proceso, cuando me suspendió y con el auto posterior del Tribunal Supremo que cerraba todas las vías para las víctimas".

No es casualidad si los familiares de Timoteo Mendieta debieron viajar para presentarse ante un juzgado situado en Buenos Aires. Argentina, desde hace muchos años, lidera la lucha contra el olvido y la impunidad en América Latina: los jueces argentinos han logrado avances que sus hómologos latinoamericanos conocen y observan sin poder replicarlos. En el 2016, con relación a una histórica sentencia condenando por vez primera a los responsables del denominado "Plan Cóndor", cuya lectura fue transmitida en directo por varias embajadas argentinas en América Latina, habíamos tenido la oportunidad de señalar que la justicia de Argentina se sitúa a la vanguardia en la región: "esta decisión leída el pasado 27 de mayo representa un sustantivo avance en la lucha contra la impunidad por crímenes del pasado en América Latina. Una lucha en la que pareciera que la justicia argentina cuenta con herramientas legales mucho más efectivas y con jueces mucho más determinados que las de otros Estados afectados por esta misma operación regional" (véase nuestra breve nota publicada por el OPALC).
, María Lourdes Platero".

La orden judicial expedida por una jueza en Buenos Aires para excavar una fosa común en España

La solicitud hecha en el 2014 por la jueza desde Argentina precisaba (ver nota) a sus homólogos españoles que:

"Líbrese exhorto diplomático al Titular del Juzgado Territorial, que por razones de turno corresponda, con jurisdicción en Guadalajara (...) a fin de solicitarle arbitre los medios necesarios para que en presencia de quien suscribe se proceda a la exhumación del cuerpo sin vida que se encontraría inhumado en la fosa n° 2, ubicada en el patio n° 4 del cementerio de Guadalajara, ocupando el penúltimo lugar, comenzando de arriba hacia abajo, o segundo lugar de abajo hacia arriba, de diecisiete cuerpos que se hallarían apilados en forma vertical".

Se lee en este sitio sobre la memoria histórica en Guadalajara que el ayuntamiento respondió al juez español que:

"El informe, fechado el 27 de junio de 2014 y remitido al Juzgado de Instrucción Número 1 de Guadalajara, explica que la fosa en la que fue enterrado Timoteo es una fosa común cuyo primer enterramiento data del 16 de noviembre de 1939 y el último el 9 de septiembre del mismo año. En la fosa se enterraron, según consta en el informe, 22 o 23 personas ejecutadas por el Juzgado Especial de Ejecuciones, según los distintos registros".

El documento del ayuntamiento de Guadalajara y sus anexos está disponible en esta nota, con relación a una primera respuesta negativa de la justicia española en febrero del 2015, aduciendo incertidumbre sobre la localización exacta del cuerpo para proceder a una exhumación.

El sufrimiento y el dolor ante la coraza institucionalizada del Estado español

El malestar de los órganos de derechos humanos de Naciones Unidas con España es evidente ante una ley de amnistía de 1977 siempre vigente. En el 2015, el Comité de Derechos Humanos reiteró nuevamente:

"... su recomendación en el sentido de que se derogue la Ley de Amnistía o se la enmiende para hacerla plenamente compatible con las disposiciones del Pacto. El Estado parte debe impulsar activamente las investigaciones respecto de todas las violaciones a los derechos humanos del pasado. El Estado parte debe también velar por que en estas investigaciones se identifique a los responsables, se los enjuicie y se les impongan sanciones apropiadas, proporcionales a la gravedad de los crímenes y se repare a las víctimas. El Estado parte debe revisar su legislación relativa a la búsqueda, exhumación e identificación de las personas desaparecidas y, a este respecto, se lo alienta a implementar las recomendaciones del Comité contra la Desaparición Forzada en sus recientes observaciones finales (CED/C/ESP/CO/1, párr. 32). Asimismo, el Estado parte debe establecer un marco jurídico nacional en materia de archivos y permitir la apertura de los archivos sobre la base de criterios claros y públicos, de acuerdo con los derechos garantizados por el Pacto" (Observaciones finales del Comité de Derechos Humanos sobre el sexto informe periódico de España, documento CCPR/C/ESP/CO/6 de agosto del 2015, disponible en la red, punto 21).

El malestar de gran parte de la sociedad española con respecto a la falta de respuestas a sus legítimos reclamos por parte del Estado español es profundo. En esta nota de prensa se lee, con referencia a la hija de Timoteo Mendieta, Asunción Mendieta Ibarra, que:

"En 2013 se echó a la espalda sus 88 años y viajó hasta Buenos Aires para declarar voluntariamente ante la jueza Servini. "En España no ha habido justicia para las víctimas ni solidaridad, lo ha impedido la tan cacareada ley de amnistía, que en realidad a quien amnistió fue a los personajes que participaron en las atrocidades que se cometieron contra los ciudadanos de este país", se queja María Ascensión Vargas, y añade que las víctimas de la dictadura no tienen "un estatuto jurídico como sí otras víctimas, por ejemplo las del terrorismo, que me alegro mucho por ellas, pero hemos viajado muy solitos".

La determinación de los familiares de las víctimas del franquismo es compartida con las nuevas generaciones y, contrario a la percepción errónea de algunos círculos políticos españoles, se va fortaleciendo conforme avanza el tiempo. Como bien lo expresa una de las nietas de Doña Ascensión, la periodista Aitana Vargas, en este reportaje publicado en el 2015 y titulado "La nieta de Ascensión cuenta la lucha de su abuela: "Tal vez su luto sea de esos que conviven en los confines de la eternidad": :

"Creo que tal vez el luto de mi abuela sea de esos que conviven en los confines de la eternidad. No hay consuelo para una anciana cuyo padre fue acribillado a balazos cuando era una niña, acribillado a sangre fría como a miles de españoles que compartieron la misma desgracia. A quienes apretaron el gatillo no les tembló el pulso, ni les falló la puntería. Sistemáticamente mataron, asesinaron, torturaron, arrebataron niños de los brazos de sus padres. No hay consuelo ni para ella, ni para los familiares de quienes compartieron semejante destino. Porque no olvidemos que la causa de mi abuela es la causa de cientos de miles de españoles. Y esa causa, en una España democrática, no se puede olvidar ni sepultar bajo toneladas de tierra, piedra, escombros y presiones políticas – jamás".

En este artículo de Página12 (Argentina) sobre el caso de la familia Mendieta, las lágrimas que brotaron en los ojos de Doña Ascensión, al momento de ser informada del tan anhelado “sí” de la justicia española para poder finalmente proceder a la exhumación de los restos de su padre, ilustran el dolor lancinante de muchas familias en España:

“–¿Por qué llorás? –preguntó la abogada argentina.

–Lloro porque pienso en él; toda la vida bajo tierra –respondió.

En opinión de la letrada, esa expresión revela el sufrimiento del familiar de un desaparecido, al que no ha visto morir ni sabe dónde está.

“Para el familiar, el desaparecido no está muerto hasta que ve sus restos”
.

Doña Ascensión: una inclaudicable voluntad que exhibe a España ante el mundo

La tenacidad de Doña Ascensión viene ahora a interpelar ante los ojos de España y del mundo el sistema judicial español y ponerlo a prueba. El hermetismo de las autoridades centrales españolas y del sistema judicial han sido tales que desde las comunidades autónomas, se han gestado valiosas iniciativas. Por ejemplo, lo que se ha calificado como el "insultante menosprecio del Estado" recientemente dió lugar a una iniciativa en Cataluña (véase nota de prensa de enero del 2017), mientras que desde el 2015, se cuenta en el País Vasco con un "Plan Vasco 2015-20 de investigación y localización de fosas para la búsqueda e identificación de personas desaparecidas durante la Guerra Civil" (véase documento). Hace pocas semanas entró en vigor la "Ley de Memoria Histórica y Democrática de Andalucía" (véase texto de la Ley 2/2017).

Conclusión

Esta reivindicación colectiva se ha convertido en una verdadera onda expansiva. Encuentra su origen en muchas familias cuyos hijos o nietos han decidido romper con silencios de antaño y miradas evasivas, encontrando el apoyo de activas asociaciones de familiares de víctimas. En este contexto, la exhumación de Timoteo Mendieta puede convertirse en un emblemático precedente para muchas víctimas de la guerra civil española y para sus familiares, y contribuir a relanzar el debate en el seno de la sociedad española sobre la pesada deuda que mantiene consigo misma.

Lista de personas enterradas en la fosa común de Guadalajara, según registros de la ARMH, publicada en esta nota de CadenaSer



Nota: Para un análisis, desde la perspectiva del derecho internacional, de las diversas obligaciones que incumple el Estado español al no facilitar en lo más mínimo la labor de los familiares de las víctimas del franquismo y al mantener su sistema judicial hermético ante los constantes reclamos de las víctimas, remitimos al lector a un breve análisis escrito con ocasión de la primera exhumación realizada a inicios del 2016 por los familiares de Timoteo Mendieta. El mismo fue publicado en la Revista Los ojos de Hipatia (Valencia, España) y titulado: "JusticiA con A de Ascensión: a propósito de la exhumación de una fosa española a solicitud de una jueza de Argentina", enero del 2016, texto disponible aquí.

Agradecemos a los editores de esta revista valenciana por haber aceptado incluir fotografías, mapas e hipervínculos que permiten apreciar el alcance de la labor realizada por Doña Ascención, sus hijos y sus nietos, así como por la ARMH. Una versión ampliada del texto, con algunas referencias bibliográficas adicionales, fue también publicada en España en el sitio jurídico ElJurista (marzo del 2016), disponible aquí.


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La presente nota fue publicada en los sitios jurídicos de Ius360 (Perú) el 23/05/2017 y de Debate Global (Colombia) el 26/05/2017. Una versión más reducida fue publicada en distintos medios digitales de Costa Rica (Elpais.cr, Informa-tico) y Ecuador (Alainet).

domingo, 14 de mayo de 2017

VENEZUELA / ESPAÑA: NUEVO ALTERCADO A RAIZ DE SOLICITUD DEL JEFE DE ESTADO VENEZOLANO PIDIENDO INTERVENCIÓN DEL REY DE ESPAÑA

En un comunicado oficial con fecha del 14 de mayo del 2017, España ha protestado por las declaraciones consideradas "inaceptables" emitidas por el Jefe de Estado de Venezuela (véase texto al final de esta nota repoducido en su integralidad). Se lee en el comunicado emitido por la diplomacia española que: "La calificación como “agresión” o “secuestro” de los hechos que tuvieron lugar sólo puede buscar desviar la atención de la profunda crisis política y económica que padece Venezuela".

Cabe recordar que el pasado 12 de mayo, el Ministerio de Relaciones Exteriores de Venezuela divulgó un comunicado de prensa (véase texto integral al final de esta nota) exigiendo al Rey de España investigar lo ocurrido horas antes en una sede cultural de la Embajada de Venezuela en Madrid. En esta ocasión, opositores venezolanos impidieron, según reza el comunicado de Venezuela, al Embajador de Venezuela en Madrid salir de la sede luego de concluir una actividad. Las autoridades españolas han negado rotundamente que haya existido "secuestro" alguno tal como indicado por las autoridades venezolanas (véase nota de prensa), indicando que el Embajador de Venezuela sí pudo salir de la sede, y ello gracias al concurso de las fuerzas policiales españolas.

Como bien se sabe, las legaciones diplomáticas de un Estado en otro cuentan con una serie de regulaciones denominadas "privilegios e inmunidades", plasmadas en instrumentos internacionales a los que son parte Venezuela y España. En este caso, las disposiciones pertinentes se encuentran en la Convención de Viena de 1961 sobre Relaciones Diplomáticas (véase texto completo). El máximo representante de un Estado en otro, el Embajador, cuenta con privilegios adicionales a los demás funcionarios diplomáticos, debido a su posición de máximo jerarca dentro de una Embajada. La seguridad se su persona recae no solamente en los servicios de seguridad propios del Estado acreditante que (a veces) custodian tanto la sede de la Embajada como la de la residencia personal del Embajador, sino también en los servicios policiales que debe proveer el Estado receptor en caso de ser solicitado.

Este nuevo episodio viene a completar una larga secuencia de tensiones entre Venezuela y España, siendo la última de ellas la llamada a consulta del Embajador de España en Carácas por sus superiores, a raíz de declaraciones del Jefe de Estado venezolano consideradas ofensivas (véase nota de prensa de abril del 2016). Una de las crísis se originó en un inédito "Oye, pero ¿porqué no te callas?" lanzado por Su Majestad el Rey Juan Carlos Iero al entonces Presidente Hugo Chávez el 10 de noviembre del 2007, durante una cumbre iberoamericana de Jefes de Estado. En años recientes, algunos Estados se muestran más sensibles que otros con relación al tono y a los adjetivos que usa el Presidente Nicolás Maduro cuando se refiere a otros Jefes de Estado.

En América Latina, el último episodio registrado fue la nota formal de protesta de marzo de Perú comunicada a Venezuela de marzo del 2017, debido a declaraciones consideradas impropias por parte de la canciller de Venezuela, refiriéndose al viaje del Jefe de Estado peruano a Washington, el primero de un Jefe de Estado de América Latina después de la llegada de Donald Trump a la Casa Blanca (véase nuestra breve nota al respecto, publicada en este mismo blog).





Texto del comunicado de prensa del Ministerio de Relaciones Exteriores de España, 14 de mayo del 2017

COMUNICADO 120 DECLARACIONES DEL PRESIDENTE DE VENEZUELA

14/05/2017

El gobierno de España considera inaceptables las últimas declaraciones del Presidente de la República Bolivariana de Venezuela en las que una vez más recurre al insulto y a la descalificación personal hacia el Presidente del Gobierno de España.

Como ya se informó, el día 11 de mayo tuvo lugar una manifestación autorizada frente al Centro de la Diversidad Cultural de la Embajada de Venezuela en Madrid, que en ningún momento puso en peligro la integridad de los asistentes al acto, pues contó con la adecuada protección policial. Además, el embajador de Venezuela se mantuvo en contacto en todo momento con el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.

La calificación como “agresión” o “secuestro” de los hechos que tuvieron lugar sólo puede buscar desviar la atención de la profunda crisis política y económica que padece Venezuela, frente a la cual España insta a la Jefatura del Poder Ejecutivo de ese hermano país a ofrecer soluciones efectivas y verdaderamente democráticas a los venezolanos.

España desea para los venezolanos lo mismo que para los españoles, el progreso económico que satisfaga las necesidades de sus ciudadanos y un régimen de libertades en el que se respeten los derechos humanos y el estado de derecho, en el que se liberen los presos políticos y en el que se dé al pueblo el derecho a pronunciarse libremente, mediante el voto democrático, sobre quién debe dirigir los destinos del país.




Texto del comunidado de prensa del Ministerio de Relaciones Exteriores de Venezuela, 12 de mayo del 2017

Presidente Maduro solicita al Rey Felipe de España investigar agresión al Embajador de Venezuela

Caracas, 12 de mayo de 2017. (MPPRE).- El jefe de Estado Nicolás Maduro solicitó este viernes al Rey Felipe de España ordenar una investigación sobre la agresión y asedio que ocurrió en la Misión Diplomática de Venezuela en Madird contra el embajador Mario Isea, durante un acto cultural.

"No se puede permitir que agredan a embajadores y las embajadas de Venezuela en el mundo, eso viola el Derecho Internacional y Rajoy (presidente español) lo permitió, alegó el Mandatario Nacional durante el Ecuentro con la Comisión Presidencial de la Asamblea Nacional Constituyente y delegados internacionales, realizado en la Casa Amarilla, sede de la Cancillería venezolana.

El presidente Maduro sostuvo que de esa investigación deben surgir "los correctivos y castigo legal" a los que agredieron el Centro de la Diversidad Cultural de la Embajada venezolana, espacio protegido por la Convención de Viena, por lo que instó a Felipe VI como jefe de Estado español a actuar en consecuencia. "Desde aquí le pido al Rey que actúe con altura de Estado y respeto a las relaciones de nuestros pueblos", enfatizó.

El pasado jueves, el diplomático venezolano, Mario Isea denunció que fueron "asediados por una una turba violenta" que estaba impidiendo la salida de una actividad que realizaron "con la ONG Comité de Víctimas de las Guarimba y del Golpe Continuado".
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